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CSJ - SP 833(16-07-1986)

Corte Suprema de Justicia

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Detalles

Título
CSJ - SP 833(16-07-1986)
Autor
Corte Suprema de Justicia
Categoría
Jurisprudencia
Área del derecho
Penal
Año
1986

' • •

REPUBLICA DE COLOMBIA

' ' \ ,/ 1 • ' 1 1 Sentencia Condenatoria 1 f • -. 1 ' ' i' r ! 1 ' ' 1 1 1 I 1 • ' • 1 ' , '

  • . 16 1986.- ' SENTENCIA SEGUNDA ST NCIA.- de j u l i o de Confirma l a sentencia i
  • - ' del Tribunal Super· . del D i s t r i t o J u d i c i a l de Santa Rosa de Vi t e r b o , por • medio de l a cual cmndenó a Arnulfo Vargas Torres - ex-Juez Promiscuo Mu n i c i p a l de San Luis de Palenque por e l d e l i t o de Peculado.

' • 1, :

Doctor HERNANDO BORDA

BAQ.UF:eo

Magistrado Ponente: 1: '

1 . ' ' 1 ' ¡ 1 ' 1'

FONDO ROTATORIO DEL MINISl ERIO ['[ .JlJSl 1c.1r1 ' ~ - ~ = = = = = = = ~ - = - - - ~___. . ....,......... ....._.._... . ................_.._.._.. .. ........._.._.._.. .._.._. . ...._. .. .._. ____ ..._.... .. .............. -=-............... - -,-,~------_ _ _ _ _, ___ :=_ Rad. 833. Segunda Instancia_. Arnulfo Vargas Torrez. · - ... -=""' •,.fr. \ - .... - - •• ' /• ) • ' . ' '

' / •

CORTE SUPREMA OE JUSTICIA . . . .

.

SALA DE CASACION PENAL

¡ 1 - • ~Aaglstrado Ponente:

Dr. HERNANDO BAQUERO BORDA

1 Aprobado Acta N9 71 ,, • • • I •• Bogotá, julio dleclsels de mil novecientos ochenta y seis • • ., ' '

V I S T O S : ' Conoce la Sala, en grado de consulta., la sentencia emandtla del • Tribunal Superior del Dlstrltó Judicial de Santa Rosa de Viterbo con fecha 11 de . febrero de 1 • 986, mediante la cual condenó como respansable del dellto de pecufado al ex-Juez Prom1$CUO Municipal (e) de San Luis de Palenque., ARNULFO VARGAS TORRES.

" ·I 1 •• l · El sef\or Procurador Primero Delegado en lo Penal solcllta la con

  • - firmacl6n deJ fallo sometido a revisión. ' f

' ' ' 1 1 i) '

H E C H O S •

• ' ' 1 ' ' Domingo Córdoba, sindicado de delito contra la asistencia faml liar que Investigaba el Juzgado Promiscuo Municipal de San Luis de Palenque,en cumplimiento del compromiso adquirido con su denunciante Pollcarpa ~rdomo,. le giró un cheque al "portador" por $10.000 el 26 de enero de 1. 977,. el cual entre96 al encargado del Juzgado ARNULFO VARGAS T . , título que el funcionario h-l

~ ' . 1 ante zo cobrar la <;aja de Crédito Agrario de Trinidad por Eduardo Galvli, a p r ~ . piándose de su valor. •

  • ·--

-· ____ ..

  • ..
  • . . -- - -·---- --- -· . .. ·---.---
  • -----

RIEIPU8l...lCA DE COLOMBIA

R E S U L T A N D O S : ' • El contenido probatorio del proceso permiti6 establecer: • • • •

  • 11 • • • ' • .
  • ' • ~ · - Que ~RNULFO VARGAS TORRES se desempeñó como Juez .

1 . ... . . Pro1t1lscuo Munlc.lpal encargado de San Luis de Palenque e~ •

  • • tre el 6 de cllclembr~ de 1.976 y el 31 de enero de 1. 977 (fls. 21,49 y 95 cdno. ' ppal.).
  • I b . - Que en dicho Juzgado cursaba un sumarlo contra Domingo CFdoba por i • l s t e n c l a f!inlllar, por denuncl.a de Pollear - . . . . ·' - ~- • -1,. • ~E • de noviembre de ~-1. c:,U11tra se boleta de 91a aqué1 exp1d1~ pa Perdomo y el 12 . - . . . tura ( f1ti LJS 1 lbíd.).

• • 1

  • .•

•• .I '· / c.-- Que Córdoba ent.{';9~ a_l Jue.z Vélrgas Torres un cheq~e g!_·

• •

  • ~· .~ radQ al portado-.c._ por $10.000,. como abono a las cuotas al!_

' 1 ' 1 ' 1 ibíd.). Perdomo (fls. 10v.,11,14S,l ~ • ~ • ' d . - Que ·r~eferido título valor fue cobrado por l;dgar Eduar'dc;}t • " -· ... gado seg<.an lo d~~lar6 éste y lo confirm6 José Rivera. Los dos testigos sostuvl! ron el cargQ en ~ r ~ s · n el sindicado Vargas (gis. 42, 58, 111, 118 ibíd.).

  • • " • · Que el dinero en deflnttlva no llegó a manos de su destina

-

  • • tarlq P,olicarpa Perdomo, ni fue devuelto al Juzgado, tal e t

- . • mo lo denu1,ci6 aquella y 10 declar6 el doétor Luis· Mariflo, sucesor de VARGAS 1 ·I ' éste TORRES. ar.ate quien reconoció pali.,\dlnamente la Ilegal aproplac16n y prometió ¡ hacer el rel'ntegro sin cumplir (fls. 2 y 153 lbíd.) •.

  • 1 ' El ex-Juez VARGAS optó por negar sistemáticamente 1.a conduc

- :¡ ~ ' que se le a t r l b ~ 6 , y aunque desde el auto enJulclatorlo gozaba de libertad ta 1 •

  • ' provisional., nó compareció a I~ audlencfá· p(.ablic.a. Su defensor presetat6 como - ~- ~

. • tlcl6n prlnclpal absoluc:lón, aduciendo la atlplcldad del comportamiento que d-e $U . terminó el encausamiento. porque en su opinión el dinero ne;, lo reclbi6 por eausa de sus funciones oficiales, planteamiento éste que la Sala de Decisión del Tribu · . nal de orígen descartó en el fallo materia de consufta • • • • • • 1 - ... . . ... ) ' ~ : .. 1 -· ! ' -· ' ' -_ -, ·~' • '• • ., .-,,-~.-.- - - - - = - = = = = = = = = . . . . . ; . . . . = = = ~ = = = -,.....;:·::::::;::;::_:::::::::::::::,;::::::,~ ~ - · · · - · ·· -·-·. ........-. -. --.-..-.....· ·--·· = . = =. =,,=,=,_ • • 1

C O N S l D E R A N D () S: . . .

. ' ' ' El artículo 133 del Código Penal, aplicable al caso por favorablpena, lidad <;le la describe y sanslona como peculado la apropiación que el funclo , 1

  • ' narlo públ-lc;o haga en favor suyo o de terceros de bienes del Estado de empr_!! \1 sas o in:stltuclones en que este tenga parte, a> aCin de bienes de particulares c_y ya custodjg.-o administración le hubiere sido co11flada por razón de sus funciones. ' - Y es lnjurrctt.co el comportamiento en cuanto aquel, violando la confianza oficial y ·:

abusando de investidura, ataca el bien jurídlGO tutelado de la probidad y e~ S;l«, r,·ecta admlnlstrac-~6n o custodia de los bienes dejados a su cuida.do y tutela. / 1 ' 1 Resulta· ~.gestionable que AR.NULFO VARGAS TORRES se apro • . --..-.- - ,•¡ ' p i ! de los dineros que representados en un cheque recibió de Oo,ningo Córdoba 1 ' para que lé fueran entregados a Policarpa Perdomo, por razón del proceso q1.1e ¡ 1 : 1 Jozgado se adelantaba contra el girador, en el del cual VARGAS se hallaba e~ 'I 1, • cargado. Córdoba entendió que le me}~., ·nepositarlo era el Juez de su cat.í$.a p~ • .. 1 • 1 '· ra que enterado del cunpllmiento de""'·&us obligaciones familiares, que des~tendi - ,· ' ' ' ' das ocasionaron su vlnculacl6n JJ..dic)al, _tomara las medidas legales prev·ista·s,.

  • 1

.. • ... {., El acusado '7~RGAS se apropió del dinero, consciente y vol un tarlamente, es decir. con o conocimleAto de s u ilicitud y la Intención de 11~ ~I~ 1 1 varia a cabo.como lo dern.uestran el no haber enter-ado a la Interesada r.especto del recibo· del c:heq · la ausencia de c·onstanclas en el expedleñte respectivo so :i

  • ' pers.!?. bre el pago de las opll:9 clones alimentarlas y el proceder pór lnterpu.esta .i l 1¡ na a cobra, el cheqq~ ante la entidad bancaria.

1 1 • • • •

  • 1

' " - • • 1 En cuanto al aspecto de la punibllldad, la conderá a prisión ' ' 1 por dos afios. que se le dedujo en la sentencia en con.sulta no merece obj,~ci6n. , ' . ' Es la mínima apltcable por la cuantía y ta inexistencia de circunstanl:lªs agrava_!! ¡ tes. Mas como se trata -el procesadode una p.ersona de escasos recursos econ~, - micos, según lo expresó en su lndag.atorla, la multa habrá de serle reducida a dos mil peos ($2.000) -en lo que habrA de modiflcarse la sent~ncla-. Las. demás · ¡ 1 ' determlnac.iones adoptadas por et jluzgador de pr,{<.ner gr~do no mer.ec:en observa1 ' ción, por atemperar$e a la realidad procesal y a la situación del lmpllcad9, es decir, Ja lnterdiccl6o d.e derechos y funciones públicas por lapso Igual· al de la pena, la condena al ·pago de los dafios y .perjuicios ocasionados con la .Infracción, y el otorgamiento de 1a conden~ de ejec.ucl6n condicional Ele mantendrán. Igual ' • mer1te prevalE?Cerá la ca.uc:¡16n juratoria por la que el a quo, atendiendo la pe·ttclór,;.

. ' del encausado, le cambió la prendarla lmpue_sta en el fallo para gozar del beneflde la libertad (fls. 245, 250 a 253 i b i d . ) • c'io •

  • • · - · - - - - - - -
  • -- - - = = = - '• - -·--··---·----· ... -------·- ·- - - = - --- . = - . . . . • •

RG:PLli'.3.1:ICA DE C~!-OMBJ .. :"\

-q_- ... / • •.... • En mf!t,-lto de lo expuesto, la Corte Suprema de Justicia, Sala • y do Casacl6n Penal, administrando Justlcla nombre de la República por aut-o e11 . ridad de la Ley, oído el concepto del Ct.Alnlsterio Público y conforme al mismo, • • • •

R E S U E L V E :

•' ,., ' la en consulta, la con CONFIRMAR sentencia con modificación sist ente en reba·Jar a $2. COO la multa Impuesta al procesado por las razones an -o / . tadas en la parte motiva de este fallo. ' 1 11 1 1 Cópiese, notlfíquese, devuélvase • a{Jmplase y • • •

• LUIS ENRIQUE ALDANA ROZO

EDGAR S MV EORA ROJAS •• ' " I " '1

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' ' •

JORGE CARREt~O LUENGAS

HERNANDO BAQUER: ORDA

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GUILLERMO RUIZ

GUILLERMO DAV MUROZ 1 li

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LISANDRO MARTINEZ ZU~IGA '

GUSTAVO GOMEZ V6LASQUEZ

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llOSE Hl:RIBERTO VELASQUEZ RAMOS

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