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CSJ - SP 8443(23-11-1993)

Corte Suprema de Justicia

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Detalles

Título
CSJ - SP 8443(23-11-1993)
Autor
Corte Suprema de Justicia
Categoría
Jurisprudencia
Área del derecho
Penal
Año
1993

REPUBLICA DE COLOMBIA

\ , • • / ./ ( o • • , • • • No. 8443 PJtoce-6o ••

ANGEL CUSTODIO ROJ(~ .:

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CORTE SUPREMA DE JUSTICIA

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SALA DE CASACION PENAL

; , Magistrado Ponente

Dr. JORGE ENRIQUE VALENCIA M .....

• Aprobado Acta No. 108 • • - • • Santafé de Bogotá, D.C., veintitres de noviembre de mil novecientos o • novant a tres. y .. .. s..: , , f .. , -

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• I •. '1 , · .,¡ • " o ~i _' ::. ' • • .¡ • • , '" "·. I ·, " .. • .. El procesado ANGEL CUSTODIO ROJAS, quien se halla detenido en el

  • • centro de reclusión para miembros de la Policía Nacional en Facatativá, solicita su "EXCARCELACION POR PRIVACION INJUSTA DE LA •

• •

  • • i LIBERTAD", pues los verdaderos responsables del hecho por el cual •, se le acusa fue condenado por el Tribunal Superior de Florencia, y

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_ , No. 844 PJtoce.6o 2

ANGEL CUSTODIO RO

A , . , , I se hallan capturados a disposición de la Fiscalía Sexta y I Especializada del Grupo Vida de la ml,sma ciudad. Acompaña fotocopia de la declaración rendida por el doctor FELIX TOVAR , ZAMBRA NO a quien le prestaba el servicio de escolta por la época de o los hechos, con el fin de probar la injusticia Que se cometió al declararle responsable del delito de homicidio en grado de , tentativa. , , - _ .

CONSIDERACIONES DE LA CORTE

O _ , _ , \ , I El Juzgado Quinto Penal del Circuito de Florencia, mediante , sentencia de fecha 15 de oct~bre de 1992, absolvió al peticionario

  • , , del delito de homicidio en grado de tentativa por el cual se le o di ct ó reso uc ión acusat o r ia, dec isi ón que fuera revocada por el

1 , , ", , •. , Tribunal Superior de la misma ciudad, en fallo calendado el de • \ , 18 , .,. i..1 ,,> , , él. febrero del corriente año en su lugar declaró responsable • 10 y , condenándolo a la pena privativa de la libertad de cinco añbs (5) , de prisión, proveído Que es ahora objeto del recurso

... • • extraordinario de casación. ? • , •, • •

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REPUBLICA DE COLOMBIA

I • - V· -

  • • p~oce~oNo. 8443

3 ,. ANGEL CUSTODIO ROJAS. - Pretende ANGEL CUSTODIO ROJAS su liberación incondicional con base en una declaración rendida ante el Departamento de Policía Caquetá, , el 28 de mayo de por en para la época de los hechos • 1992 qu i ostentaba la calidad de Seriador de la República y quien dice que el o , aqul procesado se desempeñaba como escolta suyo tener Y

  • • conocimiento de su intachable conducta, es decir, por fuera de los cauces 1ega 1es que 1a Cort e desconozca e.1..fa 110 condenat or io de •

• ~, • I pi segunda instancia, que se halla recurrido en casación. - En este proceso solamente se debate 10 relacionado la responsab i 1 idad de ANGEL CUSTODIO ROJAS, respect o de 1 (fe1 it o de' . • tentativa de homicidio de que fuera víctima LINDO CUELLAR VARGAS Y () o no de quienes dice el procesado actualmente se hallan privados de • la libertad y a órdenes de la Fiscalía Sexta' Especializada del Grupo Vida de la ciudad de Florencia, muy seguramente como consecuencia de la investigación ordenada por el Juez Cuarto de "- Instrucción Criminal Ambulante en el auto ca1ificatorio en cuanto

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  • - al homicidio perpetrado en la humanidad ODILIO JUAN ORDOÑEZ DIAZ Y • será a1'·momento de poner fin al recurso extraordinario cuando la o Sala pueda atender sus pretensiones de acuerdo con 10 alegadO por , • I,

" • , '1 su defensor en la de•manda correspondiente.

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  • I I i Siendo así, que contra el peticionario se encuentra vigente medida
  • • de aseguramiento y un fallo condenatorio en su contra la petición de libertad incondicional que reclama, resulta inconducente.

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REPUBLICA DE COLOMBIA

• • • No. 8443 PJtoce.t.o 4 •

ANGEL CUSTODIO ROJAS.

",-- • En mérito de lo expuesto, la CORTE SUPREr.1A DE JUSTICIA, SALA DE CASACION PENAL, NIEGA al procesado ANGEL CUSTODIO ROJAS la excarcelación incondicional demandada . •

• COPIESE, NOTIFIQUESE CUMPLASE. y r (,

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JUAN MAN ORRES FR DA RIC

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CARRE LUENGAS GUIL RMO

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EDGAR SAAVEDRA ROJAS

JORGE ENRIQUE VALENCIA M. •

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CARLOS LOtv1B

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