🇨🇴⚖️ La Rama Judicial valida a Ariel en prueba de concepto de IA. Conoce los resultados aquí

CSJ - SP 8455(08-06-1993)

Corte Suprema de Justicia

Icono de documento PDF

Descargar PDF

Disponible

Detalles

Título
CSJ - SP 8455(08-06-1993)
Autor
Corte Suprema de Justicia
Categoría
Jurisprudencia
Área del derecho
Penal
Año
1993

,

, UBLICA DE COLOMBIA

, • •

, • • •

PROCESO No. 8455

MARIO AUGUSTO GARZON ZAMUDIO

, I • I • • • _ - --- - --- --- - - -- .. - - -. - --- ---- ... • •

CORTE SUPREMA DE JUSTICIA

SALA DE CASACION PENAL

• • Magistrado Ponente

Dr. DIDIMO PAEZ VELANDIA

Aprobado Acta No. 052 • , Santafé de' Bogotá, D.C., ocho de junio de mil novecientos noventa " tres. y ---_

  • ---

- • • • • •

V 1 S T O S

• • • • , • El apoderado del procesado MARIO AUGUSTO GARZON ZAMU8IO, so1~cita • el beneficio de libertad provisional previsto ra l del e: nume 1 0 . , -o~ articulo 415 del Código de Procedimiento Penal, conSiceíar QL,;e L.J ,

  • -. - reune los requisi~os iegaies para ser acreecor a1 sub~ogado de le • e : ón condena de i OrO!C COr.,.J ~ .....: ----,

_u Ivll....vlia~. V.I .J ..... I , , I

JUBLICA DE COLOMBIA

, ,

• • PROCESO No. 8455 2

,

MARIO AUGUSTO GARZON ZAMUDIO

• •, , , • , • I

, , , •

  • - --------- -- _- - -- --- -- - .

. -- - Dice el peticionario que, desde el momento m1•smo en que se le resolvió la situación jurídica a su represent ado con medi da a•e • .. h asegu rarn ent o de det enc ión prevent va, . .. a sido víctima de i i interpretaciones omisiones de los funcionarios que a cargo han y tenido el proceso, que ha (sic) todas luces le han impedido, disfrutar del beneficio de la libertad, con argumentos errados y Que no corresponden a a rea idad, procesal a a real idad que 1 1 1 y rige la normatividad sustancial penal, ni mucho menos al querer de las doctrinas modernas, como son las del principio básico de la , • libertad como regla d i re c t r z ael• proceso a 1 a cua i se 1 e han í , . , establecido ciertas reglas de excepClon, cont emp adas en • 1 el artículo del Código de Procedimiento Penal, dentro de las 417 • cuales no se puede encajar la conducta, por la cual se juzgó a mi \ defendido ... • -_

Se refiere al criterio expuesto por tratadistas nacionales y • antecedentes jurisdiccionales relacionados con el subrogado penal previsto en el articulo del Código Penal, para concluir que 68 GARZON ZAMUDIO no requiere de tratamiento penitenciario, cual 10 • reconoce el Juzgado del conocimiento pero que, por la aplicación de una justicia matemática, se privado del beneficio que le v i

ó correspondía ya que, el Juzgado de primera instancia en su fallo noce descontó la rebaja de pena a que tenía derecho por aplicación ia

  • - , · ey de hizo el ad-quem aunque mant uvo que 1 48 1987, 10 ,a Sl negativa a reconocer el derecho de su asistido.

• • ,

  • -

, , I

:?UBLICA DE COLOMBIA

I • • •

PROCESO No.

8455 3 \

MARIO AUGUSTO GARZON ZAMUDIO I

  • - -- --- -- _.---- -- - - -_.- .. - _. .- - - - . - - - - --- . - - -- .

CONSIDERACIONES DE LA CORTE

  • - Juzgada Penal del Circuito de esta ciudad, mediante sentencia El 41 de fecha 21 de agosto de 1992, condenó a GARZON ZAMUDIO a la pena • privativa de la libertad de.cu~renta meses de prisión como

(40) - autor responsable del delito de falsedad ideológica en documento < público y 10 absolvió por el de uso de documento público falso, - sanción que fuera confirmada por el Tribunal Superior de Santafé de Bogotá, en fallo del 29 de octubre siguiente, el que es ahora objeto de recurso extraordinario de casación. En providencia de , fecha 23 de noviembre de 1992, la citada Colegiatura adicionó el fallo, en el sentido de reconocer la rebaja de pena prevista en la ----- ._-_ ley de es decir, seis meses y veinte equivalentes 4B 19B7, (6) (20)

a una sexta parte de la sanción de que le impuso, 10s que ··... se tendrán como parte cumplida de la pena de cuarenta meses a que fue condenado .:'. Así ml •smo, se le negó el beneficio de libertad provisional que reclama su apoderado ante esta Corporación. No puede la Corte en un incidente excarcelación modificar las de • e rrn nac one s adoptadas por de t los tri a es supe r l• ores en sus bun 1 í í falios, so pretexto de que las considerac;ones expuestas resulten equivccadas o de bajo contenido jurídico. La sentencia recurrida só lo podrá ser modificada • momento o•e dictar el fal jo que al corresponda, una vez agotado el trámite propio del recurso • - _-- ---_ .. ._..__.-~.-.-.~._. .~=- =====

:?UBLICA DE COLOMBIA

PROCESO No.

'8455 4

MARIO AUGUSTO GARZON ZAMUDIO

- • _. - • ----- --------- • extraordinario, siempre y cuando prospere la demanda que se haya presentado y conforme a los cargos propuestos. • . , Como ya se en la providencia mediante 1a cua 1 el Tribunai Vl0, Superior de Santafé de Bogotá, adicionó la sentencia de segundo grado para reconocer la rebaja de pena prevista en la ley de 48 se dijo expresamente que su equivalente (una sexta parte) 1987, sería tenida en cuenta como abono a la pena de cuarenta meses (40) de prisión, razón por la cual, el requisito objetivo previsto en el

artículo del Código Penal, impedía el otorgamiento del subrogado 68 • penal demandado. Entonces, por integrarse providencia al d i cha . , fa 110 recurrido en casaclon, no puede tampoco la Sala entrar a pronunciarse sobre su legalidad o acierto, se repite, sino en la

  • • sentencia que resuelva el recurso extraordinario.

---_ - ---- En mérito de lo expuesto,

la CORTE SUPREMA DE JUSTICIA, SALA DE

  • , • CASACION PENAL, NIEGA al procesado MARIO AUGUSTO GARZON ZAMUDIO ei beneficio de libertad provisional previsto en el numeral 1 del 0 artículo del Código de Procedimiento Penal, por improcedente.

4í5

COPIESE, NOTIFIQUESE CUMPLASE y

'. ,

JUAN MANUEL IORRES FRES DA

/.Í / ( • ~~~~~~~~~~~==~~~~~~==~====~------------------------~------------

l?UBLICA DE COLOMBIA

PROCESO No.

8455 5

MARIO AUGUSTO GARZON ZAMUDIO

• • • - _- .. . . .. - I • , .¿..L" \ • -

6UILLERMO DUQUE RUIZ

1 • - • I

! I • • • • ~ VV'\

GOMEZ ELASQUEZ

• • • . ~. . • '

JORGE ENRIQUE VALENCIA M .

RAFAEL CORTES GARNICA

-_,_ - . -~-- • •

SECRETARIO.

• •

  • • --- --- _- -- .. ----- - -- -- - --, ----------- - ---- -- ,-- .
Consultar sobre este documento ...