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CSJ - SP 8616(03-09-1993)

Corte Suprema de Justicia

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Detalles

Título
CSJ - SP 8616(03-09-1993)
Autor
Corte Suprema de Justicia
Categoría
Jurisprudencia
Área del derecho
Penal
Año
1993

• • I • I • , • 1 • I J, , , • ,, Radicación. No. 8616

ALFONSO JIM~NEZ GONZALEZ

NOHEMI GONZALEZ VDA DE J.

Falsedad y Estafa. I 1 • - ¡ I J 1 •

CO~~~ S~REHA D~ JUSTI==C=I=A

SALA DE CASACIóN PENAL --_. ------ _. - -"-- _.-

Santafé de Bogotá D.C., septiembre tres de mil novecientos noventa y tres. En orden a decidir sobre la admisibilidad de las demandas de casación presentadas por los defensores de los acusados ALFONSO JIMENEZ GONZALEZ y NOHEMY GONZALEZ VDA. DE JIMENEZ, • por el señor representante legal de Hernando Ospina y Cardona quien como perjudicado aparece reconocido parte civil, SE CONSIDERA: • a.- Concedida la impugnación extraordinaria al defensor común de los procesados y al señor apoderado de la parte civil, presentó el primero en representación de ALFONSO JIMENEZ GONZALEZ y NOHEMY GONZALEZ VDA. DE·JIMENEZ única demanda dentro del término de traslado otorgado al primero de los acusados .

  • • b.- Cuando la misma oportunidad se dió para la co-acusada " - ---- - --_-_---- - - _... _ - ---_- - -- - _.- - .
  • _-_--

• •

, • 2 GONZALEZ DE JIMENEZ el plazo legal precluyó en silencio,

pero al siguiente dia se recibió otro mandato y con él una • demanda de casación redactada por el nuevo defensor, quetanto la Secretaria del Tribunal como la de esta Sala Penal destacan como extemporánea. - c.- Si el nuevo mandato, por ministerio de la ley revoca el • precedente (art. 69 del CÓdigo de Procedimiento Civil), - claro es entender que sea ahora el abogado doctor GUILLERMO • ANGULO GONZALEZ quien asume la representación de la señora DE JIMENEZ como asi se le tendrá en la actuación, porquesus calidades se acreditan tanto como el formal otorgamiento del mandato. En cuanto se refiere a las dos demandas de casación, es también evidente que de haberse presentado en tiempo la

  • • segunda, ella constituiría una desautorización tácita alprimer apoderado, cuyo esfuerzo quedaria desplazado por la actuación del nuevo representante judicial .
  • - Como no ocurrió ello asi, a la par con la desatención del último libelo por motivo de su extemporaneidad, ha de tenerse por válido el primero, porque sumada a su presentación oportuna tiénese que quien la realizó estaba facultado para actuar como lo hizo, y en la última expresión de voluntad de la acusada no se desautoriza expresamente la gestión de su representante. a

._-----_--- - -- - . -- •

  • 3 c. - Como el escrito conjunto de demanda presentado en tiempo reúne las exigencias formales de ley, se le admitirá, y como consecuencia se correrá en traslado a laProcuraduría Delegada. d.- También la demanda de casación formulada por la parte • civil que representa los intereses de Hernando Ospina Cardona s. ajusta a las exigencias formales, y de contera • ha de correr la misma suerte .

. 1 Cabe si aclarar que al admitir este segundo escrito no se obedecen las razones dadas por el casacionista respecto a • la cuantia cuando sostiene que el recurso es de recibo porque la diferencia entre lo pedido por la parte como II indemnización y lo fijado por el Juez, es o excede de • cincuenta mil pesos sino en cuanto las ($50.000.00). 11, razones valederas se explican por la Sala al afirmar que : "Cuando el delito que motiva el recurso extraor dinario reúne los requisitos exigidos para la casación penal ordinaria, esto es que se trate de sentencia de segunda instancia proferida por un Tribunal y que el delito que motiva el recurso tenga señalada una pena de cinco años o más de • pena privativa de la libertad, como ocurre en el caso que se analiza, el censor podrá atacar la sentencia en los aspectos que a bien tenga, incluidos los perjuicios, sin que en tales circunstancias sea menester que la cuantia de aquellos coincida o sea inferior a la señalada por el legislador como interés para recurrir en casación en el proceso civil. En este caso la censura deberá orientarse bajo el amparo de las causales de la casación penal. (Casación de junio II 25 de 1993. Proceso 6831.M.P.Dr. Edgar Saavedra

Roias.)

  • ADMITENSE como consecuencia: • - , l

, •, : , , I 1: ·I l' , ~ I , I I , , t I , I , 4 l.-la demanda de casación presentada conjuntamente a , , nombre de los acusados ALFONSO JIMtNEZ GONZÁLEZ y NOHEMI i 1 GONZALEZ VDA DE JIMENEZ, y • 2.- la demanda que formula el apoderado de la parte civil en representación del ofendido Hernando Ospina Cardona. DECLARANSE AJUSTADAS A DERECHO, Y DISPONESE su respectivo • traslado al agente del Ministerio Público para lo de su cargo. • Notifiquese y Cúmplase.

JUAN MANUE

MAGISTRADO.

, • • I ,

RAFAEL CORTES GARNICA.

SECRETARIO.

I • •• • · , , • •

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