CSJ - SP 8787(28-07-1994)
Corte Suprema de Justicia
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Detalles
- Título
- CSJ - SP 8787(28-07-1994)
- Autor
- Corte Suprema de Justicia
- Categoría
- Jurisprudencia
- Área del derecho
- Penal
- Año
- 1994
- • o n -, 8 '7·' . .: ,.) • J.
, • \ ,
- ,
AccrON DE REVISION \ PRUEBA NUEVA
, , • La acción de revisión posee un carácter especialfsimo dada su capacidad de atacar la I, , cosa tuzqada cuando proyecta un juzqanuento alejaoo de la realiclad procesal y de la , , realidad histórica Asl, únicamente en el supuesto de un sólido fundamento que ,• demuestre la posibilidad de un entuerto judicial es permisible su prosperidad para que en , la reapertura del proceso se curnpla con el principio primordial de aplicar el derecho v la ,
- • justicia en la medida que les corresponde. Por ello cuando se trate de hechos o pruebas
I , nuevas no conocidas al tiempo de los debates aquellas deben tener la ser iedad suñclet ue para estimar como posible la inocencia del condenado. I ~
MAGISTRADO PONENTE Dr. JORGE Et\jRIQUE VALENCIA MARTINEZ
, I I Acción de Revisión
I I FECHA . : 94-07-28
, !
DECISION : Niega la revisión
I
PROCEDENCIA : Tribunal Superior del D.J. de Medellfn ACCIOt~ . HERNANOO DE JESUS ZAPATA ZABALA y DELITO . Homicidio, hurto porte ilegal de armas RADICACION No. : 8787
·s
PIJ8LICADA
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REPUBLICA DE COLOMBIA
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CORTE DE JUSTICIA SUPRIt:HA f
•
DE CASACIOH PENAL
- • • Magistrado Ponente Doctor
JORGE ENRIQUE VALENCIA H.
Aprobado Acta NO.83 Santa Fe de Bogotá, D.C., ju Lí o ventiocho (28) de mil • novecientos noventa Cuatro (1994) y • • • • • I
VISTOS
• • (' ·1 •
- - Decide la Sala sobre la·acción de revisión interpuestapor el procurador jUdicial ~el condenado nernando de Jesús • Zapata Zabala contra la sentencia proferida por el Tribunal
, I , .. Superior de Medellin, confirmatoria de la dictada por el ~ -'1 •
- • Juzgado 14 Superior (hoy 38 Penal del Circuito) de la misma
'¡
- • ciudad, que lo halló responsable, a titulo de autor, de la comisión de_'los delitos de homicidio, hurto y porte ilegal • de armas.
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REPUBLICA DE COLOMBIA , ~ • /'
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Hllrto • , • • •
10. El diecisiete (17) de junio de mil novecientos noventa
uno (1991), en la ciudad de Medellin, Jorge Luis y , , Puerta Ochoa se dedicó a la ingestión de bebidas \ alcohólicas, primero en la casa de su padre, luego en una ( -) tienda que administraba Bernando Zapata Zabala. Cancelada • la cuenta Puerta le pidió a Zapata Cl• nco mil p•esos
- • en préstamo, disgustándose al obtener como ($5.000.00) respuesta una negativa. Ya en su casa, Puerta siguió tomando e hizo unos disparos al aire con su revólver, tal • como acostumbraba hacerlo cada vez que se encontraba ebrio.
Avanzada la noche, Zapata se hizo presente en la residencia • lo acompafió a tomar unos tragos, previo reclamo del duefio y de casa por no haberle hecho el préstamo. A eso de las dos (2) de la mafiana, luego de una fuerte discusión, ambos se ,
- • dirigieron a la cocina, sitio en el que se produjeron varias detonaciones. Momentos después apareció Puerta • desplomándose en la sala y detrás el sentenciado quien le • propinó varios disparos más, emprendiendo la huida .
• , I I , Se practicaron diversas probanzas luego de la 20. diligencia de levanta~iento del cadáver. La primera , , fue el testimonio de Cruz Irene Puerta quien sefialó como el \ I _) ~ autor .del·homicidio a aRando", o 'sea, el mismo Hernando • I ,
- • Zapata Zabala. Luego se escucharon qtros testimonios que
, confirmaban estos hechos, en especial, el de Carlos Mario Cardona Londoño. Con el recaudo de las pruebas cientificas • de rigor la declaratoria de reo ausente del acusado se y • • , - ",_.","_-_ <")1 n ~ O '7 , ".:v • 1':.1 \
REPUBLICA DE COLOMBIA
• • Rad. Ro 8787 Révisi6n 3 Rerfiand Xapa Xabala , • Rooicldi Rorto 1/0 • • • • , , , completó la etapa instructi va, procediéndose a la • calificación del sumario, encontrando el juez investigador suficientes méritos para proferir en contra del imputado • • resolución de acusación, por los delitos de homicidio,
- I hurto (del revólver del interfecto) porte ilegal de y • armas. • i
- • Le correspondió conocer del asunto al Juez 14 Superior
30. • de Hedellin quien luego de realizar la audiencia pública, profirió en contra del encartado sentencia condenatoria por los delitos mencionados, condenándolo a purgar como pena principal la de diez (lO) afios ocho (8) y meses de prisión. Conocido el fallo en segunda instancia, el Tribunal le dio cabal confirmación.
• •
40. Después de regresar el negocio al juez del • conocimiento' que por entonces era el 38 Penal del • Circuito de Hedellin se tuvo información sobre la captura del condenado en la localidad de Briceño a quien se le
y • asignó la Penitenciaria de Calarcá para purgar su pena . , • • , '\ , • I • "'. '1 1.- • , • • • '. ,
- • • Con fundamento en la causal tercera de revisión prevista en,~l articulo 232 del C. de P.P., el demandante
- , advierte que el motivo para que su cliente fuera a la
• 1 , --- _I - , 2 t'"j ~") e A ,... ;¡ l ..........
REPUBLICA DE COLOMBIA ,_~ '-.J l. , 4 i6n
Rad. !fa , " Xapata Xabala Be rlo aBorto ,
- • residencia de Puerta Ochoa fue el de recoger a su ayudante Alberto ViIlegas. Una vez en el inmueble, Puerta lo intimidó con arma de fuego, lo hizo seguir al interior de la casa, le exigió, sin conseguirlo, la entrega del dinero que llevaba, lo hizo retroceder de la sala a la cocina y, allí, le disparó. Ante tal agresión, Zapata desenfund1 el' arma que portaba y disparó contra su atacante, quitándole , el arma para prevenir que volviera a ser usada en contra suya, emprendiendo la huida por el temor a la cárcel y no por el reconocimiento implícito de su responsabilidad, con lo cual privó a su defensor de oficio de un cabal conocimiento de los hechos y de solicitar pruebas suficientes para demostrar la causal de justificación , aducida. Concluye que lo justo hubiese sido un
pronunciamiento absolutorio por el homicidio y el hurto. , Como pruebas nuevas presentó al proceso declaraciones extraproceso de Alberto Villeqas Pineda, testigo presencial I de los hechos y a quien no se le recaudó su versión en el • , , expediente, de ReIson Valencia Cardona qU1• en por , , experiencia propia conoció de la personalidad peligrosa del , , i occiso, de \ y Carlos Hario Cardona Londofio, qUI• en fue , • interrogado de manera incompleta y puede dar fe de la , • exigencia de dinero que la víctima le hiciera al rematado , colocándole un revólver en el abdomen. I , , •• I I I " • i,
PERIODO PROBATORIO
I , ,, i I , I • En orden a profundizar sobre los hechos y pruebas , , , , , --,- • I, •
REPUBLICA DE COLOMBIA
- I lad. 8787. eVlsi6n 5 g~ I
. I , . o ~áta lab;I • . Bnrto/lrO •
- ,
,
- , e ....) • nuevas que el letrado adujo en su escrito para interponer
- • la acción de revisión, la Sala ordenó la recepción de
• varias probanzas: I • •
1. Se escuchó a Carlos Hario Cardona Londofio, quien ya ~ • habia declarado para el proceso. Como datos
,
- adicionales confirmó que Zapata habia llegado a la
< .) , , , I • residencia de Puerta preguntando por su empleado Alberto I I Villegas para que se fueran a dormir, pero, a diferencia de I I I lo afirmado por el accionante, aduce que entró a la casa por insistencia del duefio de la misma no por amenazas. y Agrega a su testimonio inicial la actitud amenazante de P• uerta quien con un revólver en la mano: • • ...se fue hacia Nando, le empezó a decir que le diera toda la plata que tenia, entonces Nando le decia que por qué, que la plata era de él, entonces ya empezó don Jorge a presionarlo con el • revólver en .el estómago, le ponia el revólver en el estómago le decia que le entregara toda la y plata que tenia, entonces ALBERTO se paró le y dijo qué era lo que pasaba, entonces don Jorge le puso el revólver a Alberto le dijo que si él y también queria, entonces le dije a Alberto que yo se sentara, entonces don Jorge se llevó a Nando apuntándole con.el revólver hasta la cocina ...~ . • Luego supone que el so le disparó un tiro a su oéc í . oponente pues era quien llevaba el arma en la mano. Al
- 1
. " sentir la detonación, se í.rí.q a la cocina obse rvó d y í ó
- • cuando ·Nando~ sacó el revólver que portaba y disparó dos • veces contra su agresor, momento que aprovechó para • quitarle el'arma a Puerta y emprender la huida,' sin decirle
• • • - -- --,- •
n¡:PUIlLICA DE COLOMBIA
• -J • lad. B 7. ievisi6D 6 , BerDando Xapata Xab • ", Bonicidio B9~ o \i, , • nada a nadie.
- • Cuando se le advierte que porqué en su anterior • declaración aseguró que el homicida les habia dicho •... entonces, quién es guapo aqui ... antes de escaparse, D, ahora lo n1• ega, manifiesta que simplemente no lo y recordaba que si antes no había hablado sobre estos y • pormenores se debió a que los policías los empleados y judiciales 10 tenían ·psicosiado Por lo demás, niega que D• Zapata le hubiese hecho más disparos a Puerta cuando estaba caído en la sala de la vivienda.
El segundo deponente es Luis Alberto Villegas Pineda. 2. • Luego de rela• tar los antecedentes que rodearon el hecho punible, recuerda la llegada de -Nando a la D
- • residencia de la víctima, los agravios que de inmediato le • hiciera por no haberle prestado una plata que le solicitó • cuando estaba tomando en su tienda, la búsqueda del revól ver que Cardona le habia escondido, su entrega por • éste, la exigencia que hizo para que le diera dinero que , llevaba mientras le colocaba el arma en el estómago, las • amenazas de muerte si no lo hacía, el pedido de este • declarante para que no lo hiciera, el tiro que se le aflojó
, • peio sin herir a nadie, su salida hacia la calle, el ruido producido por var ias detonaciones la h•uida de • Mando· con y . .~.- 1 , •
- • rumbo desconocido .
- , Explica su ausenC1•a del proceso por no haber
•
- • localizado el Juzgado que se encontraba tramitando la • --=-----------~-------- .
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REPUBLICA DE COLOMBIA O Lo.
I~') O J ij - - ,isi6n 7 Ber t ¡abalcidio tJ to 1investigación, advirtiendo, por último, que el interfectoestaba ebrio, que nunca escuchó que hiciera disparos en la casa y que en una oportunidad se encontró con el condenado quien lo culpó del incidente por haberse ido a ingerir licor a la casa de Puerta, reprochandole no haberintervenido en su favor agarrando a éste para que no le - • tirara" a él. - • •
3. Luego compareció Nelson Valencia Cardona quien habló sobre la "reconocida peligrosidad" de Puerta, al o punt de que a él mismo en una ocasión y en su propia cas~ fue extorsionado y amenazado por él con un revólver y tuvo que entregar le la suma de cincuenta mil pesos, hecho que sucedió aproximadamente un mes antes de su fallecimiento. • Como quiera que en su declaración extraproceso había dicho que" ...fue llamado por el sefior JORGE y el compafiero de él
- • amenazados cada . uno con revólver a entregarles • inmediatamente la suma de CINCUENTA MIL PESOS ...", el • Juzgado le preguntó por qué ahora afirmaba que tal hecho e ; - sucedió en su residencia, explicando que quizás ello se , debió a que no le preguntaron sobre el particular. De otra parte se le interroga sobre la razón por la cual aceptó una • invitación de Puerta pese a que no era am1• go suyo, , respondiendo que ello se d• ebió al m1• smo temor que le profesaba. En cuanto a la costumbre del interfecto de
.. , disparar al aire advierte que en dos ocaS1• 0nes se dio
- • cuenta de ello, a'más de haber observado que poseía tres o
•
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_ i REPUBLICA DE COLOMBIA ,1 1'1 o:J o~ 1.:.. , -
O I -;.¡ O l _' , o , _, .... i • , ~ , _ '1 , , , ,, I 8 Rad. Ro lsi6n 00 labal o J)o(('" Hurto • o o
4. Finalmente se escuchó en versión • juramento a
S1n
- , o Bernando de Jesús Zapata Zabala. Advierte que luego del • incidente protagonizado en su tienda con Puerta (el , o pré s arno negado de cinco mil pesos) se fue a buscar a t o I Alberto Villegas a la casa de aquel porque habia quedado de
amanecer esa noche en su residencia y no queria tener que • levantarse para abrirle la puerta. Al llegar alli, Puerta I • o lo invitó a seguir, aceptando ante su insistencia. Una vez dentro lo increpó por no haberle prestado el dinero y con un revólver en la mano lo amenazó colocándoselo en el estómago, exigiéndole que le entregara todo lo que tenia. o Como quiera que Villegas intervino en su favor, Puerta le • dijo que se quedara callado .. ,que a él también le o daba. En esta situación llegaron hasta la cocina, sitio I ,.0. I , en el cual su oponente hizo un disparo que pegó en el piso. o Que en ese momento, asustado, sacó su revólver •... lo y _ • disparé lo más que'pude, creo que lo vacié todo ...•. Sin embargo, el otro lo agarró •... y as vue 1tos un hatado í , (sic) llegamos a la sala y ahí cayó al sue lo, yo me , , { 1 _ levanté, abr1 la puerta y me volé.·, En la pelea asegura , que él, inconscientemente, se quedó con el revólver del • occiso. Para finalizar asegura que cuando estaban dentro de • su negocio le prestó dos mil pesos al occiso pero afuera I o (se refiere a los cinco mil pesos) no le prestó suma _ alguna. _ . , ., • •
ALEGATO DEL ACCI
, • Pone énfasis, en primer término, sobre la presencia de o ____ ~o ~ • _
• 005727 , . , I ,
REPUBLICA DE COLOMBIA • 9 Rad. 87 7./Reviai6D
• J Bl'r X ata Xabala BOJici Bnrto y/o ,/ • • • • • , • dos personas en el lugar de los acontecimi.entos. Sefiala a 11 Cardona y Villegas y fundamenta su dicho en los testimonios de la hermana y la cónyuge de la víctima. En consecuencia, advierte que únicamente el testimonio de. Villegas puede • • corroborar el de Cardona en cuanto a las circunstancias • concomitantes del suceso criminoso .
- • Respecto a las siete heridas que presenta el cuerpo de Puerta Ochoa recuerda que su poderdante dijo haber disparado toda la carga del revólver. Cuatro de ellas con • orificio de entrada en la espalda. Esto lo explica advirtiendo que no se ha establecido si al caer el herido éste quedó en posición de cúbito abdominal o dorsal o si
I 1 , ellas se produjeron a raíz de la lucha en la cocina o en la • sala y tampoco se conocen las características del revólver, & aunque pone de presente que existe uno, Smith Wesson,
- • calibre 22 largo 'c6n un tambor de nueve proyectiles.
Más allá relieva la personalidad peligrosa del extinto ) ( • basándose en el testimonio de Helson Valencia Cardona, • aunque resalta que solamente con el rehacimiento del • proceso podría establecerse con mayor precisión
y • abundancia probatoria este antecedente de suma gravedad. En , • lo que se refiere al dicho de Luis Alberto Villegas Pineda • sefiala que es conteste con el de Cardona y con la versión •
- • de Zapata. Cuanto. a la exégesis de Carlos Mario Cardona • indica que las 'discrepancias que pudiera presentar su • declaración .extraproceso con el testimonio rendido dentro
' • del expediente se debe a la coacción moral de que fue • - , - • - -- --- •
REPUBLICA DE COLOMBIA
- ~ 10 lad. RevisióD· ..-.- • bala ta
BOBic TIa' Bu
- • objeto por los agentes de policía quienes suponían que estaba actuando como aliado de Bernando Zapata . • Con relación a las posibles desavenencias que pudiesen • surg1•r entre las verS1• 0nes de los testigos llama la atención sobre el tiempo transcurrido. Por consiguiente, considera que la defensa de su vida que hiciera Zapata • ampara no sólo la imputación del homicidio sino también la del hurto. Cuanto al porte ilegal de armas asegura que no aparece en las instancias prueba alguna de que el arma en cuestión no estaba amparada por salvoconducto, por lo que la condena se produjo sin sostén probatorio.
I
- • Por tanto, solicita de la Sala se decrete la revisióndel fallo de segunda instancia, ordenándo a la par la • libertad provisional del procesado con forme a lo dispuesto • - . en el artículo 241·del C. de P.P.
• • - () - .
- / 1. ,/ La acción de revisión, se ha dicho muchas veces, posee
- •
•• , ---"1 un carácter especialís~mo dada su capacidad de atacarla cosa juzgada cuando proyecta un juzgamiento alejado de la realidad procesal de la verdad histórica. Así, y , •
- -
- • únicamente en el • supuesto de un sólido fundamento que , demuestre la posibilidad de un entuerto jUdicial espermisible .!Juprosperidad para que en 'La reapertura del proceso se cumpla con el principio primordial de aplicar el
-- - REPUBLICA DE COLOMBIA • 81 . ~ lo 11 Rad. isi6n BerDlndo la ata lab,; • orto lo BODicidio
- • derecho y la justicia en la medida que les corresponde. Por ello, cuando se trate de hechos o pruebas no conocidas al • tiempo de los debates -que es el supuesto aqui alegado- • aquellas deben tener la seriedad suficiente para estimar
. ..._, como posible la inocencia del condenado. • • • . . ~ La acción de revisión, por tanto, no es una instancia más donde se busque la simple controversia probatoria con pruebas de similar o menor importancia a las tenidas en cuenta para proferir la decisión cuestionada. Ellas deben poseer la contundencia nec~saria para desquiciar las que se le oponen y hacer posible el proferimiento de un nuevo fallo, favorable a los intereses del acusado . •
Por consiguiente, cuando se invoca la acción de revisión, los hechos o las prQebas alegadas por el accionante han de tener la capacidad de mostrarle a la Corte que poseen el vigor necesario para actuar con posibilidad de éxito en la e ) • • quiebra a la cosa juzgada. • • ,
2. En el caso de la especie tales preceptivas no las • cumplen las nuevas probanzas. El demandante busca demostrar que si bien la conducta de ~u poderdante es típica, está amparada por una causal excluyente de antijuridicidad, pues e i sólo actuó para défender sU propia vida de una agresión
- • injusta. Para ello se basa en las deposiciones de los
- • testigos presenciales (Villegas Cardona), de otro y • declarante . {Valencia Cardona} que habla sobre el
, • • 1 "1 "'\() O O !:; '-', o • REPUBLICA DE COLOMBIA • 12 e,isi6n Bern do pata laba f: Bouicidio Barto lo • temperamento peligroso del occiso de la injurada del y • sentenciado rendida a raíz de su captura luego de terminado • el proceso.
- • • Lo primero que se observa es la debilidad de la prueba traída a los autos. Divergencias, acusaciones de coacciones • o la imposibilidad de encontrar los despachos judiciales • para explicar la mudez guardada, en fin, explicaciones insatisfactorias de las versiones de los deponentes, que como tales quedan sujetas a las reglas de la sana crítica,
. , son el un1CO sostén que apuntala las intenciones del accionante.
3. Pero esta no es la única falencia que conspira contra las intenciones del escrito de revisión. Como bien se observa, lo que se busca es reabrir el debate probatorio • • para poner en telá de juicio los elementos de persuasión que sirvieron de fundamento a la sentencia condenatoria.
Como en el pasado lo ha ·aclarado la Corporación: () , • "Tal pretensión es del todo inadmisible dentro del ámbito del recurso extraordinario de revisión por cuya conducta se deben presentar son situaciones "de ·hecho'"de tal linaje que logren casi la evidencia de la inocencia del condenado. En ninguna de las causales de revisión -ha dicho la Corte- "se permite una nueva evaluación del • poder de convicción de las pruebas que obran en " ',\ ~ t el pr oce so" ,(sentencia de 13 de septiembre de 1976): Esto;· porque en esencia, la presunción de veracidad ~ acierto que protege la cosa juzgada, no puede ser desvirtuada acudiendo a un nuevo examen de las pruebas. (Sentencia de junio 11 de , 1J
- .
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REPUBLICA DE COLOMBIA
• • • • •
- • • 13 Rad. lo 878 .,Revisi6n
• • Ber.D~oIXapata Xabala Bááicidio Burto • • •
4. En el acto sub examen, el nuevo debate se realizaría
en torno al dicho de Carlos Hario Cardona Londofio, entrando en juego su credibilidad, de por sí deteriorada luego de su • tardía comp Ieme nt ac de los hechos. Lo propio sucedería í.ón" CI • con Villegas Pineda a quien difícilmente resulta aceptable su silencio sólo porque no pudo encontrar el despacho judicial encargado de la investigación. El cuadro lo • completa Melson Valencia cuya exposición resulta altamente • sospechosa cuando habla sobre la personalidad beligerante del occiso, al punto de haber sido víctima de sus abusos y excesos pese a lo cual acepta invitaciones a su casa. Finalmente queda la dicción del imputado, quien se negó en todo momento a presentarse al proceso y solo a raíz de su captura se logró conocer su versión de los hechos. Además, es claro que sus palabras quedarían también sujetas a los elementos de la sana crítica confrontándolas con la • car declaración rendida. en el proceso por Ios Hario Cardona Londofio quien relata como el agresor remató a la víctima cuando ya no tenía posibilidad de defenderse, en conjunción ( .~ • con las pruebas técnicas que hablan de pluralidad de , heridas, siete en total, cuatro de las cuales fueron • causadas por detrás. • ,
5. Ahora bien, la Sala • qUl• ere poner de resalto la • insistencia del accionante de utilizar la acción e " ..... 1 extraordinaria de revisión para que se vuelva a analizar el
- • tema de la legítima defensa, el que y~ sufrió el examen y
- • • la discusión de rigor en las instancias. El punto fué
, • descartado por los falladores con argumentos • • • Y
JUICIOSOS
•
- --~-- ----_- - - - --- - --- --- -- - --- - -- ------~-- - -
•
- •
005'732 ,
REPUBLICA DE COLOMBIA
• 14 Rad. Ro 8181. , I a Bernando X 1, I y/o BODicidio • , • contundentes. Y por ello, resulta impropio que se pretenda convertir a la Corte en arbitro de la controversl.• a,
- • obligándola a tomar partido con lo cual se lograrian efectos que no se consiguieron cuando el proceso se • encontraba en su curso normal de las instancias.
6. Como bien se ve, ninguna de las probanzas presentadas tienen la calidad de mostrar una situación de hecho . claramente definida que permita estimar como posible la inocencia del condenado como podria ser, v. gr. la demostración de que Zapata Zabala se encontraba en otro lugar, o la imposibilidad fisica de poder accionar un arma,
- I o la presencia de otras situaciones fácticas semejantes.
Asi las cosas, la decisión a tomar en el presente 7. asunto no puede ser otra que la de negar la revisión • impetrada por carecer las pruebas presentadas de la fuerza • necesaria para desquiciar el fallo, materia del pedimento. ('3 • •
- , En mérito de lo expuesto, la Sala de Casación Penal de • la Corte Suprema de Justicia, administrando justicia en • nombre de la República y por autoridad de la ley,
I • , • «; , Negar 'la revisión impetrada p•or el apoderado del • condenado Hernando de Jesús Zapata Zabala. " • • • •
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• • • • • 15 Rad, Jo 7: Revisi6n • BerDan o ta Jabala Bomici Borto y/o '01 • • , '_ .~ Notifiquese cúmplase. • y En f' ediente. 1 I • , , , , , , ,I ,
RICARDO CALVETE
• / ( I .. •
GOHEZ LASQUEZ
D , • , , • •
- •
JUAN MANUEL RES •
JORGE ENR QUB VALBNCIA K.
• • • • • •
CARLOS A. GORDILLO LOHBANA
•
- Secretario
• • , • • , • • •
- •
• • • • • • •