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CSJ - SP 8789(15-03-1995)

Corte Suprema de Justicia

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Detalles

Título
CSJ - SP 8789(15-03-1995)
Autor
Corte Suprema de Justicia
Categoría
Jurisprudencia
Área del derecho
Penal
Año
1995

REPUBLICA DE COLOMBIA

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~ F!e ~/'ema ,/¿.jÚCla Proceso Ro. 8789

AGOSTIR BARRERA ROA O. f

JUSTICIA

DE CASACIOH PEOOAL

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Magistrado Ponente:

Dr. NILSON PINILLA PINILLA.

Aprobada Acta No. 39. Santa Fe de Bogotá D.C., quince de marzo de mil novecientosnoventa y cinco. - - - - - - VISTOS • El procesado AGUSTIN BARRERA ROA quien se halla detenido en la Cárcel del Circuito Judicial de Facatativá (Cundinamarca) solicita la libertad provisional con apoyo en los artículos 415 numeral 2 del Código de Procedimiento 0 - - - - ,

REPUBLICA DE COLOMBIAProceso Ha. 8789 2 o.

AGUSJIH BARRERA ROA f Penal 72 del Código Penal, para lo cual adjuntó a su y escrito certificados de trabajo, estudio, cartilla biográfica acta del Consejo de Disciplina . y • -

OONSIDER&CIOHES DE LA

  • • El Tribunal Superior de Cundinamarca, mediante sentencia de diciembre 18 de 1992 modificó la proferida por el Juzgado 40 Penal del Circuito de Girardot en el sentido de imponer a los procesados AGUSTIN BARRERA ROA, JESUS FERNEY GOMEZCASTAÑO, HECTOR YESID PACHON MOLINA LUIS ERNESTO y RODRIGUEZ GONZALEZ, la pena principal de 90 meses deprisión, al haber sido encontrados coautores responsablesde los--deli tos de homicidio tentado en concurso con elhurto calificado agravado. y El solicitante fue privado de la libertad el 8 de septiembre de 1991, es decir, ha descontado efectivamente 42 meses 7 días, por trabajo acredita 7.496 horas que le y representan una rebaja de pena de 15 meses 18 dias, por y estudio 477 horas para una redención de pena adicional equivalente a 29 di as , guarismos que sumados arrojan un total de 58 meses 24 días, por lo cual no acredita el y

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REPUBLICA DE COLOMBIA

Proceso Ha. 8789 3 AGUSYIH BARRERA ROA yO. cumplimiento de las dos terceras partes de la sanción impuesta en las instancias que equivale a 60 meses. No cumpliéndose el requisito cuantitativo previsto en el articulo 72 del Código Penal, releva a la Sala de analizar el elemento subjetivo a que se refiere la norma. _ _ Por lo ante_riormente expuesto, la CORTE SUPREMA DE JUSTICIA SALA DE CASACION PENAL, NIEGA la libertad provisional al procesado AGUSTIN BARRERA ROA. • Notifiquese cúmplase. y _ _ _ _ _ • , . , • • - _ /

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GUILLERMO DUQUE RUIZ C RLOS E. MEJI COBAR

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PAEZ LANDIA

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JUAN MANU RESNEDA JORGE ENRIQUE

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