CSJ - SP 8789(23-01-1995)
Corte Suprema de Justicia
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Detalles
- Título
- CSJ - SP 8789(23-01-1995)
- Autor
- Corte Suprema de Justicia
- Categoría
- Jurisprudencia
- Área del derecho
- Penal
- Año
- 1995
REPUBLICA DE COLOMBIA
{t:J/i;cta Proceso Do. 8789 •
JKSOS F. Z CASTAiO
CORTE DE
SOPRJI(H,ft. JUSTICIA
• •
Magistrado Ponente: •
Dr. NILSON PINILLA PINILLA.
Aprobada Acta No. 005 •
- •
Santa Fe de Bogotá D.C., veintitrés de enero de mil novecientos noventa y cinco. - • " • -
VISTOS
• •
- - El procesado JESUS FERNEY GOMEZ CASTAÑO quien se halla detenido en la Cárcel del Circuito de' Girardot, Cundinamarca, solicita la libertad provisional prevista en el articulo 55 de la ley 81 de 1993, para lo cual anexa a su petición certificados de trabajo y Acta del Consejo de
Disciplina. • REPUBLICA DE COLOMBIA Proceso no. 8189 2 r.
JKSUS GOHKX CASIABO
COlNlSIDllt: IRACIOlNlES
- • El Tribunal Superior de Cundinamarca, mediante sentencia de diciembre de modificó la proferida por el Juzgado 18 1992 4° Penal del Circuito de Girardot en el sentido de imponer
a los procesados AGUSTIN BARRERA ROA, JESUS FERNEY GOMEZ
CASTAÑO, HECTOR YESID PACHON MOLINA LUIS ERNESTO y • RODRIGUEZ GONZALEZ, la pena principal de meses de 90 prisión, al haber sido encontrados coautores responsables I de los delitos de homicidio tentado en concurso con el I
hurto calificado agravado. y I I El peticionario fue privado de la libertad el 8 de _ septiembre de es decir, ha descontado efectivamente 1991, - cuarenta (40) meses y qU• 1• nce (15 ) dias, por trabajoacredita horas que le representan una rebaja de pena 9.220 de diecinueve meses seis (6) dias, para un total de (19) y cincuenta nueve (59) meses ventiún dias. y y (21) En atención a que las dos terceras partes de la pena impuesta en las instancias, corresponden a sesenta (60) meses, se concederá la libertad provisional a partir del primero (1°) de febrero del afio en curso, en el que el procesado satisface el requisito objetivo previsto por el articulo 72 del Código de Procedimiento Penal, cumpliéndose
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Proceso Do. 8789 3
F. el sUbjetivo, en atención a que no registra antecedentes penales o contravencionales, su conducta ha sido calificada por el mismo establecimiento carcelario como "ejemplar", de igual manera su dedicación al trabajo ha sido permanente, lo que permite a la Sala inferir su readaptación social.
Deberá prestar caución prendaria por la suma de trescientos mil pesos ($300.000.00), a favor del J• uez de pr1• mera instancia suscribirá diligencia de compromiso con las y obligaciones contenidas por el articulo 419 del Código de Procedimiento Penal. Por lo anteriormente expuesto, la CORTE SUPREMA DE JUSTICIA
SALA DE CASACION PENAL,
- I - •
- • OTORGAR la libertad provisional al procesado JESUS 1 o FERNEY GOMEZ CASTAÑO, a partir del primero (1°) de febrero de 1995, previa caución prendaria por la suma de $300.000.00, que deberá cons1• gnar a favor del Juzgado Cuarto Penal del Circuito de Girardot la suscripción de y la diligencia de compromiso buena conducta al tenor de lo y preceptuado en el articulo 419 del Código de Procedimiento Penal, siempre cuando no sea requerido por otra autoridad y por otro proceso. y
•
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Proceso Do. 8789 4 mus p. CASlAfiO 2° Para el cumplimiento de esta decisión, se comisiona al Juzgado Cuarto Penal del Circuito de Girardot a quien se le librará la comunicación telegráfica. • Notifiquese cúmplase. y ..---......... • 1 ,,-
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CARLOS A. GORDILLO LOHBANA
SECRETARIO .
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