CSJ - SP 9293(12-07-1994)
Corte Suprema de Justicia
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Detalles
- Título
- CSJ - SP 9293(12-07-1994)
- Autor
- Corte Suprema de Justicia
- Categoría
- Jurisprudencia
- Área del derecho
- Penal
- Año
- 1994
1] Jar y E 4 1 DE COLOMBIA Rad.9294.Extiadición.— a Eduardo F. Quézada R.- > ma de Aosticia
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA
SALA DE CASACION PENAL Aprobado acta No. 75
Magistrado Ponente:
Dr. GUILLERMO DUQUE RUIZ
Santa Fe de Bogotá, D. C., doce de julio de mil novecientos noventa y cuatro. Resuelve la Sala sobre la solicitud de pruebas elevada en el trámite de extradición del ciudadano chileno
EDUARDO FRANCISCO QUEZADA RUIZ.
SE CONSIDERA: 1.- Corrido el traslado para pedir pruebas
(art.556 del C. de P. P.), el defensor oficioso del reclamado Quezada Ruiz demanda que se solicite al país requirente poner a disposición de esta Corte los documentos que contienen las pruebas tenidas en cuenta para el procesamiento del reguerido, tales como algunas "declaraciones testimoniales" (fls.45 del cuaderno de la Corte) y "el texto de algunas grabaciones" (fls.46), que el memorialista individualiza.
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Rad.9294 .Extxadicién.- Eduardo F. Quezada R.- ma de Justicia 2 2.- Bien sabido es que cuando se encara la emisión del concepto acerca de la viabilidad o no de la extradición, la competencia de esta Sala se circunscribe a establecer "la demostración plena de la identidad del solicitado, la validez formal de la documentación presentada, el principio de la doble incriminación, la equivalencia de la providencia proferida en el extranjero
y, cuando fuere el caso, el cumplimiento de los tratados públicos" (art.558 ibidem). Ninguno de esos aspectos tiene relación con las pruebas pedidas por el defensor del reclamado, que més parecen estar encaminadas a controvertir la acusación, razón bastante para que las mismas devengan improcedentes. Por otro lado, esta Sala no estima necesario que obre en el presente asunto algún otro elemento de juicio. En mérito de lo expuesto, LA CORTE SUPREMA DE JUSTICIA, SALA DE CASACION PENAL, .- NEGAR por improcedentes las pruebas pedidas por el defensor del reclamado EDUARDO FRANCISCO QUEZADA RUIZ. — mal
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