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CSJ - SP 9335(18-04-1995)

Corte Suprema de Justicia

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Detalles

Título
CSJ - SP 9335(18-04-1995)
Autor
Corte Suprema de Justicia
Categoría
Jurisprudencia
Área del derecho
Penal
Año
1995
  • e e o o . q [ PUB L I A DE L ,..113I A

, , •, • • • •

  • Sb r/e p, Ro. 9335

'9'

DELGADO GAYIRIA

,

CORTE DE JUSTICIA

SUPRIRHj\

, • .

DE CASACION PENAL

• , , , • , • • •

Magistrado ponente:

Dr. EDGAR SAAVEDRA ROJAS

Aprobado Acta No. 51. • , " • ) , Santafé de Bogotá .D.C., dieciocho de abril de mil , novecientos noventa cinco. y , • , , ,. • , , •I • . • , • .' , s o s T I • • " '1 ••. · •

, • • J • • • • , , · • , • • , • , , La procesada DENIS DELGADO GAVIRIA quien se halla detenida en ,

  • , el Centro de Reclusión Nacional "El Buen Pastor" de esta • j

• 1 • •

  • · • ciudad, solicita nuevamente el beneficio de libertad

, , ¡ ,, · provisional por considerar reunidos los requisitos del articulo •

  • • 72 del Código Penal, para lo cual se remite a los certificados

,

  • • de trabajo estudio, Actas del Consejo de Disciplina y y •

• , • ·, • cartilla biográfica allegados al informativo, acompañando en

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DELGADO GAVIRIA

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, , esta oportunidad el referente al trabajo comprendido entre el

  • , 14 de marzo y 4 de abril del corriente año. ,

.. , , ,

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  • ,

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CONSIDERACIONES DE LA COR1'E :

, '. , • • , , . , • • ,

  • • Un Juzgado Regional de Medellin mediante sentencia de fecha 3

  • • de mayo de 1993, condenó a Denis Delgado Gavir ia a la pena

, . , , , , , . , , privativa de la libertad de 256 meses de prisión, como autora , ' , , I ¡ , ,, responsable del delito de secuestro extorsi va, decisión que ·, , ,, • , •. , , fuera modificada por el Tribunal Nacional en providencia de • , , , agosto 24 del mismo año, para fijarle como sanción definitiva , la de nueve (9) afias de prisión (108 meses). , , ' • ,I ' , ' , , ; o. I ' , ' · La procesada se halla detenida desde el 4 de enero de 1991, es

,, ' ' , , • ,, • decir, ha permanecido privada de la libertad cincuenta y un · i , , • , , (51) meses y catorce (14) dias. , I . , , , ' , , . · , ., • . , , " Teniendo en • cuenta la Resolución No. 023 del 5 de los , , , , · , , , , , corrientes me~ y afiomediante la cual se revoca parcialmente el , • , , , , , , •, • , certificado No. 1304 en lo referente al mes de febrero de 1993; , , . , ¡ • , , , , , , que la actividad cumplida por la peticionaria durante el , , .. • ,, , ,, , I , , periodo comprendido entre los meses de marzo a agosto de 1992 , ,, • I , I, , , (Confraternidad), no se halla incluida entre aquellas a I , , I • , , , .' , • , 1 , realizar durante los dias domingos y festivos segJn la • , , , I , • I l' Resolución No. 010 del 15 de febrero de 1995 y, además, que !. ~ . ' I

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DELGADO GAYIRIA

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I solo a partir del.l° de septiembre de expresamente se le 1993 • reconocen ocho (8) horas diarias durante todos los dias de la 1 , , • semana (Resolución No. de todas de la Dirección de 100 1994), I la Reclusión de Mujeres de esta ciudad, por trabajo acredita . I , , horas que le representan una redención. de pena 9.844 I , , · , ,, • • equivalente a veinte ( 20) meses y qu i.nc e (15) di as y por \ , I estudio 160 horas. para un descuento adicional de trece (13) I , , . I , dias, que le permi• ten acumular setenta dos meses doce y (72) y (12) dias, en esta oportunidad superiores a las dos terceras partes de la sanción impuesta en la sentencia de segunda , • instancia, con lo cual satisface el requisito cuantitativo de , ,• , . . la pena a que se refiere el articulo del Código Penal. 72 , , " . , , , • · • • , Denis Delgado Gaviria no registra antecedentes penales o • , , 1 , cont ravenc í.onaLes ; su conducta ha sido calif icada en forma • , , , , , permanente como ejemplar (siete consejos de disciplina) sus y , actividades le han merecido reconocimiento especial por las , , • I .' , Directivas del centro carcelario, todo lo cual permite a la , , Sala realizar un' pronóstico favorable a su rehabilitación

, •

  • , social por lo mismo ser acreedora al beneficio reclamado. y

• • . , ,

  • • Para poder entrar a gozar de la excarcelación provisional que

· , , , • , · , •, se le otorgará, la procesada prestará caución prendaria por la • ,• • • suma de quinientos mil pesos ($ que deberá 500.000.00) , •

I • consignar a favor de la Oficina Coordinadora de los Juzgados • •

  • , Regionales de Medellin la suscripción de diligencia de buena y

1 • •, , conducta compromiso al tenor de lo preceptuado en el articulo • y , , , , • del Código de Procedimiento Penal. 419 •

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KLGADO GAVIRIA

, , , · , En mérito de lo expuesto, la CORTE SUPREMA DE JUSTICIA, SALA DE

CASACION PENAL,

, • , , , , , , I

, , RESUELVE: r

I

  • , 1° CONCEDER a la procesada DENIS DELGADO GAVIRIA el beneficio

, , , , 1 ,

de libertad provisional, previa caución prendaria por la suma , . , " de quinient~s mil pesos ( $ SOO.OOO.oo) que deberá depositar a ,

  • ,

, , favor de la Oficina Coordinadora de los Juzgados Regionales de , , . . '. , , • la ciudad de Medellin suscribir diligencia de buena conducta y

  • , compromiso al tenor de lo preceptuado en el articulo del 419 y

, , Código de Procedimiento Penal. ,, , ., , , 2° Satisfechos los, anteriores requisitos, se librará la I correspondiente boleta de libertad a la Directora de la , ' . · , ¡ Reclusión Nacional de Mujeres de esta ciudad, con la , • ·I", , advertencia de que solo producirá efectos en el evento de no " . , " hallarse solicitad~ la beneficiaria por otra autoridad en razón , , , , , . de asunto diferente. . , . .. .' ' , , , , .. ," • I.," Notifiquese cúmplase. , y , ,, ... , , , , , • -- , .- . "... . .. -. _,_ .---" . 4(, .... . c--- _, ~ 0-' • "0-. __ "" _ • ". · • , . , ' re

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• DKL ADO GAYIRIA

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JUAN MANUE NEDA JORGE ENRIQUE VALENCIA M. ,

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CA DIL LOMBANA

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" SECRETA

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