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CSJ - SP 9335(23-03-1995)

Corte Suprema de Justicia

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Detalles

Título
CSJ - SP 9335(23-03-1995)
Autor
Corte Suprema de Justicia
Categoría
Jurisprudencia
Área del derecho
Penal
Año
1995

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GAVIRIA

CORTE DE JUSTICIA

SOPRlf(IMlA

DE CASACIOl!

SAInA JE1'Jf(OOAL

Magistrado ponente:

Dr. EDGAR SAAVEDRA ROJAS

Aprobado Acta No. 42. Santafé de Bogotá D.C., veintitrés de marzo de mil novecientos noventa cinco . y

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1 S

  • • La procesada DENIS DELGADO GAVIRIA quien se halla detenida en el Centro de Reclusión Nacional "El Buen Pastor" de esta t ciudad, solicita la libertad provisional por considerar reunidos los requisitos del articulo 72 del Código Penal, para lo cual remite certificados de trabajo estudio, Actas del y Consejo de Disciplina cartilla biográfica. y

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E"IJBLICA DE COLOMBIA

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GAVIRIA elOHES

  • • • Un Juzgado Regional de Medellín, mediante sentencia de fecha 3 de mayo de 1993, condenó a Denis Delgado Gaviria a la pena • privativa de la libertad de 256 meses de prisión, como autora • responsable del delito de secuestro extorsi decisión que vo , • fuera modificada por el Tribunal Nacional en providencia de agosto 24 del mismo año, para fijarle como sanción definitiva • 108 meses de prisión, la que es ahora objeto del recurso

extraordinario de casación. ... • j La procesada se halla detenida desde el 4 de enero de 1991, es , , decir, ha permanecido privada de la libertad cincuenta (50) • meses y diecinueve (19) dias. Por trabajo acredita 9.964 horas que le representan una redención de pena de veinte (20) meses y siete (7) dias, por estudio acredita 160 horas para un • descuento adicional de trece (13) dias, que le permiten acumular setenta un meses nueve (9) dias, y (71) y insuficientes para acreditar el requisito cuantitativo de la pena a que se refiere el articulo 72 del Código Penal, pues las • dos terceras partes de la sanción impuesta en las sentencias de instancia, equivalen a setenta dos (72) meses. y tlocumpliéndose el elemento obj eti vo a que se refiere la norma, releva a la Sala por el momento de analizar el factor subjetivo. • • I I

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¿ " 9335 110. r v' 3 DELGADO GAYIRIA En mérito de lo expuesto, la CORTE SUPREMA DE JUSTICIA, SALA DE CASACION PENAL, NIEGA a la procesada DENIS DELGADO GAVIRIA la libertad provisional. Notifiquese cúmplase. y • _- • • • ..-

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