CSJ - SP 9356(29-11-1994)
Corte Suprema de Justicia
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Detalles
- Título
- CSJ - SP 9356(29-11-1994)
- Autor
- Corte Suprema de Justicia
- Categoría
- Jurisprudencia
- Área del derecho
- Penal
- Año
- 1994
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:; E L M B I A
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J. PKRKX
DE JaS5f'ICIA
CORrES
Magistrado ponente:
Dr. JUAN MANUEL TORRES FRESNED~
Aprobado Acta No. 134 Nov. 28 ele 1994 :a Fe de Bogotá D.C. ventinueve de noviembre de mil novecientos noventa cuatro. y , 1 S·7 O S: • procesado URBANO DE JESUS PEREZ GUISAD quien se halla recluido la Cárcel del Circuito de Antioquia (Antioquia) su defensor, y ticitan la libertad provisional por considerar que ha cumplido .,dos terceras partes de la pena que se le impuso por ello y .tisface los requisitos del articulo 72 del Código Penal, para lo •
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2 '1'(,/J~tZ ",I/:jrlela DE J. PKRE 1al debe tenerse en cuenta los certificados de trabajo y estudio, inducta y cartilla biográfica.
OO~SIDERACIO~ESDE • LA CORTE
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- • ~l peticionario fue condenado por un Juez Regional de esta ciudad, 'ediante sentencia de fecha 30 de noviembre de 1993, a' la pene. -riva i.va de la libertad de sesenta seis (66) meses de prisión, t y :omo autor responsable de los delitos de porte ilegal 0e armas y
o calif icado agravado, sanción que fuera conf irmada por el .ur t y ~ribunal Nacional en fallo del 21 de febrero del corriente 2fio, Al ~ue ahora es objeto del recurso extraordinario de casación. iEREZ GUISAO fue detenido el ocho (8) de marzo de 1991, es deciL, • ~a descontado efectivamente de la sanción cuarenta y cuatro (44) :ases y veintiún (21) días. Por trabajo acredita 4320 horas que le .e.p.r.e serrtan una redención de nueve (9) meses por e s ud i,o 632 y t ~:oras,para un descuento adicional de un (1) mes veintidós (22) y lías. Acumula en consecuencia, cincuenta cinco (55) meses trece y y días, superiores a las dos terceras partes de la pena impuesta ,13) 'n las instancias que equivalen a cuarenta cuatro (44) meses de y • cr í.s ón . - í • ,
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• Do. 9536 3 DE J. PERKZ -" 31 acusado no registra antecedentes penales ni contravencionales, ;u conducta durante el tiempo de reclusión ha sido calificada como Juena se ha dedicado al trabajo estudio en forma permanente, y y tuaciones que le permiten a la Corte suponer fundadamente su s i rehabilitación social por lo tanto, no requiere tratamiento y .. ... . ~enltenclarlo por mas tlempo. 3e le concederá la excarcelación previo el otorgamiento de caución endar a por la suma de docientos mil pesos que pr i ($200.000.00)
tebe r cons • qnar en la cuenta de la Secretaria Común de los i á 7Jzgados Regionales de Santa Fe de Bogotá suscribirá diligencia y le buena conducta compromiso al tenor de lo preceptuado en el y lrticulo 419 del Código de Procedimiento Penal. 3n mérito de lo expuesto, la CORTE SUPREMA DE JUSTICIA, SALA DE
~ASACION PENAL,
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• • :0 CONCEDER al procesado URBANO DE JESUS PEREZ GUISAO la libertad ;rovisional, previa caución prendaria por la suma de docientos mil • )esos que consignará en la cuenta de la Secretaria ($200.000.00) :omún de los Juzgados Regionales de esta ciudad la suscripción de y • . , __.
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PROCESO Uo. 9536
4 DE J. PKRRK liligencia de buena conducta compromiso al tenor del articulo 419 y l Código de Procedimiento Penal. le , o Satisfechos los anteriores requisitos, se librará la •• :orrespondiente orden de libertad siempre cuando no sea requerido y ;or otra autoridad en razón de asunto diferente .. - :0 Para el cumplimiento de esta providencia, se comisiona al Juez ?rimero Penal del Circuito de Santa Fe de Antioquia (Antioquia) a iuien se le librará la correspondiente comunicación telegráfica. :~tifiquese cúmplase. y - .-.--.... •
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JORGE ENRIQUE VALEN.r.
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