CSJ - SP 9368(15-06-1994)
Corte Suprema de Justicia
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Detalles
- Título
- CSJ - SP 9368(15-06-1994)
- Autor
- Corte Suprema de Justicia
- Categoría
- Jurisprudencia
- Área del derecho
- Penal
- Año
- 1994
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- - - - -
\ \ •
REPUBLICA DE COLOt.1BIA
, I
- -te r.
• I Proceso No. 9368 •
HENRY DAVID MORALES G.
•
CORTE SUPRERIA DE JUSTICIA
• •
Cl\:,ACION PENAL
I I \ , I I Magistrado Ponente 1 I , I
Dr. JORGE CARREÑO LUENGAS ,
\ Aprobado Acta No. 065 - • ) , I , • Santafé de Bogotá D.C., quince de junio de mil novecientos I , , I noventa y cuatro. , , I I , , I 1 i • •
V 1 S T O S
• • , !
- El procesado HENRY DAVID MORALES GONZALEZ, • qUlen se encuentra detenido en la Base Naval del Sur Puerto Leguízamo-Putumayo, solicita le sea concedida la libertad, en razón a que ha cumplido más de las dos terceras partes
- •
•
REPUBLICA DE COLOMBIA • Proceso No. 93~8 2
HENRY DAVID MORALES G . • de la pena, para lo que debe tenerse en cuenta la redención de la sanción por trabajo y su buena conducta.
CONSIDERACIONES DE LA
•
- • El Tribunal Superior Militar en sentencia de 6 de julio de 1993, al conocer por consulta la proferida por el
Comandante del Batallón de Policia Naval Militar No. 1,
como Juez Unico, en Cartagena, la reformó, en el sentido de , , , I revocar la absolución dispuesta en favor del enjuiciado y I, , lo .condenó a la pena privativa de la libertad de 14 meses de prisión, como responsable del delito de hurto y ordenó la privación de su libertad, fallo recurrido ante esta • Corporación en casación. El incriminado fue detenido el 21 de julio de 1993, esto
- • es, ha descontado de la pena 10 meses y 24 dias. Por trabajo acredita 1816 horas, que de conformidad con lo previsto por el articulo 82 de la Ley 65 de 1993, le • representa una redención de pena de 3 meses y 23 dias, para un total de 14 meses y 17 dias, superando asi la sanción que se le impuso, motivo por el que se hace merecedor a la • Li.ber provisional por la via la causal 2a. prevista por t ad
• •
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-
REPUBLICA -DE COLOMBIA
I , ,, I - • I de " I - , Proceso No. 9368 3 HENRY DAVID MOR" ALES G. el artículo de la Ley de que modif icó el 55 81 1993, articulo del Código de Procedimiento Penal, 415 preV1a " caución por la suma de un mil pesos que deberá prestar a la I orden del Juez de la primera instancia y suscribirá acta de I,
i , compromiso con las obligaciones a que se refiere el articulo ibidem. 419 ,, - Por lo anteriormente expuesto,
la CORTE SUPREMA DE
• " - I
JUSTICIA, SALA DE CASACION PENAL, ,
" " - "
RESOEJ.VE
• • " " CONCEDER la libertad provisional al implicado HENRY DAVID MORALES GONZALEZ, bajo el cumplimiento de las condiciones I previstas en las consideraciones, derecho que se " I materializará s1 " empre y cuando no sea requerido por 1, I ,
- , autoridad y proceso diverso a este. Librese el marconigrama respectivo. " Notifiquese y cúmplase.
"
CARREÑO LUENGAS
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- •
I • •
1EPUBLICA DE COLOMBIA
, , • •
- • Proceso No. 9368 4
HENRY DAVID MORALES G.
, GUI 1 I , 1 , , \ 1
DIDIMO PAEZ VELANDIA
1 I , , I, • 'v _--
JUAN MANUE S FRESN JORGE ENRIQUE VALENC
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