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CSJ - SP 9393(19-05-1994)

Corte Suprema de Justicia

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Detalles

Título
CSJ - SP 9393(19-05-1994)
Autor
Corte Suprema de Justicia
Categoría
Jurisprudencia
Área del derecho
Penal
Año
1994

->,BLICA DE COLOMBIA

Hprema de Justicia Proceso No. 9393

CARLOS ALFREDO VALDES

CORTE SUPREMA DE JUSTICIA

SALA DE CASACION PENAL

Magistrado Ponente

Dr. EDGAR SAAVEDRA ROJAS

Aprobado Acta No. 055 Santafé de Bogotá D.C. diecinueve de mayo de mil novecientos noventa y cuatro. VISTOS El procesado CARLOS ALFREDO VALDES, condenado a 40 meses de prisión por el delito de homicidio culposo, hizo llegar a esta Corporación escrito de sustentación del recurso de apelación interpuesto contra la decisión del Tribunal Superior de Bogotá, por medio de la cual le denegó el beneficio de libertad provisional invocado con fundamento en el artículo 72 del Código Penal. —— REPUBLICA DE COLOMBIA e Irma de Justicia Proceso No. 9393 2 CARLOS ALFREDO VALDES CONSIDERACIONES DE LA CORTE CARLOS ALFREDO VALDES fue condenado en primera y segunda instancia por el Juzgado Cincuenta Penal del Circuito de esta ciudad Y el Tribunal Superior de Bogotá, respectivamente, a la pena principal de 40 meses de prisión y a las accesorias de rigor, luego de declararlo autor responsable del delito de homicidio culposo, por hechos ocurridos en accidente de tránsito el día 21 de septiembre de 1.992. Ante el Tribunal Superior de Bogotá,el procesado presentó solicitud de libertad con fundamento en el artículo 72 del Código Penal, la cual le fue denegada mediante providencia de fecha 28 de abril del corriente año. Contra esta

decisión el señor Valdés interpuso recurso de apelación cuyo escrito de sustentación hizo llegar a esta Corporación, el día 17 de mayo último, fecha en la que también se registra el pase del Asesor Jurídico de la Cárcel Nacional Modelo. Lo consignado en precedencia permite observar a la Corte que el procesado dirige la impugnación, contra una providencia respecto de la cual no es procedente el recurso de apelación, pues no corresponde a la categoría de autos “PUBLICA DE COLOMBIA e » Hfrema de Justicia Proceso No. 9393 3 CARLOS ALFREDO VALDES interlocutorios de primera instancia señalados como susceptibles de tal recurso por el artículo 202 del Código de Procedimiento Penal. En efecto, la mencionada decisión fue proferida en segunda instancia por el Tribunal Superior que revisó la sentencia de condena de primer grado dictada contra el procesado por el Juzgado 50 Penal del Circuito y respecto de ella la ley no autoriza la alzada sino tan solo el recurso de reposición, de acuerdo a lo dispuesto por el artículo 199 del Código de Procedimiento Penal, forma de impugnación que no aparece intentada por el procesado, pues con base en la constancia visible al folio 219 vuelto del cuaderno del. Tribunal dando cuenta que la notificación se surtió el 29 de abril y en la fecha de recibido el expediente en la Corte, 5 de mayo del año en curso, se infiere que la reposición no fue ejercida en oportunidad. Por consiguiente, la, Corte se abstendrá de atender la solicitud del sindicado, en consideración a que el proceso que se adelanta en su contra ha llegado a esta Corporación

por razón del recurso de casación dentro del cual no está facultada para adoptar decisiones propias de los juzgadores de instancia. En mérito de lo expuesto, la CORTE SUPREMA DE JUSTICIA, SALA DE CASACION PENAL, SE ABSTIENE de considerar la

BLICA DE COLOMBIA

, Troma de Josticia Proceso No. 9393 4 CARLOS ALFREDO VALDES petición del procesado CARLOS ALFREDO VALDES, por las razones anotadas en precedencia. Notifíquese y Cúmplase. LA

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JORGE CARRENO LUENGAS | GUILLERMO DUQUE RUIZ

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CARLOS ALBERTO GORDILLO LOMBANA

SECRETARIO.

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