CSJ - SP 9473(16-02-1995)
Corte Suprema de Justicia
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Detalles
- Título
- CSJ - SP 9473(16-02-1995)
- Autor
- Corte Suprema de Justicia
- Categoría
- Jurisprudencia
- Área del derecho
- Penal
- Año
- 1995
.• 3:'JCA DE COLOMBIA 9473 r.
V.
I.UIS mSTICIA
Magistrado ponente:
Dr. JORGB ENRIQUB VALENCIA M.
Aprobado Acta No. 20 ;1 Santa Fe de Bogotá D.C., dieciseis de febrero de mil novecientos noventa y cinco. - • - •
VISTOS
•
- • 31 procesado LUIS FRANCISCO GONZALEZ VILLARREAI., quien se halla detenido en la Cárcel del Circuito de Sogamoso (Boyacá), solicita le sea informado el estado actual de su proceso y además, que se le otorgue el beneficio de libertad condicional,
• -~:J;_~CA DE COLOMBIA Prote~ . 941 2 r.
LUIS SO V.
J para lo cual acompañó certificados de trabajo cartilla y biográfica. •
- • El peticionario fue condenado por el Juzgado Penal del
17 Circuito de esta ciudad mediante sentencia de fecha 3 de I septiembre de a la pena privativa de la libertad de seis 1993, años de prisión, como coautor del delito de homicidio en (6) grado de tentativa, sanción que fuera confirmada por el 1 Tribunal Superior de Santafé de Bogotá mediante fallo del 29 de octubre siguiente, el que ahora es objeto del recurso - extraordinario de casación. • -
- • Entendida la petición como provisional a.l del articulo
(numer 2 o de la Ley de se tiene que GONZALEZ VILLARREAI. se
55 81 1993), encuentra privado·de su libertad desde el de septiembre de 6 1992, es decir, ha descontado efectivamente en reclusión veintinueve (29) meses y nueve (9) dias. Por trabajo acredita 2.720 horas que le representan una redención de pena equivalente a cinco (5) meses y veinte (20) dias por estudio y 1.224 para un descuento adicional de tres meses y doce (12) (3) días. Acumula en consecuencia treinta ocho y once y (38) días, insuficientes para satisfacer el requisito (11) - • . __________ - -- - ...... - -- -. ._ -. ~. .. ... . ~. -..... _.. __ -- ---.~--- ,- --:;;- .. - - - - . --,- - ~- ,,--~- -- __ - 'S' . • • '-':.~ _. _" • • ..::- -:)o., i1
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I _. 9f1] 3 r. LUIS GOII&ALIlI V. cuantitativo de la pena a que se refiere el articulo 72 del Código Penal, razón suficiente para declarar la improcedencia del beneficio reclamado. En mérito de lo expuesto, la CORTE SUPREMA DE JUSTICIA, SALA DE CASACION PENAL, al procesado LUIS FRANCISCO GONZALEZ BGA VILLARREAL el beneficio de libertad provisional . • Por la Secretaria de la Sala infórmese le el estado actual del proceso. ¡;:¡otifiquese cúmplase. y
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