CSJ - SP 9480(17-01-1995)
Corte Suprema de Justicia
Descargar PDF
Disponible
Detalles
- Título
- CSJ - SP 9480(17-01-1995)
- Autor
- Corte Suprema de Justicia
- Categoría
- Jurisprudencia
- Área del derecho
- Penal
- Año
- 1995
, •
REPUBLICA DE COLOMBIA
• ., Ilo. 9480 ,
A. PARRA C. , l..
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA SALA DE CASACION PENAL Mag ist rado Po.nente
• • \
Dr. EDGAR SAAVEDRA ROJAS
Aprobado Acta No. 001 • Santa Fe de Bogotá, D.C., diecisiete da enero de mil novecientos noventa y cinco . • " -
• VJSTOS:
- • El procesado DUBIAN ALONSO PARRA COLORADO Quien se halla detenido en la. Cárcel del Distrito Judicial de Medellfn, solicita la libertad provisional prevista en el articulo 55 de la ley 81 de 1993, para cual deben tenerse en cuenta los certificados de 10 trabajo y estudio, Actas del Consejo de Disciplina y Cartilla
Biográfica. ,
- •
• , •
REPUBLICA DE COLOMBIA • t .
Do. 9480 2
A. PARRA C.
I DERACIONES DIE LA CORTE • El Juzgado 36 Penal del Circuito de Medellin, mediante sentencia de , I fecha 21 de octubre 1993, condenó a PARRA COLORADO a la pena I •
- • privativa de la libertad de treinta y seis (36) meses de prisión,
I \ • 1I como autor responsable del delito de hurto calificado y agravado, sanción Que fuera confirmada por el Tribunal Superior de la misma ciudad, en fallo del 8 de enero de 1994, el Que ahora es objeto del recurso extraordinario de casación interpuesto por su defensor.
El peticionario se halla detenido desde el 15 de enero de 1993, es decir, ha descont ado efect ivament e de la pena impuesta, veinticuatro (24) meses y dos (2) dias. Por trabajo acredita 672 horas, Que le representan una redención de un (1) mes y doce (12) días, por estudio 846 horas Que le permiten descontar dos (2) mesesy diez (10) dias para un acumulado de veintinueve (27) meses y • veinticuatro (24) días, superiores a las dos terceras partes de la sanción impuesta en las instancias, equivalentes a treinta y seis (36) meses. • Ahora bien, en el Acta del Consejo de disciplina Que adjunta su conducta ha sido calificada como buena; sus antecedentes personales y familiares han sido buenos, pues no registra ning~n fallo condenatorio en su cont ra por delitos o contravenciones, la mayoria del tiempo ha dedicado al trabajo y estudio, todo 10 10 • . "
REPUBLICA DE COLOMBIA
110. 9.80
3
A. PARRA C. cual, permite a la Sala realizar un pronóstico favorable sobre su readaptación social, que le hace acreedor al beneficio previsto en
- • el numeral 2 del articulo 55 de la ley 81 de 1993, previa caución
0 • prendaria por la suma de doscientos mil pesos ($200.000.00) que • deberá consignar a la cuenta del Juzgado" de Primera instancia y suscribir diligencia de buena conducta y compromiso al tenor del articulo 419 del Código de Procedimiento Penal. I En mérito de 10 expuesto, la CORTE SUPREMA DE•' JUSTICIA, SALA DE
CASA• CION PENAL, l
R E S U E V E .:
• •
- - CONCEDER a DUBIAN ALONSO PARRA COLORADO la libertad provisional,
1 0 previa prendaria por la suma de doscientos mil pesos cauc ón í • ($200.000.00) que deberá consignar a la cuenta del Juzgado Treinta y Seis Penal del Circuito de la ciudad .de Medellin y suscribir diligencia de buena conducta y compromiso al tenor de 10 preceptuado en el articulo 419 del Código de Procedimiento Penal .
- • 2 Sat isfechos los anteriores requisitos, se librará la
0 • correspondiente boleta de libertad con destino a la Dirección de la Cárcel del Distrito Judicial de Mede11in, con la advertencia de que
• • • • ,
REPUBLICA DE COLOMBIA "
1 , , , • • • • \. • 9480 4 C. • •
- • solo producirá efecto en el evento de no hallarse solicitado por otra autoridad en razón de asunto diferente.
•
- • 3° Para el cumplimiento de esta providencia, se comisiona al Juez • 36 Penal del Circuito de Medellin a -qu+en se le librará la
- I correspondiente comunicación telegráfica.
• •
- •
• • I
- • Notifiquese cúmplase, y
• • • • • • \
C RlOS E. ME lA ESCOBAR
DUQUE RUIZ
GUlllER • • \ • , •
- • •
DIDIMO PAEZ VElANDIA •
• • • •
- ) o, ff
• •
JORGE ENRIQUE VALENCIA M.
JUAN MANUEL TORRES FRESNEDA
• , •• , • • •
CARLOS A. GORDILLO lOMBANA
• •
SECRETARIO.
- • o
• • .. . , • • • • • • • • • • 1 • • l
- •
• • ( •