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CSJ - SP 9576(12-10-1995)

Corte Suprema de Justicia

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Detalles

Título
CSJ - SP 9576(12-10-1995)
Autor
Corte Suprema de Justicia
Categoría
Jurisprudencia
Área del derecho
Penal
Año
1995

...

  • • ft.i/icúrc/o {/ PAoceoo N-~ ~07b .:JO aG.: R l.CAURTE [90N%.ALIE!!: Z V O.,

CORTE SUPREMA DE JUSTICIA

SALA DE CASACION PENAL

Dr. FERNANDO ARBOL.EDA RIPOL.l

Aprobado Acta No. 149 ' • ' Santa Fe de Bogotá D.C., doce ( 12) novecientos noventa y cinco (1995). • • . .

V I S T O S

• • • • - .. El procesado JOSE RICAURTE GONZALEZ quien se halla pl"ivado de • su libertad en la Cárcel del Distrito Judicial de Mar1izales, solicita se le co11ceda el bene·ficio de liber·tad ''condiciiJnal.'' en ater1ción a que el tiempo e·fectivo en reclusión y la rebaja de pena a que tiene derecho por trabajo, le per·miten acreditar el cumplimiento de las dos ter-ce,-as partes de la s~n·=ión ·----

.. .. . -· --····-·····--· . . -----------~-------.

  • • a

,/tjáf:t .-..aoca:ao Nc:. .. .,.et76 .:JOB_. R:JCAUATG: BONZALHZ V O • a •

  • • impuesta. a SLI cel-·ti.·fj.caclos de tr·aba_jo Acon1pa~aror1 petició1·1~ . . pore 1 per-iodo cotnpl'"endido en ·1: r-e los meses de y

)Lif1.1Cl

septiembr-e de 1 cor-r-iente cartilla biogr·ái i.ca y ConseJo de Disciplina.

CONSIDERACIONES DE LA CORTE

• • ' • ' . . ' Entendida la petición co<lln de liber-tad poy en prov~s1onal ¿, ~el c<. el numeral 2• del articulo 55 de la Ley Pl"'ocede la Sala a deci.dir sobre su con base er1 'los docunlentos conducencia~ aportados al ir1·formativo. El ;Juzgado Pr-imer-o de Or-den F'c1blico de Manizales, mediante . . sentencia de fecha 13 de mar-zo de 1990, condenó al peticiona!" lo a la pena pr-ivativa de la libertad de diez (101· sAos y seis (6) meses de prisi.ón, cofno coatJtor· r·esponsablP de los deli·tos c!e • homicidio en grado de lesiones personales y tentativa~ cohecho~ sanción que modificada por el Tr·ibunal Superior de !Jrden fuf?~a' •• ' Público (hoy Nacional) en fallo calendado el 20 de febrero de 1991, en el sentido de imponer· le como pena pr.i.vativ<• de l<O libertad la de ciento cincuerrta y qos de prisión _U~.<?l m_~_se!;!. porlas dos primeras infracciones ya mencionadas y lo absolvió pore 1 pun i b 1 e de Cohecho,

  • • J "' • ../ t:Jr-1-Cü'&

JOBIEt A:lCAURTE BON:ZAL.CS:Z. V O.

  • • ·lOSE RICAURTE GONZALEZ se encuentra privado de su libertad desde el 28 de agosto de 1989, es decir, ha descontado efectivamente de la pena impuesta en el .fallo de segundo grado, setenta y tres (73.) meses y (14) dias. Por se cato,~ce tl~abájo le certifican 10.856 horas de acuerdo con lo preceptuado en q1...~e el articulo 82 ibidem, tendria derecho a una rebaja adicional de veintidos (22) nleses y diecisej.s (16) días, para un acumu 1 a do de noventa y se1• .s (96) meses, insuficientes para acreditar el reqLiisito CL!antitati.vo cie la pena previsto en el articulo 72 del Código Penal qu1? equivale a sien to_ _ JJ_n_,__,U,Ol)

' • meses y_ di~ (10) dia~ .• pues la sanción que debe sertenida en • cuenta para deter-minar la viabilidad rJe la petición, es l? ' ' fijada porel Juzgadorde segundo gr-ado, razón por la se CL!al le negará la eo:carcelación invocada. En mérito de lo expuesto, la CORTE SUPREMA DE JUSTICIA. SALA DE CASACION PENAL, NIEGA al procesado JOSE RICAURTE GONZALEZ la provisional prevista en el nLtmeral 2• del articl_llo 55 libe~tad . . de la Ley 81 de 1993.

Cópiese, notifiquese y cúmplase . . · •

NILSON PINILLA P ERNANDG ARBOL

TE RANGEL CARLOS

-- -·-- .. -·· ... - - --·~····--··--- •

• 4 o30SG: AXC:AURTS:: aDNZAl-a:z V Q ..

•• • • '

RLOS E. ES;OBAR

MEJI~ DI

EDGAR SAAVEDRA ROJAS

JUAN MANUEl TDRF:E::~ iESNEDA

7 • • . . . • - • •• 1 1 1 1 1 •' 1 ' 1 ' J • •

·EPUaLICA DE COLOMBIA

' •

SALA DE CASACION PENAL

SECR KCAR lA

RAD. 9576 ' • La anterior providencia no la suscribe el H. Magist,rado Doctor EDGAR SAAVEDRA ROJAS, quien se excusó de aeistir'al debate. Patricia Salazar Cuéllar -------: ecretaria • • . . - •' -

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