CSJ - SP 9627(17-08-1995)
Corte Suprema de Justicia
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Detalles
- Título
- CSJ - SP 9627(17-08-1995)
- Autor
- Corte Suprema de Justicia
- Categoría
- Jurisprudencia
- Área del derecho
- Penal
- Año
- 1995
- 48 lIBERTAD PROVISIONAL
--
MAGISTRADO PONENTE: DR. DIDIMO PAEZ VELANDIA
• .
Casación -LibertadFECHA : 17/08/1995
DECISION : Otorga libertad previa caución prendaria
PROCEDENCIA : Tribunal Superior del Distrito Judicial
CIUDAD : Santa Fe de Bogotá
RECURRENTE : ZARATE CIFUENTES, GERMAN DARlO DELITOS : Extorsión PROCESO : 9627
PUBLICADA :No
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'EPUBLICA DE COI_aMBlA
• Proc~so No. 9627
6ARMAN DARlO ZARATE C •
• •
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA
•
SALA DE CASACION PENAL
• •
Magistrado Ponente:
Dr. DIDIMO PAEZ VELANDIA. ,
Aprobada Acta No. 117. ! • Santafé' d~Bogotá D. C., diecisiete (17) de agosto de mi 1
- • novecientos noventa y cinco (1995).
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VISTOS:
- I'luevamente el pr-ocesado GERMAI'~DARlO ZARATE CIFUENTES, quien se en cuen t r a de ten ido en 1a Cárce 1 de 1 Circui to Judicial de Espinal,. Tolima, solicita se le conceda la
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• • Proceso No. 9627 2 G DARlO ZARATE C. • ,libertad provisional! en atenciÓn a que el tiempo efectivo ¡, en reclusión y la rebaja de pena a que tiene derecho por . , , '00,, t r ab e o lo hacen acreedor al beneficio y e s t ucí Lo , í . , •
CONSIDERACIONES DE LA CORTE
, El Juzgado Penal del Circuito de Santafé de Bogotá, 12 mediante,.serltencia de 7 de diciembre de halló al 1993 .' . ,'o ~ "" . implicad,O'~autor responsable del delito de extorsión lo y condenó a la pena de 64 meses de prisión, sanción que fuera confirnlada por el Tribunal Superior de esta ciudad en fallo •
- ! de 25 de febrer'o de e 1 que ahora es obj eto de 1
1994, ! 1 , '. recurso extraordinal-io de casf ación interpuesto '•.' po~•¡ su , • , ,, , , defensor. • ¡ • • , • , • , \ • , • El acusado fue privado de su libertad el 17 de noviembre de ,. ( es decir, ha descontado efectivamente de la pena 1992, , • .. •
- • i , impuesta 33 meses. Por trabajo acredita 2854 horas, que de , conformidad con lo previsto en el articulo 82 de la 65
Ley • 1, , I~ de 1993, le representa una redención de pena de 5 meses
y ~I • 28 días, por estudio 1280 horas que le dan derecho a una y • , " " ,,' _' ... ..... ','''' ..... .-..."..." ",.,".\"',·~,-,.t": ....,.,f:..._.,_,.,-\. .., ,: '" ,,'.. .. ~. .. . .. ".. ,."_..,,.,,_,.~.. ,~:a·,I!~.,. " '" .~ ~ . ",. ,. ..\ . __________ ,_. ~,' " .• _., . .r .• ', . _ o'
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No. PrO[~50 9b27 3 SAR"AN DARlO ZARATE C. rebaja de 3 meses y 16 dias, factores que sumados arrojan . • un t ot a 1 de 42 meses y 14 días, in fer Lo re s a 1as dos · • terceras partes de a pena impuesta en as instancias 1 1 • equivalentes a 42 meses y 20 dias. Sin embargo, como al procesado le faltan tan solo dias 6 • para satisfacer el requisito cuantitativo de la pena a que se refiere el r t u lo del Código Penal, los que se a Lc 72 cumplen el martes de agosto del presente a~o, considera 23 • la Corte pertinente accede,- a la excarcelación pretendida a partir de esa fecha. En efeGte, no 'obra en el proceso información en el sentido o de Ln c r I m.í n ad o registre antecedentes penales o contravencionales, SLI conducta ha sido calificada como "ejemplar'o por las Directivas de la Cárcel, y su dedicación
- al trabajo y estudio dur-ante la mayor parte del tiempo en r e c l u s Lón , hacen sLlponer fundadamente a la Sala su readaptación social . • En • para poder disfrutar del derecho que se c orrs e cu en c a e , concede deberá prestar cauciÓn por la suma de $200.000.00 • que consigrlará en la cuenta de Juzgado 12 Penal del Circuitd de Santafé de Bogotá, suscribirá diligencia de y buena conducta compromiso al tehor de lo previsto en el y articulo 419 del Código de Procedimiento Penal.
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, , , , • , " , ."•. !~ '. • , , ,r I :1 , , Pro[eso No. 9627 4
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• , , , ~1, ·I I , , I , I , , , Por lo anteriormente expuesto, la CORTE SUPREMA DE JUSTICIA
,
SALA DE CASACION PENAL,
I ,~ I , I I , , ,
I , RESUELVE lO lO
I I , I I i I , , ' " , -
1. OTORGAR al procesado GERMAN DARlO ZARATE ClFUENTES la libertad provisional, a partir del día martes de agosto
,23 • .. - del a~o éd curso, previa caución prendaria por la suma de $200.000.00 qu e consignará en 1a cuen ta de 1 Juzgado 12 Penal del r cu to de Santafé de Bogotá suscribirá Cd y í I ,, , diligencia de compromiso con las obligaciones contenidas en el articulo 419 del Código de Procedimiento Penal. , ! i
2. Satisfechos los anteriores reqLlisitos se 1 ibrará la
" , '~,J \ correspond'iente orden de libel-tad al Director de la Cárcel i j i del CircLlito Judicial de Espinal, Tolima, con la , advertencia de qLle solo procederá en el caso de no hallarse solicitado por otra autoridad en razón de asunto diferente I a partir del día martes de agosto del presente y 23 an~ O. "
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- '1' Proceso No. 9627 5
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SARnAN DARlO IARATE C.
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3. Para el cLlmplimiento de esta providencia se comisiona al • Juez 1° Penal del Circuito de Espillal, a quien se librará la correspondie'lte comunicación telegráfica.
Notifiquese cúmplase . y • •
ERNANDO ARBOLEDA
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VETE RAI\IGEL
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DIDIMO PAEZ ELA~IDIA
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