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CSJ - SP 9657(09-03-1995)

Corte Suprema de Justicia

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Detalles

Título
CSJ - SP 9657(09-03-1995)
Autor
Corte Suprema de Justicia
Categoría
Jurisprudencia
Área del derecho
Penal
Año
1995

:'~E1LICA DE COLOMBIA

Proceso Bo. 9651 JOSK i. eRUI eROI • cosrs

SUPREMA DE JUSTICIA

DE CASAC l'EI?IAJ",

SALA , • • •

Magistrado Ponente:

Dr. NILSON PINILLA PINILLA.

Aprobada Acta No. 34 Santa Fe de Bogotá D.C., nueve de marzo de mil novecientos • noventa cinco. y - • - - VISros

  • • El procesado JOSE VICENTE CRUZ CRUZ, quien se halla detenido en la Cárcel del Circuito Judicial de Fusagasugá,. solicita la libertad provisional, por considerar cumplidas • las dos terceras partes de la pena impuesta, para lo cual

, , • - -

:'~D!.ICA DE COLOMBIA

• Proceso Do. 9657 2 JOS! V. CROI CHOI debe tenerse en cuenta el tiempo de privación de la libertad el descuento por trabajo, así como el Acta del y Consejo de Disciplina. • • • COlNlS •

  • • El acusado fue condenado por el Juzgado 2 Penal del o • Circuito de Santa Fe de Bogotá, a la pena privativa de la libertad de 30 meses 20 días de pr isión, como coautor y responsable de los delito de hurto calificado agravado en y concurso con el hecho punible de fabricación tráfico de y -armas de fuego o municiones, sanción que fuera confirmada • por el Tribunal Superior de este Distrito Judicial en fallo
  • - ! del 25 de marzo del año en curso, el que ahora es objeto

i I , I del recurso extraordinario de casación. I I El peticionario se encuentra detenido desde el 29 de octubre de 1993, es decir, ha descontado de la sanción 16 ceses 8 días. Por trabajo acredita 2.120 horas, que le y dan derecho a una redención de pena de 4 meses 12 días, y factores que sumados arrojan un total de 20 meses 19 y días, superiores a las dos terceras partes la sanción

  • -

.

:~~3tacA DE COLOMBIA

Proceso UD. 9657 3 r. JOSK cnOI CiOI • impuesta en los fallos de instancia, equivalente a 20 meses y 14 dias. Satisfecho el factor objetivo a que se refiere el articulo \ , 72 del Código Penal, procede la Sala a analizar el elemento • subjetivo previsto en la norma citada; revisado el proceso

  • • se pudo constatar que CRUZ CRUZ no registra antecedentes penales o contravencionales, su conducta ha sido calificada en varias oportunidades por la Directivas de los diferentes centros carcelarios en donde a estado detenido como "ejempLar!' , de igual manera su dedicación al trabajo ha sido constante, lo que permite a la Sala inferir su readaptación social.

Entonces,' deberá prestar caución prendaria por la suma de trescientos mil pesos (300.000.00), a favor del juez de primera instancia y suscribirá diligencia de compromiso conlas obligaciones contenidas por el articulo 419 del Código - - de Procedimiento Penal. • Por lo anteriormente expuesto, la CORTE SUPREMA DE JUSTICIA

SALA DE CASACION PENAL,

RESUELVE:

- . --------------------_. =O~:J!.ICA DE COLOMBIA Proceso no. 9657 4 JOSE CaDJ caDJ i. la libertad provisional al procesado 10 OTORGAR .lOSE previa caución prendaria por la suma de VICENTE CRUZ CRUZ, $300.000.00, que deberá consignar a favor del Juzgado 2 de 0 esta ciudad la suscripción de la diligencia de compromiso y buena conducta al tenor de lo preceptuado en el articulo y 419 del Código de Procedimiento Penal, siempre cuando no y • sea requerido por otra autoridad por otro proceso. y

  • • 2 Para el cumplimiento de esta decisión, se comisiona al

0 Juzgado 10 Penal del Circuito de Fusagasugá, Cundinamarca i a quien se le librará la comunicación telegráfica. I , Notifiquese cúmplase . y • • -

PINIL PINILLA •

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  • • Proceso no. 9657

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JUAN MANUEL FR~SNEDA JORGE BNRIQUE NClA H.

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