🇨🇴⚖️ La Rama Judicial valida a Ariel en prueba de concepto de IA. Conoce los resultados aquí

CSJ - SP 971(06-10-1986)

Corte Suprema de Justicia

Icono de documento PDF

Descargar PDF

Disponible

Detalles

Título
CSJ - SP 971(06-10-1986)
Autor
Corte Suprema de Justicia
Categoría
Jurisprudencia
Área del derecho
Penal
Año
1986

- •

CAUCION

• • •

  • • Auto Casacion.- 6 de octubre de 1986.- Reduce caucion prendaria señaladaa Flavio Armando Lopez Melo para obtenr el beneficio de libertad provisional.

Magistrado Ponente: Doctor JAIME GIRALDO ANGEL

• •• • • •

  • • 1----____.. - - • - - -- -- - - --- ---- --- • "-!_ _. ..:.·:::: . - -

. -

  • • a m a

CORTE SUPREMA DE JUSTICIA

SALA DE CASACION PENAL

• - • • - Maglstr~do ponente:

Dr. JAIME GIRALDO ANGEL

• Aprobado Acta No. 098 Bogotá, -'!:Da (6) de octubre de mil novecientos ochenta y seis (l. 986). - • V I S •

  • - oprovidencia de 23 de septieJttbre últi11t0 la Sala libertad provisional al procesado FLAVIO ARMANDO torg6 el beneflcl ' nte catrclón prendaria por la sta111a de treinta y cinco

LOPEZ MELO 1 ' o i mil pesos ( $ 35.000.oo ) y la suscripción de la diligencia de buena con-

  • • trata ducta de que el artículo 460 del Código de Procedimiento Penal • • El procesado solicita le sea reducida la caución pren- • darla a la suma de cinco mil pesos ( $ 5.000.oo ) por carecer de recur-1 -
  • • económicos para constituír la fljadt:apor la Sala. Para coanprobar sus

SO$ afirmaciones de111and6 la r~pecl6n de los testimonios de los Oficiales Hugo Ht•111berto l ,eal Beltrán y Juan Carlos López Betancourt quienes le co- • riores en el ·Ejército Nac_lon~.l • nocen por ser sus • .,

FONDO ROTA TORIO DEL MINISTERIO PE JUSTICIA

• •

  • • . e a ! ,a RE~.Uª.!0~~º E:~ fj~,IA \ ~'\

- -- ~ {~/7/:Jchccton.al ,, .

  • . - - . ' , e

' •

CONSIDERACIONES DE LA CORTE:

• ' ' \ • • ' ' • \ oflclales del E~Jrclto Hugo Humberto Leal Los te1lientes == Beltrán y Juan Carlos Lopez Be~ncourt en declaraciones rendidas bajo 1 ' la gravedad del juramente ante el lstrado sustancladoreafi1°111an cono -

  • • cer desde ha•-e alg6n tiempo por 11,otfvos d~ trabajo en el Batallón Sara1 ya en esta ciudad y en el e entro de reclusl6n Ayacucho •
  • • Afl1111an que la slt1•acl6n econ6mlca del suboficial laei= ' ' t 1 mentable puen con ocasión del p n seguido en su contra I su familia se halla a cargo de sus padr no posee medios para atender • • la caución dete, 111lnada por la Cotte. •' Lo obstante lo a follo 105 del cuade,·1,0 orfglnal, 1

1 1 • No. 2 apa1 ece la resolucl o. 00482 de 4 de dlclernbre de l. 984 por:;:: •

  • • medio de la cual el r Comandante del Ejército suspende al procesa-

' 1 1 do FlavJo Armando Meto en el ejercicio de sus funciones y atrl.,.

  • • bucJone.s por , se dictado en su contra auto de dete,tcl6n. Así mis-

  • ' ,no, ordena que re la suspensión el rr,encloi,ado Subóflcial

' • s61o percibirá las subsidios el 50% su sueldo básico n,enprf1rias y y de • • • •• ¡ • ª , sual. es decir que el peticionarlo actualn1ente percibe sumas de dino , • 1 • por . ro le per1nlten al r,ienos prestar una caucl6n menor de la f i j a ~ ' ~ '

  • ' la Sala en providencia de 23 de peptle111bre C.ltltrw. •

• • ... ' \ •\ i caución p1·en~rla, en este caso, será redUé:lda parLa '· ' \ claluiente, es dec~lr, que para poder di · . t a r del beneficio de excarce ...

  • '

  • = · laclón otorgado por la Sala deberá p:mslgnar en el Banco Popular de
  • ' esta ciudad a ravor la Décima Tercera Brigada lá suma de diez mil de

• •• • 1 • o. ' pesos ( $ 1 000.00 ) y suscribir la diligencia de ~uena conducta de ' ' • • • • que trata el artículo 460 del Código de edla: 1 ~,1to Penal. • •

• \ , r • , _ • FONDO ROTA TORIO _DEL l,11NISTERIO DE JUsrr: 111.

Lu.~ -..u,i.~.'".:;~ Ctf€ 'O ·

S::l1.JZLJV' '

• ~.......,.~o~:--"'¡"" : -- =========================-~~.......::==~-:.::~-~--~~·:...__ ___ ___ . . . = =

• REPUB~l~ADE COLOMBIA anz.a Por lo expuesto, la CORTE SUPREMA DE JUSTICIA, SALADE CASACION PENAL,

• •

R E S U E L V E :

- . . - • -

10. REDUCIR la caución de treinta y cinco mil ( $ 35.000.oo ) = pesos que le fue fijada al p,oce~ado FLAVIO ARP.'1ANOO LOPEZ MELO para gozar del beneficio de libertad provisional en providencia de 23 de septie1n-1a de pesos C consignar bre Clltlmo por una diez mil $ 10.000.00 ) que deberá en el Banco Popular de esta ciudad, cl6n de d e ~ i t o s judlclales, a fa,- vor del Comando de la Décl111a Tercer igada •

  • • e y 6n suscrita la diligencia de buena ·
  • 2o. Prestada la

1 1 a r t conducta de que trata el • de con librará la correspondiente or en excarcelact6n la advertencia de que solo producirá sus efectos en el evento de no hallarse el p,·oc~sado solicita- • Cópiese, notlffquese y cfunplase, • • -

JORGE CARRERO LUENGAS

EDGAR SAAV EDRA ROJAS

• -

GUILLERMO DUQUE RUIZ

GUll l ERMO OAVlLA MUAOZ ·

GUSTAVO GOMEi VELASQV.EZX

JAIME' CIRALDO ANGEL

• ¡ . - • • • 1 •

LISANDRO MARTINEZ Z.

RODOLFO MANTILLA JACOME

' • . ' ' • • ' • • • \ ' • Luis Guille, Salazar DEL 1,11NISTERIO DE JUSTlc_iA • IJ&O

, FO\e'roqQTATORIO

• • Se,:retario. • - - - - - - - - - - - - ---, . . : _ _ - - - - - - - - ~ - = - = - - - - - - ~ - •

Consultar sobre este documento ...