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CSJ - SP 9746(22-03-1995)

Corte Suprema de Justicia

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Detalles

Título
CSJ - SP 9746(22-03-1995)
Autor
Corte Suprema de Justicia
Categoría
Jurisprudencia
Área del derecho
Penal
Año
1995
  • --

J

~"lJBLICA DE COLOMBIA

, • • • Proceso 9746

WAKL GABCIA DUOllK

DE JUSTICIA

DE • • •

Magistrado Ponente:

Dr. GUILLERMO DUQUE RUIZ.

Aprobada Acta No. 41. • Santa Fe de Bogotá D.C., veintidós de marzo de mil novecientos noventa cinco . y • • • • •

  • VISTOS r El procesado RAFAEL GARCIA DUQUE, quien se halla detenido en la Cárcel Del Distrito Judicial de Cali, solicita nuevamente el beneficio de libertad provisional por considerar que el tiempo en reclusión la rebaja de pena y

  • -

, ,,

~EPUBLICA DE COLOMBIA

, , ,r Proceso 9746 2 lli'AKL GABCIA • a que pueda tener derecho por las actividades realizadas en el centro de carcelario, superan las dos terceras partes de • la pena impuesta en las instancias. Acompafió certificado de , • trabajo, así como también acta del Consejo de Disciplina . • • • , •

COlNlSIDltt: IRAC

  • • El Juzgado 3° Penal 'del Circuito de Cali, mediante , sentencia de noviembre 29 de 1993, condenó a RAFAEL GARCIA DUQUE a la pena privativa de la libertad de 60 meses de prisión, como autor responsable de los delitos de hurto • calificado agravado en concurso con el de porte ilegal de y armas, sanción que fuera confirmada por el Tribunal
  • • Superior de la misma ciudad en fallo del 23 de febrero de 1994, el que es ahora objeto del recurso extraordinario de • casación.

El peticionario fue capturado 8 de septiembre de 1992, es decir, ha descontado de la pena impuesta 30 meses y 14 • dias. Por trabajo acredita 4.946 horas. que le representan una rebaja de 10 meses y 9 días para un acumulado de 40

• __ ______________________________ • •• 5. •• ... .. ~ • __ :::PUBLICA DE COLOMBIA l

Proceso 97(6 3 lli'AKL SARCIA meses y 23 dias, superiores en esta oportunidad a las dos terceras de la sanción impuesta en las instancias, o equivalentes a meses de prisión. 40 • La conducta de GARCIA DUQUE ha sido calificada como • ejemplar por las Directivas d~l centro carcelario, no registra antecedentes por delitos o contravenciones, la o mayoría del tiempo lo ha dedicado al trabajo y estudio, todo lo cual, permite a la Sala realizar un pronóstico favorable sobre su readaptación social, que lo hace acreedor a la excarcelación prevista en el numeral del 2 0 artículo de la ley 81 de 1993, previa caución prendaria 55 por la suma de doscientos mil pesos que ($200.000.00) deberá conslgnar la cuenta del Juzgado de Primera o a • instancia y suscribir diligencia de buena conducta y compromiso al tenor del articulo 419 del Código de Procedimiento Penal. • • •

Por lo anteriormente expuesto, la CORTE SUPREMA DE JUSTICIA o

SALA DE CASACION PENAL,

RESU LVE: • o

• _o I •

'Z":JBLICA DE COLOMBIA

• • -- Proceso 97(6 4 RAFAKJ. GAiCIA DUDUR 1° CONCEDER a RAFAEL GARCIA DUQUE la libertad provisional, previa caución prendaria por la suma de doscientos mil pesos ($ 200.000.00) que deberá consignar a la cuenta del Juzgado Penal del Circuito de la ciudad de Cali 3 ° y suscribir diligencia de buena conducta comproml•.SO al y • tenor de lo preceptuado en el ~rticulo 419 del Código de Procedimiento Penal.

  • • 2° Satisfechos los anteriores requisitos, se librará la correspondiente orden de libertad con destino a la Cárcel del Distrito Judicial de Cali, con la advertencia de que solo producirá efecto en el evento de no hallarse solicitado por otra autoridad en razón de asunto diferente . • 3° Para el cumplimiento de esta providencia, se comisiona al Juez 3° Penal del Circuito de Cali a quien se le librará la correspondiente comunicación telegráfica .
  • • Notifiquese cúmplase. y

• •

NILSON PINILLA PINILLA

• •

-- -- -_.- - -- - - - --- - --- --- - - - - ...- -- - •

, •

'E"UBLICA DE COLOMBIA

Proceso 9146

R!1AKt SARCIA

• •

/ \

GUILLERM BAR

.. ' .~ / I , .' /' • •

DIDIMO PAEZ ELANDIA AS

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JUAN MANUE FRESNEDA JORGE E RIQUE VALENCIA M.

CARL OMBANA

SECRETAR

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