CSJ - SP 9949(18-05-1995)
Corte Suprema de Justicia
Descargar PDF
Disponible
Detalles
- Título
- CSJ - SP 9949(18-05-1995)
- Autor
- Corte Suprema de Justicia
- Categoría
- Jurisprudencia
- Área del derecho
- Penal
- Año
- 1995
_"--.,
::~9LICA DE COLOMBIA
• •
- , " r : , \ ,"! .1" • I j
" Rad. 9949. Extradición. larco Antonio Roca A11. "
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA
SALA DE CASACION PENAL Aprobado acta N' 68
Magistrado Ponente:
Dr. GUILLERMO DUQUE RUIZ
Santa Fe de Bogotá, D.C., dieciocho de mayo de mil • noveC1entos noventa y C1• nco.
- , Resuelve la Sala sobre la solicitud de pruebas elevada_~n el trámite de extradición del ciudadano boliviano
•
MARCO ANTONIO ROCA ALI.
Antecedentes 1.- Los Gobiernos de los Estados Unidos de Norte América (Nota Verbal N' 887 de 28 de octubre de 1994) y de la República de Bolivia (Nota Diplomática N' MRC-77-94 de 9 de diciembre siguiente), .por conducto de sus respectivas Embajadas en Colombia, solicitaron formalmente la extradición del ciudadano de nacionalidad boliviana Marco Antonio Roca Alí. • - • • ,'~BLICA DE COLOMBIA • ¡ad. 9949. Eltradición • • ee Antonio loca lli.
- " Con oficios del 4 de noviembre de 1994 6 de y enero del presente año, el Ministerio de Justicia del y . • Derecho rem1t1"0 la documentaci6n relacionada con las solicitudes de extradición presentadas, demandando de la Sala "los conceptos relativos a las dos peticiones de extradici6n de manera simultánea".
Mediante auto del 31 de enero último, la Corte
ordenó tramitar conjuntamente dichas solicitudes de
- • extradición (fl. 23).
• • • •, , 2.- Corrido el traslado para pedir pruebas (art. 556 del C. de P.P.), el defensor del reclamado Roca Alí • • solicita las siguientes: ~----. Que se oficie a la Oficina Jurídica del a) Ministerio de Relaciones Exteriores a fin de que certifique sobre la vigencia de los siguientes tratados: "Acuerdo sobre extradición, suscrito en CARACAS el dla 18 de JULIO de 1991";
"CONVENCION DE LAS NACIONES UNIDAS CONTRA EL TRAFICO ILICITO DE ESTUPEFACIENTES SUSTANCIAS SICOTROPICAS, suscrita en y
- • VIENA el 20 de diciembre de 1988" y "CONVENCION UNICA SOBRE ESTUPEFACIENTES, hecha en Nueva York, el 30 de Marzo de
1961".
- • b) Que se oficie a la RDirecci6n Nacional de Registro Civil de La Paz, República de Bolivia, con el objeto
, , de que certifique si la cedula de Identidad número 2872503 , • 2
- , _ .. -------~' . . ------- - ---- ._-- _.
.1 ! • 1 i
:. CA DE COLOMBIA
• , I ,~ • I iad. 9949. ¡¡tradición. • 111'cma dé '/ , 1 Rareo Antonio Ieea Alí. - expedida en la ciudad de COCHABAMBA (BOLIVIA), corresponde • al documento de identidad asignado al ciudadano boliviano
• Marco Antonio Roca Alí". • c) Por último, que los documentos allegados al expediente por las Embajadas de los Estado Unidos de Norte I América y Bolivia, sean tenidos como prueba dentro del presente trámite (fls. 48 y ss.) I • •
SE CONSIDERA
- , 1.- Teniendo en cuenta que al momento de emitir concepto acerca de la viabilidad o no de la
I, • extraa-i-ción, la competencia de la Corte se circunscribe a Iestablecer "la demostración plena de la identidad del solici tado, la validez formal de la do cumen ac í.ón presentada, t I el principio de la doble incriminación, la equivalencia de la providencia proferida en el extranjero cuando fuere el y, caso, el cumplimiento de los tratados públicos" (art. 558 del I C. de P. P. ) , necesario es entonces que las pruebas I I•
- • solicitadas tengan relación con dichos aspectos . • • Consecuente con lo anterl.or, necesarl.O es l afirmar que las pruebas pedidas por la defensa so• n I
I, ! • inconducentes en el trámite del presente incidente de I, , •
- ,
, , extradición. • • I I , • i • I 3 ¡ ,•
',':JBLICA DE COLOMBIA
......... / lad. 9949. Extradición. larco Antonio loca Al1. 2.- En efecto, en la solicitud que hace el memorialista en el sentido de que se obtenga certificación respecto de la "vigencia" de los citados "tratados y
- convenios", no se explican las razones jurídicas que • justifiquen la práctica de esta prueba ni lo que se pretende demostrar con ella.
De otra parte, observa la Sala que el Ministerio de Relaciones Exteriores, dando cumplimiento a lo establecido en el artículo 552 del Código de Procedimiento Penal, claramente indicó que "los tratados aplicables a este asunto son: 'EL ACUERDO SOBRE EXTRADICION' de 1911 firmado en
Caracas, ,LA CONVENCION UNICA SOBRE ESTUPEFACIENTES ENMENDADA
,
• POR EL PROTOCOLO DE MODIFICACION DE LA CONVENCION UNICA DE 1961', y la 'CONVENCION DE LAS NACIONES UNIDAS CONTRA
__ .- ... --.'_ y EL TRAFICO ILICITO DE ESTUPEFACIENTES SUSTANCIAS SICOTROPICAS', firmada en Viena el 20 de diciembre de 1988, que fueron ratificados previa aprobación mediante las leyes I 26 de 1913, 13 de 1974 y 67 de 1993, respectivamente" (fl. 34, anexo 3). Igualmente, en la Nota Diplomática MRC-77-94 de 9 de diciembre de 1994, por medio de la cual la Embajada 1 i , de Bolivia formalizó la solicitud de extradición del señor 1 I Marco Antonio Roca Alí, se dijo: , , 1 I "En tal virtud, y encontrándose en vigencia , • para las Repúblicas de Bolivia y Colombia el Acuerdo de ,I, , ,• Extradición suscrito en Caracas-Venezuela el 18 de julio' de
,
- ,¡ 1991, así como la citada Convención de Viena, el pedido de ,
, ,, 1 4 ,,
- -_ -- _- - - - -
. --
- .
_- - .. .. --_ ..... _-------. --- ...... ~ _ .1. .." fO • __"._ • ._ .~__ ~. • -
- -
'~?UBLICA DE COLOMBIA
/ • , iad. 9949. Elt ·adición . •
- • tluco AntoIÚo ioca Mi. " extradición del mencionado ciudadano boliviano Marco Antonio Roca Alí tiene base legal en la normatividad contenida en los citados instrumentos jurídicos internacionales" (fl. 33,
! Anexo 3). • I ,
- • Por inconducente, entonces, se negará la • prueba solicitada. ,
! I I I , , i
- , 3.- Que de las autor.idades bolivianas se
, , I
- I , obtenga certificación respecto de si la cédula de identidad
, •
- I N· 2872503 expedida en Cochabamba, corresponde al documento
, • I , , • de identidad asignado al solicitado, es otra prueba que por inconducente se negará, toda vez que no dice el defensor qué , pretende con su pract1.ca, n1• . la Sala advierte que su # •
- , realización conduzca a establecer algo de trascendencia
-~-
- '-~- dentro de la presente tramitación. • • 4.- Respecto a la última petición hecha en el memor ial de pruebas de la defensa, cabe aclarar que los
documentos enviados por las Embajadas de los Estados Unidos de Norte América Bolivia, allegados a este expediente, y , • cump Li.eron con los requisitos de autenticidad, pues los remitidos por el primer país citado fueron objeto de • certificación en tal sentido por la Cónsul de Colombia en • • • Washington D.C., la firma de esta funcionaria, a su vez, y fue legalizada por el Ministerio de Relaciones Exteriores de , • Colombia; y como la do cument ac í.ón remitida por el segundo país .mencionado, fue entregada por vía diplomática, se 1 5 • I _---...., ------_ 1 ',-- =#'5; ,...,...,.. .' ~_, •__ • . _ .",..... ..,.--·......}5):J'~..p_ -.--~ .... • .. ¡ I
·,'~9LICA O E COLO MB IA ( i i
1, ! I. \ / . ~. , I Rad. 9949. E tradici6n. .. , • ,, , I llarco Antonio ioca Ali. • I ,
- • • • ,
- ,
• , , I • • 1 , , consideran debidamente autenticados según el Acuerdo Sobre • 1, • I, • Ejecución de Actos Extranjeros, firmado el 18 de júlio de • •
- I 1911. (fl. 2, anexo 1, y 34, anexo 3).
, , , , , • ,, • , I , , I • Por consiguiente, se tendrán como prueba los
documentos remitidos por los Estados reclamantes .
- J En mérito de los expuesto, LA CORTE DE I, i ,, i
,
JUSTICIA, SALA DE CASACION PENAL,
1 ,i ¡ ,1 • ,
R E S U E L V E :
I , , ---- • -_'_ •, 11 , , I , I 1.- NEGAR por inconducentes las pruebas 1 , : , pedidas por el defensor del reclamado MARCO 10 ROCA ALI. , • • , •, I 2.- TENER como prueba validamente allegada a
- 1, •, este trámite la documentación procedente de los Estados
I1 , • , reclamantes. : • ! I Cópiese, notifíquese cúmplase. y ,1 • • ! , e •
NILSON NILLA P LLA CALVET
6 __ _. .. . --'" -------_. ----------' " ¡ j I I I
'.JlICA DE COLOMBIA ¡ i
, · , , •
- • tl .
,
- ./ lad. 9949. Ex· adición. .
- ,, larco AntoBÍo loca Ali .
- . - ". . ~~ " / • •• •• • • l., \ I " I j' : ~ v . . ". I I • 1··,·\1 c. 1 \ ·11 \. " JJ.J ... ~~J\.~.. v" Jlt ...., c./'._i . v J"~"_' . .J
GUIL ERMO DUQUE RUIZ ARLOS E. ESCOBAr?
./ , • I, .. ,I ' •
- , . ¡ • • • '• . •
I • I I I
- ,. . r .
I I • . . ···7 .."" • ,
IMO AEZ ~ JOJ A~_~.~.,..,
. /",.- • • • •
- ,
I " I i-: " , , , / , • • •
DA JORGE RIQUE VALENCIA
~-,-, " I I l' I , I , v
CARLOS ALBERTO GORDILLO L.
, -_ Secretario . ---- ,. , 1 , I : I , , I I • • I • , • e 7 •