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CSJ - SP 9985(28-07-1995)

Corte Suprema de Justicia

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Detalles

Título
CSJ - SP 9985(28-07-1995)
Autor
Corte Suprema de Justicia
Categoría
Jurisprudencia
Área del derecho
Penal
Año
1995

• 28/07/1995 •

UBERTAD PROVISIONAL

PONENTE(S) : C4Rf.OS EDUARDO MEJIA ESCOBAR CAsación -Libertad FECHA : 28/07/1995

DEClSION ..Niega libertad PROCEDENCIA .. Tribunal Superior del Distrito Judicial

CIUDAD : Medellin

.. PAEZ HECTOR ACCION DELITOS : Violación a la Ley 30/86 .·9985

PROCESO

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PUBLICADA .·NO

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BLICA DE COLO"'BIA i

REPUBLICA DE COLO"'BIA

/., Proceso Ro. 9985HECTOR PAEZ CAñAS O. - J , , , 1 !•

CORTE SUPREMA DE JUSTICIA

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SALA DE CASACION PENAL

, I /, I I I •, I I " • I 1 i I , I

Magistrado Ponente: I

Ii

Dr. CARLOS E. MEJIA ESCOBAR

" Aprobada Acta No. 105. I -_'_ - -.,--- - I ,r \ ( Santa Fe de Bogotá D.C., veintiocho de julio de mil , novecientos noventa y cinco. ,I , • I • ,, ¡ ,

,

- VISTOS

I I 1 I I I I 1 i I , Nuevamente el procesado HECTOR PAEZ CAÑAS quien se halla : detenido en la Cárcel del Circuito Judicial de Medellin, ( sol ici ta en favor suyo y en el de su esposa FRANCELINA CAMACHO RAMIREZ la libertad provisional, de conformidad con ,, • , I

REPUBLICA DE COLOMBIA

I , 1 .,. , , , I I de / , • • .. ProceSD "D. 9985 2

!lECTOR PAEZ CAAAS 7 O.

, • lo previsto en los articulos 55.2 de la Ley 81 de 1993 y 72 del CÓdigo Penal, en esta oportunidad no anexÓ a su \ petición certificado alguno que les pueda representar ! ! , rebaja por trabajo o estudio. , • I I , •, ( , , • • •, • ,,

CONSIDERACIONES DE LA CORTE , a

, , a , I , • ,, , \ I • Antes 'de entrar a analizar la solicitud propuesta por Hector Páez Cañas para que se le conceda la libertad pr-ov-i-si.onaal él y a su esposa, se debe precisar que la , ¡ procesada FRANCELINA CAMACHO RAMIREZ elevó similar I I I ! , r\ petición, la que se resolvió en Sala del de los 26 • I

  • I corrientes mes y añó, por lo que en esta providencia

únicamente se atenderá la petición del libelista. ,, • El acusado fue condenado por el Juzgado 8° Penal del 1 I , I Circuito de Medellin, mediante sentencia de 18 de abril de I ! I , , • 1994 a la pena privativa de la libertad de 48 meses de I • prisión, como autor responsable de la infracción a la Ley de 1986, sanción que fuera confirmada por el Tribunal 30 • , I Superior de esa ciudad en fallo de junio 3 del mismo año, 1 el que es ahora objeto del recurso extraordinario de casación. 1 ( I i , , • ,, - - -

REPUBLICA DE COLOMBIA

Proceso No. 9985 3

HECTOR PAEZ CAAAS J O.

, I , , , I , PAEZ CAÑAS se encuentra detenido desde el 16 de julio de 1993, es decir, que a la fecha ha descontado 24 meses y 10 días, por trabajo acredita 2.040 horas que de conformidad , I , con lo previsto en el artículo 82 de la Ley 65 de 1993 le r-epresentan un descuento de 4 meses y 7 días, y por estudio 216 horas para una redenciÓn adicional de 18 días, factores , I ( - arra] arl un total de 29 meses y 5 días, qu e s umedo s \ , i'lferiores a las doS terceras partes de la pena impuesta en , instancias equivalente a 32 meses. i , I

  • •, Como en esta oportunidad tampoco se cumple el factor a objetivo que se refiere el artículo 72 del CÓdigo Penal,
  • " lo que releva a la Sala por ahora de analizar las demás exigencias previstas en la norma en menciÓn.

-"- .. Por lo anteriormente expuesto, la CORTE SUPREMA DE JUSTICIA SALA DE CASAC ION PENAL, N 1 ESA a HECTOR PAEZ CAÑAS a 1 libertad provisional. - Notifiquese y cúmplase. , I II I

  • , i

NILSO PINILLA PINILLA ERNANDO ARBOLEDA RIPOL

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REPUBLICA DE COLOMBIA

I , • / Proceso No. 9985 4

HECTOR PAEI CAftAS 1 O.

• , •

RICARDO CALVETE RANGE

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  • ,

Z VELANDIA EDGAR SAAVEDRA ROJAS

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JORGE ENRIQUE V CIA M.

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CARLOS A. GORDILLO LOM8ANA

SECRETARIO.

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