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CSJ - SP A.Luna(03-11-1982)

Corte Suprema de Justicia

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Detalles

Título
CSJ - SP A.Luna(03-11-1982)
Autor
Corte Suprema de Justicia
Categoría
Jurisprudencia
Área del derecho
Penal
Año
1982

,! ' ..-, ,_. .. ':'.. ''· ' .... ··. ·.·~ ·, .. ·.

CORTE SUPREMA OE JUSTICIA

SALA DE CASACIOH PENAL

Aprobado Aeta Mo~84 '

Magistrado Ponente: DR. ALVARO LUNA GOME2 --~·~----------------- Bogotá. t~es (3) 4e novfemb~e de mil_ novecientos oehenta y·dos (1.982)

. ,. ·~ 1

V I S T O S : ~ ! .. • /' . ' . . i' , " .(:errada la investigación de este sum.! j :¡ " \ ·1 i . r1o contra CAMI'to}:o~EZ GAP.CIA• eJt Vicecónsul de Colom 1 bta en r~ueva York Estados Un1d~s de Norte América, y_

S •• :! recibidos los alegatos,del Procurador Tercero Delegado ; ¡ en lo Penal. como representante del Ministerio Públi~, ·'' .. l .. y del apoderado del s1ndi1\cag~, corresponde a la· Corte_ . ·' ~ . r~ '· calificar su mérito. lo cuaf'"~;,e .hace prevf~s los st--- '1 ··" gutentes r.esul·taridos y consider.ándos.

I. ORIGEN DE LA ACCION PENAL la acción penal se inició ante la denuncia presentada por el Jéfe de la Oficina Jurfd1cadel IDEMA, doc·tor Rafael Acosta Gonz4lez, dirigida a _ los Jueces Penales del Circuito de Bogotá (Reparto), por los siguientes hechos, "pues si bien el asunto ocu

. ,._,.. , .-: . 1:------.=:.:.----------------------~--~~~~-- -~--~·~· -- -- ----------------·- ------ .. /.--.--, \ -2- ~l . .'. ! rri6 en la ciudad de New York, debe saberse s1 hubo co ..... laboración o complicidad en el ilfctto desde el pafs,~ en demérito de los intereses del Estado Colombiano: - l 0 El 23 de octubre de 1973 se Á ••• • adjud1c6 a la firma SABElO LTADA, en representact6n de AMERICAN EUROPEAN AGRICULTURAL ENTERPRISE en Néw York, el suministro de 10.000 tonaledas métricas de aceitevegetal refinado para consumo embasado en tam human~, bores y procedente de los Estados Unidos de Norte Am6rica. Esta adjudicact6n se conf1rm6 especfalmente por- ./ escrito el .ct¿..a- ~5 de octubre de 197. 3 con Oficio 38029·. en el cuál sl~nftcó que el per-fodo de embarque de la_ mereancfa debla s~r entre el 1° y el 15 de noviembre .. . n ·.l .._,_~ . /73 . / ~ ... ;2°. En octubre 26/73 y luégo de_ -ree·ibida lá factura..- / J.?·r-o--t"Forma de la negoc1ac16n, se _ presentó la l1cenc1a'-d.e.:Importac16n ante INCOMEX, la_ cual fue aprobada bajo el número 68899 de octubre 31 del mismo a ñ o... " r . ·- '\

1 ..... 3°. ~P.a.'#;! l. . _::pagar 1a mercanct a se ss 11c1tó al Banco Cafetero. Carrera Décima de_ Site~sal 6ogot4. la apertura de la Carta~e Crédito re$pectiva_ por un valor de US$6.720.000, que cubrfa el valor FOB_ de las 10.000 toneladas negociadas. Esta Carta de Cré dito se abrf6 a trav6s del Banco Corresponsal de New_ York. denominado MANUFACTURES HA~OVER TRUST y cuyo be neficiado era el Despadador de la mercancía AMERICAN EUROPEAN AGRtCUlTURAl EHTREPRJESE de New York ••• " ... 4°. En noviembre 6/73 se presentó A ••• el P. BAUER quien se dijo Vicepresidente de_ seftor~ON la Ftrma vendedora. para pedfr ampliación del período_ de embarque, pet1ci6n que se negó en vista de la urge~ - .......... : , -3- ,, '\ ' ' . ~- ' ... '".. . ..... :. \ .. ') . - ) de abastecer de ate1tes el pafs ••• ~1a w " ••• so. En 9/73 el represen novf~mbf!'e tante del Vendedor en Co~omb1a SA~ELO LTADA, conffrm6~ ~ue el Pberto de embarque ~~rfa New Orleabs en el Gol• fo de Méj teo dé> .los Estados Un.t dos y poster1or&nente el 13 de novtembré .L!3·, la ¡:1rma Ve~~·e-dora en el exterior,

envfO un. telell a la Subge~~~cta ComeretaJ del IDEMA en el cual axponfa algunas df,fcqltádes le hab1an 1m q~epedido cumplfr con la en,rega oportuna del produtto. · . entre otras. G'IOY11 11ac16n .fn·t~rna d& ace1t.es en los ts.... tados un·tctos, eseasés de t8:Jñtrt>res ,y escasfs de baque_ patta efect~ar el transpor~e •. En el _mf smo tel e" daba un plazo de 2 boj:áS para que 'l'.I).~M.A -aceptara. la pr6rrogá~ del pef"fodo de.-e1Dbarque. ~n~e e~t~ $ft~ae16n, JDEf;lA en· ctta ·telex del mismo-~ not1fiq6 a la Firm~ American Eu.ro• pean ·Agrtcultura'l.Jñterprf$}~~ qq.e en razón del inc·um· plim1ento ~é suspen4f~ el n~g•cto. Como respuesta a lo an·terfor los Vendedor~s·'·se d1...:1g1er~~- a la Presfdenctél ' f • de la República y a la-~subg_~rE!_nc1a c,omeretal de tDEMA,, ·tnd1.eando que la cancé1ac~;ó.n...., de~ pedfdo la babfa eféC·· tua4o el Instituto éD forat,a ,,..u, ·'!n~t~al; que no acep.ta- .. . . ba e,ste proced1metnto y en. .. e.O:«t.~ec._~néf a formularfa l á_¡

re~laroacf6~ por los perjutc\os~4(eastonados. En este __ m1smó telex tosfnuaba la posibV lr1,.•/ d ad d~ q,ue el aceite.. ... .. 'fuera embarcado de acuerdo. e.Q.n. las pos f btlidades que. ..... 1a ffrma ·ten fa en ese momento .... o 0 6°. En v•sta de todos estos inc1- ••• ctentes, la Gerencia de ldefll-8 dispuso que el doctor Ar mando Salazar. Subgerente d.el _t¡)1to:to • .s e trasladara a bs Estados Unidos a f1n de .buti~ar una soluct6n fnmedie_ ta a la fmportae16n de ac~tt~. ven ~1sta de las neces1• d&des apreJn1antes que· de es~t~ pro~ucto ex 1st fan en el_. p.afs •• ~cs , .. .. - ; ~!L ··.·. ¡. - _ _]o,__.!lo--_~ .-.-·- .,,..,..... > .. _...,...... • .. ·'·- -. 1Q. El señor Subgerente hito va a ••• r·fas gestiones y de sus comunic;,ac1ones por telex se._ desprende que n1nguna Firma estaba en eon.<U.ciootr~ ' nes dé cumplfr con las en~regas tte~~ro de los plazos_ que requerfa el Idem.a. de estas C~m~ eo~se~ueneia ge~ '1on·es, én noviembre 19/73, la citada Firma American 1•- ...... ~ Epropean A~ricultural Ent~rpr1~e hizo una nueva oftrta por vta telex, en la cua,l p~oponta _embarc-ar 2.000_ton-~ eladas mis en los pr1mew:os ~~ias de -dtciembre y __. s.o~o toneladas alrededor 4e1 16 de 4ic1embre. tgual~ mente solicitaba mod1f1cac1ón del cr6d1to en el sentf ' do de que 6sta fuera dfvfsi_bl't., y se e11mhÍara 14 ex! genefa qcuV.- d-: e cada embarq~~ el .501 fuese con dostfno~ a Barranqu·rt¡a y otro SOi eoa .~es~ 1 no a Buena ventura. · s.ooo .... compromett~ñ4.o-se .. ellos a ~~~P.aelu~r el total dé toneladas a eada ~ / uno de lo~s .Rrertos mencionados ••• • -..._. .· . .· '{~ ")·:·:El Instituto medi.ante telex 20576 de la misma ~a'c eptó la nueva y ex1fecb~ prop~esta -.tos gfa eump11mfeoto de per.fo~~s de_ e.mb.arque propues tos por_ los Oespadadores f',y,'\ese ~ismo di a tttediante Of! cio 41473 se solfc1t6 al\~nt~ tat-etero modff1tac1ón -. de la Carta de Crédtto dent~ó) de los nuevos términos . \ . . de la .negoefac16n. Esta rnod.i(.·t'é;~ión ~s~ transm1t16 _ ....._..

. por vfa telex al Banco Cor.r.~~POt!.sal., en el Exterfor. _. La ftrma acus6 recibo del tel,ex d.e Jdema. como de las mod1ftc~ones dela Carta ~e. Cr6di~o en los términos_ _ so1 fe f tados por e 11 os ••• Q • • • _n ••• 8°. El 26 de no•1embre por vfa tetex los despachadores inf~rmaron que teofan d1ffeu! tades para embarcar antes del 10 de diciembre, pero_ _ confirmaron q~e habfen be~h~~~par~ctón de espacfos en el buque. 0 GUlf Banter' el cual estar:~fe saliendo de_ Re~ Orleans a m4s tardar el }O de noviembre. Esta úl~! ' ·5- -. ma s1tuae16n requerfa _modiftca~tó!l de la Carta de CrE _dtto en lo relativo a los modtficacf6n ~mbarqu~s9 qu~­ $& soltc1t6 con oficio .4 2483 al Ban . co Cafetero, ea el ..... ':;" . cual se 1ns1stfa que el er~~ito ,deberfa ser transfeJ"f· ble 1 d1v1s1ble de acuerdo .\ las exfgen.t1as de los be• .. . . . naftctar1os ••• ., • '> - " .••• 9°. 1DE't4A en comunfetón de noviem . bre 21 soltéftaba a los dE!~P.ac;bador~$ aclarar las raz~ nes po~ 1asccuales, ·en v~ Ae 2.~0~ toneladas que se _

debf·an embarcar antes d·et 30 .d e oo.t.. ~f'e.m bre, solam-ente .... embar.earfan 1.000~ solict~_ud_ qué e}tpltc.aron los despachadores ·dtciendo qQe ·no ft~bf,an consegut.do es pacto,. ...._ pues el r. e s~/ t o de1 buqua yf). .b. abf.ast.d-o con. t ratado ••• • . ~y • / . ,~.~."10°. Nuevacnente el 30 de Rlltembre y el 3 de cHc1é~:#e la F1r:tn~ Amet.1caA Eur.o_pean Agrteul ,.. tul"a·l E.nterprise :JS.fd~ó al ·.~Jts~1tu~.o modtffcacfones del er6dtto. en el sen~fd~.de qué s.~ .~~torit~tan embarques parcial es. so11c:1tud{q u~ ~~.e ~te~dtda mediante Offcto._ . ' 43459 dfrigtdo al Banco Cafet~~o • • ~~ ........... :1 .,,h " ••• 11°·.'-E.,l' dfa 6 de diciembre /73 la Firma SABELO LTDA. d1r1g1~ ~~ comunfcac16n a la Subg~ reocia comercial d"el tns~·it.~\¿~en .la cual manifestaba que habfa rec·t bf dQ un tel ~x .d~'''\os des_paébadores de 1 a merc;ancfa j ·pa-ra dec·tr ·que :hasta e$e momento el Banco_

c~~rásponsal 1es _hab1a tras~~t14o l~s mod1ffcae1ones solftftadas. y ~ue por este .~ot1vo ellos no babfan po dicto cargar el primer 1 ot·e, · 4.~ a·cai.t~ en el vapor 0GU1 f Banker0 0 ••• 1> . ... .. • .. ~~ ••• 12°. ÉÁ diciembre 19 IDEMA rec:1· ·~f6 un telex de la Ftrma V~ended_ora·~ ~en la cual comunf ... e aban que. babfan programa~o _bacér_ los émbarques en 1o s. . . buques 11Rfo Saldaña0 • "C1q~a.d de Quito, y DRfo Amazo•-- "as0 de la Flota . .. " . Grancolom~iana 13°. Eft definitiva él acefte no R ••• . .. ~ lleg6 a Colombia, y no hay, ninguna constancia de que--. se hubiera despachado cantidad alguna por los •endedo·~ res ••• " ~- •• 14°. Hacia &1 ~es de Agosto/74 el~ tnstftuto v1no a te.ner cono~fmfent.o P,leno que la Carta'+ de cr¡dfto 3-5030 d~l Saneo Cafetero habta sido uttltJ! da paref a lmet'lte por 1a SUl'!!a d~ US $671. • 986 contra pre. t sentatfón ál Banco Corresp~~tal.~Manufactur-es Hannove-r~ Trust de Néw York de documentos en los cuales. ~alsos, . se hacfa constar q~e sé he.~Ja.n desp.act.ado 99.98 toneladas que supuestamente se h&,bfan embarcado e11 el vapor_ •sul k Banf(tl.l"ó'• •• " -v . #.V 1 u ••• 15°. Sf bten es é1.erto que este e~ bro flftfto se~~·q en la ctudad _d;& .N~tt York por perso- • 1 nas desconoefda~...-q'!.e ser! ~.aterfa .d,e fnvest1gocfón en_ esa c1 udad amer-fcatía, )POr _las au.tor:t dad~s de 1 os Esta·!""'· ·)o· do.s Unidos. e1 lnstfí,.to\ h~. estimado ne~esario que se·~ fnvestfgue en el pafs pjra saber s1 hubo. ~o~Jlt)l1'ch1ad _ desd~ aqut con los autores Ae1 ilfcfto, q~e ~oe~e afe~­ tar 1atereses del Estado C6lomb1ano en eabe%a de. dos .· . -- '1. .. ·. - (2) entidades del m~smo é~mo~C) s.o_a ~1 Instituto de r4er cadeo A9ropeeu~r1~ y el B~u•co.. C~e..t~ro ••• 0 . o ••• 16°. Para '\·1·6formae1ón del seftor_ Juez, manf fes tamos que. qu1 e~ se dij_o repres~otante de .... la Ffrma American es_ Europe~n Agrfcul~.ural ~nterprfsé·, la Firma SABELO lTADA •• e~~ ~ornicfl fo el) Bogot4 y cuyo_

Gtwente es el setlor SAUL ~ENJ.Ur.tEA LONJ)OfJO. la d1reectón de ésta es: eatrera lOa~ U0 1.2·5~, ,Piso 8°.0 (Fls. 1 ~- 3, C.l) En la diligencia de ratiffcacf6o·y am p11ac16fi de la denuncia, el de la J~fe Oft~1na aurfdi~a ..• .. .. -. .. ,- , ' ... .. . -, -7- .1 ! i 1 1 del IOEMA, relata ,., forma extrafla_ c6mo se hizo este_ 'begoc1oa, bajo 1 a Gerent;i_a ~_e_l_ ~doctor LUIS GUillERMO_ ' VELEZ. Se supone qué llevad'! allf el Gobierno Na-· p~r c1onal por tratarse de un r~con.oc;1d~ y experto economista. lo cierto es que el negocio de importac:i611 de aceite para consumo humano, se efectu6 por encima de_,_ las mis elementales normas ,q_ue rigen_ esta es ... materia~ decir, sin contrato escrtto, s1n ntn_guna garantfa, !!!. término de calsc1dad, manos con licitac16n, sino en for· .,... . ma complet!lménte inepta, frrespotas()ble, a control rem!_ to por medtó1yelex, $ftt,ré las Dtr_ecttvas ctel IDEIIA, '~ en 8ogot8, y la~ Ffrma EUROPEAH A~E_IUCAN ENTERPRISE, en 1 '--~"' 1 Nueva Yort, repre~erít,ada aqtff por la ~firma 9ABELO Lt-

,;) . lUTADA, gerenciad a ·por. SAUL BENJUMEA J.ONOOAO, con do m! ."r . cilio en la carrera toa}~~ 12·58 '1$o 8°, Bogot4, D._ E. . Es mSs: este 0 negocio" ~no.. : S$ consult6· con la Of1Ci· na Jurfd1c¡a del Idema, co~Q.-'lo~ -~emfls, segtin lo afirma . f-.J . ' el de.núnc1ante doctor Rafae.l " AC4,'S. ta Gon:,lcu, bajo la. ... . ,~ . gravedad del juramento, ~,_,.<-· as~: "• .. PREGUtlTADO. D1ganos s1 a usted_ personalmente le corres.pon.d.1ó _c,fmplir alg_una aétuae16n en dicbas negociaciones? ·~·Do ••• CONTESTO. A la Ofich•a Jurfd1ca no 1 e correspond16 adel ant>ar _ntnguna act.uac16n, pues _ el contrato se hito a trav&s de marconigracas cruzados entre el lDEMA a o Ge trav~s de~u Gore~te S~bgerente neral, la Subgerencia Come~-~1a1 y la Ffrma European A· mer1can Enterpr1se. se batfa un contrato_ Generalm~nte ~s­ A:s~-1o.Jr>~:; .J~ A .. escrito con los formalismos~ g~nerales usuales en esta_ natuttaleza de actuación, q_u.e t"clufa dét'us_ulas de garan.··

tfa, caduetdad, etc., pero ~n esta oport_un1dad no $é. S!. 1fcft6 a la Oficina Jurfdtea qJe se bfciera el contrato en la forma a que me reft~~.:o._, •• el_ .seftor Gé.rente y qu1.! nes adél~ntaban la negoe1ac1.6n ~ entiendo que señal•ron. .... que los factores de escas~• de aceite en el ~undo y la~ urgentta de conseguirlo meses de dtctembre pa~- l~s d~~ term1na.-on que se btcfera la J\~gocta~f6n a tr.av6s de t.! lex ••• o Y sabér sf en Estados p~ra lo~ Uni~os, donde se e~-tqt6 es. ta serte dé deli.t os contra la eco·nomfa colomb1an~se estaba ~d_el.~n.t.a~do alguna accfan pe- ' nal, el denunct~e sum1nis.. .t r6 ,la _sfgutente tnformat16r~ ""' /', \.. ) ; Dfganos si estos m1s ...... o~ • .,..,"R~GUMTAOO. mos heehos que son m~tetfa Ae ,fnv~:stigacfón• fueron _ puestos en eonocfmiento d~ l_e J..ust1c1a nort~amePf~ana--.. por. part~ del IOENA? CONT;~~w. ~ealmente _n6. En el mes~ de '·jun-.fo ·-.de 1.975, yo fui '~~cae iones a i:stados Unf·~-. dos e interesado como estab.á. · r;er alme.n.t C-l .e p el caso de acefte. me acerqu& al Consul~dC)-.d'é _Colombia eft Nett York_ y me eotrevfsta con el C6nsu1 Gene.~al exponfindole la_ pPeopupac1ón del Instftuto J~or el cobro de la carta d~­ crédfto. El me ind1é6 que l_a per:soQa tn4s apropiada para ateftd.e.r mf solicitud, era f#l ,Abogado .d~l Consulado se.--... flor DIAMONT a quien le pó~t se hfc.fera cargo del a.sunt~ formulando la rec1amac16n ,~1~f1 JI ,la .d~ftUJiCfa penal por el tlfcfto. El seftor OtAMOf!.T me_sefla16 que la accf6n pe nat .era cuestf6n altamente dfffetl en los Estados Un1·- ... ¡• ,; - • dos. por c.vanto requerfa u~a pl~f!a ~.eJCJOstrac:f§n del hEt cbo del 1ctuoso so pena d& _pagar ~_l,as indemn1zac1ones_ ·~ :. ... . . '.~ . :': ~... "'- '.' ·. de no llegar~e a probar. pero que estaba dispuesto a_ Adelantar el juicio contra el Banco - . Hanno~er Trust~ Stnembargo, como yo no tn$trucctones precisas lleva~a ' ·pa.ra'-'ffegar a un a.~uerdo c:,on J!T, ~onvtntmos en que se trasladarfa a Bogotl para <1on el seilor G.e- ~c:Qnv_ersar:

rente del _ ldema y el seftor }~tntstro de Ag,.1cultura so bre este particular. En efecto. el senor D!AMONT ~1no a Colomb1a y convers6 con el seHo_r Ministro Dr. ~ARDO BUELVAS y el seflor &erente -~el Idema. Dr. PANESSO JA RAMilLO. conversaciones .en las cuales yo no parttcip~ pero el becb.o es que no se adelantó reola.mac16n en E! tados Unidos. Debo s1 dejar _e.x,pttesa .consta.ncta de que el doctor~KESSO como Gereo~e~él ldema, envi6 un O· ficto al ·se~Procurador Geneflal -de la f4ac16tt solte1 tándol e que c~,O" ff scal Ge-~ . .e ra l de _1 a Nact6n y repr·e: ' sentante de 1 o'-.1-'tereses la, qué el lde- .d.~ ~tsma. y~ ma y el Banco Cafet~ro son entidades Estatales. debta tomar las accione~ d~ caso en .defeasa de los 1ntere- . . ~ ses nac1onales ••• PRE~UÑT-,Aqo. Ofga_nos ~ntonces s1 bas .. ' ta el momefito el fdema-,.tt' ene a lgu_na 1nformac16n con· .. creta sobre las razones por l_as c;qa1es e.l aceite no_ 11e_g6 al pafs? CONTESTO. @1emente porque el Insti tuto fue objeto de una estaf~o~ parte de la Firma 4e~o haeta~

turopean American Enterpr1,se. anotar que - -r .. / - el mes de septiembre de 197~4. ,.~r SubgQrente f1nane·tero del ldema Dr. GERMAN RIAÑO ,é.ANO y el Jefe del Departamento Exterior -del Banco C_afetero. viajaron a ......... Ne\1 Yort con el ftn de en~erarse de la sftuaet6n y las c1réunstane1as en las euale$ $e habfa hecho la ostaf& Se dfrfg1eron al local u of1c1~,a~ e.n la.s cuales se d.!, cfa que atendta la f1rm.a European A.~er1can Enterpr1se y segQn seRa16 el GERMAn RIARO _CANO en su Dr~ 1nform~ en esta oftc1na mu1 mode,sta de Ja e1tadad de rtew Yor;t atendtan tres o cuatro f'rmas 3. eretre ellas la European. AmeJ"1can. Enterer1se! pero cuo.ndo el . D't.• RlAAO avar1Sl!ó ·-. --··---- __ ...... - - .POf esta ffrma, la Secretaffa le tndtcó gue xa Ol~fma hab~ an d·ésapare~1 ~o de esa o.fi c1 na y no sabfan d6nde_ se encontraban ••• PREGUNTADO. Ofganos $1 el JDE~A adetant6 l,as gestfones necesarias para que el a ~ompr'Obar ce1te en no habfa a ese Puerto (Barf'a! r~alfdad lleg~do quilla)? CONTESTO. El la compra de aceite,_

nego~to ~e lo eabce16 el Idema, ·vale décfr. ya sabfan de antemano que el no llegarla forma. lo que aceft~ ~n n~nguna su~ cedt6 fue qué el se abr1ó por un tfirmfno de cr~dfto n~ venta dfas y el o estafadores oon documentos est~fador falsos que pretendfan dem~~trar que' sf se babfa embar cado el ace1te. se al Hannover Trust Compa presenta~on ny a c·obrar~l aceite que e-llos man-ifestaban haber de;. •)7/ . . . pac~ádo ••• ~Juzgado lnstru~etón 39 de Criminal, .. . . \ . a quien correspondt~~·"en rQp~rto la fnvestfgacfon con-- ~.speeial. tra las per$onas no Q tidas a fuero remf-- _ tfó a la Corte las copias corres_pond1entes 'para que_ se~or ~A~UlO se 1nvest1gue la conductaG . .. ,LOPEZ GAR- ~u1en ca~.~ ClA; desempeft6 el V1ce-C&nsul el> el CO!: sulado Gene.ra1 de Colombia en_( ftu·éva York para el dfa_ 4 de diciembre de 1973, de c~nform1dad con lo dispues to por el artfeulo 32 num~~al 6° del C. 4e P.P • .,. la Sala. con base en qua s trata de- - una causa por mottvos de responsabilidad. de un agente consular, por auto de 20 de enero. de 1979, declaró ab1Qrta la fnvesttgación en su contra, comfstonaTh pe~al do para ello a un Juzgado de lnstrucet6n Crimtnal, eo- . ::~ \._.~~·:, ... . ·.·.,_ •. rrespondtén4ole al 90 Ambulante. ' Practicada lé 1~yestfgati6n. se esta. blecló plenamente el aspec~o obje~tvo de los hechos asf: 1) A(ervo probatorio de los funciona rios de IDEAA, según el cual el 23 de septfembre de ~ 1973, IDÉMA adjudfc6 a. SAB~LO LTDA.·,_ en representt<:f6n de_ AJ1ERI~e~/EUROPEAN AGRI~~LTURAL _ENTRE-PRISE DE HEW __. YORK, el sum¡ñfstro de to.ooo toneladas m6tricas 4e a cette vegetal~fynado pa~a c~nsumo humano, por un va lor total de U~!(~20.000, para lo cual se solfcftó al . \ Banco Cafetero, Carrera Décima de Bogot!. la_ Su~bfsal ~dftó, respectiva carta de previa presentac16n de la Factura Pro-Forma y la Lfeencfa de Importación ante IN n~ro ~e COMEX, aprobada bajo el 68899 31 de octubre_ varfas~~obras de 1.973. Oespu6s de dflatorfas de la Ff rroa Vendedora, respecto _d~ ia/tm_posf bfl fdad de emba.r ear la totalidld del aceite, para fac1l1tar embarques ....

parciales, se dfv1df6 la carta de cr6dfto a instancias de la mendonada ffrma, y fU$ ~$f ~omo en aagosto de __ 1974, IOEMA vino a teaer conocimiento pleno que la Car ta de Cr6d1to 3·5030 del Banco Cafetero sé habfa utflf z ado parcfálmente por la de US$671.986, contra_ _ sum~ presentaef6n al Banco Córresponsa1 Manuf·actures Hanoo ver Trust de New York de documentos falsos, en los cu!,_ --·- ·-.-------...... -12AlC~: :-J .. L~· : . -: A ~ 'J. les se haefa constar q"e s~ habtan. despachado 99.98_ toneladas que supuestan se embarcado en el va• ~~bfan por 0Sulf Bantera. stn que.~n. (efin1tfv~ el aceite h! bie,a llegado a to1ombfa •• n1 )ubf~~~ sfdo déspathado porlos vendedores: - 2) A pesar de que tales documentos resultaroh falscs, el Viee-.C~nsul _de Colombia en New_ YoPks CAMILO t.OPEZ GARCIA los refr..e n.d6 con su firma y sello. méMante la factura Consular N°969985, v1sfblo -<1 - . al folto 1° .. sfn re·qutsito no podfa 18./~derno .~uyo hacerse efeetf~la Carta 4~e ,,.édfto~ ni despachárse~ el aeefte, nf come/' t/ "' e5se la. Esta~a •.

_.,. ., . ·""'"'\ ... \ 3) Según las Qonstanc1as de la Canc! llerfa y las Resoluctone~V:d:t. . la Oireccf6n de Aduana._, \. » . la Factura Cpnsutar para--~~~~spa_eho de merc:ancfas __ por.el Puerto de New Orle~~~'~ d~nd~ debfa bacerse &1 embarque del aee1te, s61-.o pod_ta expedirla el Cónsul Colombiano en esa ciudad. La 4) Emerge del proceso que Camilo pez Garcta desempeflaba pa~a. ,en!Df!ces el cargo de Vfee Cónsul de Colombia en la dé New York, sfn que_ ~1udad tuviera eutorizac16n legal o superior para trasladar se a New Orleans a expedir Jl.na Factura Consular, ;-: (-~- ./ .'/-:___,___ , •• -~ ... •J 1 / . ,// .... ~ sobre documentos falsos, como es apenas obvio. (fls._ 5·16~ C. I). En esta forma, se estruetu~a un del! to de Fa 1s edad en document_os ,_ el) concurso eon up_ del! - to de Est~fa dontra los intereses del IOEMA y del Ban - . co Cafetef"o, vale decir los 1ntéreses del Est.! co~tra do Colombiano, por ser aqu611os dependenc1as de 6ste. Q ·.·., ~ En cuanto a la refrendac16R de· esos...; __ -,·· documentos por@te del l(~e~--C~nsul Ca.m11o L6pet Ga!. eta, obra su propia confes1_6rt, ex~us4ndose de hoberlos firmado y setli~en Jurisd1ccf6n 41stfnta a 1~ _ eode Nueva Orleans, por~ú.~ s e1 des_pacho del aceite a lombta era eo extremo ur-'gente. ·:· '.,-:. '· . ./ t Ahora bteo~ i-1" '- /". en Se. trata de delitos cometidos el_ extra ajero, algunos por colombianos. Y na~tonales ~­ ftO de éstos al servtcto clol E._stado. ~on fuef'o especial a quien se le aplicar4 la colombiana, de a l~y pen~l cuerdo c.on la f1cci6n de 1a .E xtraterr1torialfdad. . ' 5) Sobre el aspecto subjetivo de la_ necesaria Vtce-C6n_su1 L6pez Garcfa_ part1cfpa~ión d~t .. . ~ r -14en tales delitos, tambUin obra en el proceso la pvauek correspondiente._ l6pez Garcta alego en su indagatoria_ haber obf"ado de buena f3. é$tn no puede aeept4rs.! pe~o le por. las tazones que so éapoodrln m4s ··adelante. Ea lugar, respecto de la ~rfmer re·~ frend.ac16n de los documentos. falto$ "" el V1ce-C6ftsul Lápez Ga .. efa. se encuentPa en este proceso su propia.._ confestón, (folios 116 a 186. 187 a 201 y 202 a 218, (. 1.) se.gGn ·la cual. en la tipoca .en qua el IDEMA htzo _

las operaciones de del aceite, cuando va·· f~porta~f6n rios fufté1onartos oftcfales. u,.g·fan el tramtt-e de los _ documentos 1 el despa.cbo de ese elemento, ·~os ~ue pwa~. un tuege ,de documentos .. gue no eumplfan est,.1c;.• sen~do tamepte los requisitos de Pfie"• se observaba en prf·· m.er luga~ que el despacho· d~ las mereancfas se barfa~ a bordo 4e un buque cuyo zorpe. serfa en Mew Orléans y_ no en Re" Yort, de acuerdo con la tradtc16ft esos lu~go documentos ctebfan ser remitfdos al Consulado de Coloo bta en aquella ciudad. El embarcado,. aleg6 entonces ••_ quQ en Hew Orleans el Con.sel.ado de Colombia no podfo_ 1ega11tar loa documentos .,uosto q.ue la soaora Cóo.sul_ se encontraba en 8ogot4 eD uso de vaeac:fooes. Asf qu·e_.. fnf1uy6 en nuestras consfderaetooes para estudiar los documentos pr-fm.ero la tensf6n pGbltca eo que se encon traba Colombia por falta d$ alimentos 1 segundo el be- .. . - ebo de que los servtetos oo ser en consul~es s~elen tDUchos s1t1os lo que el pafs 1 el Gobierno CJettecen ••• " Dentro del CJpaquetoa o 41juego de do cweotos que n.o cumplfan estrictamente los tequ1sitos_ se de rigor", según el prop1<> ex-Vtcec6asul. encuentra

u"o demasiado protuberante y burdo, 1mpostble de enga flar a uo e•perto como él V1cecóosu1, que puede verse- .. al folto S, C.J., sobre el cual el denunetaote Dr. Ra• fael Acosta G6al41aJ, d1cet (fl. 39) 0 Las copias que_ reposaD en el expediente se puedo estableeer ••• qU$ ba1 una especie al folio 5° del cuaderno princtpal. 4e fo~ mato que ser un conocimiento de eobarquepero pretend~ al parecer no lo es segGn he otdo dec1r a los Ex· q~e pertos de la 01vis16n de Comerc1o E•tePfor. entre otras cosas eorsue qo es'4 eqr nadie; mas bfen s~st~1to ~ar~ ce una solicitud de fletes. El cert1fica4o de -. o~tgee del folio 7. precfsamente 1~ falta le certif1eac16n cte. la C!mara de ComePc1o de Um1 York en qu" dtga que efes tt•ameate el origen de la meteancta es de los Estados_ Uotdos y faltó dentro de los doflumentos presentados el aviso 4ado a la Prevtsora ••• o Ro existiendo ofaguna duda Pespeeto._da que el V1co-e6nsu1 Camfle Lópe% Garete ffrmó una falsa fQctura consular dando ast vfa ltbre al pago de_ -16-- una c:uattt1osa suma ·(mis de $35.000.000. colombianos),_

·- por. .. de ace1 te no se reelt a6 n1 etabtlrc6 ,_ tU:Hl..Y.~!lta qu~ - ' por lo cual se consuma un delito de Estafa los. coGt~n intereses Estado. vale 4ec1r contra et tDEMA y el_ d~l Banco Resta considerar s1 tal ac'o ttene ex• ·Cafet~o. - c:usa·o n6, de acuerdo con las razones •xpuestas por el sindicado y su· apoderado. En pfl'imér tugnr. el seRor Carntló L6- ·. pe~ éarcfa no e.jercfa ntngG_n cargo en el Consulado de:... - Colombia en Orleane, en el ano de 1973, cuondo ocu Ré~ rr1eron tos el eoatrario, ejercfa el car• bec~O$, ~por ge de V1ce-C6nsul (legaltzador) en el Consulado General de Colombia en Nueva Yort ••• , cargo que ejerc16 ~ basta el 24 de noviembre de 1.975, feeba de su retttc_ (Folio 13). def1~1ttvoa. Por otra parte• de acuetrdo con e1 R!. glamento N° 170. del Mtn1sterio de RelécionéS Exterto• res, (folio 16), y el tnfor~ del Jefe de la 01v1st6n_ de Asunto& Consulot"es. (folfo 14), 6 e1 seflot" C::amflo L! pea Garcfa n.o estaba facultado para 1e ga 11 za" una .Fac tura Gopsular en nueva Orleafts, que ampara mereancfo

despaehada de la mtsma c1ucSad, poP cuanto, sf tnterve nta en Nueva Orleans no estaba en la 3ur1sdieetón del_ tonsulQdo al cual prestaba sus serv1c1os1 abora b1en ------· ------·-·. 1.::;.;.....----~----------------------···· -!1- ' '\~-:'\', "'\. " .' ".- ' . .... ''·.. ~··. '' " : ') - . '. '• 1 ...:~ si su 1nt$rvenc16n fue en las Offeinas del Consulado_ 1'1 de Nueva York y trat4ndose de ~ereancta que iba a ser 1 ' despachada de Hueva tal actuaetón contravenfa 1 Orlean.s~ i 1 -- el Reglamento Gener.al de Aduanas N° 170. méncfonado . . ¡ ert el artfculo 160 del Manual para el Servicio Exte-• rfor de Colombfa0 • 1 A pesar de ello, Garcfa f1rm6_ lóp~z .,1 los papeles de un embarque fantasma por la vfa de Hu~ j va Orlean~ab1enda9 de que no podfa hacerlo, por_ ,., :i elementales del Mat}ual .del Exterior_ n~as S~rvfcto ' eoaocfmf~o pr~sume l~s y cuyo se en funcfonarfos / consulares. AdemSs,.no es .cferto que él consultara a_. y ·-:'? sus superiores s1 por la urgencia del_ po~fa'.baeerlo, t. .JI' despa~ho, como eonsta~l siguiente ~able dirigido al_

Juzgado 85 de Jast~u~ón ~)ante: . c.J ~ ••• EXTERIORf~)OGOTA.- SU C-9.• ESTE CONSULADO NUfiCA RECIBIO Ll~DA CAMIL.O LOPEZ tWEVA

YORK RESPEtTO DESPACHO GULF·BANKER CONSUlBIA

N!HORL~

(Folio 23) ••• 0Pero aún en el caso de que hubter-a podido ftrmar documentos de embarqua por un Puerto de dfstinta jur1sd1cc1óA, o que ese embarque se hubiera_ efectuado por Nueva York, nad1e se atreverfa a afirmar que podfa legalizar y que por_ documen\o~ falso~. - -----------,.,.---------=======---------- ··-·· ---·-- . ....,..,...,.=-.__. -18- : 1 1 1 1 haberlo~ firm~do y sellad~ en territorio de su jurisdfs cfón y nó en le del Puerto de embarque, no babfa pasado nada. Se supone q_ue ~1 funcionario Cionsular 4eb.e c:erc1~ rarse no sólo de que todos los doéumentos se encuentren en regla. s1no tambi~n de que ~1 embarque de la mercan efa sea evi4Gnte, ya sea en forma personal o directa, o por medfo de las Compafifas del lugar. ~seguradoras Tampoco se justifica la legal1tacfón_ _ de docume~~ irregulares .o falsos por la urgencia de_ _ despachar d~/fnado artfculo, en este caso el ac:efte_ de consumo hum~que nec~s1taba el pats, :.i porque en_

¡·¡ Nueva Orleans no ~e'~cont~aba en ese momento el funef! .·,' .,' narto consular coto·mb}a-~o., _Precisamente esta cfrcu.nsta!! ! ~ ' ' ,; cfa obligaba a un fu~o1nnar1o distinto a verfffcar d1~- rectamente si el embarqtle ( "'"despacho de ese artfculo C.!!, q~s rrespondfa a los papeles estafadores le prj!!Bnt! ron en t•ueva York, mAxfme sf el/ln1smo sfndfcado habla (/ 7'" de que Sé trataba de un J ú~go de documentos 1 rregula-res.L vale decir sospechosos. El inciso 6° del articulo 32 del Cód1~ go de Procedimiento Penal • .s e reff~re a las causas que_ por motivos de ,por 1nfracci6n a la _ responsabf11.dad~ Constitución o leyes. o "por mal desempeño de sus funcfonesu, se tontra ,tgunos altos funcionarios promueva~ [.: ~i91\ : - '· .... : .. : ' . " : .'\ .., : ' ..... : ... ·-, ~~ '\ del Estado, entre ellos los agentes consulares de la _ Nación, éomo de competencia de la Corte Suprema de Jus ticfa.. ' la Co~te ha dfcho que 0 El delito de responsabilidad, de no es otro que el come· ord1nar1~ t1do por funcionario públf.co. dentro de la esfera de_ su acti vtdad admi nf strat1 va. con abuso da su pode·r. -

. con ocasi6n o en ral d.e su cargo, La especial con_ ~oft die16n del agente no tftular de las_ _ ~erm1te co~unes fnfracctooes. penales que asf se éjecuten, y esa nota_ 1 caracterfstf_.cá obra para o tiptffearlas_ ~alfffcar·la·s .¡ como del ftos 'l)r.opfos a los funefonarfos del Estado • .., Un mfsmo hecho cometido en un easo por persona partic.!! lar, ajena a ia pQblica, y en otro por_ admtnistra~fón quien est« vinculada a Gsta, _es para el primero un de. 11 to contra 1a propf edacl n~urto robo,_ etc.). y para_ t el segundo un delito offetal1 lesivo de la administra r::,.· c:16n (concusión, peculado,, ~~c;.~·)-a G,O.Tomo XCI, pSg._ 202, 1.959.

CONCEPTO DEL MJHISTÉRlO PUBLICO

En el seHor Procurador Tercero De ~1 legado en lo Penal, concluye _asi; la sobre 1• ".~.Centrada aten~16n pr-ueba relacionada con las imputaciones que se formu-- 1111 ....• ~ -=------- ·----~-- .... , ....... '.' '·: ., 'Y-"''',,. ·~ ~ '\ • ) • .. 4 .. • •• ... : tan_al CAMilO LOPEZ SARCIA. lo P.roces~do se_ded~ee q~e sigué~, •• 0 a ••• lo. plenamente acreditado Result~ que 1a.f1rma y sello estaD!pados en los documentos de_.

r· embarque v1c1ados con .los cualés f~eroJ! legal~zados-..,_ sine non para validez-, of1e1almente~ tequfsft~ qti~ ~u . •. ·,. corresponden en su aut:entitf,d-ad al _s,eftor ~AMtLO LOPEZ_ GARCIA~ -sindicado. de auto~, qui_en l_os 1mpr1m16 en su_ condici~n de Viee·C6nsul Legalizador del D~pattamento~ de Embarques en -e 1 Consulado Gene_ra_l' de (;~ fombf a en-.;..o....,; Nueva Vork~ ... a ..._ ~·· 2°. Se comprob6. igualmente, qué __ a ••• visó 1o s_ m.,eriéi on a dos document.os const-1 ~nte d~ que no .!t btaba confGr'}l a derecho, t(!~a v_~z que conoefa claras_ disposiciones~g~les que _presc_r1bfan,. la competencia_ en el Consulado~ Nueva O

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