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CSJ - SP A.Luna(05-07-1972)3

Corte Suprema de Justicia

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Detalles

Título
CSJ - SP A.Luna(05-07-1972)3
Autor
Corte Suprema de Justicia
Categoría
Jurisprudencia
Área del derecho
Penal
Año
1972

SALA PENAL Aprobado: Acta f\.'9 23, Junio 27/72.

Bogotá, cinco de julio de mil novecientos setenta y dos.

VISTOS: Luego de ~ ·eJéCUtOriado e'l autQ cSua ctac:retó la nuli.dad da parte cta la tramltac16n.. ~ ~ da la ~ insta!! cio, pJtU;ede esta Sála de la Carta a resolver la cansulta fonnulada PI'T el Tri.hunal 6uJ:rarlór del DlEltrit o Juttt d Eil da IbagW da su auto de 1a cte dicietebra ere 1.971 por medio del cual ctar:laró qua •1os he chtls: 1mputed0s a la dot:tora EUZABETH .GALEANO ORTIZ~ CCmatidos ensu ccndiei6n da Juez Tercera Penal Uunicipal da Ibagu:á, no han ex1s tido (sic) y, por tanto, sa ORDENA la cesáe1ón da todo procedimientopanal0 seguido en su ca:ntre.

Ccn los~ qua obran a los folias t9 y siguiente: - acuanm de ~. 41: A:cta de posaatán y 42: canstanc1a acer ca dal ejaroiciQ da sus funcicñas paJ"8 la época en qua. oa.arlarOnlos hechos c!221\a\d.adDS, se eatabl~ le c:a_H~ ~ f'unc1cnario pÚ - blico; en el. canJO entes dicho,. cta la eacsada cmet~ Galeana ar Uz.

Primero: Héctor TruJUlo Vargas, datenido a Qntenes c,tal Ju.!

gado Ten:aro Penal tAmicipal da Ibasuá par c!alito da estafa, f'ormu16 danunc1a penal COHtht la Juez Titular da tal Oes~, Ell~ Galeano Ortiz, por los ~tes hachos: - 2Juez hizo figurar en su primera inctagatoria como 6ecretar1o a· otro empleado c:¡ua no lo ara, jJilnpJa en élla ~ man1 f"estaoiones qua él no había hecho.y porque con ~n acomodaticia falt6 a 1 a verdad. en los h~os qua consignó en la parte motiva del auto de detención qua profirió en su ccmtra. Prevaricato, parque el auto de datanci.cSn está proferido - ¡' ¡ cantrarlattdo la ley pnf' ~tar probada la inaxiStenciá de su inten 1 ción dolosa en los hacttas qua le atribuyen y porque om1t16 el cum 11 1 plimien~ de los regl.ii~tos esenc1alea y de forma parQ ~feT~ - \ tal~ de diligenciasz ademáf), dió""creUitQ a un~ de c:a.rgQ y as! desechÓ las pruabás c;on las cuales comprobaba su ~ ciá; porque sostuvo insistentemente el auto (le detencicSn, siendotuc.ian ~ en Colombia, por la Conáti y la ley, no puede habar datE!!! 1 c16n, prisión ni aJTéS:tO pmdeudas u obligaciones civiles; 1 i¡ Prevaricato y falsedad parque par s{ y ante si decidió a~

ca de una recusac16n c¡úS le propuso y porque c;feneg6 le repoSiciónsobre providenc1.a acerca de medidas preventivas. Oatenc16n e.rt4t raria qua aún ~dece a la fecha de su demili i i' í cia, pPr ai'tdtTarie decisi6n de le j~ •. Le 1m~, además presunta ~cidad en delito da extar s16n qÜe atribuye e ~ c:tenurmiantes ( fls. 2 as.).

Seaundg: El Mnisterio Pública representacio en esta ocaai6n por el señor Procurador Segundo DelegadO en lo Penal, en su concep to da rigor, expone: a ••••••• la .1nvestigaci6n d1.ó por demostrádo qua s aa) HáctQr TNjillo Vargas prometió en errentmmiento .a Qmnan Orj uela una casa ubicada en lbagué y recibió como arras . del - 3negociQ la suma de mu quinientQs pesos. Q:Jmo aquel no putto cumplir porque el inmuable m» era SU}iQ ni estaba autarlzado para arrendarlo, le entreg6 B Jósé ~S Soto Qr juela, hi.jo de Carmen, un cheqUe ~ Banco Cafetero, por el valtJr recibido; inStrumento que al é e r presentada a su cabro t>w ~tado pc;r insufici.end.a c:ta fondos (- nb) Por estos hechos fue denunciado y capturadO Troji lló Vargas y puesto a 6rdanes del Juzgado Tercero Penal PJunicipalel 5 da oetubl'e da 1970, ji.U1to con el dinero y los objetOs encontl"!!

doS en su podar. El dÍa 6 la J~z Galeano Ortiz áVOCÓ el conocimi9!! to del negod.o, oy6 en in~ataria al capturadO yel 8 le resolv16 su Situación dat:retarnlo la detención mediante alftO motivadO quedfue notin cado al dÍa aiguiente ( fl. 3Ó). nc) Las decisiones tomadas par la Juez Municipal en el sentido de negarse a revct:a.r el auto de detenciÓn, ctaclararse i.mpa dida par mora en los términos mr la instrucción y hacer entrega a Trujillo Vargas del d1nei"O y lós c:focumatttós encontrados en su pocte:r, t>ueron re\iisadoa por el Juzgado Segunda Penal del C1rcu1 to de !bagué qtJe las confirmó por encontrarlas aJt.lStadaa a dai"eCho ( fl. - 45). "d) ~S solicitudes héeha.$ por el denunciante fueronresueltas opOrtunamente par la jue% y en ninguJla parte aparece qua ésta haya condicionado la devolución del dinero retenido al pago da los mil quiniéntos pasos a la f;)f'endida naiJtlp¡emente .parQUe ese c:ti.n2 ro hace parta del cuerpo del delito de estafa, es decir hace parte del qua enb'BgÓ la víctima a su victimaricf' ( fls. 36 y 45). 0 Ninguno da los hechos denunCiados como constitutivos del dalit o de falsedad en dQt:umsnto pÚblico ent!Wla la al~ c16n

  • 4 - - consc1ante de la verdad con. el propÓSito efe ~ daño real o poten . . - c1al al ctam.uid.ante. "En ef~to, la fraSe "No tengo antecedentes pené).es, ni asuntoS panales can le jUstiCia. fvara del pi'esénte"' cambiada según el. qUarel.lante., -~--esta qua ap:arBCe en-el "texto· da .su .. primara inda gatorlar···"no registro antecedentes penales ni tengo cuentas pendien tes con la justicia aparte ~ la presenta investigación,., son expre Sicnas negativas da igual alcante y ccntenidó qua nt) implican mutación de la verdad. "Nó sUpó explicar concretamente TruJUlo Vargas en qué CQnsistió la falsedad por alt eraeión en· la narra.Cil5n de los hechos que susten~-el auto de c!etenc1Ón.en su ~tra~ por ei eontrario, epál"eeé c:te avtos que p07 su· aspecto formal y material, dicha provi ctancia f"ue dictada eón sujéci6n e láa f'ormálidadas exigidas par los c. aFt!culos 49 dal OeU'BtQ 1358 da 1964 y 383 d?l. da P. P. , entgn ·caa vigentes. Si a lo ánterior se ag1ega qua tal pravaído fue revi sado pór el Superioren vía de apelación, no se vé c6nO puada estructurarsa,_ por este aspecto, al delltQ imputa~. "La supuáStá sutwmtactén da la persona del" Secretar1o

~ado, HOOtor. Bojacá, en caso ~;-habar tenidO cicul"i"encia• cons tituiría una falsedad 1~, sin traScendénc1a Jurídica. · '"'Lá ley no puada, s1ñ incurrir en tiranía -ha dichola Carta-, erigir en ctal1w un hedto qua no causa perjuicio afecti vo, o sea, al ~os ápto para produ~lo, pues fuera de ~ ~f'rác­ ciones da daño y d8 Peligra no exi.sten otras en deredto panal. 1D a consiguiente, la falsedad inocua, aquella Qua no tiéne siQUiera la ~tencia de dañar, Jamás podrá. ser cansidaracta como falsedad pun1ble,. (auto 28 da abril da 1958, G.J. LXXXV!I, pgs. 761 y 762 u.P. - Or. Pe~ PacheéO Osario) •. aTampeco los cargos formulados a la ru;usada son const! -· 1-------=~----------------'------------.,,.....,."""""'"...,....--.--.-·- --------'1 1,. !t

  • 5i

\¡ 1 tutivos del delito ele prevaricato, por cuanto de una ¡:,arte, no lagr6 '1 1 c:tSmastrarse que la doctora Galeano Ortiz hubiem proferido, a sabif3!! 1' \ ¡, tfas,_ dacisión contraria a derecho y; da la otra, pr:Jrqua rd,ngÚn ele - )1 1' mantQ de juicio allegado al i.nf'onnativo haca suponer siQUiera qUé la :~ inculpada hubiera emitido, retardado o ~do un acto propio desus funciones par -~t!a. ;a ~los. acusadores-~ .truJi\~o )largas o por. aalquerem:1a hacia éste. • ~Menos aún puae1a he.blersa cie detenc1án erbitFeria en ~ zñn ·cta qua la situación jUJWc:a l1al capturadn fue c!af'initfa darltroda los términcs legalE!S por motivos sar1os y eartQionarm can pena 1 privativa ·de ·1a libertad. "Resta agrégar QUa~ la presunta partici¡:acián de la acu -- sada en al dalitó da éxtarsic1n sedeba euna simpletxmjetura dal da - - nunciante par el heCho c:ta Qua la jueZ se negó a c1evtllverle el dinero reténitto- ~- parta da la invasti~ón. •en casas suma,. apá:r'e(:iendo cfemóstrado en úncS qua loa hechos imputados no E5Cn canati.tutivos da inf'rac:cián panal y en otros, qua la 1n:crimina.da no lOs cometi6, farmso es, como lo h1m el ~ quo, as! de:clerarlo para cesar ~ento en ~u contra CQ%IlO lo prevea el art!culo 163 del C. da P. P¡, a ( ~ da ·1a .Corte fa. 4 ss.). Esta Sala nada tiene que agregar a ~ juiciosas C011$idara- . . - cienes del foti.nister:io Público colaboradOr porque sus apreci aei~

dá OJ"den lega y jurídico son exactas y también ·es exacta la a~ ción que en esos nlismós camJXJS hace de los hechos ccmprcbados en ei . inf'armativo. Q3 aJd qua~ y haga suya su argumentación severa y acartada• r..to ~ce, pues, par ninguan parte c¡ue la juáz acusadá ha ya ctm!Btitto hechos qua configuren delitos a la luz c:!e la leg1sla - ~ón panal. Viene a cOITObm'a'r lo antarior la. sigt.Jiente manif es~ - _., - 6 ... ¡1 ci6n contenida en el InfOl"'lle qua eon ~cha 19 de febrero de 19?1 pa s6 la Personer!a celsgada en lo Penal ~ lbaguá el Juez 59 ' da Ins - - fue trucci& Criminal, quien comisionado para acfelantar esta investi ~ ~ gat;ión: "De la copie~ dal ac:tada visita especial, qua Junto ccn otros dóéUinentos me· permito adjuntar, se é:tesprende SeñOr Juez, qua el ne:god.o qua CLa'SEl en el JutgadQ Tercero Penal Munieipal centreHECToR TRUJIU.O v~, ha sido, según cancepto da la Proeutádur!adá este Distrito Judiéial, ~nte llevadO, ya qua en la mencio nada acta no. se anota ninguna 1rregularicmd por parta del titulardal mentado despacho· Ora Elizabath Galeano ~. "Como su colaborador Fiscal, ~ que· can el acta

especial da vtsit a practicadá por la PrOcuradurÍa del lugar al nego cio seguido contra Trujillo Vargas, quien acúsa a la señorita Juez dentro c!el presente proceso, no eabe la .menor duda de que la c1 ta.da aJ.suno, funcionaria nQ há eometido ctalito por lo qua muy comedida ... m:ante me peraíito Solicitarle, salvo ~nejor criterio del qeñar Juaz, se digne enviár las presente$ . diligencias al funcionario cam1 tanta, l en esta Pélso el M. Magi..stracto Dr.· Vlla Calder6n, a fin da qua se le dé Bpli.cac1ón al STt. 18 áe la Ley 16 de 1.969, ref'onnátariO d e 1 át"t· 153 del ~o c:ta ~Penal" (fi. 21). 1 1 Sin lugar a o~ conSidaraeianes la Corte St.lprema -sale Pe nalo!do el ccneepto cal U1n1sterto Público y de~ con él, a,!! ~do Just:1ciá en rtambt'e da .la República y JJOl'" auto:ri~d d a ! ia ley, e o N .F l R M A el auto conSUltattQ, de la fecha y origen ya dichos, materia da la presenta providenCia. OSpiesa, notif'Íquese, devuélvase al Tribunal respsctiva. cGmplase.

LUlS ENRmtlE ROMERO SOTO MARIO ALARIO Ol Fll..IPPO

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Hl.JUBERTO BARRERA DOmNGUEZ

W: ' 1 J .i ') . . . ~ r , 1 ' i'l¡· 1 ~ \ : 11 :1 'J l !¡

J. EvenciQ Pot!ada V. ijr · 1 !.~ - Secretar1o - ¡,·. '1 1 ill'

: '1 1/:i ; .1¡'¡ '1, 1 1' j ·' ,¡¡ ; 1 ~ \ 1 -~-.

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