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CSJ - SP A.Luna(05-07-1972)4

Corte Suprema de Justicia

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Detalles

Título
CSJ - SP A.Luna(05-07-1972)4
Autor
Corte Suprema de Justicia
Categoría
Jurisprudencia
Área del derecho
Penal
Año
1972

CORTE stJPRElfA DE JUSTICIA

SALA PENAL

Aprobado: Acta N9 23, Junio 27/72.

(Magistrado Ponente: Or. Alvaro Luna G&nez) Bogotá, cinco de julio de mil novecientos setenta y dos. V 1 S T O S : Qmsulta• eslt Tór ibunal Superior ctel Distrito Judicial de Pasto . . ... ' ~ . - . su e,uto de 9 de tla un1 par medio dr;d eual ~ definiti-. Por tO aÍl.!! vamente ata favor da LUIS PABLO RÓSERO SE;RRALOE a el dall de ~ . ~ .. ~ ~ ... '- . - so da -autoridad investigado en e$te s~oA. La c;alictad da f\meianario pÚbllCO en el acusado. seencuentra·. establecida ·etm las prob8nzas da rigor; AcuerdO por el cual fUa n~ bracfo en interinidad para desempañar el ~ da Juez Promiscuo Te - ... . ~ ~ rrit~ da Santiago -PutUma.yó- (ns. 13 ~.) y Acta de posee16n - (n. 11 vto!). Para resolver, se ..c onsidera: La acusaci6n ~un$Jnental ·.Qua ~tro c:te las ~tes diUQe!! cias se ha .f ormuladO al Juez Rosero--consis~ .en_ qua ~ntro dal ·~ so penal iniciado COJ•~u Guillemo Monjoboy .. par presunto delito da violenCia camal, su at:tivi,.$d fue ~~ y ~eron nc:temQn..iSd ilc ,ó _!! -!

prendidas entre el 17 de noviemb:re da 1969· (fecha de lt:jl última .gencia practicacta. -por el Juez a~usa® en el sumario da mar:ras) y _el 23 de noviembre da 19'70, fecha en qua por l"aZQflSJ3 (te la reforma Jud! oial da 1959, el asunto fUá reparticm al Juaz Promiscuo ~cipal, da' Santifmol funCionario éste, qua por razonas da ~tenoia, orc!Sr\6pasarlo al Juez Pnlmiscuo del Circuito ·da Mocoa, quien al obeet"Vá1' - las demoras anotadas, dispuso pohar el hecho en canoclmiento da laSala Penal del Tribunal, can el fin da qua si se estimaba del caso, se dispusiera la correspandiénte 1nvestigac16n ~. lo qua así - - 2 - ~te se mwt&" (fl.. 30). Ce acuanfo cort su Fiscal 49, el Tribunal de pr1n:ara 1oatanc1a ~tó su auto stamatidD a ccnsulta en que J:BJ"a· el :1.? da no - ~ da lSS9 el Juit}adO .tarde. 461 nesQdos .e:n ~tad6n y Qtrcs en camSeián y W'\ solo empleadO subalterno: El Secretario, pr¡r locual no pwda a~ qua ha habictD cta su parta negllgencia culpa ble. en El -~ Público representarlo ésta ~- ~ . . ~ p0r el_Pracursdar Segundo t:sl~ en lo~ solicita. qua se revo

QUO la providencie· consul~cta para, en eu-1~ • . . proferir sobresei- ... . ~ mientO ~-carácter_ toen~.~r&l e:n favor cta1 acuSa4o. A ~ ef'ecto, ergy ~tsa "4;! i,nspet;d6n ~cial se refiere a qua en un lapso ~ más. ~ 10. mases sa prof1.riercn liS prQV1danc1aa. tts fondo, o sea unprcmatfio ~ da ~tro, qua 1m11ca un rentt1m1ento cfafic1enta que no ·.puada~ para Justif1.Cár la lerga inactividad da un praca-so- . irfati.ma la Pror:unlctuna ~da qw la 1nvestigac16n- . ' . ~ d:3f1cicnta ~ naeastlrlo, par_ajemplo, repstir la inspacclónJudicial para establece~" la 1~ del fVtc1cnar1o aamacb dumnte el . . 1aJ)SO ~· c::cm o~ no solemanta del iibl"o copiadar ~ e autos interloartarios sino taJ'$1én el da sentenci.aa, hac1.sndD d1sc:r1 ·m1nac16n da su ~turaleza, civil~ penal y leboial; anataéión da los autoQ da austenc1ac1án proferltms cte acuanto a las ~esa aran- , suales anstentes y número da diligencias ef'ectualfaa. Se obsarva, de otra parte, qua no ea recibieron las QclaraQ.ianes sobre ccndUCta e!, tattaa por. el sindicado ni se establec1ercn sus antacactantas penales

y pliciws. "En ~. anta loa ~ anotadas, c:ans1d:ara esteOespadlo qua no as el caso da proferir un aabressims.ento c:f9fii;\1Uvo - 3 .... i 1 ¡ l ¡::cm {U) existir prueba suf'ic1~ f;1l reapactó y par tanto, reapatuo semsnta se aolicita a la H. Corta SUPlema da Justicia ravccar la ~1a consultactl y, an su lugar, dicte!' SObreseimiento ~ ra1 en f'avor da Luis Pablq RassTo San"alc:fa a fin da qua ea. preat1 ~ ji quan la$ ~ ~ .para una_ Cfaci~ da f'CJtUtr (CUadernO - · $5 l.á Corte, 1?,e. _4 sgt.). Esta, Sala camparts las ~i.cnas y le conclusión a 1 a se cual llega su ·colatmnumr: NQ ha establecido, en realidad, cuál fue la ~aara 1abar ~da· en aquel lapso por e.l f\.Fnciona 1 J'io ecusado y, aquélla qw sa ha ~. no Juatifica f1Qr s! ~ ! :'•! , la la ti!adida adoptmta · por al Tri~ da ~ instancis. Por ta,a ta: ~ ~-cuantá lo~ y QUe no éJd.ate pruoba qu.e ~ ta proferir auto da llmnamiento a Juicio ni ~ da scbJ"esaim1e!! - to cia canb;teJo cfafinitivo, hebrá da revocarsa la providencia 50rl:!at1 . da a consulta a fin da qua como cóAseCuend.a del sebrese1m1ento1 '· ~ qua se impana, ee ·J"eabfa la invss~ y se. practiquen ~ las prueb.aa· preciáatfas por el Uinistario Público. Además, es impar- . tanta Q\S se aUagw·al infanmtivo un CERtlFlCAtO de la ·primera Cl!· \ taridad. polit1ai ds Santiaso ~. can el cual ea establezra 1' de ctaJtei9 exacta al ~ da ti~ durante el cual l.u1s Pablo Rg saro SSrralcta ej$rc16 las funcicnes c!a Juez Pr-o.mi~uo Ten-it orlal - ~ la misma loauidad (C.P.P. arts. 488 ss.). - ru.o lugar a otras cansidaracianes la lllrte suprema~~ nal-, otc:to el concepto t:el Uiniaterio Público y de acuento can él, Eldm1nistrandQ JU$tici.a en r~- ~ la Re~ca y por autor'ic:fad ~ la ley, RESUELVE: PRntmo: REVOrAR e1 auto cansultadó, da la facha y origen - . ¡-j ya dldlos y-, en su lugar, SOBRESEEA T~E Centro cta ~tas - J ¡· d111ganc1as en favor da LUIS PABLO RCSERO ~ par las ~ - - 4que a(lUi sa la formul..arcn c:amo ~ FTomisc;uo Te:rrita,rial cm· ~tie­ so ..futumayo-.

SEGUNDO: Par el ·ténDino cm • mases REASfESE esta 1nvasti9!! ae c16n. Durante él ~ ~ laS lll'WbaS indicadas sn lo ~

Uva da esta providenc1a; les QUS de él~s sur-Jan y las que eql1c1ten lae partes. C6ptese, nu~_f'Lquase, dawél~ a· la oficina da ortgan. C.~. pl.asa •.

ALVARO UJNA GtlttZ

LUlS CARI..OS PEREZ

JULIO RONCAU..O ACOSTA

J. Eveneio ·Posada v-

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