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CSJ - SP A.Luna(07-06-1979)2

Corte Suprema de Justicia

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Detalles

Título
CSJ - SP A.Luna(07-06-1979)2
Autor
Corte Suprema de Justicia
Categoría
Jurisprudencia
Área del derecho
Penal
Año
1979

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CORTE SUPREMA DE JUSTICIA SALA PENAL ApJ ·obado s Acta NO 43, Uop!bo 7 / 79 • ' .-. -·1

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  • ~"'"

(Uagiatrado Ponente: Dr. Alvaro una Gómoz) 1 Bogotá., siete de junio do mil novecientos eetenta y nueve, VISTOS: 01r1ma le C01 te el conflicto negativo de compatencias que se he suscitado entn el Juzgado 3D Penal Municipal de Tunja yel Ft·1ma•o PH:•miecuo de iguel cstegoda de Aranzazu (Caldas), en re laci6n con el de estas d1l1genciae seguidas centre J~ SE ALONSO RAMIREZ poi' el delito de abandono del hogar.

RESULTAADOS Y CONSIOE.RANOOS: 10) .- Loe esposes Jcsó Alonsc RodrÍguez y Mer!a UuRoz de RodrÍguez, según los términos de le denuncia follDIJleda p•r· • este última, hacia 1. ccntrajet'Ot1 matrimonio en Ara.nzazu, en elcual fueron pJ OU'Bedce 4 hijos; se radicaron pJ'1met'O en Uanizaleo y luego en le ciudad de Tunje, en le cual! mas de octubre de 1 .977, le abandonó. 20) .- El Juzgado 3D Penal llunicipel de le ciudad últi- - mamente nombl ads, dictó el con eepondionte auto de apo•·tur·a de le in n. voetigación ( 7).

En empliec16n de le denuncie llevada e término el

8 de julio de 1.978, le Uuf'loz de Ram!rez manifa:etó al Juzgado del ~

  • • . . . . . . . - - - - - - - - - - - - - - - - --- - --- -- - - - · - - - - - · - - - - - , . . .

,.------ • - 2 - • nocillliento qua al dÍa siguiente viajaría a Aranzazu (Caldas) , en donde iba e fijar su residencia, por• lo aoUcit6 del Juzgado "- el env!o de estas diligencies e loa Juzgados da Arenzazu, por ear e llí e dende me voy e vivir y edaméa ea 1111 puoblo natal, allí me r·a-a El a vivir ccn mis cuatr·o hijos" ( f'l. 20). dicat3ll) • - Lo entaior fue audici.anta pera qua por· auto da 29 da marzo del aRo avanza el Juzgado que venía conociendo delquaasunto expusiere que por treteráe de un delito permanente, le COI:IIJ!! tencia "puedo extendarse e loa sitios en donde vayan e vivir loa - - ti tulerea de ese derecho hasta la fecha conculcados pot" el aeflor JOpor competen BE ALONSO RAIIIREZ", En cOl'lsecuencie, dispuso el envío, cie, el Juzgado de Arenzazu ( f'l. 22) • r·e~~opectivo

  • • Replica a lo el Juez P1 lmeJ o Fiuuiscuo Municipal da Arenzazu en el sentido de que, heb16ndoae CCLIBtido le

inf'teccic5n denunciada en la ciudad de Tunja, ea el respectivo Juez de bte e quien ec0111pefle la competencia · da lea ·, tea diligencies ( f'la. 23 as.) • • - Tiene rez6n el funcionario citado.- 4~) ' En efacto1 Da acuer·do con lea drminoa da la denuncia, según ya se. reaal'l6, loa hachos metarielaa coostitutivos de la infrecc16n qua hEi

  • - en la ciudad Tun dado uutivo a oata inwatigac16n, se da ja, pcn que fue en ella en donde José Alonso Reft!Íraz abandon6 el hager que habÍa formado pon María Carina llufloz. se han prulongado en al· tiempo, en atenci6n e la denunciada penJiatancia en la ina Biatencia familiar debida. • - - - · - - - - - - -- - --- - - -

1 1 - 3 - ' Oiapcii'IS el inciso 111 del e.rt:!cu'lo del C6digo de Procedimiento Penal on su printWa prn·te1 "Los dalitoa contra le asistencia fi!IDiliar, de qua tratan loa cu t!culoa 40 y 41 de la ley • citada, se investigarán y por loa trámites seflaladoa en ~ este c6digo, y conocwán de ellos, en pdmera instancia, loa jue -. ese municipales de la residencia del titular del derecho al y, en esgunde, loa jueces del circuito eapactivo". 1 En meterla de fijar canpetenciaa, la diapoaici6n

acabada de tranau•ibir ea de meridiana cleridad y, so prataxto da consultar ventajar de equivad, no pueda desconocaJ•aa. All! se dice

  • - tajante y claremante que da esta clase de asuntos conocerán en pr! [ mere instancia, loa jueces municipales OE LA RESIDENCIA Of! TITU - • Entonces, i' do ecue1 do con lo dicho on le denuncie, le c01n.patancie radica, en este ceso, on al Juzgado 311 Penal Municipal do la ciwtad de Tunja.

En tal sentido habrá de dirimirsa el conflicto awgido y, se da•á aviso de lo que se dispondrá al Juzgado Plimero llunici. Pi OIAiacuo pal da Aranzezu. iPor lo expuesto la Corte Sujll ama da Justicia Se 'le Pa nal-, • DIAIUE el conflicto negativo da de que se ha hecho márito, en el sentido de declarar que el competente paza cOilC ce• estas diligencias ea el Juez Tw·caro Penal Uunicipal TUI'I-1 da da ja a quien se le enviarán, previ-o aviso do lo resuelto I'I'(Jiniacuo de igual categoría da Aranzezu (Caldea). C 6 p i e e e , n o t i f ! q u e a e , • - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - , - - - - - - - - - - - ...--- - - - - -- - -

  • • - 4 - - cúmpleso.

JESUS BERNAL PINZON

FABIO CALCERON BOTERO

DANTE L. FIORILLO PORRAS GUSTAVO GOMEZ VEI ASQUEZ

LUIS ENRIQUE ROMERO SOTO

ALVARO LUNA GOMEZ

JOSE MARIA va.ASCO GlJEJ'iRERO

PEMO B.IAS SERRANO ASAOIA

Albw to Moz·e Cogollos ¿ Socz-eterio - • • -

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