CSJ - SP A.Luna(09-11-1982)2
Corte Suprema de Justicia
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Detalles
- Título
- CSJ - SP A.Luna(09-11-1982)2
- Autor
- Corte Suprema de Justicia
- Categoría
- Jurisprudencia
- Área del derecho
- Penal
- Año
- 1982
REPUBLICA DE COLOMBIA
"
CORTE DE JUSTICIA
S~
SALA D.E CASAOIQN PENAL
(Mag1etrado Pon.ent~: Dr. Alvaro Luna G6mez) "y VtSTOSs ~ ~oide la Co~t~ si debe Sb~ir o no ~veet~gac16n dG ca-- c~Q"go ~octor riotel' p$ll&l a GaEGORIO VACCA PE!ULLA, ae en su calidad Mag1stra~ae la Sala Penal del Tribunal SUP! rior del Distrlto Judi~ de Tunja, de acuerdo con las manifestaciones hechas Segundo José Sáenz salas eaórito di po~ ~ rigido a esta OorpQ16n p~a oua-tent~ el recurso de apela ci6n que interpu,~a en orden a obtener la revocato~1a de do$ deten.~ autos de que tuex-on proferidos en su oonua, de obt,!_ ner la aoW!lulae16n de unas causas y de que se acogiera una so licitud de nulidad, medidas que bab!811 sido nesadaa por el T~! bunal. RESULTANDOS Y CORSil>ERANDOS s o Primero: La manifeetao16n de Sáenz Salas que d16 orig~n a estas dil1genc1ae, en que él dice haber allé eo~s1ste gado a un proceso "un Cassette en el oataba grabada unac~al conversación del recluso Gutiárre~, dando cuenta de algunas ~ REF'UBL~CA DE COLOMBIA fi r/1 8lanta a/ PÚ("/rcct 2
c1deno1as en su caso ju41o1al, de lo cual resultan hechos abso• ' lutament.e v1o1ator1os de la ley Penal, por parte del Magistrado Vacoa Perilla y el Juez Sexto Superior, qu1elles oegd.n Guti6rrez, el primero 1~ 1ns1nu6 el abogado.que dQbia nombl'IU' como defeí). sor; le prometió ayuda mediante au dir~cta intervencicSn para... con el.Juez, para lo cual le aoe~t6 alguna~ 1nv1taeiones a pi~ quet es poJ" pute de un hermano de Gut1éJTez, y Magistrado yJuez compartieron con ellos oom.Q ~ollos etc. etc; que les . fueron enviados. Estas conductas~a~an dentro de las óiro\úls t~oias p~ev1a~~B en los artic~s 1§6, 160, 1~8 1 179 d~l 06d! go Penal 1 que por e:xtrailae~\UI.Staneiae, no se, cuál la r~ seto a6n po:r la q\le no se ha o~do la oone.spóndiente investiga.--. oión al tenor de lo di en lofJI artículos 11 7 12 del O. "'"' de Pl'oce41.m1ento PeJlal, en concordancia con los 174 y ~tculos 175 del Código Pen@(tls. l 13~ .. ). ~ ª!e!d2:~ado jurs::1en~o, Sáenz a ;-ati:t1oaf;'se bajo ejfp.!! soa 0!U.a oan:i:feGtaciones están limitadas ~ contenido d~l
Casette q~e puse a di,apoa'1Q16n de lsa autori.dadee respe.Qtivas, j'¡ - . ]1 para los etectoe del art!eul.o 12 del C6ci1go <le Procedimiento Pe . 1 . ~ nal y siguiendo lon derroteros ae eata misma norma en la parte: eegl1Jl.da. En este caso sobre é13e paJ!'t1cUlar me ratifico bajo la~ gravedad del ~u:ramento que se. me eXige, sin tener. nada 'Oáa que agl"agar, corregir o emuendal!" •••• La feoh.a en que entregué eee o casaett me ea difícil reco-rdarla, eso hace ya cono dos a-nosaprox~~ac_ente. Lo entregué, me pare.cé que fue al l)r. G.regório ------=------------ ¡·;_·
REPUBLICA DE COLOMBIA i ~ lo
'i 11 '1 il 1 1 ! Vaca Perilla, .qU.1en era .Magistrado de Sala, en uno de los pro-. ·¡ ' c.e~Jos que e1guen en ta1 contra ~it-_ ~l !J."ibunal.0 Agrega que ext- ·. • .::~---: t.J'eg6 t~e Ul).a rep:-oduco19n, qUQ é:l ~1~ne el: ·original. 1 que })U!_ de facilitarut1a eopia, deJándose ·C1>nstanc1a, de· -que en próxima·. - dillgencia de nueva ampliación la traerá para S$Cai" nuen H--·
1 .p:tóclucc16n de ella. Qu:e Jlo ee .acuerda del n,otnbre· del reclusoOutiérreB qtUEm debe encontrarse po.r los .lados ele Ga:ragós. .Qu.e 1] L ¡: como aqué-l. l.e dijera que el ·aboga~ue_ tenia no le: eervta pa ~ ~a nada y le pidiera le recomen~ uno, 61; Sát)nz. le .J"~C'Qm~&. 1 [1 d6 al d~ctor Jos6 Joaquin Mo}t~otta,! hoy ya muerto, ttpe~o - ;¡ 1' l que si l~ q~~daba. .fác.il en~~arse con ~.1 ·enton~s ME,lgiatr! ~ do Vaca P.erllla·; le cone~ara si pod.rl.a oe~ él Dr. Joaqu!n &1!, , ,, ,1 :¡ tta Mot"a el apoderado@ s~ a qué dUi8enc1a v.ino -~l proces_! l¡ do Gut1énez aqui a !Hmja, lo ci.orto es ·que allá en El BarneUte d1j.o qtte babia e~aa4o con el entoncea Magistrado Vaooa-. .Perilla y que ha~ convenido lo defendiera, me parece que un j! Rui~da. Dr. Ja1me Que le hab1an dicho que él"tUl oompad;t"E:)a - i, - 1' con el Magistrado. Gutiérre.$, como se desprende del cas~tt, ha r1 ': o!a p~blieas manifestaciones en ~l Barne de que le ha~!a hechó algunas atenciones por conducto d:e un hermano de él al. fi[agis--
trt;ldo Vaoca Perilla, agasa~os de los cuales había hecho parte- '· 1 \. el Juez .. que oonocia éle su oaeo. L.o demás es lo .q\le obra en el~ ,. - ' oasset. ••• Ese Cassett lQ gravaron (sic) los detenidos N. 'Chu ! cho • , otro d. e apellido Li~ares y Qt:tos·, po:rque como Gutié~:z;
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·' D andaba pregonando ol1 sugestión cpn los tunQionar1oe, a ellóe - 1 lo l lee pareció- curiosa la cuesti6n y gravaron (sic) es·o y se di~ 1 j~ ron a la tarea de gravar1e (sie) la conversación, •••• los qU9 l.o gravaron (sic) no eran Boyacenses 1 quien babl.aba era un tn.! lJ ! /: 1' ¡· - ¡.'· --.;;;;o,----===-=====-==-=--=----===--=====;;;;;¡;¡¡¡¡¡---====---=-=·-==-=-===~~-- _;J~ i REPUBL.ICA DE COLOMBIA ¡ i] !Jliama cfiR".1dlcrúvuz/ 1¡ l! l! - 4 - 1! ll<U:Tanqu1:tla, de quien no recuerqo el que cba~ho d~ nomb~en; ~ ' con ellos en defenoa de laá tr~b6 dieouQ~ón auto~ida~es ~ud1o1~ les de Boyaoá, nentonoee eQe tipo de SarraQquilla, ese recluso,
r me <l$..3o~ oiga para que se dt§ cue.nta Q6rno bace;l Just1oi,a s~.s P8! sanos, 1 me d1jo le regalamos eso p~a que se 4é ou.enta ; tllé r,2 galaron el Qa~ett •.P B.EGtJ.llTAOO: En definitiva todas sus .a1nd1ca 1 c1ones se basan en .lo que d1ee el oaesette.? CON!!s!Q; "Y.Q no - ¡· he. ~ecl;lo n1il.gun8 s1ncl1oac16n, nt ~ago ni la haré t ~implémen~ l. 1 te dentro de ~s Qo~oci~entos c~4ér~ qu~ de prQnto esos he 1 1 ! chos podna (sic) dirimir Ul1a ~a conducta y en ouo.plimie.nto ... d~ se8und~~e lo normado ·en la dél aFticulo .12 del Q6d1go de Proo~4Uliento Pe.n.al, lo p~ en conoc1Ddento d~ autoridad comp.! n.@ tent e. ~ •• PREGUNTADO U4., dónde sé encuentran aotú.e.lmente· y cuáles son .loa nolnbres de los réclusos ObU.cho y Liti:at'és? cow .... ~EST.01 "Ellos fuer~raeladados, Péro no s6 a qú6 sitio. Loe • nomb.rea in· los s~Jto podría ave~iguar loe nolilbree. p~a q.ue • l~reoc16n tu~ron pol! me41o de del penal., sepan a 46nde tras
ladados, lo q"lie puede oer para la pJ'Óx1taa diligencia que se ha eeflaladoft (fls. 47 sgtes.}. - l.a siguiente diligencia, ae oy6, 1 se tomó la copia de la clnta fonográfica en a.tra. t, a continu.ao~6n• 0 l'REGUN l', p Dfga :Ud., los nombres de· las personas que intervienen en ~ADO: 1·. r la convcrsació.h que acabamos de eocuchar? CONTES~O: No sé qU.iq·"!" Í! t nes hayan intervenido en la gravac16n ( sJ.o) de ese Caasett, ni " en qu~ momento l.o ha.r!an. Yo ló obtuve de canQa de li1l recluso Eugenio uaturana. De Gutiérrez no le s6 el nombre, y. ;para esa ~· {sic} yo no tuve nada que ver absolutamente, ningunagravaci6~ i intervención". PREGUNTADO: Diga Ud., si obtuvo loa nombres y-- 1' ¡· REPUBL!CA DE COLOMBIA opell1dos dé los reclusos •Ch'lQho' 1 Linares. de qUi.enes h1zo•• . roferencia 1-a ve'z pas·ada? CONtfBSTO: 0 ln.los hablaban mal d.é láé• - autoridades· judiciales de !unja, pel"' no puae cousegu!r ios nom -· brea. pero.no sé por qué deí1toa entaban recluidos, n1 por cuen ta de· qu6 autoridades" • Bl dicho Caaeett se anélta a laa -prese!1tcs dil1geno1aa" (tl. 54). De las expoaioionas anterio~ee da Sáa.nz Salaé· oonviené -·- '-v . . des~aoars Qu.e ellas ttest~tadas. al. co~tenido del Oa• setttt al cual. aeha hecho r.efe~o1a, por lo cual s~ ratifiéa.- oi.rc~bé, q~>e agr~ ci6n ;jurada a "llo la ns1il tener liada lllás gar, coPi"egir o enméndar11~ue no entregó au original, sino qu' oSa; tacilit6· copias de la que eegún Sáenz, esa cinta magnat,2_ fónica contiene "'una converoac16n del recluso Gut14rrez. 4anda cuenta de algunas @.deneiaa en su caso judJ.ci.al'-, para_· decil" adelante que' no ~ qu14nés intervinie1'0n en l.a grabac16n; que ~ aver~ no se acueTda noubre de Cuti6'rrez nl se preocup6 pol.'" guarlo, couo l.o hnbia pr.ometido, ootno tampoco cumplió con sud nietrar ·los nomb~ee de loa·~eolusos ~Chuchow 1 Linares quienes dizque habian grabado el caesett qué de aégunda mano llegó alas slqaa; para despu6s afil'ina.r que ena cinta l.a grab6 un mucb! cho o un tipo de Barranquil1a que también estaba preao y quián• fue, aogún 61.- el que selo regaló. Pel"ó en la si.gu1ente atl1gcno1a oam~ia de ~e~~iQh 1 afirma que el caesett~ ~o obtuvo uae ::m1os de un rec·luso Eugenio Maturanau 1 es enfático én. maniteá tar qua él nada t\JVO que ver en esa graba.c16n ;¡ que no aabe· - ·- -· ___ , ___: _ _ ....:._.-_. ......· · . .. ~--··--~~-
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6 1 -¡ qui~nea hayan inte"enido en ella n_1 en qué tpomente> la harian. debe destaQarge lo que cuan Finalmen~e en~á~ioamen~e m~fie~ta do se trató d~ cono~etarlo: To no be hecho ninguna s~dioac16n, n1 la hago ni la harán. Las breves preq1eior,.es anteriol"es l.le.van a quitar en alto grado o:-e41lP.,lida6 a las p~eauntaa aouaao1.onee fotm.ul.a.das con ~ra el Magistrado Vaoca Perilla. Do ha¡ pt-eoia16n ~Unguna ea .._ por~ont¡-~o, las expoeic1onea de Sáerus y, claramente tltmi.. m t1eata que no ha formulado ~1:;i. ni torm.ular' ninguna e'in• d.1caQ~6n.. ~ <.z..... ..... :Oe otra parte, eÚ1nta magnetofónica constituya un an6nino • puesto que no s~ conoce su Vé.rdadero a~tor. se dice que en 61 habla un~ Gutiénez, peX'o éste no ha ~ido poaibl~ -~
identificarlo y presunto interlocutor. no se tiene la ~SU.· me~ no~ idea. Lue~ée que no sabe quienes ihtervin1eron en él. Tratándose de un an6nimo es preciso tener en cuenta la .-... proh1bic16n es~.al)leQi<la pQr el. at"t!culo 156 del est.atuto. . procesal J)enal: nNo es permitido agregar al expediente eao~itos ~· an6n1mos ni hacer de ello3 algdn ueo procesal, salvo que const1 tuyan elemc;mto tnaterial de una 1nfr,acc16n o que flmdadame.nte se p atr1buyan al l)Toce.sado~. t. Sob~e el particular debe recordarse qua las grab~cioneamagnetofónicas son doouméntos (C.P.c. art. 251) y que si - :i r, .·.:• .. -----·--··- . f l, h 1., ¡1'',
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i : '1: !¡i '·i l l.l 1 f·. - 7 - ·¡:[•¡ ., '1 1' ,f! ¡ ·¡ b~éli la que ae presentó no e~a escrita, toma el carióter que aé í ~ 1 ;, aoaba de !ndicar. ¡i ·¡;j i . Se repite, se trata de un en6nimo que por no const1tuírelemento material de una 1nfi"aooi6n y por· no atribui:~;ee en &!Sllera algU:h.a a.l acusado, no puede tenerse en cuenta.
Y coco el acusa4or Sáen$ se én sus qargoe a - ~e~t~6 a~~ y como al 1nterrogáraele; i:t8!11ente para quo los pll'eCi• sara éxpusot ttyo no he heohQ n. aind1cac16n; ni la hago ni• oiéN~Ba q~Q la har¿n · (fl. 49), bay f"undamento a.lgi.Ulo sóbré el p~e~ ~~s1b111da4 1nVéot1g.ac1~n- cual eatruQtur&ree de abrir P~nal a cargo d~l doctOegorio Vacca Pc~illa, por ~z6t1 deloa hechos contemplados dentro de estas dil.1genci.ae. Rn conse-- ctJencia. ae d1ctf;lJ'0 auto inhibit o~1ó de qué trata él at•t:!ou~<) 320 del C6digo d~ocedimiento Pe~al. ~ lo expuesto la OoTte Suprétna de Justic!a ,Penal;-• io~ ~nala SE de abrir. 1nvestigac16:n penal a oargo del. doe ADSTl~ tor GR'BGORIO VACOA P.EBlLLA ;>or raz6n <le las ~f'eataQ1ones he L chas· en su pol:' Joeé Sáenz Galas. con~ra Seg-~do le r· ,u¡ l
~O.PIBSS, D(Y.t'IFIQUES.E y A.RORIVEIJSE LAS DlLIGENC'IAS.
DANTE L. FIORILLO PORRAS. LUlS "EmUQUE ALDAnA ROZO
FABIO CALDERON BO'l?ERO GUSTAVO COro:EZ VELASQUEZ
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~/'i:f.¿Ú"Ú·/uE/ /Jla.ma 8
ALVARO LUNA OOHEZ
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PEDRO ELlAS SERMNO ABADIA DARIQ VEtASQUEZ GA VlRIA
Luoas Quevecl.o D~az· secretario 'v ........_"'?: G ~ ......... o