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CSJ - SP A.Luna(10-05-1972)

Corte Suprema de Justicia

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Detalles

Título
CSJ - SP A.Luna(10-05-1972)
Autor
Corte Suprema de Justicia
Categoría
Jurisprudencia
Área del derecho
Penal
Año
1972

cxmTE SUPREMA DE JUSTICIA

SALA OE C\SACION ~ Aprobado: Acto N9 15, ~yo 10/72 Bogo~,, die~ de mt3.YO da mil novecientos setenta y dos.

VISTOS: El sentenciadO tvAl TER DE JE'SUS ESTRADA ACEVEQO solicita baí;taYicio de liberta~ por tiempo cumplido. - Corrido el traslado efe rigor, al Procu-rador Segundó Oa

,. . ·- legado en 'lo Penal ~s1.dera qua pueda éaucedersa porque ctél CQnd8nado Estradá ha par.munecido en datencién preventiva más de vainticinCo meses lapso Que supera el qua se le señaló almO pena priVátl~ V{i de la libertad en la sentencia condenatoria recurrlda".

Consideraciones de la Sala: Por :senfencia tts 29de mayo de 1971 al Juzgado Penaldal C1rcu1 to de · RoldQnUlo condenÓ a valt er de Jesús !:strada Acave do a l!J pene principol dl;l 25 ~ne;ses dé prisiÓn, a más da las acceso ¡: rias cfa rigor, ccmo resporisable del delito de violenc~ camal "en ' perJuicio da la menor da 9 eñesde edad, GLORIA EBTHEL.A l.ASPRil.IJ\" ;;

(fls. 109 as.).- El Tribunal Superior del Distrito JutHd.al de Bu 1· !¡ ga, pa..- la suya de 16 de agoáto dal mismo año la confirmó en todas ) sus partas ( fl.s. 129 ss.) ~- El 'Pf'OCSSO se -encuentra actualmente en

' -tramitaci&l. en la Corta, psra decidir acarea del recurso extra.or ' dirtarlo de casocicSn interpuesta pói" el F1seol Segundo del Tribunal 1r, il antes mencionado contra la provideneU1 da segunda instancia.

POr estas diligencias E: strada Acevedo fue capturado el 19 de abrU da 19i0 {fl. 3). El dÍa 8 de los mismos mas y año se le

1 J ---·-- ... ---~ - ____ _::._....:__,.,,.:._: ____ ~-- - 2dict6 el correspondiente auto da detención ( fl.s. 9 sgt.). Desde la fecha de su captura se encuentra detenido de manera continua. Ello quiere decir que para la de esta providencia ha estado privado da su libertad, por razGn del delito por el cual fue condenado, u n lapso de veinticinco (25) meses diez (10) dÍas, superior al (JUe le fue impuesto como pena prlv ativ a da la libartad. De donde s e concluye qua deba ser ps.t?Sto en libertad provisional da acuerdo con lo dispuesto en el númaro 6 del art!culo 453 dal Código de Procad1mien~o Pettal.. La fianza, (tUS sará de naturaleza prendarlo o persana1 se fija en 1a' suma efe cincuenta pesos (Oso.oo). Paré q u e se sienta al Acta respectiva y, en su oportunidad legal se libre la cg rrespondiente boleta de e~laci5n, se camisionanÍ al Juez Penal s:a

c:tel Circuito de RoldanUlo, en. cuya ch-cal encuentra actualmente detenido el sentenciado. - Sin lugar a otras consic:ieraciones la Corte Suprema -sa la Penal., oído el concepto del Procurador Segundo D3legado en 1 o Penal y de a.cuardo con él, administrando justicia en nombre de la · Rept1blica y por ~utorldad de la ley, DECRETA LA LIBE;RTAO PROVIStONAL, bajo fianza prencf.arl.a o personal de cincuenta pesos ($50.oo) , del sentenciado \1Al~ OE JESUS ESTAAOA ACEVEOO, condenado qua fue por el dellt o de violencia camal en la menor Gloria Esthella lasprilla. COMISIONASE al Juez Penal del Circuito de Roldanillo para qua extienda la respectiva di..Ugencia da cauciÓn Y• una vez hecho. lo aritarior, expida la boleta dorrespondienta. Se 11br'ar&l ios despachos del caso. Luego, Vl,lSlva el expediente Q lo Secretarla de estaCorporaci~n paro el integro cumplimiento de lo dispuesto en autode ? da abril dal corriente año. C6pieE}e, notif!quese,cu!!

~-

  • 3plose.

LUIS ENRIQUE ROUERO SOTO MARIO ALAAIO OI Fll..IPPO

ALVARO LUNA ~

LUIS EDUARDO MESA VEl.;.SQuEZ

JULIO RONCALLO ACOSTA JCEE MARIA VELASCO GUERRERO

J. Evencio Posada V. - Secretorio -

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