CSJ - SP A.Luna(13-11-1971)2
Corte Suprema de Justicia
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Detalles
- Título
- CSJ - SP A.Luna(13-11-1971)2
- Autor
- Corte Suprema de Justicia
- Categoría
- Jurisprudencia
- Área del derecho
- Penal
- Año
- 1971
CORTE SUPREMA OE JUStiCIA
SALA PENAL Aprobado' Acta NO 44, Nov. 13 de 19?1 (l'..~gistrado Ponente: Or. Alvaro Luna G.Smaz) Bogotá, trece de noviembre de mil novecientos tietenta y uno. --
V I S T O S : - Por auto da 4 da septiembre dol presente año el Tribu nal Superior del Distrito Judicial de Villavicencio dentro del ne- - gOQio disciplinario seguidO e:r-Cargo del abogado JOSE A. RAM!REZ PA ARA, decla~ prescrita la acci~n correspondisnte y orden6 la cesa citSn da procedimiento.
Para resolver se considera: 016 origen a asta investigaci6n las manifestaciones que durante audiencia pÚblica, celebrada el 26 d9 junio de 1.969 en el Juzgado Segundo Superior de Villavieeneio hieiera el ~- eaao Ricardo Reyes Plata en al eontido dr;l que su antiguo apodar. a..
Parro, dop el abogado Josó A., Ram!rez simulté1neamante hab.!a aten-. dicto interesas encontrados Ql. defenderlo a· ~1 y también a la con traparteo Todo esto con anterioridad a l" a fecha de sus manifestae cienes. En esta segunda inatancia e~ Ministerio PGblico, pa ra conclufr solicitando la confirmaci&n da la providencia consul tada razona c±J lo siguiente manera.; 0 "Es evicbnte qua los hechos atribu!doa al docter Joaé3 A. Rem!rez Parro como constitutivos de faltos a la éti. ..
ca profesional tuvieron ocurrencia con anterioridad o la vigenL 1 - 2 ... cia del Decreto 196 de 1971, pero fue falladQ bajo el imperio del estatuto citado, Por la "poca da la conducta acusada se hallabavigente la Ley 69 de 1945 operando la prescripci6n de la accitSnde acuerdÓ con el término se~lado por el art!culo llS del e, P., es decir un afio • ./ "Pero aún dando aplicaciGn al art!eulo 88del Decreto 196 citadO y aceptando que la iniciación del proceso intel'TUt11p16 la prescripc:icln, desda el 14 de julio da 1969 fecha 11 en que se ardan~ dar traslado al' fiscal y al acusado • ha transcu ni.do un tiemiJ!) su~or, a doa años, previsto en el artfculo antes mencionado. "ES l:lSi"'binente finalizar la actuac16n conc. aplicacitSn dol art!culo 163 del de P • P. pór autorizaciSn con tenida en el art!culo 90 del Decreto 196 de 1971" ( fl. 4 Cuader 0 no de la Corte). La Corte hace suya la argumentaci~n anterior par en conttar que se ajusta a la aplicac16n da las normas legales, a la realidad contemplada en los hachos. tn conse~cia0 hab~ de confirmar el fallo sometido a consulta;. como lo solicite su cola• borador. Sin lugar a· más considaraciones,d la Corte Suprema -sala Penaladministrando justicia en nombre de la Rep6blice y
por autoridad de la ley, e O N F I R M A al auto conault adO, de la fecha y origen ya dichos, materia de -esta providencia. Ctlpiesa, notif!ctueee, devuélvase al respectivos Tribunal.
JOS!;: PI.ARIA VELASCO GUERRERO ~~RlO ALARIO DI FILIPPO
HUMBERTO BARRERA ornJJINGUEZ ALVARO LUNA Gm.1EZ ....
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LUIS EOUAROO MESA VEL.ASQUEZ LUIS CAAL.OS PEREi
LUIS ENRmtJE ROMERO SOTO JULIO f!ONCAU,.O ACOSTA
./ J. tivencio Pasada V , - Secretar!.Q -