CSJ - SP A.Luna(13-11-1971)5
Corte Suprema de Justicia
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Detalles
- Título
- CSJ - SP A.Luna(13-11-1971)5
- Autor
- Corte Suprema de Justicia
- Categoría
- Jurisprudencia
- Área del derecho
- Penal
- Año
- 1971
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA
SAL.A PENAL Aprobado: Acta N9 44 Nov. 13 de 1971
1 (Magistrado Ponente: Or. Alvaro Luna Gómez) Bogotá, trece de noviembre de mil novecientos setenta y uno.
VISTOS$.
ConsUlta el Trib~ Superior del Distrito Judicial ..., de Bogotá su auto de 9 de septiembre del año en curso • por medio ~ ' ' . del cual "SOBRESEE OEFlNITIVAMENTE a Humberto Rosas Oscrio, •••• por los cargos que se le forrtJfularon en el presente informativo". La calidad da funcionario pÚIJ11co en Rosas Osario o se estableció con las siguientes piezas: Por Decreto número 2 de 1.965 -19 de septiemb~f fue designado Secretario del JuzgadoQuince Penal Municipal de Bogotá, cargo. del cual tcm6 posesiónen saa misma fecha (fl. 39) certificado expedido por su Supe0 - rior, según el cual ejerció esas funciones desde su posesión has . ' ta el 23 da abril de 1.968 "en la cual se le declaró inoubais0 tanta" ( fl, 41). Al folio 32 obra una constancia expedida por ol Oira~tor del Oapartamento Administrativo de Personal del Distri to Especial con la cual so acredita que el sindicado Hurnberto Rg aas Osario fuo Encargado, como Juez, dal Juzgado 15 Penal ~unic,! pal de Bogotá, por 18 dÍas a partir del 16 da febrero de l. 967 y por otros 18 d!ao a partir dol 5 de septiembre de ese mismo año.
Para resolver se considera: 0.
Primara: Por el abogado ftp.arco A. Guzmán Botero, - - 2 - - dos cargos fueron formulados contra Humberto Rosas Osorio • por hechoa inherentes al ejercicio de sus funciones da Juez lB Penal Mu n1c1pal. de Bogotá, a saber: a) Luis Zalctaa Páez se encontraba depor tenido im~sele la comisión de.un delito contra la propie dad. Su apoderado lo era el ahora denunciante Guzmán, quien mani fiesta que éi --~uez Rosas mand6 un propio a la CE1rcel en dondeestaba Zaldúa.. para que mediante pago de determinada cantidad d e _ dinero, diera poder a otm. abogado para ealir l1bre como efecti0 vamente ~; y -b) Qua después de indagatoriado ZaldÚa "ea de jaron pasar los ;~inca· dÍas éie léy para resolverle (sic) sin ha0 berlo hecho as!n.
Segundo: 1.- Encuanto hace relación al primar car go,. cabe destacar que en~su segunda exposición Zalctúa viene a ~ tal" toda fuerza incrimin~toria a su _primare aeusac16n qua lanzara contra el Juez Rosas • ya que dice que sin saber qué d1 forenciashabía tenido su abogado en el Juzgado, varios compañeros de cárcal le recomsndaron el nombre del profesional Benigno Al turo, con quien se vió una sola vez en la cárccal, pactaron honorarios y lefirméi el poder. Que al d!a siguiente o a los das ct1aa sali6 en 11
bertad. De lo anterior concluye el Procurador Segundo Delegado en lo Penal qua en estas condiciones "lo procedente era, ccmQ lo hi zo al a qua, oxonerarlo de toda respanaab1lidad por resultar cla ramente demostrada su inocencia en lo que ·haca al dalit o de concuaión incriminado" ya QUe, además, todo lo basé Zaldáa en "simplea conjeturas o aupoaicionea sin ningún respaldQ serio en e 1 proceso". La Corte, pOr encontrar acertado tal razonamiento • pro csdorá on consecuencia. 2.- Oatonci6n arbitraria: Solicita el Ministerio Público que con re laciÓn a aste cargo el ax-Juaa Rosas sea aobrese!do temporalmantE\ puesto que .,nada se hizo para investigar la indsbida prolongaci.Sn da la detención dal capturado (artículo 43 dsl Oocroto 1358 _____________________ [ ..• ... 3c. da 1964, hoy 43? del da P. P.), ya que ni siquiera por este á,! pacto ae interrog6 al sindicado". Se tratarla de una aegunda pro victsncia de esa naturaleza (Cfr. c.P.P. art. 495). < - Tiene re%&! el colaborador: surge en autos dé acuer , 0 -. 'l do con las constancias procesales• la posible comisión de un delito de det~ón arbitraria, por la circunstancia por anotada en su COncepto. Y como aob.-e ese paricular nada se investigó, ea hace necéearlo el ·que por e. ~ cargo el sobreseimiento sea de ca -
. rácter temporal,;; a fin de c¡Ue a~ toman las mecfidáa legales perti _nentea. En euanto a otró Cargo relacionado con el mismo Hum- ' . . . berta Ro~a Osbrio, .que 'ocupÓ al Tribunal en su providancia ahora áomstida a consulta cabe destacar eon el Procurador que cama é 0 0 Uos se fLindamenton en una aetuacián suya como Secretario y no c.2 mo Juez, éllo "escapa al conocimiento del Tribunal Superior porrazonas da fuero, máxima cuando esos hechos no guardan relacióno conexidad con los cargos ac:¡u! investigadOs"~ En razón d8 lo expuesto, la Corté Suprema ~ala Pa naladministrando justicia en nombre ~ la RepÚblica y por auto ridad de la ley, RESUELVE MODIFICAR la tJrOVidencia consultada, da la fecha yorigen ya d1choo en el eentido da CONFIRMARLA en cuanto sobrese 1 yó dsfinitivamsnte on favor dol ex-Juez Humberto Rosea Osario por el delito da concusión de que fue acusado; y en el da SOBRESEERTeAPORALMENTE en favor del mismo pOr el de detención arbitraria, del cual tambi~n fue sindicado, para que se investigue. - C ó p 1 e s e, n o t 1 f í q u e s e devuel 0 - 4v a s e. C ú m p 1 a se.
JOSE MARIA VEL.ASCO GUERRERO MARIO ALARIO DI FILIPPO
HUMBER.TO BARRERA OOMINGUEZ ALVARO LUFJR GOMEZ
LUIS EDUARDO MESA VELASQUEZ LUIS CARLOS PEAEZ
LUIS ENRIQUE ROMERO SOTO JULIO RONCALLO ACOSTA
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