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CSJ - SP A.Luna(14-03-1972)2

Corte Suprema de Justicia

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Detalles

Título
CSJ - SP A.Luna(14-03-1972)2
Autor
Corte Suprema de Justicia
Categoría
Jurisprudencia
Área del derecho
Penal
Año
1972

= :;¡¡:;¿ -- " .. - •- :s::::.cCORTE SUPREMA DE Jl5TICIA

SALA PENAL Aprobado: Acta NOS, Marzo 14 da 1972

(Magistrado Penante: Dr. Alvaro Luna Gómaz) Bngotá, cat orca da marzo da mil novecientos setenta y dos. . , VISTOSl Con oficio número 101 la Oficina Jurídica del Uinisterio da Justicia envió a esta Sala da la Corte la petición del Juez Prill!2 ro SupariOll' de Palmi.ra sobre cambio da radicación del proceso q u e cursa en dicho Juzgado contra ALUDID MINA CAICEDO ·po,r hómi~idio a n Rembarto ~o Carrwo.

Se considera: El Juez ya dicho fUndamenta su petición en la peligrosi ~. dad del sindicado, en qua debido a ella su vida corría peligro en la

~1 Penit enciar!a da Palmira, por lo cual tuvo qua ser trasladado a 1 a de Calarcá y en qua en tales condiciones se dif'iculta realizar en la sade dé su Despacho la audiencia pÚblica, con intervención da jurado, qua es la próxima actuación procasal. Oa acuerdo con al artículo 44 del Código ·da Procedimien to Penal DEn cualquier astado del proceso, antes de pronunciarse s~ tencia da segunda instancia, podrá al Gobierno, da acuerdo con la S!! la penal de la Corta Suprema de Justicia, disponer qua loa sindicados o PfOcesados por delitos da competencia de loa Tribunales Superiores, loa jueces supariorea, da circuito, da Distrito Penal Aduan!!

ro o municipales, sean juzgados en otro Distrito. Esta medida será tomada por el Gobierno, da oficio o e solicitud da parte, cuando lo ) 1> ~time conveniente fpare la recta administn~ción da justicia, después de averiQ-uar por los medios qua crea conducentes los motivos d e 1 ------:. -- - 2lli i1! ~ 1 J·. ij ' traslado". :1 i "A términos da la disposición transcr1t a -ha dicho esta Sala en auto da 24 de enero del año en curso-, la iniciativalt para el cambio da radicación la tienen el Gobierno y las partes. la expresión "partes", usada en el artículo 44 y en otras muchas normas del estatuto procesal, hace referencia tan sólo a las 12parsonas que intervienen en el proceso panal" compt'Sitdidas en el Titulo ni del Ubro I del Código da Procedimiento Penal, o sea al Minieterio Público, al procesado, a los apoderadoS y def'ensores y a 1 a parte civil•.

Ahora bien: en el caso soraatido a estudio y en cuantohace relación a la personería y a los requisitos para solicitar el cambio de radicación, se tiene: El Gobierno, oficiosamente, no hatomado la iniciativa para adoptar la medida en cuestión, por locual, resulte obvio, que tampoco ha veri ~ icado averiguaciones ni~ nas conducentes a establecer la conveniencia del citado cambio d e radiCación. Ha sido el Juez Primero Superior de Palmira, en cuyoOaspacho se ventile la causa, quien ha formulado la petición. Pero

1 ocurre, como ya se anotó con fundamento en 1a disptlsición procesal transcrita, qua esta iniciativa corresporida al Gobierno o a las ~ ,- tes; mas como élla no está señalada a los jueces, puesto qua éstos no son partes intervinientes en al proceso penal, s!guesa qua en al caso qua ~ viene estudiando la Corte, por ahora, debe abstenarse da emitir el concepto que la ha sido solicitado. Por virtud de lo expuesto, la Corte Suprema -5ala Pe nal-, SE ABSTIENE, por ahora, de conceptuar da fondo acarea de la petición del Juez Primero Superior da Palmira respecto del cambio de radicación dal proceso seguido a cargo de Aludid Mina Caicedopor el delito da homicidio en Remberto Porto Carrero. Cópiese y devuélvanse las diligencias a la Q , '~ -~ '' . \ - 3Ticina Jurídica del Ministerio de Justicia. Cúmplase.

LUIS ENRIQUE ROMERO SOTO fJARIO ALARIO DI FILIPPO

ALVARO LUNA GOOEZ

LUIS EDUARDO YESA VELASQUEZ LUIS CARlOS PEREZ

JULIO RONCALLO ACOSTA JOSE MARIA VB.ASCO GUERRERO

J. Evaneio Posada V. - Secratario -

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