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CSJ - SP A.Luna(18-02-1983)

Corte Suprema de Justicia

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Detalles

Título
CSJ - SP A.Luna(18-02-1983)
Autor
Corte Suprema de Justicia
Categoría
Jurisprudencia
Área del derecho
Penal
Año
1983
  • ' I ' . - - . ...... - - --..- . . _- .~

" ' '_ ¡ - • .• _~, ._ o·'" -. . , , •

  • ..

• • REPUBLICA DE COLOMBIA , • o ,/. . ./ •I jet »ocr a, tL/'t 0/2- , • ,

  • ,

, , ,

• CORTE SUPREMA DE JUSTICIA •

• I • ¡

SALA DE CASACION PENAL ·

·, • , •, • • • I ,

  • • e pro a o A t a o -_._.;_, • A b d N

___.1i,Wª__,.,.- • • .. Magistrado ponen·te: Dr. ALVARO LUNA GOMEZ

• . • I • • • • , . , . Bogot6, di~iocho febteró d!3~l ncveelen1;;oe 'I(::herita y t.1 ) de ea, , • 1, , , • I _ _ •

, , •

  • , i

V 1 S T O S : ,

. 1 _ I , , ,

  • "

, I f , ~~lt] , '" " , i i

  • • de octubre último el Tribunal Por . •, •

I ,

  • ,
  • • , Superior de Cal; en Sala de Detisi6n mayorit~ria, llamó a reS-

- '. • , . . ponder en juicio crimi'n'al por el delito de Falsedad en Documen

  • tos al , Ex-JueZ S gu do Penal Municipal de Palmira y ó~den6 la=
  • · en favor del mismo doctor JOSE JOA-- cesación de

_ • el. del to de Pecul ado por uso ; ndebi . ' i

QUIN CAICEO R ·TREPO por

  • . do por prescripci6n de la acci6n penal. Esta Qltima medi.da se

  • . hizo ~xtensiva al doctor ALVARO CAIC~OO ARANA quien sucedió al • .primero en el cargo. , r

, • • • • • El Señor Procura~or Primer9 Delegado en • 10 f' '_ ~. _ Per.al solicita de la Sala impartir confirma·ción al auto recu-- rrido por el Defensor d•el procesado CAICEDO RESTREPO~ , , • _ , • , . ·1111-..... 0 ... ,",.' ••. 1.- ~ ~.",","__" l'

  • • • e o

H E' H S :

, , • . Se hallan sintetizados dentro del proceso de

.. FONDO ROTATORIO DEL MINISTERIO OC: JUSTiCIA

• , • • • o' ._ _ ... o .... '._ , , - • . _ ,o: • ,'~- ~ • • , , , - -,

REPUBLICA DE CO LO "'1BIA

, " , I , I , ,,' , , , la s, iguiente forma: '. , , , , • Al invest,igarse el homicidio de Elfa$ Torres , Velandia ocurrido e~ 'el mes de abril de 1.974. en su

= , oportunidad mediante auto de d,i'ci~mbre de ese a~o, y 2 , el Juzgado de í~stru~~i6n Cri~inal ¿Dn sede e~ ~al~ 19 mira dispuso la expedi«i6n remisi6n d~ copias al Tri y , , bunal Superior del Distrito Judicial de Cali,' en orden a que se verificara la conducta pOSiblemente punible = •, .. , de los funcionarios que tuvieron a su cargo las pri,me- , ras diligencias de·investtgaci6n, que la pro~identia y , , si,ntetiz6 en '.¡. Extravfo de documentos objetos de y , = propiedad del occiso cobro de un tftulo valor. y U!Q - ., .. _. . . . , .' -, , i1fcito 'de un vehfculo automoto y desva1tjamiento del , . '_ mismo. Afirmaciones falsas docum~ntos pahlicos, con •

  • , el objeto de 'facil'itar la entrega del cu lo a un vehf =
  • " tercero, al gu nos ot'r-ofsprocederes tra aj eno ex s= y flós y

. , , , - , ' , e e I , por o p 1 e to a 1 de r, y (j'in ida d qué d be r ves ti a' , e m o 9 e r todo juez , , , , , , , - , , , , ~i~nte providencia de 23 de ,. , • , , , ' - , , , , j ;

e Ca1i residenció en Juicio criminal al· 1.976 el Tribunal . - , - , . "- , , , ' , po los del to e Pe ' r ' s. i .d , . , culado y Falsedad en docum~ntps públicos sobreseyó-tempo y ' " , de Peculado por uso 1ndebi , ra1mente al mismo por el delito

  • = dO, decisión 'sta que se hi'zo extensiva a su suceSor el

, , , , ,

doctor ALVARO CAlCEDO ARANA.

, ,

  • , , , , i El defensor del pro~esado recurrt6 en re

, , , ' , posición el auto calificatorio y, por auto de 7 de j,u1io = , . , - , siguiente, revoc6 el Tribunal el enjuciamiento en 10 rela· tivo al I to de Falsedad en documentos, ordenando reabrir del

  • , la investigación. Esta nueva etapa procesal se llevó a cabo en el cuaderno de copias por cuanto el original dió or1

, • , . .- ',~ DEL

FONDO ROTATORIO MINISTERIO DE JUSTICIA

.- , - . , " " " .. - . - , . . ,_ , • , I I

REPUBLIr,J3 QE COLOJl.-1BIA

I , , ' , , , , , , , ' • gen a la causa por el delito de Peculado culposo por el cual = • , . ,

  • • fue llamado a responder en juicio criminal po~ el procedimie~to
  • ordinario.

, . . . . , , , . Las presentes diligencias, en suma, se Concre . , ,

  • • tan al delito de Falsedad .en documentos públicos y Peculado por

• , ,

  • • . ' " uso indébido d~l automotor que pertenecfa al proceso instrfdo

=

  • ,

" , • • por el Juzgado 20. Pe.nal MuniCipal de Palmir~. El primero impu- , ,

  • . , tado al do,ctor CAICEDO· RESTREPO el segundo a éste al doctor y y

, , ,• .

CAICEDO ARAr~A~

, • , " " " • • , '. , " " " , , . •, ..... , . . , , ,, " , "<, ' , " , , " '

RESULTALDOS C~~~IDERANOOS: y , ;.:.=...:;.,.,... ~_;_=.;;;.,_;;..;;;...,..-, ~; ;:----" ....-------~. -'--...,..

, ., . , • ' • I , - . , , , , • , , • • • • . , Tal como 1'0 solicita el Se~or Procurador Primero ~ • , , • • • .' " Delegado en 10 P na • la cesaci6n de procedimiento cr etada de = .,. , • , , ,• . . , . , , , . . por el Tr instancia en favor de los dos funcionarios,= L, tbuna

, , ,

, • • ¡ - .' " acusados indebido del au'- tomotor, la Sala habrl con-, de

  • ,

• .

, • . ' firmarla ya que su conducta se halla. s anc onada en el C6digo:::: t

  • • Penal con privación de la'libertad cuyo máximo es el de cua ro " t

, . años de prisi6n' . Para esta fecha han transcurrido , más de nueve . , años sin que el fen6meno de la prescripción haya sido interrum • . .

  • , pido jurfdicamente, 10 que de suyo predica que la dee s atñn í . , doptada por el a-quo se aju~ta en todo a la ley. '

, \ " ,

  • , ' En cuanto a.1 delito de Fals.edad en documentos • lm-= putada al doctor CAICEDO RESTREPO consistente en haber librado , el oficio No. 322 de mayo 7 de 1.974 en el cual orden6 la en-

,

  • ! trega del automotor al se~or ANTONIO JOS E EZQUIVEL RIVERA co-
  • . mo depositario judiCial sin existir auto que así 10 determiña- •• '1 •

,

FONDO ROTATORIO DEL MINISTERIO DE JUSTICIA 1 -, •

• , .' ,

  • -.,.

, , , ." . .. . ,

  • • - 4 - ,

REPU BLICA DE CO LO I'v1B,IA • anta jc!r.cc/ o.nal /(//</ re, e• l Sefior Procurador ,Primero Delegado en 10 Penal al 501i-

, citar la c,.onfirmaci6n del auto de proceder, expone:

  • , En cuanto se refiere a la sindicación por Falo 11 sedad, está visto que para hacer expedita la en trega del automotor a Antonio Jos~ Ezquive1 River Fa., el Juez Caicedo Restrepo adujo la calidad de depositario judicial que el nombrado no tenfa.

11 , • u , ' La inspección judicial del negocio ratificó == Q 11 que revisada toda la actuación cumplida por ele I • Juzgado 20. Penal Municipal, que compren~e del I = , , ! :> folio cuatro al folio cuarenta y nueve .•. no se 1 .. i, , . -. encontró ningún auto ordenando la entrega en d-e- ' . '" • pósito del vehfculo tantas ~e~ées mencion-ado, ni , i Ezquivel Rivera , I• como depositario ••'.,'".T~.p'oco 10 hizo el juzgado ", 19 de Instrucci6n Cri in41. 11 <, ,, I •

  • • sin q u e val a.r a d e s van e ce r el cargo las Y g'á ~p. = _ II del expe-

= , diente a rafz de los, robos del Juzgado, pues' el • i denunciado por el Juez Ca'icedo Restrepo en di- .~. , ciembre e 1.973 fue anterior al oficio 322 de 8' • . I , .' . , & mayo 1.974 y al supuesto auto de la mismi ~

7 ,

  • ) . f, ech.a. aunque el denunciado por el 'Juez C.ai'ce-:-

Y.......

  • • • do Arana ed ju110 30'de 1.974 si e~ posterior,
  • = , de todos modos la inspecci6n judiCial ninguna ob

, I , . , , , servaci6n hace al respecto, 10 cual habría .sido • • I , , • de faci] deducci6n por cUanto se. puntualiz6 que _, , • l'a actuac16n del juzgado 20. Penal Municipal - .... • está comprendida de' los folios cua.tro a cuarenta y nueve, los que se examinaron. en forma nuc.tum t sa . , • • 11 • • • , I I , Tampoco tiene relievancia exculpativa 1,a copia I • 1I al carbón del supuesto auto de mayo 7 de 1.974 = que el defensor de oficio del Juez Caicedo Res-~ • , , •

  • . . · . . '.'

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,. '. FONDO ROTATORIO DEL MINISTERiO DE' JUSTICIA

  • , . . - - , "

, " - , " , , , , , , , , ,

, , , ~eREPUBLIC~ CDLO ..'.B. IA

" I , " , , , • 1 , . , . 11 , :. I a1 trepo , aport6 para sustentar la re~ocator~a'~e~

, .. j , , , , llamamiento , a jOicio del funcionario por él de , [ , , , , i to del Fa s e dad. • .• I 1 1 I 11 , • •• , , , , , , I , , ,, , , , , , , , , , , , ,, , , , , , , , , , , , , , , , , • • • pues a• u~Que dicha ctipia éstá firmáda ~ór el= tt , . '.' " Juez Caicedo' s r epe su firma es auténtica;, Re t y i segari las cónfrontatiti~eS ~eric,ias g~afo16gi y , , ef,ectuadas; por obtenido en decla cas haber-se , '._I ración Judicial qué rindi6 el supuest9 deposi- , " , ,tario, que ,dijo 1a ewflteg6 a la spo s a l Juez e de , , . • . . , • , . • • ,. • . . • • - .' Cai~edo Restrapo para ha~~~la v~ler ante al~an , , , , , , " I .' 1- , • • Tribunal, su'm~rito probat6rio es nulo, al te- , , ' , .', -' , nor de •dispuest~-.. I en el artícu'.,. lo 229 del 10 C6~ , , , ' ¡ • , • " • l. ,). . .... 'digo ,de oc ed e n to Civil, e t,ndicativo"de Pr tm t =", , , , , , ,

, , , , qtie se'confeccionó por uera del proteso ton y , , , ' , , • finalidad de justi jtar la ausencia de la' 'la = . , , ' ' , , e , pro vid ne a u d ~ e a 1 e está 4emostrado n~n- , i "j i " , , , ca existió." , _. , , , , , " , , , , El anterior criterio Mi ni s ter io P a b.l i e o a n .. , , , ' , " te o comparte :int~gral~ente por lasdsi- , , , , ' guiente's razOnes: , , , , ' , , , , , , , , , , , , , , , , , , , , , , de inspecc,i6n jU,dicial practicada al , 10. De 1a , , , , , proceso p o r lIomicidio que, fuera' íns ruf do en el Juzgado a , , t - , , , , , . , , cargo del .doc or Caicedo Re s tr epo , se estab1ec-i6 tnequtvot • , , , I camente que. no hubo mutilación en la. actuaci;6n y'qué, c o n- .' , , , se c u e ne 1a Im e n te e 1 a u to de 7 d m a yo de, 1'.9 7 a q u e h izo é 4 = , • , , , , • • ,

, r~ferencia acus~dos no pudo :tener existencia; , el' , , , , , , • , , ' , • == , , '

20. Encuentra la Sala en extremo sospechosa la conducta del procesado cuando. sabedor de la imputacióñ que se le

= , • hacIa. tan solo varibs afioS despu~s~ por medio de su apode - , ' , rado pre~enta al Tn'ibunal de i nstanci a', copi~aal carb6n· = • , , " , , del referido auto de la diligencia de entrega del vehfcu y , al depositario .. 10 ,

, FONDO ROTATORIO DEL MINISTERiO DE JUSTICIA --------~--------------------------------------------~~~----------~,~~---~----

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  • , '.- , , _, - -,

, , , • - 6 - ,

REPUBLICA DE COLOl\-1BIA

/ . ,/. ') ama {¡:/lIJa I orr O/lCZ , , . ~-:; , J' , ,, '1 ,

30. Tampoco puede aceptarse que el funcionariQ, faci1it6 al I

, , , ~ . presunto d'epositario' copia del auto de la diligencia de= y , , entrega con el fin de comprobar ante las autoridadss te la , , nencia legitima del a~tomotor. lo usu~l; es que 'se expida ~ . , , '.', " una constancia en tal s~ntldo que se deje constancia de

y . .. . . ., ' ,. " ' , , tal hecho en:el proc,e~o respectiv,o o,copia de la citada = I , , certificació, n. , , , , , • , • , , , , , , , •

40. Resulta más ex ts-año que, habi~ndose devuelto. el vehf~~ • , , culó al Juzgado o mejor al Juez Caicedo Restrepo tan solo

.. , , ' . , dfas de.spue s de'efectuada la presunta entrega,al Dap o st t.a . . , , r10, ~ste hubiese a r-dado con'g.t;Jáncuidado la copia,que= qu \, . , " . dice , le fue' en·tregada,:,por el f,uncionario,por espacio de = • , '- ___ <, dos años r-qo La s. ' , , , , , · · , , . .

50. El oficio fec ha 7 dé mayo de 1 .976 1 i br ado ,

, , - , , , . , , , por el Juez para la entrega del vehículo a Antonio , , , , José Ezqui,vel ra, es auténtico por cuanto la firma que , , , en ~1 aparec e a del ac~sado Caicedo Restrepo '1gu~1~- , . ~. . , mente autén"t..ic el' sello que la refrenda. Pero 'su con ten t .. , , , . do contrarfa ,verdad, que el auto que se mencioha en la ya , , él, no tuvo existencia.

, • • , . , , ' Las anteriores considerac10n~s son que nlás , '- , , . • suti cí ente s para predicar que en este caso se he.lla n reuni- , dos a, plenitud los requisitos dé l articulo 481 del Código :: , de Procedimiento Penal para dictar auto de procéder'~n co~- , tra del acusado. , .. , , , , , , , , Por lo: expuesto, la Corte supr-ema de Justi, - ,, , , • , .. • , , ,

, FONDO ROTATORIO DEL MINISTERIO DE JUSTICIA 0',,- . '_'-.,~ ~, '"-- _

1 ._~~- - . - . -- . ..." • , ..... -,-, ----., ."- --' -. - _-_. ',~J_".' ._ , , ' , - - - 7REPUBLICA DE COLO ..1..BIA I '-' e/ama 3dt.CC/ O/l al ~//<1 cl•a, Sala de Casac on Penal, oido el concepto del Señor = . , , , Procurador Primero Oe1e'gado en' 10 Penal de 'acuerdo' con y . . . , '" , ~1, CO. NFIRMA en todas sur partes el auto de 31 de oc'tubre , , , , de 1.981 proferl'&o por el t~'ib~~al: 'Superior d~ Call. , , I , , •, ' , . • , , " , , • , • , , , ' e :. y

pi ''" ese no f se d e v vas ó t 1 f q u e' u él e • t , , , , , , • • , , , • • , •

ALF'ONSO REYES ECHA~DIA 'LUIS ENRlduE ALDANA ROZO

, , , , • , , . , • • i , , ,

FABla CALOERON • BOTERO L. FIOR'ILLO PORRAS

, , , - - , , " ' , , , ,

  • ~, - " , ,

- ,

GUSTAVO GOMEZ VELASQUEZ., ALVARO LUNA GOMEZ

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  • ,

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P,EDRO EL lAs .,s ER1fA'NO'A,BAOIA DARlO

VELASQUEZ GAVIR'I,A"

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  • , , , ,

, , , • , " , o' , , , - , , . , , , , , , , , , , • Lucas Queved'o o , fa z I , ta ri o .. Secre ,, , , , , , , , .. , . , '

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FONDO ROTATORIO DEL MINISTERIO DE JUSTICIA

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