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CSJ - SP A.Luna(20-03-1972)2

Corte Suprema de Justicia

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Detalles

Título
CSJ - SP A.Luna(20-03-1972)2
Autor
Corte Suprema de Justicia
Categoría
Jurisprudencia
Área del derecho
Penal
Año
1972

CORTE SUPREMA OE JUSTICIA SALA PENAL Aprobado: Acta ~. lklrzo 20 de 1972 (aagistrado Ponente: llr. Alvaro Luna G&naz) Bcgotá, va1nte da marzo da mil novecientos setenta y dos.-

VISTOS: El Tribunal Suparlor del Oistrit o Judicial de Cali envió a esta Corporacicm en consulta del f'allq respectivo, el negocio1 ~Contra el llr. HUGO NAVlA SAI..)WANCA, par ·el delito Contra la Admini_2 u " .-. trac io~ nna .~ w ... ca~¿ Se considera: En la tramitación propi"a de-- ia Segunda instancia el Mini_sterio Público• re~tado pdr el Procurador Primara Delegado en lo Penal, al descorrer el traslado da ley, expone: ". • al hacar el estudio dal negocio, se ha encontl'!! do este Despacho con el hecho de gua la providencia que debe revisar esa H. Sala, Que es la f'echada el 1? da diciembre de 1.9?1 y que f'ua pronunciada por la Sala Penal del H. Ti'ibunal Suparior del Oistrit o Judicial da Cali f'ue apelada pmel señar Fiscal Segundo que e _o n 1 tal entidad colabora al sarle notif'icada él 13de enero del presenta año, sin Que se hubiera· concedido el rea.arso en cuestión.

CIEn tales condiciones, estima esta ProcuradurÍa qua la H. Corte no ha ganadojurisdicción para pronunciarse sobre el Jll':2 sente caso y por ello mismo el Despacho a mi cargo se abstiene d e

conceptuar por ahora den él y hasta tanto la anomalía anotada se co iTija. Oa otra parta, en el duplicado del proceso no aparece niliguna constancia de la notif'icación de la providencia anteS aludida, como ordenq tampoco da la que el cierre de la investigación" (Cuaderno de la Corte, f'ls. 3 sgt.). - 2Tiene razón el Ministerio Público: el auto enviado para su estudio fue recurrido en apelación por el Fiscal 29 del Tribunalda Primara instancia. flas como se observa en el informativo, tal re curso no fua conesdido. En consecuencia, la Corte no ha adquiridola respáctiva competencla para decidir acerca del auto en cuestión, por lo cual así habrá de declararlo a fin da que se cumpla el proc!! dimiento, previo regreso del expediente al Despacho de origen. Sin lugar a más consideraciones, la Corte Suprema -Sala PenalSE ABSTIENE, por ahora, de conocer de las presentes diligS!l cias y ORDENA sean devueltas al Tribunal Superior da tali a fin de qua se. les dé la tramitación legal correspondiente. Cópiese, notifÍquase, cúmplase.

LUIS ENRIQUE RmaERO SOTO MARIO AtARlO DI FIUPflO

HUMBERTO BARRERA OOMINGUEZ ALVARO LUNA GOUEZ

LUIS EDUARDO MESA VELASQUEZ LUIS CARLOS PEREZ

JULlD RONCAU.O ACOSTA JOSE MARIA VELASCD GUERRERO

J. Evencio Posada V.

-Secretario -

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