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CSJ - SP A.Luna(20-03-1972)4

Corte Suprema de Justicia

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Detalles

Título
CSJ - SP A.Luna(20-03-1972)4
Autor
Corte Suprema de Justicia
Categoría
Jurisprudencia
Área del derecho
Penal
Año
1972

SALA PENAL Bogotá, veinte de marzo de mil novecientos setenta y dos. Par provic!enc1a tia lD da julio de 19?0 la División efe Visit adm'es e Investigación da la Contralaña General dé la RepÚbl! ca, como culm1nac1ón da sus diligencias investigativas adelantadas en tomo a posibleta dalitos da falsedad documental y peculado ocu rridos en la Com1sárla Es·pectal del Amazonas, dentro de las cuales aparecen como presuntos sindicac:!os Arturo Arengo Bamal, en su carácterde Comisario de aquélla sección del pds y otros ciudadanos que no están sometidos a fuero espacial, dispuso remitirlas al Juez Superior c:te Bogotá "a fin de. que se disponga lo da ley respecto de la situación jurídica de las personas qua aparecen cama autores o c:&npuces• de los dalltos ya dichos. 61 oficio efe envío tiene fecha 28 de julio de esa mismo año ( fl. 216) • El reparto tuvo lugar el, 3 de agosto siguiente y su conocimiento correspondió al Juzgado 59 S!! perlar ( fl. 216 vto.). En esta fecha el Juzgado las recibió y pasa ran el Despacho ( fl. 21?) , habiéndose dispuesto esa mismo dÍa evocar 5u conocimiento, radicarlas y qua volvieran etal Oespacho parasu estudio" ( fl. 21?) • Al folio 21? walto, aparece una constancia secretariel que dice: • Al DespaCho del seilor Juez las presentes di.Uganc1as hoy,

vaintinuave de febl'ero da mil novecientos seténta y dos • infonnátu:t~ le respetuosamente qua fUeron encontradas en los Anaqueles de la ~ cretar;(a, sin que se hubiese actuado dentro de las mismas. Pera prg vear lo que considere legalet. Al folio siguiente ( 218) aparece un auto del Juzgadodel concc1m1ento, de fecha lD de marzo d~ este añó, por medio d e 1 cual se ordena remitir, por competencia, las diligencias a la Corte, ya Qua la investigación versa sobre etvarios delitos atribuÍdos al Ccmisario Especial. del Amazonas, señor ART1.JRO ARANGO BERNAl., por lo cual este Despacho no es competente para conocer y fallar de las --~----_______ ____._., ¡: ¡, rr 1\ 1 ... 2 - 1 )j \1 ji presentes diligencias, sino la Honorable Corta Suprema da Justicia•.

Como se obsarvaz : t 10) Qua el Juez SSI Superior cta Bogotá olvidó dar cum - i Procéd! plimiénto al inciso 29 del arttculo 39 del actual C6digo de miento Péna.l, qua recogió en su esencia lo dispuesto en al articulo 51 del anterior estatuto; y, - 20) Que en dicha JuZgado, por parte da su personal, ~ 1

" ¡' do haberse im:.:urrido en falta disciplinaria contetUplada por el De - ~j ! creta 250 de 1970, par la mora efe más de un aito en la tram1 tación ~

da estas dillgeneiaa, la Corte Suprema de Justicia, RESUELVE: Pr1.mero: Vualvan estas diligencias a la of'icine de or1 gen para QUB en el término efe c;u1nce (15) dias dé cumplimiento a lo dispwsto en al inciso 29 cfal art!culo 39 del Código de Procedimie-n to Penal; arocu Segundo: &tv!ase copia de esta providencia a la radurla General de la Nación para los erectas da ley. Notif ÍQUSSe y cúmplase.

ALVARO LUNA GOUEZ 1 : 1 i ,! ~ i

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