CSJ - SP A.Luna(20-09-1973)
Corte Suprema de Justicia
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Detalles
- Título
- CSJ - SP A.Luna(20-09-1973)
- Autor
- Corte Suprema de Justicia
- Categoría
- Jurisprudencia
- Área del derecho
- Penal
- Año
- 1973
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CORTE SUPREW\- OE JUSTICIA
1 : SALA PENAL 1973. 4\probado: Acta N9 39,. Sept. 20 de ------:::._ . . (Magistrado Ponente: Or •. Alvaro Luna· Góméz) / Bogotá, veinte de septo~ da mil novecientOá setenta y tre~,: VISTOS: Por auto de 4 de mayo del año en cvrso el Tribunal S,!! perior del ~trit~ Judicial de Manizales llamó a responder en por juicio a UBAROO MONTOYA PATIÑO el delito de prevaricato " consistente .en Que, a sabiw,:tdas, realizó actos en' el desempeño de sus funciQnes como JUez.. Primero' Promiecuq M~icipal. Pe Samal'\1 ; ' ¡ ná, ncit.oriamente injustos y en detrimento de\ lá seguridad so ..... , 1 ci~, hechos ocurridos er.1 el citado municipiÓ aproximadamente· durante el año de. mil novecientos setent~- y uno" •.. decretó su d! ;1 ¡ tención preventiva pór tal, r~zón y le ~~eyó·def:'initivame,te ,J :I ¡\ :: 8de lo~ cargos que se le, formularon en razón del delito 'Del --~ ... " ll' · \ hec;ho'a. :¡ ' ;· !, . - El defensor del procesadO inte!"puso recurso de repos1: ci6n, con apelación subsidiaria, en cuanto hace relación a 1 a df?tención y,. de apelación en cuanto al llamamiento a Juicio ·( fl.s. 160 ss.) • - El Tribunal accedi6 a la reposición solicitada .J
y ccmcedió el recurso· de apelación· interwesto. Esta es la. ra - ,, .1 z6n por la cual han llegado a la Corporaci6n las pr~tes _d il! gencias. El carácter de funcionario pÚblico en el ac\.ISado e n el cargo indicado se estableció con le· copia del acta de posesión ( fl. 47), eon la con_atancia expedida pnr la primera autor! dad política del lugar, segÚn la cual ael seflor LIBAROO MONTOYA PATIÑO, desempañó el cargo de JUEZ PRIMERO PRm1ISQJO MUNICIPAL '---'-----------·-- ··- - -·- --·-------·-- --· - 1 ' - 2de esta.' localidad en un perÍodo comprendido entre el ONCE ( n)- · de Oicif¡!mbre de mil novecientostreteñta ( 1.970) hasta el VEIN 1 TIOOS { ~) de Septi~bre de mil novecientos setenta y uno ( 19'11)" ·y con otras constancias procesales, incluyendo lo ata:nifestado en . su indagatoria por el sindicado. En esta segunda instancia el binisterio Público, re~ sentado por el sefior Procurador Gegundo Delegado en lo Penal, ... solicita de la Corte •revocar al auto de proceder apeladO y en· su lugar sobreasar definitivamente al procesado y; confinDar el sobrese~ento definitivo consultado", por medio da razonamien tos a los. cuales, en su oportunidad se hará la debida re fe~ cia. ¡, '' '1 . ' '
1 Para resolver ·se ~nsidara: ' \ 1 : . \ ·! 1 Del proceso iniciado contra Gustav1a J¡:¡ram' illo · Uribe,- Por· Juez Promiscuo Municipal de Samaná, se desprendi6; orden- :..:_ d' el Tribu. nal Superior d. e P' l.an-·. i zales, la presente investi, g' aci. o n.:- Oo~ Cargos se formularon contra ~1 ex-Juez &!ontay~ Peit{.ño: .'el - •' ' !, . de· cohecho y el de prevaricato, sobre los cuales. en la· pi'avicfe!i cia r-ecurrida ·se hicieron los pronunciamientos ya indica~, ¡· los que 8e estudiarán .separadamente, as{: Primero: Delito de cohecha: .Se pretendi6 ~1" consi"Stir en que. el funcionaria a cusadO habÍa recibido dinero para dejar en libertad a algunos - - Pr-esos que estaban bajo sus 6rdenes, ·concretamente a El{as, Abe . . lardo y Román Naranjo, sin~icados de hurto da ganado mayar. Ntrmerosas Jll'JsbaS ~ decretaron y pl"acticaran: para tra~ efe ést! blecer el heCho denunciadO, pero ninguna de éllas pudo t;:UJnplir J - 3tal c0111etido, puesto .que loa declarantes que fUeron c1, tados so bre alí ,particular como Oct~vi.;-a-e~ya Garc!a ( fls. 13 sgt. ) , - Luis rarlos Montes Giraldo ( fls. 15 sgt~). José Leonardo Bedoya
·Garc!a. ( fls. 16 s5.) , AntoniÓ Os pina Villa ( fla. 24 sgt.) Sal tazar DuQue Re.mírez ( fl.&. ·2 6 sgt.), Eliseo Bui ~ EsCÓbar ( ná. 28 sgt.), Joselito Arias Gallego (fls. 32 sa.), Juan de Oioa Martínez Martínez, Sargento c:te la Pqllcía y Camandante del QJerpo .en Samaná ( f'ls. 58 sgt.) y Luis Al fanso Arenga Montea ( fls. 63 sgt. ) , de quienes se pret;umía pudienm apartar "iuces s.2 bre el hecho, se limitaran a ~1 f~star ·ctUe esa era ·el 1-umorc;ue col'TÍa en la localidad, pEn"' no estuvieron en canc:tici~s. - de precisar nada sobre el particular, ya que ni siquiera cene~ ' taran de manera precisa a quién. o quién~ hab!an oído ~1 espe . • 1 1 cie.- Par su parte al acusado rechaza el par'gQ. y lo~ hermanas - 1 Román y Abela~ Naranjo Cárdenas (fl~. ~ sgt •. y 71 ~o. sgt., - ' . ' ~ respectivamente).,_ negaranque el ·Juez Uba~ Mant'aya.'le~· hubi!, Por ra· exigido o hubiera recibido dinero caraceder'lesla Uber -~- ' 1 •. . 1 " \· tad y mard, ~astan qua a quien l,e dieron algo fue a. . Jor.ga· Parra.·
_par los m¡arporiales que para atendar a su de~ensa iea .hacía, JD-.!• f 1 cis€a:nréto el primero que f'uaron @?SO.ao lo que a éste _1~ die.-. '1 ron por tal labor· ( fl. ?6). l; ~ No eonstit~do el rumor público, 1á conseja calle ! ' Je!'B prueba alguna atendible y enfrentándose · él a .la rotundanegativa del ain_di~do y a las manifestaciones hechas bajo j~ ·Cardona,, ·1 mento por las· hermanos Naranjo es precisa ·conclu!r Qúe . 1 el. 'cargo. no fue probado por la cuEil el sobreseimienb, defini ...: 0 . tivo. consultad&;», en cuanto hace a esta acusación? habrá da can .,;;. (../"' . --firmarse; ya __ qúe Se ·fundainenta erl el nlmiero 1 del artlculo 491 . Penal • del C6d1go de Procedimiento1. En el. auto r ' ecurrido en a~ación y ·PBfa llegar . . ----. --' - -- - • ~- • _¿. ~- - 4a· la cortclusicSn c:te que el acusado ex-Juez Ubardo Montoya Pat~ debp ño res_ponder. en, juicio por t&l--riícito, ·se razona: t . 0 0al recaudo prObStorio allegado al informativo, . · se concluye: a a) que el .Juez Ubarc:!Q Montoya Patiño, con s u
proceder, sembrÓ un cierto malestar social y de destonfiánza en la admin1stración de Justicia, $1 poner en libertad a Ei!as, ~. ' 1 · mán y Abelardo Naranjo, individuos estos á .quienes se l$8 demo! treS que se habían apropiadO de varias. i'eses pertenecientes a d! · versos ofendidos, no obstante que éstos las ~ociaron camo - $uyas, los reclamaron y les fueren entregadas, ·lo qua se hizoen la plaza ~blica de Siama.ná. 11¡¡ ' ,' , \ ·:t': '.' . \ . . cae "b) que el mismo funcionario demost~ Con su dúcta, una tendencia·~ 'favorecer, en contra ~ los int~es de 1 la justicia, a los eludidos procesados, poi'que no sdlo .les con ¡' \ cedió la libertad en forma irregUlar,· sino que, permiti6 que Jo,t' r ge Parra Arrayave twiera libre acceso al sumario, sin ser. em: ~ 1 1 pleado. . d~. Juzg~do, si,no asesor de aquellos ente el ~spacho. .;.. De tal maru;n-a QUe este indtvickio ~ enteraba de todas las 1nc1-· dencias del negocio y lu$go le formulaba al Juez Montoya Patiiio . peticiones en pro efe los acu~dbs1 las cuales, lÓgicament,et fe vorectan a éstos, no importáRdale a Montoya PaÍiño que ei Mini! terio Público ~· opusi~ra a ello. · "'Tal fue el casti de la calificación dada par el
mismc ·JuB2. $1 mérito del sumario. Cbnsider6· .que •n1 el. GUSrPO del delito estf!· c;:om~ plenamen.te"·, por lo cual ampar6 a · . los sindica.doá con sobreseimientQ temporal y ·definitivo. Pasó , ~ alto las pniebas de cargo existentes en contra de 10$ infor.ma criminados y ~storsionó en tan ~nte el sentido ·de. tales elesentos de Juicio que JrQdujf) Ur.l8 pro~dencia, aComodaJ ,! ---'-------· --· - --· - --· ---- - S - ; ' ' ticia, en ordGn a. favorecer los intereses de los eindicadas, por SI'\C1 tma de los intel"'eSes d-a -lajusti•C ia, propiciando de aste lUOdo la impunidad de h~ a todas luces v1olatarias de la ley 'penal. '" "Fue de pÚblico canoc1miento en la poblaci6n de Samaná que a los Naranjo les fUeran decom1sada.s veintit ris re .ees' de las cuales unas cuantas valvtarcm a su poder. la máyería fue reclamada JlO!" ciudadanos· QUE! acreditaran ser sus c:tUe ftas y que demostraran haberlEls sido sustraÍdas da su8 finCasen diferentes fechas. Entonces, el Juez Montoya Patiño·, a sa biendas dé que existían elementOs probatorios irrefutables ·de.a tro ·del expediente que él mismo atfelant6 contra los ·impUtados, prof'lri6 una resolucitSn inJusta como la ;que más, :ya .q ue bUr-16
Paraas! la recta aplicacil$n :c19 las nannas · lElgales qué. ~!roo 1 • esta cla~e de delitos. \ ciJmet16 •v no sa diga ttUS -~te funCionaria u n error· cm buena f'e.. El mismo en su indagatoria está an.rma~ - que es un raxperto en las lides JudiC1eles, cama que ha ocu,lacfo varios cargos en la RaJna Jurisdiccional, en fin • que posee una larga trayectarla én tales menesteres~ No JlDd{a. ~ tanto,, ig r:mmel procedimiento penal. 9tra cosa muy d1 ferente ea la a plicaci&t del cr1t erlo pe~ para 1ntm-pretar las disposi - - cianea, sujeta a ·errar, como candic16n inherente a la itaturale . - - . za humana. En su ánimo no ar:serec:ló en ningÚi't momento su deseo ' de ...a d1Dit~1strar justieie y efe castigar e los delinctient~. sino todo lo contrario: tratar da fa~rloa por todOs los· medios, ---·ll$~ánda8e. c:!e· calle la guarda del. bien común·. "At.lora bien. Su interés por la ~usa da .los :ln cr1minadas, lo' il.evó a con;Cederles a .ésum 1a libertad ·con an '< ¡' telación a le; feCha en qua Cálit ic6 ·el peSQCio., pues. a Elfas - i '' . .. ' / - 6 - •1 / 1 NaranJ~ lo excarceleS el día nue.ve~a-Julio de mil novecientos S,!, 1
tanta 'l' uno y a Román .. y Abelardo NaranJo. les otDI"gÓ le· libertad . :i . el dÍa veintiseis de los mismo~ mas y año. Obsérva (Sic) ·qtie la ~·' 1 1 providencia aludida tiene fecha treinta y uno .de agosto del ai.lo r 11 citado (fa. 98 y 101). ! ••Oá i i o~ra parte, reunió en un solo proceso. varias· ! ' ,,,! ·denuncias fQrmuleda.s contra los mismos procesados, por ~chos - ,, 11 ·i cometidos en diferentes épocas y con perJuicio de diferentes o '! fendidos. Y, a sabiendas de que la providenc~ por ·medio de la " !¡ cual sobr6seyó a l:os sindicados deb!e cons·ul tarla con el Supe - ¡; ,, -rior. no lo hizo, alegando recargO de trabaJ!l en e~ Juzg.a do• - 1 11 .1 . •pero siempre se tuvo preSente pa1"6_ 1:!.0 el momento má~ oportuno, ! !. haeerlo". Y ~de que a.~~ nuncadesconocfil:. qué se p. ydier' a p1"e$ 1 cindir rde la consulta al Sup. ertor. " . Po. r qué1 \ n.• o P.J"'C. El< ~:, Ó a e• f ec- - J :i i' .. ¡ tuar la consulta él mismo había dif;lpuesto· en su provide"' _-.. ·q1¡19· 11' j \ cia?". • ¡¡ 1 !.
A contif\uactón cita una Juris~dencia da es_ta ·Carpo norma raciiSn en torno al prevaricato,· la que cOf:!lsictera violáda: 0artíeulo 168 del c&n.go Penal, modificado par. el .a rtículo . 20del Decreto 2525 del 21 de octubre de 1963"'. y un aparte ·del can. ,! . capto de su colaborador FisCal tendiente e estructurar la ~xis tencie dal ilícito if:nputadó •. 2.- f.n esta segunda instancia el Procurador Segundo ·Delegado en lo Penal cónceptu~ sobre ·este ~ QUe e;l. llamamiBn;to·-·a jui~o por é·l de.be revocarse para, en su: lugar. proferir sobreseimiento de carácter definitivo en. favor del prOcesado, una en apoyó ·da lo cual, e más de invocar doctrina de razala Corte en tomo a las caracterfsticas de este delito~ na: Pú-:- "Sin embargo, en opinión de este Minis~o / ,¡ . ~-· ¡; ¡, 1 - 7blico, la conducta atribuida al fli"QCesado no es éonst.itutiva de · Pl"Svaricato pues s_1 bien qu~dá c1Smostrado ~ el ex;_juez Planto ya Patiáo excarceleS a las sindicados sin auto ~ lo ordenara y ¡ se apresuró a cerrar la investiga~&. para ·ca11 flcar el mérito del sumario con dac1s1ones francamente irrecaneUiables con la
prueba incriminatoria vertida· en eutqs.- ' 0Los indicios de responsabillc;ta,d deducidos en su ,¡ 1 1 contra no son suficientes para demostrar que obr6 °a sab1eottas•, 1 1 1 esto es, a c;ónc1en~1a da 18 ilegalidad e inJusticia de las actos por él. ejecutados, "La Ol"de!.' de libertad contenida en la boleta c:te . . ' excarcelación fUe explicada ccn:JO un error ~' ·bueru;l fé comatido i 4 . . .1 par el procesado. Nada haca sl;iponer que el ex-juez 1ncrl:mina.do, . .. .• . 1 . ; 11 por sentimientos da simpatta hacia l.os dateni~ o IJQr: ar:Q.maci - "' versión· a pel'SOna$ interesadas, haya ~tido ~fertF ia · reso - l. .:ji luci6n que legaliZEinl la exearcelaciqn~ tampoCÓ q1¡a, · ·m ov1:ct9 ·por ,! 1 estos sentimientos, haya· sobreaeícto da responsabUldád a qÚie. -· . . ·. nas de· autos apal"eCÚln seriamente comllJI"'OOBtidOs en los haChos - . .i nvestigados, ....................... ............................ "• •:• "Además as preciso advertir qua Plootoya Patiiio 1 neg6 Que Jorge Parra tuviera acceso al expadiertte a eJerciera una 1nfluem:ia so~ su persona. Agregó que vez entemc:fQ que 1 a
Alcaldía requaria la presencie de los sindicados, ~lmente . . . ; ' ·cóntri.b~ a. su· recaptura la que $8 logr6 el mismo d{a que fue- - . > ron puestos en 11bertad y negó que> tuviera interés en impedirla ·rávtsi&l d:a los sobreseim1entos dacretacfos en virtud de 1· a cansult a oJ!"denada.. ,< 0S1gnif 1C(:l la ante,rior -~ ¡la providáncia recu - ' ·•. ' ) L__ __________________ ---------- - ·---------- .¡ ' - 8 - '' ...... ~ mela daba revoearse y en su lugar ~or.arar de ,-eeponsebilidad al ~asado par .los hechos imputadÓsa .• / ~ El sindicaoo,. en su inttagatcirla (fls. 122 ss.) niega los -cargos que le fueron 'formulados y explica su actiVi .. dad dentro del proceso qua a ello dió lugei-' afirma que enningún momento quiso v.iolar la ley ni obrar_ E;ltendienm a ~ -. · - sienes. ni.ngunas; que la no irnnatü.ata consulta del sobreseimiento se dsbic1 el e~esó dé trabajo eo ,su OeÍapacpo;. y finaliza· a- - finnando: . u Oe tocios modos yo procedí· de buena f'e. siempte, asis . ' . tido del consejo del 'señor Secretario,, que también ·pucio haber incurTido en un error; procedÍa siempre con un. sentido legali_!! 5!
ta, poro llli prapia conciencia y en colaboración can el señ~ Q'etario; nuru:a me. dejé v:encer por inter~noionea ~~ne.as. . (.;.. ·. \ fls. 122 ·as.), .. · ' \ .\ . ..,·::;. . Si se cortsidera en s! misma la provic:tet~ci;.:i que · clicS , lt.igf:U" al cargo investigado se encuentra. qua élla obe!cléée ·a u na mot1vaci6n qua no permite ctedUcir; prima facie el delito· 0 imputed9: éila ·contiene un ·razQnami.ento .que puede ser o no e-. quivocado., una interpretación; ·con fundamnta en alguna cita¡ acerca de las diferentes pleses de prueba13 (liJ9 serequierenpara. dictar ya auto de detsneiM ya .de proceder, ya de so~Jr.2 0 seimitAnto -definitivo temporal o sentenéia condenatorta, enn Q d.t a de. las disj':lOBieiones legales .qua en· su crit e~a · deb{~n - ' aplicarse. As~ lás ~of;as y teniem:lo en cuenta, por otra parte. ~ el l~o elame.n~ó "a sabiendas", .necésária pare estruc turar el delito de prevaricato no se encuentre .plenamente P11! bado, no pue~ dictarse autode enjuiciantiJmtó por razón d e él, Por tant?~ como lo salicit á el lU.r:Q.sterio Público, tal m.! 1---- ---- -==-,_____,._,_, ..,....,.,._.,.,_. .._. _,._. ,. _._. - ,-----.-:---,----.
-------,----------------~=-~-=-=---==--=-,...,- 1 . ~ ·-~ - 9did a habrá dti revocarse para dictar en· su lL~gar un sobresei!"' 0 ·tte iaSilfJÜientes_ miento caráctér temporal, por l"ai cnaa: . ~ . / Seg~ vtene .de establecerse. no é$8 auto dá llema- . miento a juiciQ. a cerno J etln• relec15n a. es~ posible. il,ci to, tem,poco .ha .sido de.svirt~do· .en su _totalidad, por lo cual no puacte proferirse sobressimiento da c:arkterdafintti~. - Mas se echan · ~ menos alguná.s ~bas qua podrÍan esclarecer el cargo: el c~l se viene h$e1endo referen_p.~. Tales satu -~--~ deelarnctcSn de Jorge .Parra .AlToyave, cp;l8 se ha ce da traseen. ' • • • -¡ - ·dental impcrtaneia; una nueve. de. GUberto ~zález O:trdonra,.- r-1 1 1 ' Secretarlo del Juzgado 20- .Prmniscuo Municipal da La Ol;anuta - i 1' ' en la actualidad• acerca da lo qua le puada constar ·sobre el cargo qua ~da pendiente; una _" ueva de ~lcides .Qatú -~ . ) {Ja$o actual Partero Citador cfel JuzgadO·~ -~uo.'th.nici fuepa]. dB Semará y otra de Elías Garc~ ~ •• ~en. ~- •pm:a . .
rio del mismo Juzm¡dó ~ la de los ~edt~. ·a certa - ~-mismo punto. Y, finalmente, una. dili~ da-~-~ · tre el s1nd1~dQ Ubardo Montoya y el (fael$-ante Alcides Oi _t{z, en· tomo a. lá. eont~dicción en~ que incurren en .sus 1"6& ~vas empoeieionss (ctr. fls. 124 sgt• . y 102). ·En m6rito de lo eXpuaáto la Corte Suprema .-sala ~ _ llal-~ 'QidD el concepto del ·ProC1,Jra.tfor Oalegádo en lo Pen&l y adrn1idstrarido Juaticia en. nambl"c ~ la i1epÚbU~ y porautola ley,, ·Tidad~de ..
RESUtilVE: :PRIMERO: CONFIRMAR el auto I"BCUl"rido en cuanto so - - bressy6 definittvamante en favor de LIBARDO &10NTOYA PAl'Iilo,. en su Ctltld1Q16n da Juez -1D' Prcm1sc:~ tllunici~ ds &!maná,· pgr eldalit o da cched1 lo ..
. . } --------------------- --- - --- " - 10SEGUNntl: REVOCAR la ~ providencia l"SCUJT1da en cuanto¡ llem6 e responder en Juid.o al mismo sindicado LIBAROO MONTOYA PATIÑO par el delito de prevarleato, y, en su lU9'ar, - - / SOBRESEEF!Lf~ TEJ:IiPORAUlENTE por ~l ilícito.
TEflCERO: Como consecuencia del punto irtmedietamente
anteriar, SE OECLAP.A FlEABIEATA lá investigación para qua den_ tro cfel término sef.talado en el artículo 493 del Código de Procedimiento Penal se practiquen. las pruebas indicadas en la JJS!: te motiva de esta providencia. OSpiese, notif ique8e y cúmplase.
' 1ALVARO L~ GOMEZ MAIUQ ALARIO DI FillFPO 1 i
LUIS EDUARDO -MESA Va.ASQUEt 1
1
LUIS ENRIQUE ROMERO SOTO
JULIO RONCALLO ACOSTA J0SE MARIA VEJ..ASCO GUERRERO
J. Evencio Posada V.
- Secretario1
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