🇨🇴⚖️ La Rama Judicial valida a Ariel en prueba de concepto de IA. Conoce los resultados aquí

CSJ - SP A.Luna(22-03-1973)2

Corte Suprema de Justicia

Icono de documento PDF

Descargar PDF

Disponible

Detalles

Título
CSJ - SP A.Luna(22-03-1973)2
Autor
Corte Suprema de Justicia
Categoría
Jurisprudencia
Área del derecho
Penal
Año
1973

.-.--- .

CXJATE SUPREMA DE JUSTICIA

SALA PENAL Aprobada: Acta Nll n; Uarzo· 22 de 19?3

~--- (!.!agiatrodo Ponente: Or. Alvaro Lurte G6moz) Bogotá, ve1nt1~ de III8J'ZO de 11111 novecientos sstonta y tres.

VISTOS: El Tribunal Suporlor del Distrito Jud1c1al de Bogotá CO!! sulta su auto de 18 de diciBIIIIlro dp 19'72 por ll!Bdio del cual "Sil3R-E

. SEE TEI.lPORALUENTE en favor de la doctora GLORIA CILlA lUNA GAUBIN OA, en relac16n can lqa cargos que por Oetenci6n· Artlitraria sa lo han ~ en el SUIIIIIJ1;o" y, en consecuencia, tom6 la dote:rm1naci6n ·in"escrl te por el artíCulo 495 del C6digo de Procsdillliento Penal. ; . 1 Con las pruebas do rigor está acreditado que la doctora t.l1ns Gelllbinda ora funcior:t8rio pÚblico en el csriJo entes dicho. · Se cansidilra: A la Juaz Se le acus6 porque dentrodel proceso seguida contra Jesús Garc!a por el delito da incesto, segÚn denuncia qua le 1'orn:ulens su esposa &larla da la Cruz GuDvars, desda el 25 de septiembre da L969 hasta al 28 da enero del ai'.o siguiente, man tuvo pr1 vado da su libertad al sindicado sin haberte dictado au to da. detenci6n.

La funcionaria en1'át1CISIIIIInto rechazó los cargos y afi,!: 1118 qua lo entregó al Secretario, para sacar en limpio, el borra dor COJTeSpondiente al auto da dotenci6n preventiva y qua poste riormente fil"'!!6 CIUChos asuntos, por lo cual lo es di1'{cU preci sar si c!antro da éllos también se encontraba la providencia a la - 21 cual se acaba de hacer refareru:ia.

La 1nveat1gaci6n cuJm1n6 con un primar eobrese1m1onto llJ"é.2 de carácter tempOJ'81, pleze dentro da le cual se ~n6 le tica da las pru&baa que dentró da ólla mtsmB sa caltuetaron. En esta segunda etapa 1nveat1gativa sa practicaron 1:2 daS; menos una1 le cone1etenta en le c:leclarec16n de Eudoro Gon zález, quien ocupaba, pare la 6poca en que acurr16 la datenc16n de Gercía, el cargo da Secretario del Juzgado del cual ere ti tu lar le acusada, declerec16n ésta c1o innegable valar, que no se he podido recoger. Teniendo en cuenta el caudal probatorlo que obra dentro de este informativo, el señor Procurador Segundo Oelegatlo en lo Penal conceptúe que le prOvidencia ·consultada debe confiJ"'II8l' sa, pare lo cuel razana1 - •El e QUO, en la providencia que se revisa, consi

dorÓ que les prusbes allegadas en le reapertura dSI le instrucci6n, lejas da conb ibuir al esclarec1m1ento da loa hechas, au mentaran les dudas que se anotaran en le ¡:r1mere calificac16ndel mérito del SIJIII81"1a. •Efact111811isnte, las elementos de conv1cci6n produ cidca en le segunda fase investigative nada nuevo apartaran alesclerecillli.enta da loo hachas, puesta que la explicac16n dadapar la acuseda no tuvo confi.rmaci6n en autaa como para dar pardeiDOstredo que la allli.sién que d16 arlgen e este 1nveat1gaci6n se ' debió al ex-sacretar1o Ganzález. Faltaría entonces contar can el test1man1o de éste para conf'1rmlsr o 1nf1J"'II8l' el dicho da le inculpada. •Pare SObreseer dafiniti,_,ta se requ1.ere, cor- - 3forme al art!c:ulo 491 del CISd1¡¡o da Procad1m1ento Penal, qua apa nzca 0 p].Bnallll!nta COC!prabado ·qua-al hecho 1l:lputado no ha axistido, o qua al ¡::Jl'OCSflaclo no lo ha CDIIIBtido, o c¡ua la ley no lo can =· aiciDnl 1nfnscc115n CJI!I1B]. •, y en al prBSBnta caso ~ d a astoa prosupueatas aa da. Al cantrarJ.o, ia Prueba recaudada ~

te BUJJDIISJ CjUa la doctwe Gloria. U1na practic6 d111genc1aa en al ,'. 1 ' IJIW c:antre Garc!e y tuvo la opOrtunidad ·da echar da menos al auto da datanc16n al Cual, segÚn afiraz6, DJdeu6 Sacar a au Secae terto.

  • •ea otro lado faltan alemontos da conv1cc~ón psra can . o cluir si 'so tretaS da un co:Dp;u talu~ doloso simpl amauta culpo so; irrelevante psra al élrnoctul penal asto ~tic1o. Por tanto, 1 o ifuUcaclo ea favDJec:mlo can un Segundo eotuesa11111ento tempara1 pa ~ 1~ 1'1lies previstos en al art!c::Ulo 495 dBl ci5rts liD da Procedi - ·Pénal• ( 1111 ... llladerno ciB la Cotte,· fla. 6 · sgt.) • .· Esta Qu'jl0Jacil5n caDparte al criterio da. au coleJ'.IOlcu!Dr parque al igual qua él, si bien no encuentra la IJI'Uilba pere llamar a juicio a la em!!!!!dil, tem¡:nco la halla p8re sabraaear dafln,! tivameute en 8u favor. La ·dacl.Bi'!ln1ón da1 ax-6eu"Uterio González ea ~ rieceaari.e con al· cibJato da podar cal1fiCBJ' da CltiiiW& daf! nitt~ .al llllb1.to da astas d111g8nciaa. Eil conam:uencie, le IJI'OIIi

dencia qua aa estudia, l1ebrll da conf'inDerae por aJuateraa e loaGlllndatoa legales. ' ( 1· -Gs Sin l,uger a ~ cans1dmac66~, la Carta SuprDIIa la Peneladlll1n1abtindu Justicia en • .w Wtuv d.a 'la Rapabllca y par ' . ' . autorldad da la lay, C O N F I R M A la jli'OIIidencia consultada a qua aa ha l:lacho illiSr1 to.

ALVARO LUNA GCf.IEZ liARlO Al.ARIO DI FILIPPO .. - - 4 -

•••

LUIS C'ARLOS PEREZ soto

UJIS EMWruE ROilEFiO

Jl.li..IO RONCAU.O ACOSTA

J!lSE FJARIA VEUISCO GUERRERO

J. Evencio Posat!B v. - Bacreterio ....

......

Consultar sobre este documento ...