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CSJ - SP A.Luna(25-08-1971)

Corte Suprema de Justicia

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Detalles

Título
CSJ - SP A.Luna(25-08-1971)
Autor
Corte Suprema de Justicia
Categoría
Jurisprudencia
Área del derecho
Penal
Año
1971

SALA PENAL Aprobado: Acte NI 31, Agosto 18 de 1971

(u.giatrado Ponente: Or. Alv&n"J Luna G6mez) Bogotá, veint.icinco de egosto de mil novecientos setenta y una. V I S T O 5 : Cornteponde a esta Sala diriMir de pleno el conflicto positivo de COtlpatenciu qu. ha SM"qidct entre el Conamcto del De - ¡::ari. ...n to de Policía de loa Llenos Oriantalea, como Juez de prime re ir.ustoneia, con aede art Villavicencio y el Juzgado 29 Superiorde aae miSIII8 ciudad, en torno al conocimiento de aetas diligencias U§Uicte• a eorgo del Agente de le Policía Nacional Al.FRroD Of\tAROJAS par ham1cidi.e oourri® en accidente de trinsit e.

H E C H O S : En au auto de 23 de julio ctel aRo en curso, el Juez 21 Superior eintéticalllftAte loo nboza aaU: .. Con feche 26 da Marzo de 1.9?0 a la hora aproxi mada de les cinc::Q y ~ de la tarde • en la Cl!ll:rntt&ra qua del Mu n1.cip1o de Acac!as conduce e eate cilJC!ad, fue atropellada la menor Yutna Lue:!a ~• • por un vehículo aut01110tor oondt.lcido por e 1 ••nte de la Pslie:ía Nacional, eeilor AlFREDO CI.LA ROJAS.- La nifle fue tnteladeda de Ul"'1J•neia al l'"bapital da Acacíaa y pOatttri~te

al Hoapital GeRerel "San Luis dea Monf'ort" de Villavicencio en ooo de daj6 de eKiatir" ( f'l. 48) • - El aiACfic:edo ( f'l. 31) y al Juez de r;rlMera inataneie da la jli&ticie cutnmae, ya Mr1Cionado, aolicit aran del ..luzvado .... 2' Superior de Villavicencio el QUS enviara al C~ de la Poli- - 2 cía el expediente por considarer que ere a la juaticia militar a la cual correspondía su conocimiento, en atención a que, aagúnaquel funcionario, wdel informetivo Adminiatrativo ue observe cl.a... r..-enta qua los hechos origen del sumario en referencia de que se sindica al Agente CHALA• u registnron dentro dv las circunstan cias del Art. 11 c!al Oecreto l1567 de 1.966, adeptado CalliO Ley de la RepÚblica, por la 48 de l. 96?" ( fl. 34·) • Po1· au ¡:arte el Juez 2R Superior replica Que él ae sl competente porQua, an su concepto, "e.pa.rece incueatione.ble, que la infre.cci6n culposa que se impute a Chala Rojeas, tuvo ocurrencia cue,nao el t~tgent.a del arden y de la activiclad delietual no desempai'lcaba en ese imatante función alguna ¡8f'\81"'ada pol' rezón de Cfll"gO............ su Tatapoco para la !época de los hachos se en contrdba turbado el orden pÚblico, no existía conmoción interior

ni guarra internacional afectaba al óes&nvolvimianto normal del país" ( fl. 38) • AdeJWás transcribe parte de un auto de f'echa 16 de abril de 19?0, que no aparace ""' las copias env il!ldaS a hta Corporación, saoún el cual el inatruetor penal ndli tllr Yl!l t:ebia fije do la oompetencia en 1• juat.ic.ia ordinaria" { fl. 37).

Consideraciones de la Sala: Cuando ocurrió el accidente, D'lela Aojas eJ"e Agente .d e la Polic!a, COA f'unciomaa de conductor de uno de sus veh!.culosoficialas, el merca Willys. tipo lona, modelo 1.961, de placas nú 111er0 W-D-1-19, qt;te fue al (!lue ocasionó la muerte a la. menar Martha Lueía Heredia.

El ct!.e 25 de •rZQ de 1.900, el ~ente Chala recibió 0rden del Comandante de la Ssc.eión tfa Circula.eión y Tránsito, a cuyo eervi,cio estaba, de trens~ar el dÚ siguiente, de Vill! Acama, vicsn...cio a unl!l f'inca ait uada más abnjo de l!ll Directorde Ciroul•ción Edilberto Sánchez Ha!'rEt.nll, Fue en. mnplild.ent.o deesa miei6n y, a eu ragreao, cuan.do ocurrió el caso QUe se inveati - 3 - ¡¡ ,, :i ll ,i ge por media de estas diligencies.

En cuento hace ralaci6n al eujet.o activo de la acción penal y al carácter con el cual actuaba, pare fijar la ce:mspetencie en ateACión a eete factor, a indiferente el tKJtivo que llevaba al Oiraetor de CirculacicSA al si t'io el cwal ae dirigía. lo ~ue debetaneru en cuenta es el por qué el Agente 01ale Rojas conducú el vehículo. Y ya se ha dicha cóao állo obedeció a la orden superior que 1"8Cibi6 de su Conlendante de verificar tal viaje. El agente no pod{a negarse a otsadecar a su suparior en asta clan da órdenes ni t ..p oco desconocerlas. No le quedaba nirvune, alt.IU"f''lltiva: ten!aque obedecerla. Y eete necesidad de obediencia sa debía preci~ te a su calidad de Agente de la Policía, daeignado para el manejo de ase vehículo auta.ator. Oe maquera que rec1bi6 la ardan en ate!! ci.6n al carge QUe d~ y e las funciones que dentro de 1 e orgaf'lizeci.6n propia ESe la !Aatit ución a la cual partenaeía, se te nía en aquel Comamlo. Así las coaes es necesario ccmclu!r qwe e 1 hecho inveatirado ocurrió, eon relttción a Chala Aojes, "con ocas16n del servicio" • cOMO lo dice el artículo 11 del Oacreto 166? - de 1.966: "Estatuto Clrgénico de la Policía NaciOAIIl" y, en censecuencia, según ea wdata cüapoaici6n, debe ser Juzpdo "de acuerdo con las nontU del Códip de Justicia Petlal Milit er y de las di&PQaicionaa que lo ~ifiQuen o adisionenu. Pbr tanto, la coliai6n P.2 aitiva de competencias plantuda habré de resolverse en el sentido da declarar Qua as la juaticia castrense le competente para conoeer de las prea.,taa di-ligencias. Sin lUfiar a fiiÍs conaicterecion.-, la Corte 5uprema - ..S.la PeAela.dtlitústrendo justicia ., norllbre de la RepÚblica y por autCJridacl de le ley, O I R I U E la colisión positiva de Cfl!! pataneias pl..eAtaa.da, decl•rando qua al conoeiC.ente de estas dili gencias correaponc:le al CorMndo del O.~to de Polic!e da los Ul!lnGS Oriettttales, cóllo Juez de ~ imstancia, al cual aa ram-1 tirán, previo aviso da lo reauelte al ..tuzp:do 61QUndo Superior de Villavi.cencio. C6piese, notif!t'!ue- - 4s e • e ú m p 1 a s e •

MARIO ALARIO OI FILIPPO

HMBERTO BAMERA OOMINGUEZ ALVARO LUNA GOMU

LUIS EDUAAOO UESA VEL.ASCilUEZ LUIS CARLOS PEREZ

LUIS E~IQUE ROMEAO SOTO Jll.IO RONCALLO ACOSTA

J. Evencio Posede V. - Secretario - ':•.:. ¡ j

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