CSJ - SP A.Moreno(07-02-1969)
Corte Suprema de Justicia
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Detalles
- Título
- CSJ - SP A.Moreno(07-02-1969)
- Autor
- Corte Suprema de Justicia
- Categoría
- Jurisprudencia
- Área del derecho
- Penal
- Año
- 1969
'_l_ _ - - ' CORTE SUPREMA DE JUSTICIA SALA PEl'fAL Aprobado: Acta N2 5 de Febrero 7 de 1969 (Magistrado Ponente: Dr. Antonio Moreno Mosquera) Bogotá, febrero siete de mil novecientos sesenta y nueve. En la creencia de que fueran constitutivos d e delito, específicamente del que define el artículo 184 del Código Penal, el doctor Erasmo montoya Franco denuncia al Magistrado de la Sala Penal del Tribunal Superior del Dis trito Judicial de Manizales doctor José 9esús Jiménez Alz~ " te, porque "instigón al Juez lQ Superior del mismo distrito doctor Otni Patiffo Amézquita y a su Secretario Juan Jo sé Ocampo Vargas "para que declararan reo ausente al homi cida Augusto Pineda-Fajardo"; porque "les manifestó su ex trafteza por a juicio en homicidio voluntario habe~:~lamado al prementado encartadoP; porque la apelación de la provi dencia en que se hizo esa vocación a fue juic~o, t~tada por el doctor Jim~nez Alzate como Magistrado Ponente "e n veinte días, incluyendo los días festivos de Sema ~ecasos na Santa0 porque el doctor Ofni. Patifio Amézquita 0 ae des ; moralizó por la conducta asumida de su superior, Magistra• do Jiménez Alzate,. ... y optó por renunciar del cargo comoJuez 1º Superior de Manizalee", y porque siendo el denun. oiante Juez 29 Superior de tlanizales le man.ifeet6 el Magi.,!
trado Jiménez Alzate "que le causaba extrafieza el hecho de ------ --- - 2que el H. Tribunal .le babia revocado al doctor Guiller mo Buriticá, como Juez 29 Superior, el sobreseimientotemporal a favor del homicida MaTeo Antonio Ea·cobar CaJ"do na y lo ha~!a llamado a juicio por homicidio voluntario, - o de cuyo hecho también da razón el declarante Juan Jos~ campo", y ~ga: "Igualmente me ·sugirió que le aprobaralas. cuentas rendidas por el secuestre Giaberto BeltránEspinosa. Este rindió cuentas con motivo de un automóvil que tiene como depositario en el sumario contra JavierReetrepo y otros, por los delitos de "Robo y Atraco" al Banco de Bogotá, en Chinchiná". El doctor Montoya Franco juramentó su denuncia 'el 25 de noviembre último. Se trajo copia del auto de proceder a que élla se refiere y de la actuación del Tribunal Superior de tod~ Manizales al Sar~~!ee la apelaci6n de aquella providencia. En vista d~ tales eleméntos de juiciQ, de las declaraciones de nudo hecho que se acompafiaron a la denun cia, se considera para decidir si es o no del caso abrirla investigación solicitada: Prima facie, se que los hechos que se adv~erte atribuyen al Magistrado doctor Jiménez Alzate como consti• tutivos de delitos contra los funcionarios pÚblicos en la modalidad prevista en el articulo 184 del Código Penal, no· revisten las características de este reato.
' - ... Los actos en que se hacen consistir no entra ñan ni amenaza ni violencia, que son elementos tipificBl! tes de dicho ilicito. - El hecho de que el magistrado acusado le hubie ra manifestado su extrañeza al Secretario ~el Juzgado_l9Superior por haberse calificado de voluntario el homicidio de que se sindicó a Augusto Pineda Pajardo, que es lo que al respecto declara Juan José Ocampo, quien por enton ces desempeñaba ese cargo, carece de relevancia juridica. Es un hecho que por su propia naturaleza escapa a los subrogados penales. Sobre este punto el ex-juez Otni Patiño Amézquita es referencial de lo que acerda, del mismo le comentó su Secretario. Que de proferido el auto en quedía~ despu~s se hizo esa (lo fue el 6 de diciembre de califi.~ao16n 196~, el Magistrado doctor Jiménez le preguntara al susodicho s~ cretario -como lo testifica ésteDei ya se produci habi~ do la captura de Pineda", y que al responderle que no Da pesar de que se habian librado varias órdenes de captura", lé insinuara "que por qué no se declaraba reo ausente", no e·s tampoco un hecho que tenga cáriz crimino so •' A ésto también, en forma que nada añade a 1 o anterior, alude el ex-juez eitad.o. Cómo, además, tratar de aducir como un cargo - ·. • 4el simple hecho de que el recurso de apelaci6n a que se
refiere la denuncia se hubiera resuelto dentro de loetérminos legales, en plazo más o menos breve? Llama la atenci6n que el denunciante al formu• lar este cargo no señale la pretermisi6n de ningún trámite, ni tache de errónea o injusta la providencia que desató la alzada. El propio ex-juez Amézquita desvirtúa - ~atifto el cargo de que en razón de la conducta asumida por el Ma gistrado Jiménez Alzate en el proceso en que se interpuso aquel recurso, se hubiese desmoralizado como afirma el de nunciante, pues lo que él expresa en relación con ésto es que " aunque es una aprec. iaci ón muy 'p ersonal puedo manifestar que a raiz de dicho negocio, francamente yo me sentí - un poco desilusionado, y opté prudentemente por arreglar mis asuntos personales, y poder retirarme del juzgado a mi cargo como lo hice cuando estuve en efec~amente condici~ nes para éllo y ejerzo mi profesi6n". Se trata, por este aspecto, de una reacci6n personal del ex-juez, que no podría atribuírsele como u n cargo al referido magistrado. Los demás están a la altura de los anteriores, fuera del ámbito de loa preceptos punitivos. Se dará, por consiguiente,aplicación a lo pre- ~~~-------------------------------------------------------------- -·-~~--··--- ~ 5visto en el articulo 2Q del Decreto-ley 1358 de 1964. Por lo expuesto, la Corte Suprema -Sala Penal administrando justicia en nombre de la República y por au
toridad de la ley, SE ABSTIENE de abrir 1nvest1gaci6n pe • nal contra el Magistrado doctor ioaé Jesús_Jiménez Alzate en raz6n de los cargos a que se refiere esta providencia • C6piese, notifiquese y archivase.
LUIS CARLOS ZAMBRABO HUMBERTO BARRERA DOMINGUEZ
SAMUEL BARRIENTOS RESTREPO LUIS EDUARDO MESA VELASQUEZ
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SimON MONTERO TORBES ANTONIO MOSQUERA
~ORENO
EPREN OSEJ O PErtA JULIO RONCALLO ACOSTA
Evencio Posada Valbuena - Secretario - \ '