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CSJ - SP A.Moreno(14-11-1969)

Corte Suprema de Justicia

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Detalles

Título
CSJ - SP A.Moreno(14-11-1969)
Autor
Corte Suprema de Justicia
Categoría
Jurisprudencia
Área del derecho
Penal
Año
1969

CORTE SUPREMA. DE JUSTICIA

SAL A PENAL

Aprobado: Acta Hº 45, Noviembre 14/69.-

\ (Magistrado Ponente: Dr. Antonio Moreno Mosquera} Bogotá, noviembre catorce de mil novQcientos sesenta y nue ve.

VISTOS: Se procede a la colisi6n negativa dedir~mir competencias surgida entre los Juzgados 3º y 12 Penales de ,,

., ¡ los Circuitos de Pereira y Mwoctzales, en relaci6n con e 1 conocimiento de este proceso en qu~ se sindica a Hernán G! raldo Jiménez y a Albany Duque v. de Morris por el delito• de cohecho consistente en haber ofrecido a los Agentes r . l \ del F.2 Nos. 12-26, 12-10 y 1120, el 17 de noviembre de '¡· ! -1 :. j' 1968, la suma de 83.000.oopara que ~o los fueran a perju 1 '!1dicar a raiz de haberles decomisado, en Pereira, en su ca sa de habitaci6n, implementos aptos para~la falsificaci6n 1 '1 ', 1¡'11" ,, de formularios de Totogol y 5 y 6, y cuando eran conducidos a Manizales para ser puestos a órdenes de la autorida~ / - inculpados del delito de estafa cometido con tales formula rios. Ofrecimiento que según el informe rendido a supe ~ rior por el primero de diehos,agen~es, fue en un principio ,/· rechazado por éllos y aceptado después en vista de la in - i •

-·· sistencia de los sindicados y "con el fin de pasar el din~ ro con el informe respectivo", recibiendo con tal prop6si to, todavia dentro del perimetro urbano de Per~ira, de la seftora viuda de morris, la suma de 8580.oo.

~---~---­ ·\''·:-·-h-":." ""~\ J\ 1 ¡¡ ; 1' ~ 2 Esta señora se comprometió además a completarposteriormente el saldo, motivo por el cual se la-dej6 mo mentáneamente en libertad. Al día siguiente -tras de habe~ se telef6nicamente con el Agente 12-26 a quien co~~icado ~orm6 que ya tenía 0 el resto para completar loa $3.000.~ o", viajó a Manizales donde fue capturada y le fueron dec~ misados $2.420.oo que llevaba "ocultos dentro de sus ropas interiores0 para entregarlos en cumplimiento de su promesa al referido_agante. En torno a estos hechos el Juzgado 3º Penal de Pereira estima que el de este proceso corres conocimi~nto ponde al 1º de Manizales porque la entrega del dinero se efectu6 en esta última ciudad y allí fue capturada la señ~ '• J ra Albany,Duque v. de Morris. r . .r El Juez manizalita lo contrario, por consid~ra que la proposición dé la comisión del ilícito ocurrió enPereira, porque en esta misma ciudad fueron entregados loe \ ¡'l j1 1 ! il y rna 3580.oo porque de admitirse "que la entr~ga heoha en 1 "

' 1 nizales posteriormente, forme parte o integra la comisi6n de un mismo delito0 se trat~ía 0 de un delito cometido en lugares diferentes"; cuya inveatigaci6n fue iniciada, con fundamento en las copias que para éllo y con destino a loe jueces penales municipales de Pereira orden6 compulsar el __ ; 5º de igual categoría de Manizales, por el Juzgado 4º Sup~ 1 ' !. rior de Pereira quien la adelantó mediante funcionario co ,, .. ' misionado hasta e.uando fue devuelta y en virtud de las nu_2 1 i' vas normas sobre competencia (art. 4º de la Ley 16 de 196~, se rem1ti6 al Juez Penal del Cirouito, correspondiéndole - ~- O!::- - ____. ,._ -~--- -·-~

  • 3 '' . al 3º, el cual, tras de avocar su conocimiento por auto de 25 de septiembre último, en el de 2 de octubre prov~ ~ ' ca el incidente que ahora se resuelve, considerando: El presunto delito de cohecho que se atribuye a loa sindicados consiste (art. 164 del Código Penal) en dar u ofrecer dinero o dádivas a funcionario o empleado públi co o a la persona que transitorianente desempeña funciones ' públicas, con el fin de conseguir de él, mediante tales m~ dios, la omisión o retardo de un acto propio del cargo o ¡ la ejecución de uno contrario a los de~eres oficiales, o - \. lo que es lo ~smo los fines~previstos en loa artículos -- 1 160, 161 y 162 ibidem.

Por consiguiente, de ~os modos se incurre en ~ cho delito: o dando u ofreciendo el dinero o la dádiva. En este caso el que se atribuye a los sindica1 ·~ dos, según el informe en que se formula~el cargo, reviste 1~ 1 1 la última modalidad: la del ofrecimiento. Por tanto, cuan do se produjo la entrega de los $580.oo, lo que ocurrió en Pereira, y cuando se intent~ en Manizales la del saldo co~ plementario de loa S3.000.oo ~ que ascendió la oferta BP,! ~ 1 ! rentemente aceptada por los agentes del F-2, el delito, en 1 1 1 ,/ 1 la predicha modalidad, ya e.s. taba consumado. Ahora bien, como de acuerdo con el mismo infor 1 me tal ofrecimiento se hizo en Pereira, no cabe duda, co~ f forme a lo dispuesto en el artículo 55 del Código de Proc~ 1 1 d~iento Penal, que su conocimiento corresponde al Juez 3º l 1 )! ¡1 1 ¡, i ' . :r . 4 . i Penal del Circuito de la misma ciudad, por haberse com~ tido él en territorio de su jurisdicción y ser actualmente de su competencia. Pero es que aunque se considerara la entregadel dinero ofrecido (parte de él lo fue en Pereira) como elemento integrante del referido delito y en tal hipótesis se estimara que su última fase se agotó en Manizales donde : !¡ 1 1 1~ la sef lora viuda de Morris según el tantas vece.s citado in forme iba a entregarle al Agente que lo suscribe el dine

ro restante de su ofrecimiento, lo que se efectuó pues ~o "!. se prefirió decomisárselo, entonces, como se~ndria obse~ va el juez manizali ta, qu.e se cometiÓ en lugares distintos por presentarse en éllos "los acontecimientos que reflejan las diferentes faaee del acto ori~oao, desde que éste surge en la ·mente del d.elincuente hasta su consumación pl~ il' i na", en cuyo caso la norma ªplicable, de no oir las voces del articulo 55 del Código de Proc~dimiento Penal, seríael 57 ibidem, según el cual en tal hipótesis, prevendrá el juez competente del lugar en que primero se inicie la ini '1 i vestigaci6n, y ya ee dijo cómo en este caso el que lo era en tal moment.o, o sea el 49 S\ÍÍ>erior de Pereira, fue quien ,, inició ést':_J . ' '1 En consecuencia, la Corte Suprema -sala Penal- ! 1 .·; administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la ley, DIRIME la colisión de competencias de clarando que el de este negocio corresponde conoc~ento 'j al Juzgado 39 Penal del Cireuito de Pereira, al que será - 1 i 1 ' remitido, previo aviso de lo resuelto al 12 del mismo or 1 -- ---·-- ~~= - 5 .. r 1 ! ¡- den de Manizalea. ¡ Cópiese, notifiquese y cúmplase.

EnEN OSEJO PEÑA HUMBERTO BARRERA DOMINGUEZ

SAMUEL BARRIEWTOS RESTREPO LUIS EDUARDO MESA VELASQUEZ

SIMON MONTERO TORRES ANTONIO MORENO MOSQUEBA

JULIO RONCALLO ACOSTA LUIS CARLOS ZAMBRANO

J. Evencio Posada V• .... Secretario - ,- r .

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