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CSJ - SP A.Moreno(25-04-1969)

Corte Suprema de Justicia

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Detalles

Título
CSJ - SP A.Moreno(25-04-1969)
Autor
Corte Suprema de Justicia
Categoría
Jurisprudencia
Área del derecho
Penal
Año
1969

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CORTE SUPREMA DE JUSTICIA

,¡ SALA PENAL 1· i Aprobado: Acta N917, Abril 25 de 1969 "1 '1 (Magistrado Ponente: Dr. Antonio Moreno Mosquern) ¡: f Bogotá, abril veinticinco de mil novecientos sesenta y nueve. V I S O S s ~ Conforme lo previsto en los artículos 67 del ~ C6d1go de Procedimiento Penal y 17, ordinal 49, del Decreto ley 528 de 1964, se procede a dimimir la ool1s16n negativa de competencias surgida entre el Comando del Departamentode Policia Caldas con sede en Manizales y el Juzgado 29 su perior de,. la misma ciUdad• en relación con el conocimiento- ' de loa hechos eobre que versan estas diligencias. A élloa alude en auto de 24 de diciembre ~ti• mo el funcionario inst.t:nator, así: 1 1 nEl dia 8 de diciembre del presente aflo, ae celeb:r6 en el barrio "La Sultana0 de 1.a. ciudad da ma nizalea0 por parte de loa sefiores miem~ros de la Acción~ 1: ¡i Comunal la festividad de coronación de la reina de 41 - '1 cho barrio, con toda clase de regoctjos y especialmente• con la 1ngeati6n de bebidas alcohólicas, suscitándoae d~ sórdenes por parte del joven Henry Osor1o Yepea, dandolugar a que intervinivera la policía. "José Fernando Montes Giraldo Agente dela Policía del Tolima quien vestia de civ11 conversaba0 , .., .,. :tuera de la caseta con· el Agente Ramón Emilio L6pez 1>Ur '1 -"'------=·-=-:..=::-'-' -- ..... ---- -------- ~ .d=~~;;.:;......---==--:i- -~- - 2que, resultando muerto instantes después, herido el ci vil César Oifuentes Herrera y el Agente Adán Tovar Mon tes. "Con base en estos se inició 1 a hechos~ investigación para conocer al autor de la muerte de Jos! Fernando Montes Giraldo, as! como a los de las lesiones causadas a loe señores Cifuentes Herrera y Tovar Montes. 0 En el análisis de loa hechos, las decla raciones allegadas al proceso, hay una prueba que aind! ca en forma clara al Agente Ramón Emilio L6pez Duque c_2 mo la persona qué disparó su revólver contra el occiso~ por tres ocasiones a boca de jarro, complementada conel dicho de otros deponentes. "Y es preciaamGnte el Agente Luis Antonio Sandoval, quien al ser descubierto y encontrársela e 1 revólver del occiso, quien confiesa su participación y la 1mp~taci6n directa a López Duque. "Al mismo tiempo, el mismo Agente guiaSANDOVAL es quien en la noche de los hechos vestía d e civil, reconoce & José Fernando Montes Giraldo como au tor de las lesiones causadas a Oifuentes Herrera y !ovar Montean~- El Comando estima respecto de estos ilícitos - • 1 1: que su conocimiento corresponde a la justicia ordinaria• - \1

1 pues del estudio del proceso -diceaparece que no fueroncometidos con ocasión del servicio, por causa del mismo o de funciones inherentes al cargo de agentes de Policía d e los sindicados. El lo contrario. Juzgado-s~etiene -------~----, . ~l --- -- --- --~--~ --~~---~~--- '

  • Para resolver se considera: El fUero penal castrense es un fuero de excep• ci6n. Su reconocimiento está subordinado al cumplimiento de determinados presupuestos.

Vigente el Decreto Legislativo 1288 de 1965, - por medio del cual se declar6 turbado el orden público y en estado de sitio el territorio de la República. ese fuero se le recanooi6 a los miembros de la Policía Nacional por De creto 1752 del mismo afio, no de cualquier modo sino como di > - ce su artículo 19 °con arreglo al C6digo de Justicia Penal Militar0 esto es, en loe eventos previstos en el artículo , 308 del mismo estatuto. ' ' Restablecida la normalidad institucional por Decreto 3070 de 16 de diciembre de 1968, dej6 de regir el 1752 de 1965. Sin embargo, el articulo 12 de la Ley 48 de 1967 adopt6 como ley el Decreto Legislativo 1667 de 1966 e~ yo artículo 11 consagra lo siguiente: 0El personal de la Policía Nacional que con ocasi6n del servicio o por causa del mismo o de fun ciones inherentes a su cargo, cometa un delito será ju-zde acuerdo con las normas del C6digo de Justicia Pe gad~

. nal Militar y de las disposiciones que lo modifiquen o adicionenn. - Se requiere por consiguiente para que un Agen ---,, -- - - 4 te de Polio!a pueda ser juzgado en la forma que esta no~ ma prescribe y que ea la actualmente vigente, que se ClJ!!! pla uno cualquiera de dichos presupuestos. Como en el caso de autos ninguno de se - állo~ ha establecido, ya que hasta la fecha se ignora el móvil de los delitos que ae atribuyen a los sindicados, la Corte Su• prema -Sala Penal• administrando justicia en nombre de laRepública y por autoridad de la ley; DIRIME la colisión de competencias declarando que el conocimiento de este negocio corresponde ai 29 Superior de Manizales, al que se Ju~gado rá remitido,. previó aviso de lo resuelto al Comando del De partamento de Policla de Caldas con sede en dicha ciudad. ' C6pieae, notifiquese y cúmplase. '·

EFREN OSEJO ~NA HOl'llBERTO BARRERA DOMINGUEZ

SAMUEL BARRIENTOS RESTREPO LUIS EDUA_RDO MESA VELASQUEZ

SIMOH MONTERO TORRES ANTONIO MORENO rllOSQUEliA

JULIO RONCALLO AOOSTA LUIS OARLOS ZAr,'fBBANO

Evencio Posada Valbuena J

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