CSJ - SP D.Velásquez(11-07-1980)
Corte Suprema de Justicia
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Detalles
- Título
- CSJ - SP D.Velásquez(11-07-1980)
- Autor
- Corte Suprema de Justicia
- Categoría
- Jurisprudencia
- Área del derecho
- Penal
- Año
- 1980
, ve.l.ASQ:uez lA
Or ~ OA,J,(lO C.;.~JIR
. . . . \ de j u·l.1o de- .. t1 novoc..l·snt,o$ 'Oc'hant a.
- .t: - ooss qu.••• a.delontan c·oflt·ra SSG\.'f¡·¡OO(~S!GUNCO 30S¡) TR'J\NSlTO oa
SAlAS',
ANGU~;:5T¡AGS Aaa a~u'_ Pro..~l,oc~. Mufl,lcJ.pal de L,,\S 'fogu(_ por 1" ~1ellto9d'. ·f.al.. déd 'Y peculadO. el 1·r1btma·l $U p~rl'o"dél 01et,..ito :lulÍi.etial ,de'1\Inja,. ·flad1all't. ~,ro'Vi.denet... de 14 de noviembre de 1..979.. adCJpt6 las .81gu16nt:,08 doc131onca 1 .u·toe lp.~ t: ,leg4 lQ r-svocmtoria de dettitn .• d'9 105 en' con·tr. d~l proeeeado deut.ro de loe ea 30•• No iicog'iI la pot~c16A.do dec.lara·to·ria de n» lida4 d:& 10 ectua·do dent'ro dé .tates causa•.•. " par·tlr de. loa· _. corr·~:toP()Jl.diGntafj~"tO$ d. c1.rre dé lnv~.ti9ac.i..&t..;. Oc la docid.4n del Trtbtutal 8f)elaoron~l r),.ao~
y .1 P·1.eoa.l 30. de· la CO'~·orllct.6ft. . , .~ ..~ \ _-~, .. , - 2 .. 30&, SegundO ·8a... ·$.al08, quien dea,emp·eti·ehael .. cargo de $ecr-etar1. dal 3u~gedo Promíacuo t-ttu-nlclpal d;.)·Te9U.l.. ·CSoy.c'l. por fv.é eneorgod& del de-epacM, vacaelonO·8 de.l t1.t» . 1.$r, u.n.tverei ario v1.m:ene "·c.rra. Barrer... so dos ocasiono.. _. t Del pr~.éro el veinte de agoste de 1.972 y del 20 de dieiMl •. br. de 1·•9. 12 al 8 de eRoro de 1.9n ( fls •. 27,2:9 y 68 ) .. In d1(;t~o juz·g·g,do .e t"ramit.ab8: un ju·i.c:lo ej.cuts. ... vo de Fr01.l..án eontt'a :¡ulio. Ro.44n en el ,cual fu~6 d8aiS. S88·"Z ¡, nado eoee $:9CU$stre el 1J&flQr~doq·ueo varga •• qu:tan h.1zo en- • d. le suma do sets m~. P·.5G •• en tr-;.,lS co-nt.ado. rAz6n por 1ti cual f.·te ·.XPid16 al c· e.u.&t·re 10$ corre8pof"tdient~s rO>iOtbo,& ( fl$. 20, 32., as y 56).
P08terio~mi1Jnte el sindtcado solicit·. a ~l.rdoquGO " 'r v'srga:s le. devolu:e.i.tSn d. recibe. que la había oxpedldo. e! 108 pre.'ndo1e que. l:ba a nace:,. atendl.tr ~ po... lG -·km rOG1.bG C01Ml ser. lo1~H·t. 1\11 -peSO'e, 1:0. a,ntgr't-(Wee no tenian ya razón de El do-eumanto ett.pl.etor·!.o ~ p,rt3aentado en forma de r-·oncltci6n. de- .. cuenta. y que tia-net po'''' facha la del 2D d:e enttro d-a 1.973, ... puede ob$et-va(ge fo11·o•.• , en 1ae. coples prooeIN ejecu .. 8 ÓG'1 ." 'liVO de Flotr4rl $:aenz.. En 61 8e ~xpr8•• ; -20'. Haeta la fe . eh. le racolecei'n del. c&f·' .e h9 119V~doa l.ntrt:te:rrumpi . C8bt;) d·8ulon·,., y 8(ojtha rec;oleotaóo &01. cargas de co·f·6. qu'e confor .ce me .:1 c·on¡trato t.~¡uee8. 1~·br' con el .~:rto.rLu1,e Ca·$t·re. cuya pia anOMO al p'r&8:en'Ce para los fl·n-e-slegal •• , ..rroj a ¡ fa .- 2m - .
\IO'r del .o•,. dito la BtlaS do .·.19 4\i1 p·e.oa ( • ·6.000.09 ) M!cte ':'0. . . .... ................::lt:.". - :3 - . sue a esta que he recibido,quedar~ a disposición de ese CaspachQ como así lo hago· (f1.47). Estos seis mil pesos son lasmismos que ya habia recibido en ocasiones anteriores Sa Saenz las. pero que aquí se les hacia aparecer como si fueran a se·ren regados ahore , regados los recibos po r Vargas a t apenas Ent Saa,a:z Sal,as, éste los destruy6 y arrojó al cesto de. la basura, :(: de dond~ fueron recogidos unos fragmentos agregados al expe y n. die te ( f 1s. 20, 23 ,. 32, 33, 56.. 57, 61 Y 62 ). Saenz Salas no deposit6 los dinero~~ recibidos, ni . los entregó a la part~ beneficiada, ni los incluy~ en el inve! taria (fls. 56 a 58 ), circunstancias c.ue llevaron !¡S.,l Tribunal \ '. , .. . , a deducir que el sLndf cade se " ~,delas apropi6 indebidamente su- . 1' mas recibidas y que los coepr-obsnt es los de s ruy6 pa~~'ao, cultar t \ , \ ,,;\ . . . ~\ ' la apropiación. Por e110·,10 11ain6 a responder en j·uie~~~l\~rim!.
nal por los delito·s de pa,culado y false·dad en doc:umento's, "et~ - • COt1CUrso (f 1$ •. 15l a 157' ). La auda enc La pública sa celebró -, .... ~ . '. con a·usencia del p,ro'cesado, quien, con anterioridad, había sido. -, j • ,.'.. ~ j ._ I declarado reo ausente, tanto ef>la etapa dal sumari.o para afee-, : , , j toe de rendir indagatoria (fls. 93 y 131), como en la del jui 1 I cio para la notificaci6n del auto de proceder afectos cona! ~ y .! guientes ( fls. 173. 174 y 175 ). i , i ! Trr! Meeiar-te p rovt denc e de 2'6 de loayo de 1.976 el í ; buna L dec'ret6 la acumulaci6n, a esta causa, de la radicada baho . el nl1mero 42.'505. que adelant aba la misma Corporaci6n cont ..a. ;- , ,'. Sa~~z Salas (fla. 207 a 209). Se ordeneS en el mismo proveidaj,- suspender la tramitaci6n en la causa No. 39.380 hasta tanto l~ 1 , otra estu'vies·e on est ado proce·s.al que perrnitie.ra tarlas ~ trarlli en forma conjunte. 1 1, I I. '. ! 1 - 4en el ej crcicio de sus funciones como Juez Profn1s
cua Municipal de Togui, encargado, ~os' Segundo Tránsito de las Angustias Saenz Salas, otorg6 a Julio Alberto C~rdenas, contra quion se adela.taba un sumario por el delito de abuso da confianza, el beneficio de Lí be r-rad y le exigi6 1@ p r e e r ac Lén deun a cauci6n prendaria por la suma de dos mil pesos ( f Ls , 42 y vt.o , ) • 3:ulio A.lbert·o CárdsnDs de'posit6 el dinero €·n la Ca~ ja de Cr6dito Agrario de la localidad y obtuvo el título de de·'. p6sito judici,l No. 268978 (fl. 41 ) que present6 al juzgado. En oficio No.• 023 de 11 de enero de 1.971 dir1gipe la Caja,' se trsl1s·cribi6 un auto inex .•·.tente en el cual se aSI firm.a que la caución p r-es t ada por 3ulio Cárdenas fue cance Leda , y que, en co ns ecu enca e , dineros pueden ae r ent regados a Mi106 • guel Avila, empleado de Telec6m en Togui, quien, segan el text~ del supuesto auto, estaba facultado por el banefici~rio para recibirla (fls. 40, 165, 374 Y 431 ). 'La diligencia de 1nSp€lCci.<Sn judicial que se pract,!' c6 al proceso por abuso de con f anz a que se' ade Lenz aba con t r-a _. í J!ulio Cárdenas ( fls. 2' a 33 ) permiti6 comprobar que el auto-
..,... que se transcribió en el citado oficio 023 de 11 de anero de :, 1.973 no fue nunca dictado. El meric Lonodo o f icio ~ar-ece firmado por ~imelo 'io ·r'r'es Barr'era" ju'ez, titu'la:r, p or-o é-ste niega aL hecho, a la vez t a firm.a qu'e para esa fecha no se había re1ntegr~'ldo al juzg.a- (1U\.-1 \ { , - ... ;) a do , aun que sus vec ec í.ones conc Iuvcr-on el día de enero de1.•973 ( f 1s , 66 a 67 } .... Miguel Avila r e c Lamd el dinero en la C~j A.graria, él por solicitud que le hiciera Senez Salas, y lo entreg6 e éste - ( fla. 14, 14vto y 15 ).' Estos hechos 119n permitido afirmar al Tribunal que el funcionario acus ado se apr-op í.é tndeb dament e dicha suma, pa- í ra lo cual se veli6 de la falsa a f ac hecha en el ;·.¡.encion-a Lrm Lén do oficio.·- Por eso lo llam6 a responder en juicio' por los de litos de falsedad y peculado cometidos en conexidad (fla. 103 a 108 ). También en este proceso se emplaz6 y declar6 reoausen.te a Saen,z Salas ( f.ls. -(6, 77, 114 y 115 ) . ..,. En varias oportunidads$ se ha fijado fecha paru la la c e Lebr-nc de a;u,diencia pública., p~:3ro no se ha podido real!
Lén za·r debido a 10·s verios incidentes y actuacionos promovidaspor el acus aoo, F'inalmente, y ante una nueva solicitud de éste 0-- rientada como las anteriores a Q·btener la declarctoria de cesac16n de procedimiento. o la revocatoria de los autos de datención o la nulidad de lo actuado, el Tribunal adop1:6 las decl -_" s í.one s que, por vía de apeLacLén , revisa la Corte en es t a opor> tunidad ( f1s •.472 a 477 ).
CONCEPTO DEL FISCAL 30. O'EL TRIBUNAL :
- •• j 1:.1 Fiscal Tercero del Tribunal Superior de Tunj a , solicit6 a La Corporación la declaratoria de Las nulidades propuestas en una y otra cause acumuladas y pidi6 que se nega·rala revocatoria de los autos de detenci6n y la aplicación delarticulo 163 dal C6digo de Procedimiento Penal ( fls. 465 yes. ). ' E:n cuanto a la causa No. 39.380 dice el Fiscalque se ha incurrido on la causal de nulidad provista en el nu.... meral lo. del articulo 210 del C. de P.P., por incompetenciadel Tribunal para juzgar al procesado por al delito de falsedad, pues la dcstrucci6n de los recibos se efectu6 cuando Saenz Salas ya no desempeñaba las funciones de juez encargado, sinolas habituales de sec'retario, no teniendo, en tales circunstanc as , el fuer-o especial que 'a,merite su juzgan)iento por el TI"ib~
í nal. Con r e Lací.ón a la causa No. 42.505 el Fiscal considera que se incu~ri6 igualmente en nulidad, 'sta de carácter constitucional, ~l haberse ,iecretado el cierre de la invest19! ción, sin tastar perfeccionada, con lo cual se violó el articuel lo 26 de la Constituci6n Nacional que tutela debido proceso. Furtdamenta su apreciaci6n en la auaencd a de d:ic·tá,- men grafo16gico respecto del oficio No. 023 de 11 de enero de1.973 parr. acreeitar si la firma correspende o no al titula,r, y e'tI;>la faltos de comprobaci6n de la fecha exacta ·en que éste se ... reintagr6 al despacho, una voz concluido su periodo vacacional. e o e pro N E [) E L TRI B U N AL: ..'. ..)s.... lIil • _l •• ib_'N.IEE'1 _. l· •• MI", •• _ J - 7relaci6n a la p¿.ticicSn de acumulaci6n solici. C011 tada por el procesado. estima el Tribunal que no es procedente, por cuanto se trata de un proceso ya archivado como consecuenc1a de la declaratoria da prescripci6n de la acción penal, ordenad~ por el Promiscuo Municipal de Taguí (fls~459) Juzgado y, de otra parte. porque hechos a que se refiere ese pro 109 ceso distintos de los que se investigan en la caus e n~mero son 39.380 • esta r~specto razona de le siguiente forma elA Tribunal: ...Conviene dejar constancia en esta oportunidadlas cop Las que posteriormente allegó S~ SA61l\lZ QU3 o. LAS y que se con eu L an a los fo lio 441 Y ss t 8 8,! tar:í.an resolviendo la conducta de éste por apropiac~6n do la ~um8 de cuatro mil pesos en su con· dici6n de Secretario del Juzgado de Toguí, deposi ._ tados por Melquisedec Sánchez. para abonar al eje cur avo ade Lant ado por Robe r o Moy's contra :Joaquín t .. - F.aj ardo. Auncuando allí se hace menci6n a los he chos investigados en la causa 39.380 no implir;atal circunstancia juzgamianto alguno respecto de~ 1&5 mismos, p rque debe tenerse muy en cuenta que pp:r..~la ap r op Lac Lén de los cue t ro mil pesos yá meno. • ,. ~ionados, este Tribunal abri6 it1Vest1gaci6n penal que se rad1c,6 bajo el ndmer-o 39.552, del cual SB-i ·compuls .ron las copias qua conf cr-aan la causa ra dicada 91 No. 42.505 'i la otra conducta se cal!f! 06 como de "Abuso de Ce,Afianza" y se envi6 el di!~ cisiete de marzo de mil novecientos setenta y -~ .. :,. seis al ~uzgado de Togui por comp:e-atencia, siendo " - . ~ •, e st a proceso el que al parecer yé ar chavé el cit! , '.. do juzgado seg6n las copias que adjunta el proce
sado SAENZ SALAS" ( fi. 473 )~ -- aen cuanto a la solicitud de revocatoria de los autos de detenc~6n y declarató'ria de inexistencia del delitQ, argumenta el Tribunal que en o·casiones anteriores el pr2 cesado ha formulado id'nticas peticiones, les cU~31es no fue~ ron acogidas por la Corporac1.6n en provi.dencias que rec~bieron posterior con f a rmací.ón por la Corte, sin qua s e advierta u·n cambio en las circunstancias probato~ias qua modifique la situaci6n jurídica del enjuiciado, (luian por su voluntad ha dilat ado el p forma Ln dc finida • rOQ~;!i$.en •' ~-:. .<l. tI respect·o, se exp r eaa así 1 . '. -Debe negarse la sol~citud de revocatoria de los éutos dc detenci6n recaídos dentro de cada unade esas causas acumuladas, porque tal petición - ... es no t o r í.anen t e impr'ocedent·e y cont raría las' ncr . .ya mas lega Les. que en las causas e i t adas obr-ande proGeder ejecutoriados y 10$ elelnentos DUtos ~ de j u í.c r,o de d í.e ron base a e s t os pro~unciamie'n - ·tos nO han sido desvirtuados. En este sentido_. . se pron~nciará una vez más la Sala, siendo enten • dido que habr~ nueva oportunidad da analizar urla a fondo la pruebo obrcnte a los autos, como esel momento .de d:lctar sent encia, paso procesal - : • qu se 8¡)roxima en el caso astudio". (f 1.475) • 9 él I : Con relsci6n a las nulidades propuestas en otra ~ . . ~.ca9i6.n por el procesado. y aho r a acogidas por el Fiscal Terce- .:.·...ro, e 1 Tri buna 1 a no a : t ! "Olvid6 el señor Piscal que la destrucci6n de los recibos de cons t qnací.én conat i tuy6 la falsedad y que, esta no puede confundirse o tenerse cE fecha mo la de la presunta rendici6n de cuentas que na- .' eran ,,~,; tu relmente e s la r ce í.bo s no misma. .Estos . . ficiales y por ende, documentos pa.blicos. Den t r-o . . ... 9de asa Causa No. 39.380 los punibles de peculado y falsedad r eeu l ten ~,;,qD~l<-.p-2e~ro al rClspecto na da anot·6 el Ministerio P~blicoQ (subraya fuerade (·fl. texto) 476). Agrega Alás e de Laut e el Tribunal, r eep ec t o de lapetici6n de nulidad en la causa No. 42.505, que la afirmaci6ndel ranroscntante del Minist0rio P6b11co. en cuanto a inobser - • vencía de las formas propiD~ del juLcio por no tlsberse practi-
. . cedo pruabas de inobjetable valor y tra9ced4~ncia. no es atend! bie si se tiene en cuenta que los autos de pr'oceder ejecutoriado s const i t uven de por si "ley de 1 i:l·ro.ceso", y que, de ot re par te, en el debet e oral de la aud í.enc ia pública pueden ser p·ract!.\ cadas las prueb86 echadas de menos que las partes considrrcnpertinentes. . E'n es t e pun r o se expresó a.s:~e' I Tri burra 1: ~.; . :'" • Cortsid'6·ra la Sala que es conveniente aeñ a Larfe cha par-a 1a c e Lebr-ac dn de '18 sud cnc t a fJ,1blica - í í den tr-o de la causa radicada al No. 42.505, y que _. en caso de no ~er impugnada esta providencia, ofi~ a c Los amen t e y en la forma p r ev í.s t por el Ar~t~'513-, del C. de P.P. será.n d ac r-e ades y p r-ac tí.cadae las-, t pruebas co nduc en t es a ecla·ra·r l.~,;s t u ac Lén r's:al y í jurídica del procesado, en conco r-danc con el srLa iculo 'SOl de la misma obea , pr-uebas que se decre-. t tarán por auto separado y en su oportunidad". (fi.;· 476 ).
OONCEPTO OEL f~INISTERIO PU8LIC'O y COi'tSIOERAC¡ONE·$ DE IL.A0_ C .JO i.-RTe ,.
_'s' •• , Ir eM $$ • ._.. , irl un todo de acuerdo cpn los p Lanr e emto nt o e delProcurador SeguncJo Delegdo en lo Panal, pesa la Corte a referir. - 10se a los puntos debatidos en este proceso unificado: 10.- No puede aceptarse la solicitud del sindicado consistente en que so acumule, a estas causas unific8das, unproceso qua. segQn elJ apreciaci6n, se le adel~nt6 el ~uzgado ell Promiscuo Municipal de Toga! por los mismos hechos que dieronorigen a la causa l\lo. 39.380, relacionados con la apropiaciónde los seis mil pesos entregados por el Sdcuastre Mardoqueo Va! gas derit ro del proceso ejecutivo de Froilán S'sez contra Julio .. Rondón, por cuanto dicho proceso uoncluy6 declaratoria por' de ~ prescripci6n de la acci6n penal, ya en firme, y, adamAs, porque~ de acuerdo con los elententos de juicio de que se dispone en los " -, procesos eCtjfflulados. los hachos que fueron objeto d~ la declara . taria de prescripci6n se referia~l a un caso diferente. esto es, a la indebioa apropiaci6n por parte Saenz Salas, dede cunnclo sempe"aba lse funciones de Sacr~~tariodel Promiscuo Mu- ~tJzgado n í.c Lpa L de Togüi, de .~atro mil pasos depoe t adce por Melquise í Mt de e Sánctlez en el juicio ej .icut í.vo p r-ouoví.do por a •.
RI.)b(:~rto .~. ~ E·n efecto, en la denuncia f c rmuLede ante la Aleal .... día fv1unicipal de Toga! por el ex-:tuez titular del ~uzgado Pro- .. ,. miscuo Municipal de esa localidad, ·universitario 3imeno Torres. Barrera, cont ra su ex-Secretario ~osé Segundo S~enz Salas, 'se- •.. , aludi6 a diferent~s hechos atribuídos a óste, r-e los cua.Le errt s estaban los relacionodos con la apropiaci6n de los dineros en- • 1 tragados por ~1ardoqueo Vargas en el juicio ej ecu tLvo de Fro1 ...· , lán Sáenz, pero tambi6n los referentes a la apropiaci6n de lp's , , . .. , , -. , cuat ro mil pesos cnt regados por Melquisedec Sánchez en el ej &~ " . cutivo de Roberto Moya contra Joa·quín Fajardo y otro ( fls. l. ~-~ a 5 de la caus a No. 39.380 ).; - 11.- La denuncia fu6 t"'emitida la alcaldía al Tri .. DO'" , bunal Superior de Tunja, pues parte de hechos se referían 106 al t :i.empo en que Sáen.z Salas se desempeñó como juez encargado ( fl. 6 ibídem ). El Tribuna). da apu so se compulsaran cop Las , en qU0 namero de cinco, para ser sometidas a reparto, por tratarse de hechos diferentes ( fl·. 9 ibídem ), así vinieron a generar
y se diversas investigaciones, habiendo quedado el proceso No. - 39.380 dedicado exclusivamente al caso de seis mil p eeo s .... 106 entregados por Mardoqueo Vargas en e]. Gjecut~vo de Froil'nS~enz contra Julio Rond6n. Así puede observar$e al analJ.zar esta proceso, y dilucida c Lar araen te el Fiscal Primero del. Tt-ibunal Sua9~j.l0 '. p e r aor de Turljs al r(3ndir su cenc ep to , una vez cerrada la itlves igaci6n: t • Se refisre le presente investigaci6n a la denuQ e.í,a pr-es ent ada po r el un tve r s rio Jín¡eno Torres t t ;::: Barrara quien a la saz6n des0mpeRaba el cargo de ~ Juez de Togui contra su ex-Secretario Ex-Juez e. y rdado JoSE SEGUr~iOO SAENZ SALAS por los de La tosC2 . de ~t_~~ati y E,~,gu_~~_ c9 o~ m. utidos en al p roc eeo ej.!' " cutivo de Froilán Séenz c~ntra ~ulio Rondón, jui _. sp"............. . sq_- .. ,. al _ W' •• a.. e i o que o b r a e eop i as a f Ls , 38 Y s s • 1'1 El ex-3uez denunciante seRala otra serie de car gos que fueron obj~to de otros cuatro procesos - .,.:" que se ade Lanr an por separado. En t odcoc asc re·pi-. I ta, al presente proGeso tiene su origen en el si ~.
~'. ! guiente aparte de la denuncia del universitario
- '<. meno Torres Barrera: ~ 12 -
. . mi denuncia loe siguiea ..... ·Mot1.van los hechos de tos: El dia veintidós o vantitr6s de enero delano,teerpresent6 rrlerlte a mi De8~)acho el sañor - ~1A.~D:)Q~JEOV!\RGAG J1ATEtJS sucue at re ,do9ign~do den- # tro del juicio ojscutivo que en 01 Ot~3paC~¡Oeaventilaba promovido por al sonor SAENZ ( se reflere. a :F'roli,1m S'enz) cuyo rap'rasent'ar,ts leg·sl erael doctor Hécto·r f"loisGS Prieto Gó·mc.l;.y en cont ra- . r Ctu'e del s cño JUl_I() ROt'-!DON, ej ecur avo .ascedendia .. de 8.000. en cao f t a I e 1.81suma OCHO f""tL PESOS .( $ M/cte •• , da.cho safiQ·r VA:~GAS r·1ATeUS, ma 1nform6 0'0) al ser requerido por mi despacho ~~uer1nd.ie:rael cuen aa de la Labo r pa r a La cual fu6 (lasignado, .. t inform~ndoma le hab{~ entrega al se"or~ C1U8 h~cho . '. seIS SANEZ ds la su m;,:·d) e f'1IL PESOS ($ 6,.000 .00) -
MI ct e. t r ee con t : .idos de ·fRES· ,\11_ PESOS (13.000."
,:,')1' , " o ) '.-, ,..,) ".',TL r.·~~""'n"'."(~ ";("\00 Uí I'TL ..... O ·--r-\ctt ( ~ f...J r,....., . \. ... J ~ ...). '. .... ¡ t;~ _,_;;) ~ ~-:.'.J • (,10 ) . t• '., ..... fJ t;~ '..1 o ~ r,., 1.000.00) t1/ e t y que '1$te mi~m() serior SAIiN'Z, .. . 1) .: el a9::;ret ar'1Q le h.abía dado r oc í.bos en que con$t.~ b o lo ant raga. de dichos di.llares.. Eatos di.nar·oa - . • \\,. fu~~ro'!l{~ntrega-t1.o-s sS'gún {.l2..c~lv (1.''31 ~~:)fio·\,r.',L\RB.AS d§ ':, " . \' . . v , '\~ •, 1 ent e da los S9"or0s DUSTAN() mSAGUE y f.lt!L\lIO HUR- ¡ I citador :.Juzgado, "fADO, @ste, último de L esta$ en .'/ ( traga$' 13$ haz.o VARGAS r1ATEUS desempei"\ando el se l' ..,. . . ; rlo r SA::¡'~Z1:):~:func Lonos de se.: r et ario y J~tez Pi-O- ,r ,;, . , ' fU i $C:UO t1un i c'j_o ·:11 r'~ne ~ro;:;)do, po r in f o rffl .e ión (le;l_. . 1, . . ,.
_. . 1, . . ,. ., sc-f.1or sacu;,~·stre se supo igual.tslent& que el d·.:{a di;! '. I ~ cí.nueve e veinte de ener-e del cor r í.ent e año , fu4- :.\ J i .jr. I . I , ¡ { bienes saco rom~i6 los rec1~' p rada r de str8dos 109 . , . . , ¡ , había. entregado al señor en r .,. ·bOe. que ~ 1 le V¡.\R.GA$ y , r .,, sustltuci6n la ante-agó un memorial que perece ser' I ! dent ro del juicio una rendici6n d::·.c: uent as de 1 ci , , .' .' r t ado Va.rg·as Mat6us en el cua l, afirma {jete que ha _. r , r'ec1bldo Los di.neros y que OPQrtunem.ente Loa hará..:.. tole -,... 11{~ga.r al OtUspacho, para informarme de' tales ches quore.llarrne que:rellar1Be como lo hago c.i to ce ...· . mo test~go,s a las personas y3 !~ancionad,a& y , él 1'05-- (fl$. que estos citaR~ ••••. 139 Y 14f.1de la Causa -~ 45 46
No • 39 • 'SOO) ~; .. .... ..
. , . , < /' i I r - 131 igac16n el De te for·ma Que la 1.nvest qu e ade Lant d - .~uzgado Promiscuio Municipal de Togü:! y que terminó con La decla rato ria de p r-eac ripci.6n, Lnve s t igBci6n que t uvo quo haberse g6';' nerado en el envio, por comptencia, que el Tribunal debi6 habar hecho de otras de las que se desprendiero" de la origi~al, serefer.1.a a caso diferente del que se Lnve s t Lqa en el p r-oc e so No. 39.380. Así lo anmliza tamh1~n el Tr"ibur1al en el auto que es motivo del recurso de alzada. segan transcripci6n que se hi zo en otra parte de esta p rcv.í.de i.c í.e, Sin embargo, como ..ue apo r el Las copias sindi' .• t é t2 cado ( f 19. 441 a 450 del p ro c aee ¡··jo. 42.505 ), no con t 1ensn lu dos los elementos de juicio necas&rios para funda·mentar, singar a duda a Lquna , la afil"'maci6n que se va ene h aca endo , debe a p r-ovechar-se la audiencia p6blica para dej ar itldubi t ablemente ei tablecido este asp~cto. 2.o~'- Por lo que respecta al mant ení.a en t o de Los ... í autos d3 detención que pesan sobre S'enz Salas en una y otra ca~ ses acunluladas, debe daci.r'se qL.e le asj.ste raz6n al Tribunal para adoptar tal determirl8ci6n, pues la prueba ,.'u las ~\irvi6 de _.: .•..! ".1 1,:• • su t en to no ha per~~c;!Q su v aLo.r , G '. 5.1 bien es cierto que al p r oc es ado ha vena.do acom-· s pafiando a sus me.moriales fotocopia d 1 oficio 023 de 11 de onero ... ", 1. •" de 1.973 que aparece f a rmado po r el juez t a t u Le.r uni~3rsitar1o .. # ~imeno Torres Bar"rara. y de una co ns t anc La , que también aps'rece suscrita por 61 en la cual da por recibidos do Salas uy SAel'z nos dineros correspondientes a dep6sitos judiciales, entr'e ellos·, ... 14tres mil pasos de Mardoqueo Vargas y dos mil pasos de 3ulioCárdenas ( fls. 373 Y 374 del p r-oc eeo No. 42.505), no lo es .. manos que S-'enz se en t 6 h abe r d:t et ;)do el au t o de 3 {le errero de 1.97.1., por medio del cual dizque se rosolvía f evor-ab Lemerrte .. .- la petici6n de devoluci6n de fianza formulada por ~ulio Cárde eegdn nas, .eu o que no figura en el cor-r-espondden e proceso, t t comprobaci6n hecha en diligencia d0 inspecc16rl judicial, yque es el mim$o que aparece transcrito en el oficio 023 de enero 11 de 1973, dirigido a la Caja Agraria. Agreguése a 10anterior la manifestaci6n de Julio Cárdenas de no haber 8011ca cdo la devoluci6n de la caución que había constituido, yt el hecho de que existe otro of~cio. el 020 de 9 de enero de1.973, dirigido a la Caja Agraria, on el cU81 se transcribeel mismo supuesto auto, oficio que está suscrito por 30s~ - S~en Salas, co~o ~uez Promiscuo Munic~pal enc&rgado. ( fls. - 33, 42 Y vto y,'82 de L [)roceso 4.20505 Y fl. 4 del cuad , No.• [>.10. 6 de la Corte ). De otra l,arte, carcce san de explicación satis ~ factoria porqu' le fueron entregados a S5enz Salas los dineros reclamados en lB Caja Agraria por Miguel Avila, si fue que '1 no con f ecc cné el oficio No. 023 tiirigido la Caja, ni t uvo 9 í nada que ver con el asunto ( fl. 14 dal proceso No~ 42.505 ). Como lo ha expresado el Tr~bunal, en la audiene a a pública que está aún p en d í.en t e de rea~izar en la c eusa No. 42.505 habrá oc ",sión p a r a que 1::)$ p ar ac laren todos estos .. t 8S - 15 - ,. 3.0·.- ·R:espt:~cto de la decisi().n de no dcc Lar-e r la ..
nulidad en las causas acumuladas, la Sala comparte las apreciací.ones del Proq~rador Delegado, para concluir ál que tamcon 1)'1én en es e pu nt e l~J asiste r aaén al Tribunal4) Dica el CoLa-« t borador Fiscal: en las an e r í.or-es determinaciones de la - .. CO;1RO t Corporación· de origen referi·da,s a las peticiones que se est·udien, tambi6n en esta le asiate la razón al denagar lse decla r.sto·rias de nu l í.dad , El p r'oc eso 39.380, respecto del cual tod~s las oportunidades probatorias se hallan surtidas no debe • sar anulado en la forma q.ue proponen los recurrentes, erl puesen el eupuest o de que uno de los (')elitos imput~do$. a Sáenz Salas - e 1 de falsedad ... no hubiera sirio eomor ido en e a lid,·d de3uez sino de Secretorio, l~s dos conductas guardan estrecha r! ,,' lac16'n de c eu s a Lt dad como qu1e'ra ciue la,destruc.ci.6n de los re- :.~. cibos e sr aba apar-en t emen t e enc em t nada a ocultar la irlclebida apropiaci6n de los dineros entregados por el secuostre, y por tanto, estartdo presaJ~te el fen6mano de la conexidad, debe observarse lo .~. dis;)ua.sto en el artículo 39 Lncí.so lo. d-L C6di . de ?roc,::d1miento Penal.'
S.n cuento a La ot r a caus a tal como lo anot a« ti el a-riuo , apr-ovach ar-se la oportunidad en eldebe conaaqr-eda ar fcu Lc 513 del C6d.·igo de P¡""ocedimiento Penal con miras alt total esclarecimionto de lo ·sucedido. SinembargE):, no debepe:rdarse de vista que en el auto de proceder el Tribunal, al referi:rse a le e cumen e.L La f Lsedad do t coneide'r6 in.tegradapor dos actos así: '••• ~ y qU'e la falsedad ocurri6 en enerct.res de mil nov ec Lerrros setenta y tre,s" cuando S·aenz Salas, """ ,. i ',. - 16 ... como juez inventó el auto en el cual ordenaba la entrega del dinero sut o .inventado que luego transcrib16 al Director de .. ¡ la Caja. en ofici.a 023 del once de enero •••• (fl.107 cd.p·pl)~: .. con lo cual la observaci6·n del señor Fiscal recurrente en cual' to a la con fmrmaci,)n de aste de Lato pierde parcialalel'lte valor- ( fls ~ 28 Y 29 del cuad , N.o. 10 de la Corte ). Esta Sala hab.!a tenido ocasi6n de referirse tambl~n a este tema, en oportunidad de similar planteamiento hecho con anterioridad por el procesado Dijo errt onc e s La Sala; o • La Lncoepe r enc La de ju,risdicci6·n reclamada por el p roc es ado y ratifi.cada por su defensor, car'e=
ce de fundamento pc r cuanto los hechos imputsdos a Sáenz S,31a9 los comat i6 en ej ere eio de susi funca cnes como: juez encargado, y como lo anotael Min~st0rio ·Páblico, el procesado reconoce deg ro de las. d~ilig(:lncias su ac t uac Lén al manifest t ar que • .~<.~c (on fecha tras de en e ro pl-ocedi .. como juez encargado a resoJ~ver el edf.nen o que .. p t se hacía por parte de Cárdenas, 10 quernice fa~2 rablements· • .. y ta,mbién en su calidad de ~uez encar-qado , Sáemz Salas se apropi6 da los dine~os antregados por ~ Mardoquso Va.rgas. secuestre en el juicio ej~)cuti vo adelantado contra Julio (fls. 42 Roncl6n. • y - . - 43 del cuad , No. 6 de la Corte T'·.aut.to de 17 de no viem.bra de 1.•977 - ). . '. relac16n otrae peticiones conti~neel en con quamemorial del cual Saen,z Salas ante la Cor por Aledl0 fU{l;dsme.nta t'e el rscurso Ln t e rpuee t o contra las decisiones del Tr LbunaLde Tunja, y que se traducen en reite.racio·n;es de las pr-esent adae en anteri'ores oportunidades, de Lac cuales también he con·ocido esta ,Sala, e abe decir, en esta como en aquellas oc es Lones , que- - 17las no t a ficaciones que le fu e r'on hechas, y en la forma en que . lo ;~irueron, no entrañan nu:lided ( aut o de 17 dg noviembre de - í!' 1.977, folios 40 dal cuad , No, 6 de la Corte); que está lega,! mente vinculado al proceso, aunque no se J-s haya r-e b Lde at1n ci dec Lar ací én indaga'toria~' fue emplazad'o par.') dicho ti,n, S'U PUS'$ declarado reo ausente y provisto de un defensor de ofici~, y - , por cuanto tal dil~gancia pu'ede cumplirse en la audiencia a6n .. no celebrada { auto de 11 de febrero de 1.977, f L, 10 del cua de rrro No. 5 de la C,ort,a ),;' que no es procedente la aplicaci6n del a,rticulo 163 del ,C6di.go de Procedimie:nto Pena L, por cuantoo los cargos form'ulado's en los autos de procede:,. de las causas acueu Iadaa mentía·na:" su' vigenc'i.a.' Este mani. festaci6:n se"'!" hizo en el mismo auto al que se acaba de hac e r a Lus í.én y enel auto de 10 do 'mayo,de 1979 ( f Ls , 3'6 del cu ad, No. 9 de la Cortos) • La p re t ens aén de suac t ar una colis16n de compe í tencias entre el Tribunal ,SUperior de Tunja y el 3uzgado Penal del Circuito de Moniquir:4 o el Municipal de Togü! ya fue res,uel
te por el Tribunal, en forma negativa, como tenia que serlo, aA a enc Lén a lo que presc,ribe el C6digo de Procedinliento Penal en t su art .r.culo 68 ( fl.s , 2'55 del proceso No. 42.505). Este auto ata,m,bién fu,é ap e Lado por el sindicado Sae:Az y la Corte 1'0 conf r t , m6 en su integridad, por providencia de 17 de nov~embre da 1.977 ( f1s. a 45 del c~ad,.No. 6 ).' 37
Hay que recono: car que, con un empe,fío m&;,s que co'm- '.
. ,.' prensible, Saenz ,Salas se ha propuesto, en el fondo , de~ali:$i· .. car la prueba que si,rv16 para su enju1ciamient'o, ya que, por no haber conrpar eoa do opo:r'tuns'mente a r-esponde r por sus actos, notuvo ocasi6n de controvertir'la.' .. 18Paro, coeo ya lo ha eno ado el Tribunal de Tunja t y lo reitera la Corte, esa opor·tunidad la tendr4: en la audien cia p~blica, pendierate aún de celebraci6n: y con la prueba e - ... xistent" e y con la que las partes aport~n, se hará la evalua -- c16n de su corlducta en la sentencia.' f . ... En la parte inicial de su memori.al sustentatorio del r ecur-eo de apelac16n. el procesado Segundo ~osé Sáaez Salas,
alude a unos cargos por él formulados con.tra el Magistrado del Tr"ibunal Superior de Tunja, doc t o r Veces Perilla y contra e'L .. Juez se1to Superior, y se ext r aña de que no hava sido adelanta da la corres.pondiente investigac1'~npor raz6n de ellos. (fia. 4 ." " y 5 del cuad , N·o. 10 de la Corte ) o Por la Secretaría de la Sala se compulsará copiade lo pertinente, con el f~n de que se proceda de confurmidad. las ante·riores consideraciones, la Por CORTE SUPREMA DE ~USTICIA - SALA DE CASACIOI'l PENAL -, de acuerdo con el Procuradoro Segundo Dolegac~ en lo Penal, S;ONFI'RMA la providencia 'recurrl Por la Secretaria se comp'uls.ará copia de lonente, para los efectos ind~cadosen el p'rrafo f~nal da la parte .. J.. ,. ... motiva de esta pr."v,idenc.ia. ,: : C6piese, notif!quesa ctlmplase.- y
FABIO CALDERON BOTERO
PEORO EL.l!AS SERRANO ABADIA
GUSTAVO GOMEZ VELASQUEZ
OA~..jT'El. it=IORILLO PORRAS
." .' ., ~. 19 -
$E·GUNOA No.
I 2.50'907.-
ALV.ARO LUNA GOMEZ ALFONSO REYES ECI·tANDIA
DARlO VELASQUEZ GAVIRIA
Alberto Mora Cogollos Secretario.