CSJ - SP D.Velásquez(25-09-1980)
Corte Suprema de Justicia
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Detalles
- Título
- CSJ - SP D.Velásquez(25-09-1980)
- Autor
- Corte Suprema de Justicia
- Categoría
- Jurisprudencia
- Área del derecho
- Penal
- Año
- 1980
, , Aprobad. Acta .2:85 Magistra,do ponentet
GAVIRIA
Dr. DAllIO VRLASQUEZ
. ' Bogotá, n.B.,veinticinco de septiembre de mil 'novecientos ochenta.- V 1 S O S : ! El doctor Roberto Medina Ló'pez, en su oalidad de ,Magi! trado del Tribunal S'uperio'r de. A.duanas, se declaró 1mpedido ( t18. 14 del cuaderno del Tribunal ) para act:uar' dentro del prooeso que, en _,er1gu'2é'16n <:1ere.spon,sables, se adelanta' por el delito de contrabando, en el cual el Juzgado,SegmldO Su}!>! rlo'r de .Aduanas de BogQta( d~elaró prescrita la acci6n penal, orden6 la ce'sao:i6n p:r.oce:dimi,ento, tuvo de contrabande como , do la mercaneía que motiv6 la investigacicSn y orden6 eu decon'e miso y reIaste. esta deois16n es-M conociemdo el Tltibunal Superior de Aduana:s, en virtud del grado jurisdiccional dela oonsul ta. El funcionQr10 es-tima que concurre '1 lael); c:8usal de impedimento a que se r'ef1ere el ntUleral cuar-to del artículG 78 d.el C:6di,go de Procedimiento Penal, consistente - - en habezman'1testado op1n16.n sobre el asunto materia del pro , ceso. - ,La Oorporac1cSn, con el salvamento de voto de uno de
- " sus compon'entes, no ~"et6el 1m.ped1mettto, por estimar de .... . en que el cenc epte lo e'mit16 d,eeempefio de funciones oficia -
._ , , , - "'2les y que, por ende, el oumplimiento del deber no puede. sererigido an motivo de. imped.1mento o re.cuo8oi6n porque, oomo lo dijo la COTte,· en reoiente deoisión que transcribe: ,"El eje! oiC1ó de la fUllcién es 0bligaolén 1mpu~8ta.al empleado pord16po.~c1ón expresa de la. ley y a,e irtexousable eumpli.mien BU to no puede de:ri varee, simul taneamS!lte, una inmediata o posteT.ior inha.b 1llda d., incapacidad o imp~dimento en su contra para aeunto" ( eonocar del fle. 15 a 17 dal euad , d(fl TI"ibunal ). . . El n,ileoio rels.ciona con un eq~.ipo m~quinas oalo~ d. S9 .! ladoras, sum.adoras, de escribir y con unos proteotores de ch-e que. que adquirió el Banco d.e Colombia en el afio de 1.969 de personae que no e·ran representa.ntea ni distribuidoras d.é 188- ',~!-" " , :'.. respeotivas maroa.$ ( fls. 1, Y 197 '·(i.i:ppm.). de88 Respecto . diohQS elementos levant6 ao·ta de rete·nci6n por preeunci6n-.
S$ de con.traband.o y t'ueron dejados en conaignaci6n al de1381'100 .... Oolombia, bajo su responsabi11da4, (tIa. 1, 2 Y , a 6 ), el en cual ee OOlllpromet16 legalizar la meroaano:(s un término de 8, - diez d!as contados a partir de la fecha del e. 29 de mar018 t .. !lit. ¡ · o • :·:-. .., . 9~9_., aún, por lo meso de l. oompromiso que no ha cumpliclo o .' . nos no ha <lemostrado la nacionalizaoi6n de $le.mentos, se108 gún lo destaca la F1aealía Segundo del Tribunal Superior d~ A duanas, sn el concepto que amit16 en relac16n con la p;r.oviden~ ela ccnsu), teda ( fIa. :5 a 5 del cuad ezao del !ri bunaL ). ·.. Ir e Oon 'base en el aeta dé tenc16n, adel61nt6 por la Di88 · · reoc16n tienaral de' Adus.nas la. oor~espondiente invest1gao1dn - . ( de tipo adminiatrativQ, y en ella el apoder-ado del iianoo de - " Colombia solioit6 a la ¡~fatu~a de Investigaciones Espeoiales se de la D1reoo16n ~ene~al de Aduanas, que suspendiera toda - - .. :; inve-etigaci6n o " en subsidio, s. dejaran las mdquinaa deposi
tadas en el Banco, hasta tanto deoidieran las autoridsdee jur1sd1ocionales competentes ( tl·s. 91 a 94 del; cuad , ppl. ). , l~nc . ont$stao16.n a. las petioiones del representante judi cial de Bance, $1 d'octor Roberto MIltd1na JJ6pez, en su calidadde Jefe la Diviai6n Investigaciones Repeciales de la D1de de recci<Sn General d.e jüuanas, ree·olvi6, {lenegEÚlGolas en el cont , oapto que le sirve ahora de. base pelta declararse impedido, an el cuaf,, adem2is, orden6 el envío de Lae d11ige!~cia$ al Ju~gado Segundo Superior de Aduanas, qu1en las. hebía rtlJolamado, elcual ordenó primera diligenCia.$ preliminares y lueg'o abri6 18oorrespondiente 1nvestigac16n de caráoter pe.nal aduanero (fla. 145 a 147, 149 Y 176 dél ouaderno principal ). En dieho concepto emit16, entre otras, las siguientes o piniones el dootor Med1n8J.Jdpez: " 20.- Toci.amercancía ele or!gen extranjero está su~eta a determinados requisitos para ser incorpo~ada al comercio naoiona.l. Aún las que no pagan impuestos aduaneros. De ah! que reBul te extrafio que el Dr. ARAUJO sostenga quesolo pueden ser materia de il!cita de contrabando lasPROHIBIDA I)(PORfAOION. Uno de los requisi toa de cualquier obj ato de la na.turaleza de loa deteni4oB, clasifi eadca como eetln en el r4g1men lioencia previa es que de Be haY'an naoionalizado y purgados ]lor ello 10$ de.reohos de arancel oonforme a los reglamentos de la Aduana. Y4 en el cu.mplimiento de 109 requis1 toa tiene que probs.rlos él interesad¿. No •.1 A.tado por 10 que antes se dijo, - ,.. . pena dé que co·nt·inue 't$fjtdo contra el objeto de laBO "Ir>.t ~.:. presunoión legal oontrab8ndo al tenor del numeral 3 de 1t . .. • - 4- - dél artíoulo 51 del Decx-eto 1821 de 1.964.- Haf$ta ahora el :aan.Go nada ha probado en punto de la n.aoionallza a16n. Sdlo'ha demostr3do que es el propietario.- • ,.Se ha dicho con sobrada razón, que la buena flt oalifioada la naoe de quien ~feetu6 a conoiencia todas laa 8S di11gerlc1as tendiellte. establecer la licitud de la 1m 8. portaoi6n, agotando todas Lae pre,oauoiones que el s1mple eentid.o ooml1l'1 aeftala a quien ve a oomprometer, como en e8.te caao , considerables oant1d1!des· de d.inero en 1a adqu1.eio1t$n de objeto ..d. ou.ya procedencia no es muyclara.- T!!so a.ce.ptar, buenaa a primeras, conside de de rable cantidad de faeturas .in membrete y muoho menos - .'$ ain d1reoc16.nni dato. del v$ndedor ni l~.$ seflaa de la importac16n eOlito ea oost'umbrt en el oomercio de bie n •• extranjeros, está indicando a las claras el ningl1n inter4s que el Banco tenía en preoa.verse. " ne todo lo. anterior se desprend.e que, m.1entrae el in teres·sdo no desvirtúe la presunc16n legal oontraban (le do que peaa sobre 10$ bienes entrabados, no padrA accef?·~der.ea auspen4.ree la 1nve.stigacidn menos pernii tiry 1 • que objeto. peraanescan en parte distinta a los Al .108 maoene. de le. Ad.uana a cSrdenes dé las· autoridades jurlsdioo:ionalee quienea se oorreri traslado lasde la 1$8 presentes d,11igáncias ,. ( t1a. 146 147 dél cuadernoY" :prineip&l.).- La tJr'anseripei6n se ha hecho en la torma y een la ..edsoc·ión con qU.e apartce en la oopia que .eaport6 al E)xped1ente tomada de original .• 00:180 .,U s. Oonsidera t De lo que .e deja anGtado '1 de la t,~necr11)oi6:n e.
qUé higo, se de,spl"'ende qu,. el dootor Mad_na LcSpez emiti6 aonoep- ."" ..,.., to de ton,do aeez-ea d~ aepe.atoa sustanciales relüoionadJo8 con , . :, ,!, •,.• ~: ~: • - 5· - la lnv$8tigaoidn que se ad·elantaba y, de otro .lado, que dicno OOllC.pto 10 éxpreed, aunque eobre el m1$.1lG he ehc , en una aatuaoitSn diferente (te la que conforma el proo'eso en el quele eo. rreeponder1I8 ahora actuar, que fue la averiguaoión denatu~aleza administrativa a ~,tada por la. D1récc'1~n Generral <.leAduanas. Al crlt9rio de la Corte que le sirvi6 de base al Tribunal par~ su declB1ón adversa al reoonocimiento del impedi.mento alegado por el doctor .ed1na Mpez, no s& 1$ di6 exaoto a-l BU y canoe, pues el presu.:pueato que en ese en similares (le,SOS se ha coneut, tado para d.t¡ue,sr .·:1 impedimellto no lo eonsti tuyaun10.mente el carácter 01'10181 de la acti vldad en des8.rrollo de la cual ee expresó la opini6n, sino que, talmen te, fun,d,8.men Be tiene en cuenta que se trat·e (le1 mismo hecho y que la man-i festae1&n emi d.en·tro mismo proce.so,
se haya t1€10 de un en cum ptim.1ento, deed, luego, del deber oficial que se tiene de ao.... tua,r. A contra.r10 la opinión se profiere e-n pros.ensu, CU811do . oseo o ae tu~o16n di! eren t ~ Qé. loe que 8·er.ífiln obj eso d.e la nueva ap~eciao16n, concepto o <leo1si6n, to se.r el 1mpeciilllen debe aoeptado. - As! lo había dicho la Bala en auto 29 marzo de de de 1.97~ y lo ha reiterado en post_riores pronunoiam.ientos: Dijo .n aquella ooasión • • - 6 - .. Ee cierto, d•• de luego, 10$ aotos ej ecutados porqll.e . . ;Juece. y ma.g1$ttado8 en c lmplim1ento de de.beree108 1 BUS oficiales no pu.den constit.uir, al propio tiem.po, motivo de impedimento pata su po.'te~ior eonooi.mien"to del asunto, afirmaoicSn tanto mas cierta entre nosotros cuanto que la legislao16n. procesal eolomb1ana entrega -de tal modo a unlUismo funcionario el oonoci,illiento de la totalidad delprooeso, que bien puede late relmir en sí mism.o la cond,1 . o1ón dG denulloiante ( iniciador de oficio de la accltSnpenal ) 1, sucesivamente. las de instruotor ( 1nvGet1¡a do,r tamb11n ¿le ofioio ) y de aousadcz y JUEgador ( aque
lla en el auto de proceder y futa on la sente'nc1a ). ,.Para la OOl'te resulta olaro. sin embargo, qUt esa aitu-a denc16n refiere a la actividad del juez o magistrado Sé tro un mismo prooeso, de modo que no es posible exten de derla a actuaoiones y deoisiones del tu,noio,nario oump11das por 4ete fu.e~a 4.' ~i'e asunto, este es, ma{s811" la d. e.e érbi te y las atribuoiones p~opia$ d,el rcspcr.ct1 ve nego oio •• .- Comola opini6n del dootor R.oberto i40tJina L6péZ fu~ expre . sada en pl"oce$O o actuao16n diferente \1&1 que tilhora revisa por consul ta el. Tribunal Super1Qr de Aduanas, sí adquiere l.a ent1ae 4ad imped.ie.nte que le asigna el Oódigo Prooedimiento l?enal en eu a.:rt!oulo 78, numeral 4 Q• Esa Opini6n, 8s1 emitid.a, podría l1l1itar, como '1 lo pre siente, su independenOia (le Cl."tierio para decidir, 1.ibre deprecono-eptoB, sobre este ne.gocio, () expondría a 8uepicaces interprtitao1onea su ant'l'ior p081c1,6J¡o la que aSllBliera ahora.
- 7tanto; Por la COR~i SUPRil4A DE JUST'IOIA - SALA DE CASACI fYNl?AP2
PENAL, Decl:a:ra el impedimento alegado por el doc to.r - " >
,,' < .'. ,J ROBERTO MEDINA LQPEZ.,Magistrado A -- del Tribunal Superior de duanaa , lo separa del conocimiento y 'dispone que, por la Corp-o rao16u dé la oual forma parte, a~ haga al sorteo del Oonjuezque deba reemplazarlo. 06ple8e, not1f!quese y cdmplaae.-
PEDRO ELlAS SERRANO ABADI,A
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D.ANTE L. O:EtILLO POlUtAS GUSTAVO GbMEZ VELASQUEZ
ALVARO LUNA GOD,Z ALJ'ONSO R~EYE8EOHANDIA
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LUIS ENRIQUE ROMERO SOTO DARlO "':ELASQUEZ GAVIRIA
Albar'to Mora Oogollo.
SECRITAF~I()
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