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CSJ - SP E.Fernández(26-10-1967)

Corte Suprema de Justicia

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Detalles

Título
CSJ - SP E.Fernández(26-10-1967)
Autor
Corte Suprema de Justicia
Categoría
Jurisprudencia
Área del derecho
Penal
Año
1967

CORTE DB

SU~REBA .JU~TICIA

510 SALA DE OASAúiO~l PENAL t:bgistrado Ponente~ DR. • EDUAHDO FERlfANDEZ BOTERO . :Bogotd vein~ise~e octubre de mil nove 0 cientos sesenta y sieteo 1 l. VIS~OS; Contra la sentencia dictada por el Tribunal Sup! = rior del D1otr1 to Judiciu1 ele .~9-~~i~. ~S ~~_e_J_l-Z} __d j3~~?rt<b de mil novecientos sesenta y sio te_(-~~ !Bonfirma toria, en cuanto a ADAN º'ª_QZ.CO, de lo. pronunc: - ia~- d--<- a~,_ ._. . p... ~ or el Juzgado Supe= 1 1 1 e--__ ___..,.--.. -... . . ' ~ rior de la prenombrada ciudad el ocho {8) de febrero del m12. 1 mo afio, este llltimo procesado recurrid en oasacidn. Y. como = 1 • el tremité ha sido cumple a la Corte mediante los= ~gota.dop 1 razonamientos que aigüen, decidir lo pertinonteo nsegdn las conotancias procesalea,-reza él auto~ califioatorioy Orozco, padre e hijo entre a:!, Ad~n Arman~ estuvieron en San Gil con el fin de soluoi.onaxo la sit uaci6n= militar del segundo., lnl d:ía 27 de Octubre de 1.,964, despuáo:;:~

= de cunplir tal formalidadt ambos emprendieron la marcha do regreso a la Finca "Chucur:í" • habiendo perno.cta,do ese d!a en casa de Victor Eslava. Al d!a sigUier1te, ee décir el d:!a 28; · siguieron su marcha; pero coLlo Adán Orozoo desde el lunes a.u = terior le había encargaa·o a ll!art!n Cárdenas que le tuviora 1 bebida fresca para ou paso por _ese. luGar, fue ao! como 1 e~tr2 ron a dicha habitación con el ánimo de caloar la oed. 1 Estan~ == do ah!, se pl.'esentd Ro.drigo Es camilla y les ofr0ci6 aguar diente, licor que i'U6 ine:;erido por los preocntes, y lueso == . . .

Adt: !n Orozco hi~o o~tpreso su deseo de continuar la jo:rnada p~ ra llegnr a su propiedad. Poro Rodr1go Escanilla los instó ;;:: -' para que posaran la noche· en su casa, y con tal fin desaper6. las bestias y el mismo invitante las c.ondt)jo al potroro.tiie~·, tras tantoo .Arl!lando Orozco hijo de Adán Orozcop se dedicó a::; jugar al bolo con algunoo amigos o conocidos suyos con 01 r! sultado de que perdió media botella de Luego sn agun~diente. ..... 116 élp es deci~ Armando,Oon Porm!n Riveroo :P~rez a un lugar . donde hay un ~rea y estando allí llegd Arsenio Escamilla, ~=

1 ,)' ----~--~------------------------------------------- r - -----~-=---·--~-=-=-~ '- -= ,--=-~--=----=-----= -= . ~ 511 quion ooludd o. loa ~::t~ntoo~ ?e:ro lo roop;tootn dQ A~do ~­ Ol:Czco e(i):noiotid en deci::tl~ u~o có::ol> \:ra.uo qu6 e~ lo {l'l!ü ~ = ce?tt ~ Y lue{Jo t:Wid. oo cueMllo 4'Joa ltl z:;.aJa.o ~ plf'Oba'bler.;.cnto CC.n eJ. cmi:r.l) (lO inti~~J.o. Anto. UCCOOtJ.t~ 1nf'16l:ita '3 f"6.f%A m0nt0. pr.QVQ-;;atl:VB¡, l~tr1onlo roenS.feot6 ll,UO 0<11. ~~S qttO ~ ~ lf> ~ Q OlWhSJ.lcfft po.~J, lOOGO tl~~ ff:¡Q~ ti1 lo En oolld ül ¡¡ ~oonta ~uo &¡~temu. oo.gu1~- ~~ ~A monte osid el e.~l'..tll.o eon la C!f!l.¡¡~¡t. i\l"O.Cn!O Fce:.lrli.ll~9 Vielt~ bktonte con-\:rorinüo por tal aoti~9lo aJ.d ~ ¡ynlootla 1. lo' itQn!M. Am~ :oo ¡¡uro d~ v1o· 11 <mt1fcl-3ü al eü.ctllillo~- Ento~..P

eoo interv'ltto r"ibnu.él ~rionao y lo p1:0.ndid de la ~~~ ha~ l>ionlHl 1%tt.-T~do i\:ro:intlo e.uf'aR:Jo o::>rn \!Ueitit1~ on 11bt''frl3fl 11 lu~ Escao! go t:)O bioo n1s a·nibu y l.o rl!'~j6 una pi.edre o. á~oeñio Un~ entonooo A'l"tlenlo lo di3o n,lU.O oi ero a Vicdro q_ue la fU.9. ronn y oteu1d h:lcio dcinie ze 4lallabn ~o CQ.%1 el fin do =~ = eont~~ f;Ot'IO ~14o os hioo eonUa el voll.ado1)' ~ el lad.o ~'l aba~Oo· Ai.lan Orcoo~, qu.o no habin intortrenido oo lo. l"A 1JO%"ta9 el v-o1: lo \lUC oettlbo saead1cníi.o. éltUn.~e ~-.it rev6l.t1e~ 'Jr-l dio~rd W!'l tJ.N en diroeci<Sn a -l.1FO.cni0 f:OOunl.ll.t;.\ con tan ~~ .ca§á. toro :QUllter:ln (lUO lo l®ior~ ~v-coentoo A~o~ 'lJ ~ do aprovech6 ooto >4i¡r-euno~~ poro prcpi:lmrlo vcrrl.aG oo$1&># lle4asj C1ant!;O, .\~¡;e.n!,o -oo elWOJt'l~\:S Obrilr~o o tnaotoncco Q

Rc~,tgo ~oonnillao· ~ 8ol looiotJJádo G\'%'001'40o al. VG1/ q~ Alr.Oando 0%'0:a~o Get.abn r<n:.'.: rtartflo a Al'tD-cmoO. ~orv1%"..o con el ~ ánimio de qui.tá~olo l»· l.o~.n.do f1or1o U.."l fn~e oopuj~nii c-~do v·oJ.v.16 ol o. domio itdon &te ~uor¡;o ~;o n;:1;~¡q·~ ~oo,. ~$.\ ~to lo ill.OD:i~ tUl t-~ro a~ ~t'11V0lr' q~ lo 403~ ~ ~· ~l ooto 1 o cont:it:Xl\I.J:oi-&l et:A.o~roo~ __ oo~ ~c~o ~U1$n al..e,¡ o oro.to. p~cer ya ~ro ~ufu..fvor11 L~t:)o d.c:u¡pu.(J:o~ yctairo ~;Jo :Q ---~ .;;:;;:au::x~:.orF • .. ~~-d w;:l ~ en dUC-co16"n ¡) !ik:m GU a do~ lloe~n bi® o.V._t~~O(lOt~ lo ~~cbGt~ '8 '9U M ooto 1~-!.) .Aoo:.t! fu~ un:1 <loowme-!n _c;n~ i vu¡r al ce51-ol' scc~oinri..o (110 la l~cal-U:!o el dolit o eGo l-ooiooo~

porco:Pl00 en ~m. mjo .6\~0~ ~~don tímbiáh ob !lino i).t"Qóénto.' c:unto o1 Get:o'iulutlo fu.:r'..eioiUdOo Aídon niC"i6 boin C!:~nro.ld -¡¡. ~ ont l\oop1 n hijo Amüo y luce-o 0-c auocntO do tal~r-6 v~ 0'1'~S Uao tpra luec"'' ante ~oo:·lr-cao praoc-nt~J>co vo1\Qlntara~r..J0nts Q.l~ 2~do yor docoet~e éstoo hcchoo~ el. Ju"!Jaaao llo.";l<.S ·a. ro::>:.ondor en 3u1o1o a loa !tlntli~on~ ncb. e .rl&m O~~ . J. ----~--~~--------------~------------~--~~~~-~-- ~-~======~ rco -neomo responsable del dob1e delito de hotlicidio consumado = .....-... • ~?tts'e:">-mC~~;.(,.lo$ .. lt' -~·~~--~~";~'. ...... ::· .. ~··-..:..;..:._:r_;.__=;.·_~.:::_ ·-~~-.... -~-=-, en Araenio Escamilla y Rodr!go.oEscamilla" y a Armando ()r()zco= noomo re.aponsable en coautor:!a del delito de homicidio consu= --..:. a··· - -~~· .ce ;:-~"".=¡:~~..;.;z-~,:.::s....::..·~~--;:_;r~-::-:.-.=.;.-,_-:~-~'

nado en Arsenio Escaznilla11 • El Jurado qeclar6 que Adán Orozco era responsablede la c.uerte de Arsenio Eaoamilla '-'pero en estado de ira e in tanso dolor eausado por grave e injusta provocación", y de la de. Rodrf:go Escamilla sin atenuacién alguna,. val·e decir, alcuestionario respectivo eonteotcS con un nsf" seco. Aplicando eso.a veredictos, Ad.dn fué condenado -s-2. -- gún los fallos atrás relacionadosa .la pena principal de on= Y ce (11) años de presidio y a las accesorias de rigor. En la dem•,, a nda correspondiente se invoca la. causal -== 3ª de casaei<Sn :por cuanto :...se arguyeque la sentencia fué dictada sobre la base de un veredicto contradictorio. Para suster.1tar esta afi:rrJ.aci.6n,_ . el abogado del r,2current.e sostiene que u si en ambos homicidios se acepta la co munidad de circunst!.fncias materiales, es obvio que procede la tt.nidad de circunstancias subjetivas"., Razo.na así dicho impugnado~:· "Los delitos conetidos por Adán Oro2co en cir == 0 cunstancies de tienpo !.'lodo y luga~ idEhlticns y simultdneao o 0 concomi tantee, y ininterrumpidas e indivisibles,. an~micaoente implican una especie de unidad de acci6n en cuanto al aspecto subjetivo o culpabilidad; tanto es ao! que se áuzgaron dentro

de un miomo proceso. y con el objoto de resolver una responsa= bilidad por acwnul.aeión •. De ah! que para la causo, Dolru:uonte= bay un cuestionario con dos preguntas idénticas que suponen = = la formación de un Veredicto unitario en cuanto al fen6meno de la responsabilidad, expresado en dos cuestiones no sep::1ra= bles por razón de los hechos en que ce apoya el Cueotionario= = so:!f!.etido a1 Jurado. Este Veredicto unitario debe cobijar la == acción de Orozco en cuanto a las dos personas muertas; por -J - 4 - 513 eso, no podemos admitir que cuando. di6 muerte al primero,. o = = i sea a Arsenio Escamilla, hubiera obrado co:c1o en efecto obrd 1 1 i! en eetado de ira y de intenso dolor (dolo de !mpetu), y que = ' i cuando di6 muerte al segundo ya hubiera. desaparecido este es= tado an!tdco, y eompletamente serenado y ajeno a toda emoción, hubiera pasado en cuestién de oegundos, del dolo de {tipetu al dolo <le propGSo-ito, y darle muerte "por venganza pura y limp~a0 como anota Juzgado. e~ ••o lee dió muerte a.amboo, deutro de un estado de e intenso dolor, o las dió' muerte a ambos en :forma simpl-e ~ra mente pero nunca _podremos <livid:\r el dolo, en de= vo~untaria; - :ímpetu o de propdoito, para convertir en dos relaciones causa

les subjetivas diferentes lo q1..1e es una sola" • Por su parte, el .se.ñor Procurador Pri.mero Dele.~= 1 · = do en lo Penal rechaza·, el cargo de la demanda porque la con tradicei<Sn del veredicto debe ser en s! y con relaci6n a cada = uno de los cuestionarios y ho con relacidn a los deo.~e cues tionarioe por oelito distinto.,. .. y,. porque en el caso a estudio= . === nnubo dos delitos de homicidio cometidos con intervalo de tiempo., breve, brev:CailnO· perro en todo caso intervalo y en ei!: cunataneia.s absolutamente distin.tas., objetiva y subjctivamen= te consideradas••. Para reforzar este último dice que el pri= 1 ase~tó mor homicidio lo com.eti6 Adán cuando el occiso se dir!, Oro~co gía a su hijo para agredirlo o reñir ignorando, pues no hay = prueba en contrario, qui~n era el·provocador y "golpeada su= = spiq,v.is de ~adre por intensa ira al ver a su hijo golpeado, por 1~ cual el Jurado ncept.6 la ira grave e injustamente. pro=' = 'Vacada'•, r.nUtentras el oegundo lo llevó a cabo cuando Rodrígo. E.scamilla despuéo de acudir a 1~ C.e.fensa de su hernano, ne =· 0 ~etiraba. Addn supe y vi6 que la víctima no provocaba a su ~. jo sino que evitaba que siguiera acuchillando a su. hermano.

'Si. el Jurado hubiese reconocido para este delito· la ira justa, -agrega el colaboradorhubiese ·violado la evi= · dencia procesal y aegur~.:u:~ente el Tribunal hubieoe declarado = contraevidente el veredicto del Juradon. 'j: '• ·- 51(t r ;.,:._ 1 - 5l para la Corte tamDOCO prosperará el carao. a - ' ' virtud de lo o1g ..d ento: La oircunatancia dé: dos enlozados q,~J.e ~:onioidios, entre a!, conexos -y por lo mismo juzgobleo én un solo procQ= so-, hayan ocurrido en un lopoo nds o manoo corto y dentro de = un acaecer qua no puúdo deeBembrarne en va a.rbitl'~:Ti.CJ.~ente rios sueesoa, :no imp.lica, no puedo implicar, q,u.e uno y ot.'t'O = estén rodeaaos de laá Llis!!J.ao c.irounotanciao ma.torioles y oub= jotivus, lo. prj.nera v!etima puGde haber asumido una ag_ po~uc titud que haga deanp3:rocor ln del o = rGopona~/bilidad ~atndoP haya colocado a on condicionen que, al tenor d<it la ley = ~ato ,penal, disminuya ou pe:ru:\lidad. miontrao, la segunda, involu = = erada, o!, en el conjunto de loo heohos, presente un actuar diverso del de la primara vfotima. Es lo qu.e, en aontia"" dol Ju.rado Q~ou vored1ctoo

9 no en posible diocutir, ni ce han en oasoc16n,_ se= di~cut:tdo9 preaent6 en al caso oub-e:lU.lt:lin<r! ¡\ '' '1 1 Por oato. raz&n no oa poa.ible, e-n sana lógica, de= i 1 cir que en uhay un ouestio:n.ol"io eon dos preauntaa '1 ~l id~nti= ': cas que suponen la formación de un veredicto u.nitario0 o ·1 Y destruido eoto sillar do· la arg-_.mentoci6n, la == restante se ono por ou p~opio peso. Pues se trata de <lon vor_2 dict.oo Y? por ello, no puede haber "un veredicto contradicto= riort oi aún oonparadon loo doo, rc.oultan, eom!) se ha::. t m.~xioe visto, raapoldadoo por la l'03lidud prooonal que nnotó, con =;:: acierto·, ol colaborador a'l demootrar G:-~ '3 ol priner honieidio:. fu<1 provocado, oewfu el. lotlll snber y entGnder del Tribunal ?,2: pular, por una .injusticia de lo. víctima, r:J.ontra.s ~l. soeundo:= tu:é prooieanonte reolizatlo po.ra impedir o venurraxun oeto jus-::: ttomo dol occiooo En mérito de lo cual, la Corte Supren3 de Just1 = oia,. Sala de Caoaci6n .Pe.nal, a<b1iniotra.nd.o juoticia ~n nombré !, " . J

... 6 - 515 de la Repliblioa y. por autoridad de la ley, DESECHA el recurso de casaci6n aludido en la motivación de es~!1i~. Cdpieae,. notif!quese, y devuelvase el expediente.

AWJ:Or1l0 1~0REt10 MOSQUERA

.1

SAtroEL RESTREPO EDUARDO FERNANDEZ BOTERO :BARR::tEN~OS SI.UON riONflill.O TORRES JS;FREN OSEJ O l?El:JA

JULIO RONCALLO ACOSTA LUIS CARLOS ZAtifllRAUO

..., PBJ\NCISCO LOPEZ CRUa - i!ecrotario - ,.

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