CSJ - SP G.Gomez(29-10-1986)
Corte Suprema de Justicia
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Detalles
- Título
- CSJ - SP G.Gomez(29-10-1986)
- Autor
- Corte Suprema de Justicia
- Categoría
- Jurisprudencia
- Área del derecho
- Penal
- Año
- 1986
, • • - • I
SOBRESEIMIENTO TEMPORAL
•
- • Auto.Segunda Instancia. 29 de octubre de 1986. Confirma la providencia del Tribunal Superior de Medellín, por medio de la cual sobresey6 temporalmen te, por segunda vez, al Coronel (r) -abogadoOsear Held Klee, a quien se le imput6 el delito de Concusi6n, por actuaciones mientras desempeñ6 elcargo de Jefe de Antinarc6ticos de la Procuraduría General de la Naci6n, _ con sede en aquella ciudad.
• •
Magistrado Ponente: Dr. GUSTAVO GOMEZ VELASQUEZ
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". " . • • o , r' • o .. CORTESU DE JUSTICIA ...sALADE CASACIOPNENAlBogot4, D. E•• Octubre veintinueve de mil novecientos • ochenta y seis.- •
• MAGISTRADO PONENTEz
• Dr.
GUSTAVO GOMEZ VElASQUEZ
, No.
APROBAOO: ACTA 105.-
, ,
V 1 B T O S: .
- • vía Por de consulta conoce esta Corpol'ación la providencia de julio veintinueve ( del año en curso, por 29 ) me- • dio de la Qlal el Tribunal Superior del Distrito Judicial de MSdellln, Sala . , ·Penal, ha detslwinado sobreseer temporalmente, por segunda vez, al Coronel -
- ( R OSCAR HAO )--abogadoKlEE, a quien se venido imputando la co~isión ha • • de un delito de ~concusión·o cuando desempeñó el cargo de Jefe del Grupo An-
- .. tinar .:áticos de la Procllradurla General de la Nación. con sede en Medell!n. - o • o • Hechos actuación prucesal y
• I •
- \ Así los consignó el Plucul'ador Primer"ODelegada en loPenal: •
• . ' -El 23 de febz'slu de 1981 -cuentan los autosfue visitado en su residencia del Hotel Ambassador de la ciudad de Medell{n, el COIU - , • . • nel de la Polic!a Nacional. en uso .de buen retiru, OSCARHAo ClEE, quien a . • • -.. . la sazón .desempeñaba.el cs''go de Jefe del Grupo Antinal".,,,íticos de la PrtJcur-a . • duria Genel'al de la Nación, por los señores Napoleón Arcea, Auditor Fiscal - • , • • • •
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- • ante Aduana y un subalterno de ~ste, el señor Osear del Castillo C~spela
/ · des, Jefe de las Secciones de Bodegas de la Aduana en Medellín, para aque --
- • llas calendas.
• .. • -Cuetl el lllOtivode esta entrevista previamente concertada por el doctor Napole6n Arcca? •
- • Aoías antes, el señor Joaquín Ram!rez Estrada, funcionario
•
- • de Contralaría General destacado ante la aduana interior de Medellín, ha~ la . bía infol'llladaol señor Osear del Castillo que el Coronel Oscar Held Klee. po
- • seta unas grabaciones magnetof6nicas gravemente comprometedoras para del Cas
- • • tillo, razón por la cual ~ste buse6 la mediación del doctor Napoleón Atuca,- dada la amistad d~ .éste con el Cotunel Held Klee • • -Infortunadamente los términos de esta entrevista no pudie
- ·
- • ron ser fijados con toda nitidez dentlU de los autos.
, • .. -a) Seg~n el Coronel, en su calidad de Jefe del Grupo Anti
- • • • . narc6ticos de la PluclJraduría, solicitó y obtuvo de un Juez de la Rapú.blics. • la consiguiente Butorizaci6n para interceptar varios tel~fonos, a través de .' . . . cuyas líneas se comunicaban pres• untos nal':...traficantes.
, , ,•
- · • • QFue así' un buen día, se intercept6 y grQbó la converI
,
- • • sac11in sostenida por señora Ligia .UI'i'eede Aristiz4bal con una pel"sonlil-,
la : • parecel' su aliente, en donde la dama le decía haber presenciado un extrlilÍio 1M. ( rapar'to de dinero, durante una comida, entre del Castillo y otras pe, Osear
- • sonas, di estos de sospechosa edencia. Informaba ademits la Ut'I'eade • Aristizábal de los ofrecimientos de del Castillo para vincularla en el . de Aduanas y de las. posibilidades de ganar mucho dinelu.
•
- • . AAdvierte el Coronel que al escuchar la grabación magnetofónica, vio la opoI·tunidad de entrar en contacto con del Castillo parQ presionarlo a fin de que colabol'dra con el investigador de Plucuradurn enla • lucha contra el tráfico de estupefacientes, cambio de dar publicidad, a no al contenido del mentado casete y entonces propici6 la tao en el curde la cual planteó a del Castillo este plan, habiendo el funcionar'So deSO
• •
la aduana accedido prestar su ayuda en estas condiciones. Q • • • • • • • • •
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- I aAgI ega el Coronel qua dal Castillo incumpli4 este compro
- , miso y a pesar de las VAI,Sasllamadas telef6nicas que la hiciera; racordándole el pacto, del Castillo gusl,IÓ silencio y pl-afiJ'i6 todo un elevando una falsa de"j,lncia penal, pal'a buscar e)frJnel'arse da responsabilidad.
Clb) Contl"ar1ando los antel,tores planteam1B1ltos el señor - ,l Osear del Castillo af1¡ "a que al t noticia de la existBlIcia de una QI"abadaque podía afectarlo buac6 la ayuda de su Ja11 fe inmediato el doctor Napoleón Arcea y a trav~ de ~, concw·t6 la cita con el Coronel Held Klee, el so de la cual el Col'Onel le exigid la de en CO" SUlla tI escientos mil pesos ( $300.000.00 ) en efectivo-, más set"'Ita mil ( 570.000. 00 ) en electl'Odo~sticos, a cambio de entregar O destl'UÍJ" la QI'abac1Ón
I netof6nica.
- • ir!an alos dinel'Os, dice el quel's11ante, destinados a ser repal'tidos e'ltre los SUbalte.l"IOSdel Jefe de la Unidad Antina,.:6ticos, ,al p! so qua los elecl,udomésticos adornallan el hogar de la amanta del Coronel -
- Held. -Agrega el denuncia"le que inic1al'lIai,te aceptS los reque rimientos del Calunel y pidió plam pa,'S su cumpl iuiento pero más luego, 1 p convencido de su I.lupia inocailcia, decidi6 p"nar en conoc p.telto toles he 1 chos, del señor Director G de Aduanas. por 8'4IJe1]a ¡§poca el Vice-AJil¡1rante Yelende%
- •
- • esta -InicialmBllle conocid de avel"iguación la Justicia Castrensa, pwu el Tribunal Supel,ior tlilitar, eil liluveÍdo del 12 de febrelu de 1982, dec1al,s la nulidad da toda la act aci6n, por incompetencia de jurisdic11 ción y orden6 el de las diligencias a la Justicia o.-dinaR,Sa• • "El Juzgado 18 Penal del Circuito de Medellfn avoc6 el conocimiento de tales hediOS y luego de habel'lo ilHntenido pi',' más de dos años, sin habarcumplido diligencia diferente a la •~.nfrontación del Casti110 el Coronel Held, vino a darse cuenta, el 7 de de 1984, quey el acusado Colunel gozaba de fuelu especial pal'a su juzgamiento, en razón de
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." . , . .', . ,-/". ,/ • .. . ' J •• ,' '/ 'o', , ., • I ~ ,•. ,. ' • , , , j , • las prevenciones del arto 33 del C. de P. Penal y ordenó su envío al compe-- , tente, el H. Tribunal Superior de Medellín, como Juez de primera instancia. -El H. Tribunal declar~ nulidad de toda actuación la la y luego, el de de dispuso formal de esta investi 20 f'ebr-er-o. 1985, la aper-tur-a gación • • "Dentro de esta nueva etapa se acreditó la calidad de fun
- , cionerio pÚblico para el ¡ilOmentode los hechos del COI'onel acusado; se oyó -
, , . el testirrlOniode DEl. CASTILLO CESPEOES; se trajeron a los autos las ex OSeAR -
- • plicaciones del Calunel Held, se acopió la declaración de Alfredo Hernando - • Bejarano Rojas, el funcionario encargado de mani,pular los tel~fonos intervs-
- ._ nidos; se escuchalun las atestaciones de Alberto Celvera Held Alfonso Fe,'
y • nández sobre la buena conducta del incrim• inado se acopió el test:illIOniodel y doctor Luis Napoleón Arcca Cotes.· •
- • Fundamentos de la providencia consultada
•
- ,
• , , , Luego de hacer un recuento de las pocas pruebas practica - , •
- • das en la de la reapertura de la investigación, fio'
• naliza diciendo: , , •
- ,
• , • • •••Dentlu de este ámbito tan limitado, la Judicatura no • puede hacer un pronunciamiento basado en 10 plubado, la imperfección en los , , instrumentos sometidos a su evalüación y la carencia de ot¡'US, impiden laformación de un juicio ceñido a la VBliJad. Para el señor agente del Ministe , - rio Público, se plantea la certeza, la Sala de Decisión la duda, porpar-a , , , que los motivos de incBI"tidumbre se enfrentan en un miSll10plana, resul comatado de un conoc~miento parcial; en estos t~I'li,inonso existe para - • una calificación; el grado de la demostración se ha quedado en un nivel que no puede ser superado mediante una labor puramente intelectual, o por una - " • • • • , . . . -. , . , .., [..r '. ¡,- ' _•• J ."'~' , , • • , -. _'_ . '" . '. r- .'_ ..,..-.I.,..'.~"·. .- - -", r - . - -'. •
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- , '.''; 1" •• ¿ • ." •, ,• , . ? • -. ',~.'~ t •
•
- •
• , • • , • • orientación ética, Pl~batoriamente se ha quedado en la posibilidad del deli- • to y de'la imputación. , , • •
- • -los mecanismos procesales, abren el paso a una nueva me
- -
, • • dida pruvisional que impone el Estado, el respeto por la libertad del indagatoriado permite un camino para el •perfeccionamiento de la investigación y • • • ( Sl·t. 495 C. P. P. ). Q • 0.0 •
- • • Concepto de la Delegada .
, •• ,• . "Del escaso material j'l'ubatoriorecaudado, puede concluir I
- I
· I , • • sel
- •
• • •
- • al) Plubado en autos se encuentra que,efectivamente,la-
, • oficina a del Coronel He 10 , inte.l'cept& grabó una BOspecllOsa conversa y Cal'yO - • ,
- • • ción sostenida por la señora lIGIA URREA DE AAISTlZABAl con un verSn no iden
- ,
- , , • • •
. . . • . • tificado, en el de la cual se mezclaba el nombra de Osear del Castillo '
CI,Ai'SO
,
- • con actividades incompatibles con sus funciones de empleado público •
• • -
- •
- •
• • I • ·Oesafortunadamentelos exactos'de esa conversa - - I • . I • ción se dasconocan ._•• , • •
- •
• •
- • A":I"editadaen la investigación hállase fall'1Oseantre la
-
- • vista en el Hotel Ambassador de Medell{n, entre el Coronel indagado y los - • funcionarios de la Contlalor!a Aduanas, doctores Napoleón Arcea Cotes Os ' y ycar del Castillo Céspedes. -
\ •
- , "3) Per~ la realidad de convenido en esa charla se des lo
- ., • • • • • • , • • . • • • • .. . - . " ,- •• • . '. . •
- •
- ,
/ • _- ..J ' .'. • • \. ~ • • • , • _ .• ~'",-, tr"" _c. -; •• :-! .. - ... - .- -- • !. 6 • ao¡ caCl - • " • -eonoce porque cada uno da los intw'loo,Jtores.del Castillo y Held, se afel'I"8
- 'ía a su per-sonaf versi6n de los hachos y la que podi sum1nistl"HN lOS ...
- • i luz en este asunto, el doctor Napol~n Aroca Cotes, patentim condición
SU , veleidosa y incapacidad para sel' testigo vel'az y diglto de cr~ito. Stl •, • "En efecto:
- • "Ante la Justicia Militar y bajo la gravedad del
- • to, Arcea Cotes, manifestcS eacucbado de labios del nel Held, las exigencias del dínero , la CI.'antia de .§ste y su destino; pero colnoesta
- ••
- ¡ ex , conclusiones 1'I'Obatorias, fuer-za es atenel110S a 10 expresado
-1 , I J por el testigo Cl1atl'Oaños Jaiyos después de los hechos, desde su apacible I , ret iru de Valledupar, cuando suministr'a una nueva versión da 10 acontec1)
IIOS -
, , • do en la infausta reunión y, con Plud1giosa ,.revive las escenas 1'1,1) 001 \ I das y se acuel"CIapBI'fectamente QUE NO PARTICIPO EN LA CONVERSACIOM SUSTENID~
, , o • I'OH DEL LLO y HE' PúAQUE SE OEDICO A EFEC I UAR TaEFONICAS, EN.
WGAA DISTINTO A DONDE alNFERENCIABAN SUS AMIGOS•
• • • ·4) H. As!: las cosas, asiste toda l'az6n al TI'ibunal Supe ~ , , ¡"afor del Distl'ito Judicial de Medellin cuandc opta por la medida de sobreeea tellll"'lralluente y por segunda vez al Coronel Held, polque realmBJlte su inoce~
cia 110pudo establecida da manel"8 efragable, tampoco la actitud ..
Sel' 11"1 COII"J
• •
- • DResulta incomprens1ble que s1 un Juez de la Re~b11ca habia ordenado la intel capción de una linea telefónica a tl'BVés de la cual se corun1caba la señol'a L1gia UI'1ea de Aristizábal, no se hubiera traÍdo a los ~
, , " , , I ro o , o -"··It··,~·_· ......-.. _.,.- , '!"" ¡-;".- ....... - ~ .. 1" ....,_ l. I.'-l. , - 1" I '," ~_II ,_:_.•.• l .. ? • aa aa • •
- • • • • • • . . • • • ,
•
- •
, • " , , I • autos las resultas de investigaci~n cOI'r'espondiente; mucho habría que do la 7 I • cir en torllo a la desaparici~n de la grabación tantas veces referida, en qu~ • circunstancias se consumó por orden de qui~n. y , o • -Tampoco es clara la actitud de Osear del Castillo, pues • su afán en lograr el silencio del Coronel es evidente esta conducta resuly • o ta inexplicable en quien predica la más absoluta honestidad. Qu~ temía enton
- • ces? ••••• • • Breves considel'aciones de la Sala
,
- ,
• , ,
- Dos son las versiónes enfrentadas dentro de este pluceso
• •
- , penal: una, presentada por el. coronel HELD, en el senti- -, • do de que, enterado de 1"1 egularidades en el comportamiento oficial de Os - - car del Castillo, busc6 aprovechar tal situaci6n para utilizarlo en la lu -
, , cha en que se encontraba empeñado contra el narcotráfico; otra ( razónla _' de ser de las presentes diligenclSs )0 es aquella a que ha hecho alusi6n o , , . HAO, del Castillo: que el citado prevalido de unas grabaciones en su con - ,
- •
•
- • tra, quiso exaccionerlo monetariamente.
- . • , .0., '11!' Del Castillo, al principio, hal16 respaldo a sus asertos en lo testilooniado por Arcea Cotes, af1 )"lllBérste ante al la Justicia Penal Militar que, efectivamente, ~l estuvo presente en la reu- . ni6n en la cual el coronel propuso a aqu~l silenciar las grabaciones, pro - , • via entrega de equis cantidad de . ,de lo cual se percat6 en un todo. - , , • Pel'O, desafortunadamente, declai'rirse nulidad de todo 10 actuado, al la que- . dó comprendida allí su declet'ación. Y, posteriormente, en sus otras inter - , . venciones, ha ifastado que deliberadamente se retiró del sitio donde de- , , , ! , o , , , ,I , , • • , " i::
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8 lOO.. lOO': • • • • , • . <Ó:> . .. . • . ;'.~-.-. . • . . _. -",. ", .. r:f .'" I •• • •F • .' F • , , . -partían sus amigos, no pudiendo entel"arse, por conaecuencda, de las susodi-
- • chas indebidas peticiones. EstalllOs, pues, en presencia de persona que, como bien lo anota la Delegada, "patentizó su condición veleidosa su incapaciy
. 1 dad para ser testigo veraz digno de crédito·. y
- • lo curioso del asunto es que inclusive el mislllodel Cesti
- •
- • 110. en una diligencia de careo con Arcea. tel-Illina por _.
- . la aceptar que éste solo escuchÓ de existencia de las grabaciones y que el - • resto ( lo de la plata ) sa lo cementó él, a continuación de la reunión, as'!, ulteriol'plenta, fuera terminante tenaz al decir que el Auditor Fiscal anta y • la Aduana sí oyó de boca de HBD las exigencias económicas•
- • • Ha buscado, tambi~nDdel Castillo fortalecer su testilllO - .
- nio con el de Saldsl'J'iaga, quien una conversaci6n eacuché . • • • ·
•
- • telefónica suya con el coronel HEID, de la c a1 desprende cix'cunstancias qua,:
IJ . sn su sentir, apoyan sus aseveraciones. PeI'Ola "ardad es qua SaldalTiaga se' . • , . limit6 a sostener qua alguien al tel~fono decía ssr el coronel H8 sin po0, '1, • der asegurar que se trataba de que ni. s su vOz conocía. De - «>ltRQ
- , v ah! que no hay pOlqué desear·tar la posibilidad a que se hace mención en el.- • prcceso de reducirse todo a una patraña urdida por del Castillo para # . . al ex~ilitar. es mas: de lo nar-rado par Salda"I-iaga no coligey
S8 \ sino el incumplimiento de una cita por pSi'te del denunciante Bl jefe del gl'U
2. , po antinarcóticas, compl'Omisoq'ue también ha podido selpal-a efectos de la -' • entrega de los datos, 10 que, según HElD, era 10 acordado; pel-o, no hay allí • prueba alguna de demandasde dinero •
• \ • El car~o que le ha• ce del Castillo a HEIDes, pues, un • • I I aislado, huérfano, en rigor legal, de respaldo testi-I che ,
• • I • • . • : • ~. .' '. - .. • • , • • • • ~ ¡, _': "
- I 1 .....,....r--t I r-'. 1 r'" \ Dr. f - _ .. J. ' •,.......,,.,' -'. , - ti" • l" I I • I ~ .... _. _'--' _.. lo _~ ... :. I .._.•• ' ,
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, , " , , . ,. • , , • , -, • r • 1(. • • • •
- ..
• . • , ! -monial documental. Si perdura es únicamente por el comportamiento del pro O - • pio coronak incriminado. Ve&rllOspor qu~: , • Es incuestionable que el casete, en donde, de alguna manehacía referencia a actuación delictiva o 1}'}'egular de del Castillo, existi~. lóg~co, lo legal, entonces, era llevarlo al co Lo nacimiento de la autoridad competente; no debido buscar componendas, soha , • pretexto de la pesquisa de pruebas en contra de una presunta narcotrafican - • te, porque así se convertía en ,y señor de la propia ley, si a su , • arbitrio o capriCho pudiera ella dejar de cumplir su destino. Proceder sema- . , jante no le está permitido a nadie en un estado de derecho como el que nosrige. e, por consecuencia, una par'licular:{sima manera de t'Sr los asun mi -
- , tos legales por Parte del coro de I'I\3x'rq'uaes deja mucho desear
qu¡§ . , , que refluye, de alguna manera, en el análisis del delito que se le imputa, y . , , , que, así las cosas, el camino resulta ciertamente corto par'a, de allí - ;
- • pasar a la realización de actos el incriminado. Estas son, obviamente,-
,
- • simples reflexiones que no apuntan fatalmente a demostrar responsabilidad, - • pel'O que, aunadas al hecho de que a nadie ( de su pr'Opia oficina o super'ior
,
- . • ) le , inmediato coment~ sobre sus pretendidas intenciones de apr'Owechar la -- • grabaciÓn para convertir al empleado de aduanas en su informante y cor'Onar -
• , • una investigación contra el narcotráfico, ten conformar un estado ds cosas tal que lleva a a , por misma lamentable orf'anda.1ptl'obatoria, la • que la cuesti6n no ,está nada clara y que, al contrario, aún persisten graves , dudas acerca de la realidad de lo acontecido; que todavía perdura una incógnita penal que conduce, inexorablemente, al segundo sobreseimiento temporal \ decretado. ,
- , Se recalca, esta investigación debe tenerse
, • • , • • , , , r ~,,':: ', f'" • •
- - • • •
- ..- ,. \t .. , F'L! ~-{. {...,..~: rl', t-- , " , ~i-- I r'l) •..J ~. , , • '"_ .. _....~ , _' r • • '_' _ '_ , '. _J. l. •
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- • -viera en sus albores: hay dos posiciones encontradas, sin que ninguna hayaI • recibido significativo aporte, al punto de implicar la desll"uccieSno menospre
- . cio de su contraria. Del Castillo tampoco se presenta conIa absoluta honesti-
- , . • dad que pregona. Su af~n, como enfatiza la Delegada, de lograr el silencio lo I • del cOlunel HaO es evidente. Algo temía. Por ello motiveS a sus superiores y • a otros conocidos de la aduana, para que le ayudaran, quienes en lugar de cu~- . plir con su deber, sometiendo el asunto a las autoridades coI"J'espondientes, - • movietun sus influencias, buscando acallarlo. En un medio así, con un denunciante que de tal manex'a se comporta, tampoco es traído de los cabellos consi - - I · ..- •• derar\hubiera maquinado su mejor defensa·la denunci& del precitado coxu nel. , ¡ , , • t • , • dicho: lo atinado es cobijar al sindicado con el mancio " Lo
- -
•
- . • nado sobreseimiento temporal •
- • No hay lugar al sobreseimiento definitivo, ca alguien lo
, ,
! • pretende en el , porque lo tiene s• entado sta COIltO ,- Corporación •••• esta d exige no deficiencia de pl'\Jebadesino comprobaciones ciertas; no puede adoptal'se con pruebas incompletas, sino con prueba que establezca eabal"Rlnte uno cualquiera de los eventos que ten su declaración judicial; no son suficientes pruebas ~s o menos canvincen
- , . tes, sino que requiérese convicción plena en el juez respecto de real la pre-
• I , • sencia de cualquiera de las causales señaladas en el arte 491 del C. de P. Penal. no podía ser de otra manera, habida cuenta de tratal"ue de decisieSn con y naturaleza de cosa juzgada. ( M. P. Dr. Gustavo Gó z Vel~squez, abril Q •••• , -, I i 23/85 ) ! , I .. ... / , ·I • • ¡ • , , • • • . . , •. •
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- , ~,- f~'' ...... ' fJ' -' . 1 '('"." r .,... ...,.. l' .'. '; .,.._ ....~_~ .._., ,0 .... . ¡.. _. ... -p,_ ......... \-ool_ 1• '..f'". '_. I • , ,. ~ " .....11 ....
\ , . , • , • . , , • • • , • , . , Por lo expuesto, la CORTE SUPREMA DE JUSTICIA, ...sALADE
CASACION PENAl-, confirma el auto consultado, ya seña1ado en su fecha, naturaleza. , I , , C6p1ese. not1f{quese cúmplase y devu~lvasB. , , •
- . • , " , -_ I • i
, " _. , , ;? , , ,. • , ; - ,
IllEAMO DAVILA IVUNOZ
_- - , •
ANGEL SQUEl
, , , , v-' - • ,
LISANDRO MARTINEl ZUNIGA JACOME
O DO LFOMANTILLA
I • , . , ,
WIS GUILLERMO SALAZAR OTERO.
,
SECRETARIO'.-
• , , , , I , • • , _ • • > ,~ • , • • • L I