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CSJ - SP G.Rendón(22-08-1961)

Corte Suprema de Justicia

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Detalles

Título
CSJ - SP G.Rendón(22-08-1961)
Autor
Corte Suprema de Justicia
Categoría
Jurisprudencia
Área del derecho
Penal
Año
1961

“ f016

CORRE, SUTR58B JMUSTAICI A SADA 55 9ASACION PSUALS

HAOISTRADO PONMEBRE Drs GUSTAVO HEMDON CAVIRIA.

Bogotá, agsoto veintidos de 11 novociontos 98 senta y unos El Juzgado Ciento Voventa y Uno (191) de instrucción Oriminoi, radicado en 01 municipio ño Santendor (Departamento 601 Cauca) dictó, pra víos los trónitos del decroto ieriolativo 0012 e 1959, centensia absolutoria de primer grado: án fuvor de JULIO ALTE y NE UR E sado del csriito de y honto1ólo en 18 porsona de CO José ae Jooúa Praneo Poldon, hecho ocurrido en el municipio de Sanmbato, ensorto de "La lina", 81 3 86 ebril 380 1960. Dicho fallo, que lleve fecha 22 do junio del mípno años al sor reviag do por gongo is 19 povosó la Sala de Docisión Penal del Tribunal Superior del Dictrito “udl ctal de Popoyín, pará en ou 2ucsr condenar el y cunado, como renponcable de homicidio en evtado e ira lartículop. 36£ y. 29 401 04) a la pena priínckoipal de troínta y des (32) monos de pro 14017 víálo y a las accesorias de sFigor. (Sentencia de 6 de novienbroa de 1960), | Contra la resolución del pd guen interpuso la úofoerga el rocires extraocrálna: wio do oncación, sobre ey

yo mérito propedo la Corte a ducidir. En olreunstancias que tondrán que sor analiza des en el curdo de esta providencia, Bolazos Paenages; 8 gricuitor, de unos 27 años de edad, ¿lo rmuoyto a José de Jesús Prenco Pelgca, lo um disparo de revólver, On» tre laa sicte y los ocho 4s la noche del 3 do abril qe 196%, en se1 pobludo o envegía de “La ina”, sobre el ca míbo que condusa a Jambalé. Rositi$ el gocisn la levión en la "lfnes parentemnal. inguiorda a nivel de la quiata costilla” y Lo interesé ol corouón, produciendo el tes so de moto Immoáíreto cono natural consecuoncio. El recurrente en su demanda de casaciónq,ue raúño los origenciosn legales, luego d4 una roleción de 108 hothes que úleron lugar ad procesos inmpuena la cre toncía ás1 Wríbunal de Popayán "en concordsncia con lo procoptundo por la Caugal Segunte del artícuio 567, es rreopondiente el Título 17, recursas cxtraoridinarion. capítulo lo. Casación del Orconemiento duríaloo Peoca + 1018 ¿éinental Peno1", porque "extete orrada intorprata ción o apreciación de los hechos, atribuyóndoles — ua valor probotorío que no ftíenal» =1a declaración del asado señor don LUIS NLUBSRTO AQUIRRE= y nogínde los 01 que oí tienen la intogatoria del procesado

suñor BOBAÑOS FSYACOS y Aenán piesos que me poli. 20 ansldcor en el decuryir $0 la preooato Aemonda". Sostíeno «l apoñerado, sienós, que de las pruobas no aprociodas por el Tribunal ue depprende que en roprecontado obré on losítica defensa de ou vita como muy acertedarente lo dejó establecido el señor duos cionto noventa y une €s instrucción oráninel o on su sentencia do 22 de ¿unio 4s l960%. En el extenso esorito on que se puntusldcan por $1 actor los cargos contra la señtencios a tra” véo ds la ónusal segunéa de ensación, a la crítica sobro sus plentesmientes y consideraciones ¿uríal - €as, añato la interpretación dol veránáero contents á0 y aloonso de los clonentos to juicio, sa orden a domontrar que Setos oncsñon, añvlada y oomijuntenente que ls contucto del precegado obedació a una agresión ántelal dol ocelso y 4 u £undudo temor por error de ho6hoy 8e votar en imuinonte polírro pu vida o la 66 $u, orando. Como on la rgapupste dol soñpr Procurador — Segundo Dolecado on lo Penal están debidamente extrag tados los corgos que en forma pigo desordenada contig no la denonríe dbaalboy De” CARY al concoyto de du 59 ña laboradog en este particular. Los hesconpone soís 019 APLÍNOLO. » Que hubo orrónoa intorpretación

de los hechos que tipificsn 6l astedo de la altána defensa putativa y e11o a tonbecuen. cía 80 no hebores astinado la prueba revela dora ás tambiento googréfico y poicolénico quo envuelve lo osuna. El demandante enty áta 200 eleneutos do juicio aportados 81 » proceso y que perniten deducir econo ol 1u » gar donde tuvo ocurrencia el incucoso y por la ápona en 01 que se verificó (3 de abril de 1060) estaba somotiao al inporio de lavtimlonoóss por 10 auol los habitantos do la región (población de la Mina, Cauta), vdvían atonorizados por la prosencia de extra fióa en dicho lugary hasta el punto de queun tertigo exclama sobres el partículor:” Ola ro uno lo ticno torror a 000 gento que vias no de otra partes puss no po pabo tono Von. a “Apovera el recurrente que 01 procossdo Bow lao» también fue sujeto pasivo de tal dnfluencio €o recodo y tenor hacían las pergow nue que llegaban de departenentos lejanóo o de otras tiorras ya conerotamentes sobre la desconfianza que le Inspízaba Franco Peléoa go rofiora al dicho del oo euyo tenor es Úntes fUsaro, Cloro yo lo tente niogo poz: que $1 vivía diciondo que cra del » Folima y $ no 16 importaba matarun indio de esos cpucanos híjuopy +» ten de eso y volarse y como yo tam

bión le diblo cogido miedo écnte el úta de] las Elosciontbesr nro? (Ps 6 do la denanda) e "EM iekgnotpe qhera esto primor carro ox €l andisodo probatorio que cobre el partí lar vorifica 01 fuen A qup. a | 1020 'ZEgUndg. » Esto cargo lo ootructura 61 dm pugnador argunentando que los elenentes ta fograntes 4e la legítima defensa putotiva han uidg desconocidos en el £faile acusados on ononto hay hechos en sl proceso que por máten doducár que dado ol cutado do ánimo do Bplalos, so vió ante lo inminencia de un grevo polígro (que tuvo roalíted on su monte) y ello porgue on ex intelecto hubo "opinión fundada? de tel pituación, habida congidoración %s la porgonsiidad lo Sn de irogor y do las cáreunotancias de tienpo a. qué rodearon el ocho. "Sobre esta portiealor esí argunentas rEp cotes contlciornes HonorablesMoglstrodoo habíta considoración » - ls osvurigad en el coronario de lo trago dia, con esos antecedóntos que 108 DUNEtl procesado, y el briller del onrriago O palo. 6 porrero y ercorge verfaícamente por el «otto Dolagos de que, tal impñcnonto no era otra cosa que un ayha que ¿ba a osacio enr la muerto de su hormeno Rafabl y del » tásno enerugado, crtón, pora la dofensayes

to lo fue para 61 señor Jues del concsimien tós inpocabiomento conformados todos los za quinitós que le dan vién a la legítimo defensa gujotiva planteada desdo ol principio ds este procopost(£,8 40 la denenda). "Tergoro. = Zuto targo 16 reduce el impugna dor a sostener que on lo relacionado con la legítima dofensa subjetiva 09 preciso, ante to80» teneP Hrécente la situación pefquica d02 quo 'alogo e su favor eota causa YUO exicecde responsabiliaads Acudos on cata » 11021 torgd obrzo en e1 antegior, e la orpuesto gobro 41 particular por tratodistes de due . vecho penal, y que, en ofatesis, pueto rely $irso a lo uíguionte: que $l clunento gub= jotivo, valo decir lo que en e monto ina» ginó quien se pretensis vístina de una agrcción inguoto Y ¿rovos es ol Índico que dotesmina la naturalosa misma del poliaro ante el ouad o sintió colocado el sujoto que roescoiónay WCóon fundamente en lo anteriors al donan Gontg se refiero a 20 dicho por cl proce gado Jullo A¿iberta Bolefos Penagos y que »Útcos encuentra rospeido on Otras pro banzage inaliza dotonidanente teles alomentos de ¿juicio pera tonciuír gue en el failó acusado de Algo paa orpónea Valora ción de logs hechos; por cuanto a log que configuran plonenente 108 elenontos tipi.w

ficatoros Ge la logítina dofonoa putativa se les nogó el valor que sí poncens Bote dla las afirmaciónes en las cuales 346 8pa ya el Zritunal ag guen pora rochasar la configuración de $01 figura jurfáleo y los controviorte Gon la covtenido en sl falio del Juez a gue y con enotacionos porsona tes Gel rocurrentes En foro Slaro expone tu órgunentos, aecós, de manera donvine conto y prolígas "Crítica son anplites la sentencia impugnoda en sumnto afisaa que los suertes dol procesado Bolaños difioren Fundanontaluen ts entre sí. Concluyo cata enrco dician» dos ttáoaf las reclidates, stuy Zonorable tiegiptrado Ponente, no go ve do dén . .. Acia “ 11022 de pues pecar el fonorabloa Pri bunal Superde iPoeparyí n aquello de que = ias vornióones de Bolaños dificrenanotuncialnenta, siendo ssí quo er - - tó63o lo contrario el Gooíx da laa piózas protogoles, pues aunque Le insistentemente sometido a un exbaus táívo interrogatorios por el poHorJues del conosinionto, 1ejos de cono tradecires an onalguior puntospor el vario pe roafigrd en todo qu de cir prinario,.Aíende ae debe tener an consitermaión aus euando a dl ee lo indogó y so recitioroa los primera» testímonios, a 1 y a los toetígos

no se los interrogó sino pues (ele) el funcionaría so linmtt8 a oÍries » rápidonohtes síán técnica ninguna qu (£.13 de la denonda). 'Guayta. + El domendante se , dotiene juicios. sanento en 01 estuáto ds fiversos tentinonico (los de don Hor Polañon. José Hafael Bolaños, Erncato Lango Pernándons Graciela Barín, Roinol Polafios, Natilas Conde de Quía guanIuts eRasnog s fol Hodias, Luio Aguis rro) como también on el andlisto de la dilda gonoía de inopección ocular (reconotracoión do lou heshos) pora denontrar que la contasión cnlidfel. irea eBonlañods aenc.uent ra pieno reapeldo en los autos,n p sólen ocun a to al hecho nácmo investigado, vino en cuan ta contionen sus injuradas datos sobre ante ctedentesde lugars ticnso y modos que inciden en la situsción anínica de Pelegos cuando ¿ne to so doterdmispiaraer dvobore sdo u5 Franco el áta 3 de abril de 1960. Uno a uno estudis tales elenentosde juicio y formula las con» tiusionosn sobre p1 aúrito probatorio, en lay ma drgeny sTaógisca s 11023 “Y de too 10 anterior formial a siguiente coa Giusión: "Mágf los hecho, muy Honorable Hagis « ' $xado,s ho exigte la menor cuda sobro la Guñoteneta del palo, Surrisgos guasca » que portabo el occioo, softor Praneo tn

2408 momentos en qho ocurrieron los he » : Gho0p y guo tel implemento ora poqueñopo grendos 90 s0 inventiaós En conformiged econ el principio universal ?intablo pro pogo", tieno que aúnitiroo que eso impig monto exa girando y fuertos viclonto, cy pas de ocastomy golpo gravo por la $0 sons que lo recibiera. Concordos que en 56 fieno principio se tieno que adrnátis que exa anevillo O claro 9 DÍAnNco, sub» cortiíble €s brílicr a la lus de la lmnae - Af, tuy Honorable Vegictrodos coro us» tad enbe, uo es trata de soctenor un 20 tusr e legítima defensa objotíva de la vida 01 no (sic) coro traté de explica» anteriormente, subjetiva on Safaci bola Roge y de Son Jutio Alberto Bolaños Pong 2680, Ei ocho de ro hoboracie caucontrne do el cuerpo dol aceisp señor Franco,BÉ Ña aiguna, nota tiene qué gecir en cono tra de las ofízracionos del procogadoen €l sentido de hober oraído que o1 A neds ¿ba a lensar su golpo mortal contra el nernmáno del procesados. Mo entien Go la defengas porque (sic) la ponencia del Honerablo Trátunal Superior de Pepa yún olvida log contíclonos atuoatéricas que acovían on ose bomento de los sjutosa a dor Prajogoniotast + tión aduitáendo que el ceñor Holefios 28

noagoo huvieso obsorvado horas anton te 2er torÉaico, que 01 eblor Fran cr oarecía do sima cooiguioray 61 Eonor raba 16_ica y naturalmente ad en el pr cáno ronenta en que Hubo dl lores, eu 11024 contender, que ora si coñor Prancosn0 encontraba desarmado o 28. (£,24 y25 de la donantaja “1 sutorior cargo comprendo un estudio ea la demnáa que so egtíicnás del folio 13 al folío

25. En conclusión, lo entima denvotratávo te lo errónes valoración de los hechos por parte ¿01 Pribuaf nquaen,l al £gual que de la do »

contimación de osróda : FSextos + Esto cargo puedo Gatenderas cono UNA: oonmpienonto del anterior, pues 03 cotiracthura cobre el náguionto araumentos que del estudie de lbs tootinonios de Julie Gócor Havia dalay 6 us Eo Aguirre, ármuiño Orsico, Reinol Bolaños, 36 obucluye cóno Frameo (01 occiooda sdenás de gozar de cierto rocolo ostro lag «— gentep del lugar y esr goñsidorado cono 'pen= doncioro) of acortunbrahd a portar un. nacho. te a poinillaf »el cunl ¿noluca fue hollado » dosrués do) inguecos, £l día siguionte fon la montura? de la bostta que sonduoía a Práncoo y tulo Eiborto Agulírros pero que, eopucialnan.

t6, S0 ¿etuos cono sí fue hallado cerca del tnigver un palo, perrera! o gurriago! y qíe dfobo Inotrumento se atribuye e Preneo, Inciu DO por Aguirre (vor 11.72). Sabre la enteriop porgunentagión el inpuensdor encuentra cuplio apoyo on úl axnfiisis probatorio gua aobre dá ¿cho porticular ve heda contenádo en ol falla Gol ¿uugato 191 de Inotrueción Criminal, que - docriajó cate hogocio penol en prlmera inetan» cia. Tranporibo varios apartes de tal provi ábncia.s DN goeolY p' E” “Este cargo 50 hallo epxuntentado de Pfolia 23 a folio 54 ¿o la derania. [AFIMIZSLEBIO DE ANLLICIV VEPNBFICY DE COFomalY MINAEHO ¿iSptinas — Es outa ocasión, el impuenader hace un eotudio do 408 heohos conváignados on el proveso y en especial sobra los gl ..e gviontos aspcctost a) Que Pranco, con anto Fíoricad ul insucogo on 01 quel pardió la -» víle, ya habla, €l nisno dla, proforádo ¿4n» $uitos graves contra los bormanos Zolamos « PFonogosj Dd) Que Franoso n el monendet o10 9 hechos házo adenán con la varitat quo por taba de golpear a Rafaol Bolaños; e) Que en da monte de Julio Alberto Bolañios tuvo soñe

1idoú la prosencía de un fmacnete o peáni » lie? on la mano de Franco que no habís adég do agrooiva y líote a golpoar a Rafael Bola ños y 4) Gure, finalmente, el procovado apo» sos dloporó eu erno una sola vols Do nuevo encuentra apoyo a cues abortos yn s4 follo oraciones razonsdaps y convicentos fobro >» log hechos que se hallan plenamente conpro” baúos en el proceso y sobre lop ceuaies higo si Pribunel gá suen errónea valoración o Sa 36 e verilicar la portirontes cienso ellos olenentos esantitutivos de la le Ítina lnfensa patatáva, canoa auínento de rospongas» bilidst. Piociusé se rofiore el plentenniento que h4có 61 juez A que en cuento afirma que tanpa £o es desacierto encontrar 6n cl cago de dulio Alborto Zolaños Penagos el que se contem pla on el numeral segundo 8el artículo 23 del Código Ponal, coto €0, 01 orror esenpial de hecho qua tuve cuando debieuda percibir un palos. uu émeanadterado lo híso vor una pel= nidlats (fa 30 de la denunsa) . 1026 fonoluyo así esto cargos 01yias dicha Honprodvia Intídad, quo $ia losívimo defensa subjetiva 06n + alados cogía Jos conmtadoros,0a que €l pudjoto eros rasonablerente halley $6 on condiciones 40 la hoy cuando «

detán no se hayan pennádos cobre to doy 1a de la sctuniidaó e soniidal -» de la violencia a poligro. ES por Ue jenplo el caso 461 Incivióno que greg que Y Y a hacer (sio) atacado por otra porsena, tn honor e sus 349 nogs por sor cu enenigo y por tomar Soto alguns ectitós que infimds oque bla ereconcio, pero pin ser sllo vor ántero!» (1.39 de la demanda). "Hi cargo Pus eustontado del foito 54 ol £a 330: +9 del escrito inpuanedós “En low apartes finales de la denanéa <l ro weento acudo a dtvercas doctrinas que Voz. san sobre loan ciomentos Intograntes 46 la = lesfiima Gorensa putativa y conciuye así la decostración de la couool segunda de caga vión que invocas veSólo mo queda abora que los Honora bios Msgistrados, Penento y Genás nmicnbros de la Coyte Suprema do Juste ticia, confirmen con la lectura de » las oentencias que ho nenciónado y $ con el icor de lap tonán pícnss de la £ouoas de vordad de dos argumentos Ya ojcdomanvoata denanda, y cuya jurida cíite8 cortongo csonvonoido en la nosón 26 ninguna robboncadvididoa de mí 40 » fentido don nio Altkorto Dolafias Púa TAgOO" + (1.87 Segundo cuadarmbta

BESMBTICY DE COFOHBiW 7

1uDb27 Considera el coñor Erpcuragor Sogwndo Dologado

en lo Penol que cootéá probada en Ol cóso gub judica la coupal segunda de caceción y consecuente con esa tesás páde a la Corto "proceda conformo 61 artículo 570 del Cade PeP»s letra ¿A absolviento el res dy ito Alberto Bolaños Penasus”o Pare apoyar eu soldícitua el Ministerio Público co cxpomo, entro otros. los stguiaentes argumentos; “Eo bhotanto la cloridad con la cul ao prasonta el codo guh jusics, debido no polo a la pogtura jurídica adoptada por ol reo gíno a lo manifestado por los testigos propencialogo égl heocrko investigados es lo cierto que de la bor de revisión verificada por el Tribunal al cstudiar 01 fo.lo del dues a gua demuostra pa eo colo, toda ves que los ergumentos sobre =- los cuales apoya gu decisión no revicton la consisctontia necesaria púra sor acosádos como vuyoledores ds la exact-a yaboración de los == hechos aportados al proceso. Por el contrario», mientras el Jdurgado 191 €e Instrucción Crímisal verifica un catudios 008 Sy Sueras de lo díveresa elementos de juicio incorporados al informmtivo, 91 Tribunal ad ques consigas apeneg unas breves considoraciones que no ra” zonumi09ntops. 4un fallo de lastoncia gorio y nmcéttado corronpontió uns sentencia aé guenligera y sin ROA, eanA 109 pruebas del proteno. Ya, cn anterioros ocaciones esta Procuraduría ha expuesto su pensamiento sobre da labor cuái.

dadosa y exigente que debe cumplíroo en la ra 1 0 01028 víción te un fallos rovivar una sentencia del inforior loplica no prohijar simplemente su contonido, como tanpoco descartar los rasona nicntos del jues a que sin contraargliír 4eto» nidemente, en coste Último copos Para entar de acuerdo o en desacuerdo con una dscición aus so estuále por apelavión 6 consulta, 08 nOcÓ pario razonar, acutír al catudio de la pruebas consignada en $l proceso y analizarla como ox dena la loy y como encoña la saña ovítica pra batorias Vllo es obvio: el fille ponal dofini tivo siempre ha de sor la veveiación de la rogiidad de 1065 hachos, o de la verdad mate «- rial de los nicnos, pora que pucds aplicarso» el derecho con toda justicia y cavidad, a la par que con sabiduría y prudencia. De ahí que toda decición que implique sentencia definiti tá eo debe preouwir conforme a la ley y de -= abí, también, la preounción de verdad que con lleva la autoridad de coga juzgada. PPues bien. La ¡¿juiciona labor de revisión a quo se ha hecho ólueión no fue cumplida por = 01 Ha “ríbunal Superior del Distrito Juticial de Poyayáns Eh ronlidads el fallo acusado ye apoya ún los hechos que habrén de onunciarse a continuación: : | 4) » Que a José do Jenúa Frenoó no lo fue hg

liada arma de ninguna clases cuendo so practá 96 01 levantaricnto del cotáverz ni quo tampa eó la portara cuando ocurrió el insueóso. p) + Quo no extotió "tampoco intento 0 204 » mienzo de ataque. 49d, fceleo y la reacción de las coniáciones anotadas?, vale decir que + Pranoco ná agredió a los hormenos Julio Albor= to y donó Bafael Bolaños, uá menos higo el in 11029 AaTo908 tanto de 16, por do cual la Fogcosón de1 reo carocó de juotificación por gubenciade requisitos fundonentalos de ds figura + jupídicade la legítima ¿efensas tg) e Quo la conducta dol veo fub motivada por la efenpa grevo o Anjusta proferida de áp xa ol ab dr ea Lop no r heP rr ma an nes o s An Pg oi la a ñio6 o1 s honor do la a Los dos prinoros hechos aque votina plonsw mente probados el fribimald4 6 guón no haMan reppoláo on las probansas de autosR l toraoro es rovelador Ge la conduota imjurí dica del señor Josó do Jesús Prenco y tal hecho narca el conienzo níend de la agro + ción de abra que intentó el hoy occiso; el levantamiento del porporos cuentas varita o aurriago? quo hico Franco en adonán de a grotlr a Rafasi Bolaños. Rata Proouradurta Mióga a da ontoríor conclusión con funúa «

monto on do elgulentos PEL Úndco testigo presenciol de los hechos Y que no tiene vínculo silguno 80 purentonto con 169 hornenos RoloÑo0s, 06 1UIS BÉLRDO Ae GUÍRAS (£10,33 y 70) quien verda aponpañon» d0 a Ffrunco la nooño del insucosos Añsgra viene en cata Sooiexonte quien afízma que . 6l ecoloo de scutos sa 64 comento ouiniranto de +3 SB nO verificó sl osgutonte nov sá 27. (c3 o cor en sus >.—_ 0Sin nayorca bafuenso intelsoiualeos ca » - 1030 fácil detuedr de tal tentánonidoon cusutios neo incontiovortiblossa ) Que Prenco hizo el £ntonto de agredir a ellos? sale úecir a loan hermoenos Bolaños, y b) Que con ponterio» ricad a tal ovento se escuchóel ¿loparo que e9casionóda muerto da Pranco. AbÍ, puebs 78 sulta conprobado este hegkos el intento de a agresiónde Prenco contra los Bolaños, Y a la hisra conclusión vo lloga al cotutiar la vor sión unifodrelm rooo . en sus injuradas, cono tanvlo iagéovonrad o por los hermanos RAFAEL (fic. 11 y 61) y 108% RAR POLAÑOS (fo.12 vto. y €6), el prisoro autor del dieparo fatol y loo Últinos teotigos prosencislca del insues 80. "Ho ee Tequiero mayor esfuérso cialécticopa

rá gcopteen rs u integrla icdonfaosdió n Gaw líficada de Julio Alberto Bolaños (fis.3 y = 42 vto.) Su voraíión produción al dfo siguien to de la tragedia y el acto miso de haberse -entrogado 2 las autoridades al rc0s nomentos posteriores de les hochosp$0 clara y convíg conten ó solo por ls espontaneidad de la mig nas Gino por la forma lógica y sin raticon— oíes como es ofrsción al inatructoro No se observa en su 4lcho el aconodo en sus respueg tas, ni la contradícolón en aus palabras. del do entiendo esta Procuraturía, 81 ¿guol quo » lo entend1ó 01 juca a guar Voamos el fundamen “to de tales afirmaciones". "En 16 ampliación do ía indagotoría, Bolaños úe razón do sue asortos y no obotante el ex tengo intorrocatosio a gue fue sometido da ex plícación justificada a en conducta: que obrá U En - ele 031 nto (Laivdée avé r que Franco hombre a5t8 sivo y a quien temía Julio Alberte Bolaños" esarinía contra su hermano Rafacl Bolaños ua instrunequne ta al a lus de la luma brild6,- polo rcu al en gu neñto se configuró un pelá gro inninento y grave, a la por que injusto, cfontrs aquel tercero (Rafael Bolañion)21 cual estaba lizado por vínculos de parentescos Fa” o sia lo anterior ce aúnen ias ofensas alta

mento ultrajantes contrae l honord e la naire áe los Jolsitos, que fueroaú smitidas momentos imodiatanente anteríorca a la tragedísy log ultrajes propícisadopsor el nisuo Prarchoo » vas antog (01 insucesos €s obvio que en el es tado de Únimo de Julio Alberto Bolaños tuvo vealicaé una ogresífna sctunl, eravo centra la vida de su propia hermano y aún contra la pue yá, injusta porque al paoluto cordial de Rafael Bolaños correspondió el inculto y el añendo a gresivo de Francos En las momentes oulminsntes de los hoch0y, puedo decirse, sel oxiotió en la rente del procepaéo Bolañosel machoto € pei» nillo? que levantaba Prancog n adevás de gol » pooo herrir a Rafael Rolafics; la varita!'y 01 teurríiago? o la guescal «que fue hailada co ca del cadévor de Franco» por 21a oscuridad del ivgar y 01 morento en que ocurrieron log hechos pufrió una transformación on la poiquio del roo y 508 convirtió on terrible arma. "Y lo anterior os aceptadie, pues cómo potría desvirtuaros el aserto del roo de que obró an to el tomor de ver que Franco esgrinmis un a ma cortante contra su hermano Rafócl ? Cusl prucba existe en contra de tol conclunión 2 Ño pográ afirmareo que el dicho de Aguirre, - Lo Má v 1032 porquo $yte solo hubla de que Praneo no ultrajó

de polebra a 169 Xolalosy pero reconoco el ado» mán quo $nto higo on intonto de agredir a 108 » BolañosY ,e s protiso afirmer, donde ahora, que 61 testinonio de Aguirre mersca aorícoa tenores sobra la veráná de au dichos porque contiene mál típles contredímiones que deotapa sl rocurrantos, Y porque puode considerarse intorcoado toda vez que Aguíexa rcormpaeñeroo de laboroa de Trangoo y más aúns no tenís por qué inádsponorse con «» bue colegas de trabajos sino wos bien lograr su emiotad tratondo de dár una versión que quizá» favorceiora a Pruncos. Que no fucra hallada ninguna arma asrca del 99 S8vor del soñor José de Jesus Franco Pollos no femueatro, janéa, que en la mento del reo no ty vo reaelicel la prosenaidel au n bochéte o polná lia on ía mano agrosiva de Pranoo, la noche de 205 hechos. Logs asortos del fribunei ad quen ouando mas sorvirdn para descartar la configura ción de uno legítima dofensa objotiva, poro en. te cventon o se ha Giscutidoen esto procesopná 8cve ¿iscutires.L o que del dioho del procesado surge, on forma clora y convíncontes es la reas ción do Bolaños ante le existoncdei aum a agro sión gruves injusta, contra ¡ofael Bolaños,al cuál vio. por da realidad que 90 formó su montos colocado on un pellero inmminortos

La vorsién del processéo encuentra pespaldo en loz fovtímonion de Rafaol y Joaé Nar Bolañog+H1 estudio quo sobre eate particular verifica el denandantono ofrege reparo siígunos por lo cúai dobo aer acogíto. De 191 testimonio curge indu» biteblonento que, monentes antes del inguaesgo Prento había provocado a los Bolafioo con pala bras pltmndantes. fanbión cobre peo cad $6 promuncain, azazrasivenente REINSL BULD0S. > 3AGOS (L£095)%s (1033 Los autos predican a plenitud que Julio Cónar Bolaños tuvo ecrvoneta razonable o funóndo de que no evulo1: vión do ou hex mano Hafaci sa helleba ante un polio -» actual, grave e injustos sino que también él míeno se consideró en las mismas circungtancias. Dudog 1068 anteceúentes de » Frantos 108 ¿insuitog que coababa do pronunciar, el atornán que ojocutó antes de » goner el disparo fatale preciso admí - tír que para el reo exdoti6 un tomor fun. dado de que au hermano Rafael y 61 pudlosw rán porder la vida a mano de Proncd. Aoí lo ofirma enféticanente y ninguma proban= se lo contradicoz a la inversa, ous asortos encuentran venpaldo en las dendo prueban. fal pélisro sí bion objotivamonte no oxisw tAó, 0Í tuvo vián en la mente del reos en

docir, oxistió oubjotivamentos E] procebos tombiéns informa plenamente que 60s tenor fue suscitado por un exror sencdío nhoc]ho , no proveniente de neglás gencías cunl Yuo eotinar el róo gue ol ey» riego o guneca? que lovantá 6n gu mono Pran co ora une paínilla o um naoreto?, axma de» ta do naturaleza eminentemente mortal ol 35 esgcron ífuenrza my odob ro partos nobles del organigño humanos máa cuendo quien hace uso áo tal ara es poreona agresiva. Hinguña cul ya lo es ¿nputeball ero s pora que 61 ¿now _rriera en el error de hooho en que incurrió, fuos la opeouridsáde la nocho y ol 'brili0 do tel taurriogo o gussda o porroro? (bxri » 310 que mencioña 61 procesado y que cs ptos sigo eceptar per el principio de que toda = - Guía impociblo de vliminar se Goboaboolvós a fevór del roo: artículo 204 Sel Usto PoP)a Geternánaron la erconela que so Toruá on ex nomtiorcóoanecnecerianla un Imacheto y pim» ma y: «190 p934 En v1 inferastivo hoy, odenfa, la prueba plo na do que Bolaños consideró que la agronión« de Pranco (que ésto no alcansó a realizarpos ro que sí intentó) <ba a legionor la integrrHie dsd peroonel Lo qu hermano Rofael y la guya »

propia, intéréa jurídica que protego la ley +» ponud. Aeí so infioro del diche clero y com » vinconte del procesados El peligro de tail da torép Jurídico so hico manificoto y tuvo ropa 13daen4 s u mente. "Pinalmento, hubo proporción entre la violan» ole pregunta de Praneo y la rencción defeaube va 80 Bolofiogs un dispare fus la única respuog ta al intento 86 ofensas de obra que trató de cohgunor Vroueos benentabiemento, dichoo élorg To fue mortals “En consofuentias todop y Cada uno de dos ele montos que tipificanis figura jurídidce al a legítima defonga aubjetsei hvolaig a plenarey to probados 6n 0l proco6o ys por cidos el Erá bunal ¿4 quen inouprió on exror manifiocsto qu cerca de dos hechop consignados en el procosos La sontencía acuoada dobe sor invalitdatay pas» YA que on su lugars e profíera la arordo 3 la realidad proesgad y a la prucba del expo » úsentes la que abauelva 21 rob por haber 6 » brago ésto dentro de uná modaligal que no pex mite considorardo rosponsabie de violar la _ Joy pongla a0Í lo consideras eoto Despachos “Los cargos hen sido Consatrados plenar:m onte sy. por endo, le inprimen prooporíted a la cauenl seguida iuvoosda y sustentadpoor 61 impugna. dor» Poro sPélguna duéa oristiera acorea de

los slerontos quo ostbruoturan la figura de la «20 04935 > legítima ofensa putativas ella dobo abeol varse a fevor del procesados por cuanto én la aútuelidad eo ha hecho Invencible o «e imposible oliminación, Vllo obedece el « principio ¿ueto y humano que consagra 01 erts 204 del Csds P¿PS, Ab 30. +» Ciortanentes como lo anstenel recurren tey el peñor Procurador bologados el falto condo» naeterio 401 frábuenal conticno tna errada ayrocia ción de los hechos que nó sy aronoda en sus anpegre tos fundamentales a 105 elementos de juicqiue oe l proceso cpnticno. En primer término, os del todo inexacto que el sensedo haya asumido díptintas posturas en aus dcolaraciones injuradas a incurridoen contradicolo 265 que hagan ¿inacoptable gu cualificación de hahey oObrados ai ocasionor 1a muerte de Pranoo Peláoz en sátusción de legítima defensa subjetiva, o nejorpóa torminado poz error de hotho en cuento a la gravo » dad y naturaleza de1 áa agrovión intentada por el $6 0509 | | En segundo lugar tampocoes cierto que $ste np portase srma, puos un "perrero? al es un instru monte hábil pora agredir, y no os imposible que el proshuebiesre ácudfriodo la confusión a que alude en cue indosetoráss teuenda por machete o yoini e

«2d - 0036 ¿ile aquél objatos De vtro lados las versiones que de loshe » chos euninivtraa Refael Bolaños y José Haría Hylasw ds, hermenss del homícida, usd como la que so dea frondoso del testimonio de Luís Elberto Aguírroscoin ciden ex que bubo la provocación iníciol 861 ocot. $0, quiens e hollaba alicorado y que sin razón sl guna vltrajó e yu vigtinorio y 3 848 hermanos. 20%+ Eo un hocho evidente que Franco Poláca era considerado cono pendonsioro y agresivo, parta cudamento en ostalo de embriaguos; que acobtunbia ba portar ormy aqu e los vocinop del ltigor lo mára ban gon recelo y temor, en su condición de extretio a la región, tovidn a la civusción de violencia da porantye a que, con fundamento o sin €1, lo ontis tabauú tinemlado a eso anormal satado lo cosas que mantenía atenorisados a los caonpesvinoo y baja la influyonto orvongía de que pudfon ser víctimas en ocuniquior nomento de etaques a seus vidss y a Busbienen. 30+» .fo to indica en 0d proteso que la son» festón €6l homicida os vorídicasAl monosno hay » pruota que la contradiga o refutes Sus antecolortos con los do un hombro de bien, pacífico y. ln

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