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CSJ - SP G.Rendón(28-07-1961)1

Corte Suprema de Justicia

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Detalles

Título
CSJ - SP G.Rendón(28-07-1961)1
Autor
Corte Suprema de Justicia
Categoría
Jurisprudencia
Área del derecho
Penal
Año
1961

CORTE S'UPBEMA DE JtJSTIClA

.. '·. SALA DE CASACIOll PENAL.; MAGlSTlUDO PID~NTE Dr .. GUSTAVO RF.N'DOW GAVIRIA, .Bogotá~. julio veintiocho de mil novecientos S,2 senta y uno. VIS!fOSI El. !fribunal Super:t.o.r .... sala Penaldel Distrito Ju.. dicial de lbagué. por sentencia dé 9 de septiemb..-e del ae afio prcS~iuso paaad()p reformó la primera instancia pr,g, ferida po·r el Juzgado :PJ:imero Superior del m1.smo diatr! to (7 de octubre de 1959) a efecto de condenar a VIDAL 11 oQ~T-~:1).~~~~ _.E;m~lQ {a. "Campaflau) y a. CAR.LOS ENRIQUE ~,2 JAS llEl~AVlDES (a •. "Juan Posada"),. quienes hab!a eido ss; ·brese!dos tempoe:ralmente • a la pena principal de 16 a ños y 8 meses de presidio, como principal, m<1a-lae per tinentes acoesoriae en @-socio de ElllRIQtn: OESPEDES (a~ 0 "Enriq,uiton), ~ate s:!,condenado por el: Juzgado del con-2 cimiento ~, por. los delitos de homicidio (asesinato), ten ~···-···.--·.--.-...... ~ ~. tativa dé homicidio y delitos contra los funcionari()á - pliblicos. El fallo del Tribunal fue recurrido en casaci6n ft

por loa procesados Montealegre ~ Berr!o y Rojas Benavi~ dez lo miemo que por sus defensores. Agotado c~·11o e~-t4: 11 1· cu tré!mite, la Sala procede a decidir. / /

,R B C H O S ' .

El 30 de mayo de 1959 en el ba.rrio Ssnta Elenav 0 municipiO de lbasué, se susciteS en las horas do la noche un encuentro a. mano armada entre particulares y agente.s . de la. Polic:!.a • Rcsul. taron muértos el agente de Policía Carlos Alf'redo Dueñas y un civil, a nu1·s de ser. les1onado otro funciottario polic1voo La autor1a de loe hechos se a tri a lo$ prQCesadoa cont:re.. qui$.nes adelantó la b~y6 $~ ~ investigucicSn or1m1.nal 9imprimi~ndoae a la actuaci6n e·l procedimiento indicado en el decreto .legislativo 0012 de 4 de junio de 1959 aplicable en los Departamentos <lel -. 9 pata donde subsiste el eetado de sitio. Fue as! comopor providencia de 9 de septiembre de 1959 (flao223 vto., Ouad.lo.) el Juzgado declareS cerrada la investigac!ón y puso el proceso a dispoa1c1cSn de las partes por el t~rm! no comón de tres d!as para alegar de conclueicSn, vencido ~1 cual procedi6 a dictar.el talloo DEMANDA! DE·CASAOION Son doo laa demandas présentadaea la primera por

9 el doctor Rafael ·Ram!rez apoderado eapecial deIlac!as~ Co.rlos Enrique en la que el recurso se suatenta • Rojas~ con fUndamento exclusivo en la causal 2ao del art!culo567 del o~ae P.Poa la otra por él doctor Agu.et!n. Gdmez - .PrDdali on que a e 1nvoca la caueal 4a ... por nulidad cons 17 titu.cional on el trámite del procesoo Aunque son distintas las invoc;acio.nes hechas por loo impugnadores del falloil necesariamente por imponeT· as! 1a t6cnioa <lEi la ca.ee.o16n, hay que darle preferencia al motivo de nulidad, pues eu aoeptaci6n :po:r paxote. de la Oorto incide de fondo en la actuao.i6n, no sólo para él • recurrente; sino para todos los implicados en ella. .• El aa.rgo contr-a la sentencia dimana de la aplÍo!\ ci6n retroactiva del acotado decl'etc> 0012, cuya <vj.genoia se 1nici6 el 4 de 3un1o dé 1959 para hechos ocurridos .... 9 el :;o de afio; lo que entrafia flagrante .. ~yo del·~ismo v1olaoi6n del art!oulo 26 de la Oonsti.tuc16n .. .-. ~aoioual .. C_ONCEP!O DE. LA PROOURADUR!A El encargado de la Primera Delegada ~¡-oouradur~a en lo atendiendo a la demanda. qua se cont:rae a la

Penal~ causal de· nulidad y por iguales razones a las atráe ex ~­ puestast solicita la 1nval1dacicSn del fallo acusado a é .. fecto de que se repQnga el procedimiento QOn aplicaeicSn .. - de. las normas vigentes a tiempo de la comisicSn de loe ilÍ eitOSo· CONSIDERA. LA CORT:E: lo expresa el eeaor Procurador Delegado, su Co~o peticicSn se acomoda a la reiterada doot1'ina de esta Corpo. ruc16n a partir del 14 de marzo del corriente año y .a los conceptos expuestos por ese Despacho cuando deaempe.f16 laProcuradur!a el doctor LUis Zafrao Estima la innecesario entrar en la demostrJ!_ Cort~ cidn de la nulidad constitucional en el caao de y, ~utos ~ simplemente, para su decisi<Sn, se remite a los muchos fa lloe atinentes al mismo bien conocidos ya por lo¡ punto~· Tribunales Superiores pa!e. ~,el 3 (• 11. ~..·,· .f Por todo lQ expuesto, la Corté .$uprema -Sala de Qa sac16n Penalde acuerdo .con.e-1 concepto f.iscal acimitli! 0 trando justicia en nombl"é de .la Bepdblica y por autor.j,da4 4 de la ley. JT V. A. L. I "/) A en un todo 1a sentencia re0· ,_~ ....... : . ... _:;:_·~~-·;;:~·-·-.... -:. .:~·--

ourr1da y ORDENA aevol ver el proceso al Juzgado Primero Superior de Xbagu6• pQr conducto del ~X>ibunal.de origen~ para que s.e reponga él a partir del auto ... procEJdin.tient~ de clausura·dé la,inv~stigaci&n de. 9 de septiemb~e de. ·• •• l959o lotiffquese y devu~ivaae~ .... Roquinto te8n e • Secre.tar.tojJ .· .

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