CSJ - SP H.Barrera(11-04-1969)
Corte Suprema de Justicia
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Detalles
- Título
- CSJ - SP H.Barrera(11-04-1969)
- Autor
- Corte Suprema de Justicia
- Categoría
- Jurisprudencia
- Área del derecho
- Penal
- Año
- 1969
26 CORTE ~UPREYA D~ JUS!ICIA SALA PENAJ; . magistrado ponente, Dom!nguez. Rum~~to ~arrera Acta !foo 15 de 69 _ Bogotá, once de abril de mil novecientos sesenta y nueveo • VI-S~OS t Agotado el trámite correspondiente.- entra la Corte a resolver el reeurso de casaci~n interpUes• to contra la sentencia del Tribunal Superior de Bogotái de ~F? _ IS:W _ _ E. _ &O . :C: _ =t! s.!.SC. 4 ;::::;:= 28 de agosto de 1.968, por la cual le fu.e impueáta alJ~ ~S?"' t & ., = j ~ ~~. .~ ~<;~Jtn~-W!!-qt~JP..-l-BA_~O;_~-ªJ-~?- la pena pr!J\• cipal de treinta meses d,e pr1e16n como responsable de los 9 .,:a!. ~el1 tg_s j!S~Ii> de .qu~eron víctimas Uaria Lozano 1 Esther tiarú de Q&n.ezo QonociÓ en primera ~sta.ncia el Juzgado 58 Penal llu Diqipal de Bogo~.
- HE :C. B O S : En el fallo acusado se hace la siguiente síntesis de lo ocurrido; aLa señora U.aría L9zanot propietaria de a]..,.
----~~---------- gunos derechos eobre el inmueble eit uado en la callé 31 BqS\lrt mlmeroa '27-75 y 27-79 del barrio •Los L10
bertado~s• de esta cittdadg ten1a como abogado en 0 algunos aetl!ltos al. docto!' Bleuter1o Pranco·Penetra, qu1Gll. le atendi.6 un de auceei-6lly del que ob• 3uio~o tttvo los áerechos on el referido inmueble~ Aconse~ada por el para conseguir una person' a de su ~ofesional confian3& para que la r-eprosentara, propuso a la se. . ilo~ Ss-th,er t1arin ·de G&lest- ~utan 416 ~sput!s~ .:afil'- ... .... . " . mativ~. a0: aiémpre y -cuando que el abogado la aceptarao Pu~ asi como concurrieron a la oficina de Pranco, '3 al.U 0. luego de la debida presentac16n 0 fUé ace»tada por el mnndatario de dofia maria-o »1diéndole a la vea que acomps.ffara a l..a Lozt:mo a ~ie.s dUigené1SSo En transcurso ae la converaaci~~ han~ propuso a la ancialla le vendiera sus de¡techos-en el inmueble a su tu tura·repreeentante •. de convenir de Despu~á el.p~oio veata en-tre Pranco y la Lozano• . de d1oz mU pesos~ pac. taro~ pagar la suma de cuatro m1l. do contaa.oó- '1 oeis mil pesos que~debta pagar a Franco del való~ da una a letra firmada Í'. cargo de la Lozano la que recogería
0. tiempo despu4s., Al siguientediao. e:ll las horas de la maiiA¡Jao. en su propia ofioinat e1 profési.onal. recib1a de manos de la aeflo~f iarlA dé G6m.es la suma do cua .. a bo m11 pesos en ~:f~otivo; ñ.egán4ose ~tregruo el e _recibo f?Orrespondiente con la disculpa de qua la cons taoia quedaba en la Escritura~ Estanaó all1 0. se pre- . $ent6 Isabela Ac uila.. quien segdn el. abogado de PUle~ baria f18Urar como acreedora do la G<mzálee por la suoa de seiS m1l. pesos _respaldando la deuda con un 0 gJravame~ hipotecario sobre los derechos que en esa mis ma escritura adqu1rlaoComo lo conve!Íido con el aboga do era qua se respaldaba la deuda provenient-e de lá letra con el gravamen hipotecario y no una deuda :f1c t1o1a s la. señora Piiieroa, sobreVino el correspondiente reclamo, obten1Qndo el beneficiario del instrumento la .explicac16n. de la necesidad de que otra persona fi• gurara en la Esoritura, sin dejar de ser un simp1e respaldo de la letra y a pesar de las dudas e inqlñe 0 tudes, disipadas por el profesional., ao firmeS ~1 ins-
--- ..J _,_ tru:mento p\tblico• que Ueva el mimero 1266, de 6 (le abril. de 1.962~. . El d!a 20 de abril ·del. mi.amo aiiot
e~ de·oir• . catorce d1aa qeepnée, la aeilora nartn de G&néz con dineros prestados por su eaPQao quien le 0 0 bi.BO caer Qn la cuenta del error o·omet1qo 1 dada 18 gravedad que implicaba para loa tntere.aea de eu ea~ posa. se dispuso a cancelar la deuda. y f'u.é ·asi como lA letra a cargo de la sefiora ~r!a X.Oza.no futS recog1dát de ~0.~. ~~1 ~~~~~{ ft!WQ_o~f!.~e~,;. c.o.n las ma»ifestacionea de ~ate, de proceder s 1evantar el ~vameh hipotecario. Sin enbargo, al eumpUmiento del plaao de seis Ieabol Pifiaros Acufia pro• meses~ ce416 a 1n1o1~ un 3u1c1o de venta contra. la señora de G6mez, ante la ~uat1o1a o1VU., si~ndo eu apodera do el doctor Eleuterio Penelra. l?ran~o noomo la aei'lora maria Lo~ano ee sintiera. l.esio na.da en sus intereses por lA octua.oicSn del abogado, y la señora Es~her narfn ae G6mez, y la aefiora Esther t1SJ"1n de G6mez lgualmonte eat1m6 que aicio 0 0 1mb~ nfectada en suo intereses por teabél Piaeros y otros .nu1s, po~ irlterttec11o del docto¡- darlos tronpalY'é Pláta
<le:r.w;noia po:r el 4elit o de eetafatt 'fo~ o -- ' DEmE'DA Y tmSPUBSfA DEL tuniSiBRlO Bl demandante anota que eu ·naisorepanoia con él fallo de segunuo grado estriba én ~1 numeral 1~ del articulo 56 del Decreto 528 ele lo964-tt, y expresa qué en la sentencia. recurrtaa ce erréneamente, los ar Ulte:rpretuon~ tículos 408;38 J '9 do1 C6digo Penal 11 ae ~ringtcron loe conten14os en 1os articuloa 159 20,,255 y pr~ceptos 0 co~or dantes d~l C ~de PoPo, as! CotnO las Jl()rmas que t%"ael1 los ar ticuleS 472 del CóJudic1a1,1759 del 06digo 01v11 y 26 de la ' constituc16n tracionalo Dadoª los defectos de la dom.anaa presentada, obse~ el aeilor Pr<Jottradoi;. 2SÍ D_elogo.dó eu lo Penal que el eacrit o pr~senta4o "ttás parece un alegato dQ insta.noia• pues en. . . forma desordenada 1 etc criterio se men.oionan corea ~ ele qu1ncetlisposioiOll~S do los 06U4oe Penal j Procesal ~enal$- CiVil.~ Proc~sal. C1vU 1 ~e la Cousti tuci6n Wacional, que a e eetim.all • stn conoigna.r las ~Ol.adas pe~ lJazo~
de la 1nfrac:c16D~••o • Af9()ft& el. Ilinist~~io Hbllco que,~no obstante esta f\lJl.d&ttontal,. que seria a.uficiento ¡ara de f~ reohaz~ p~o el re~o •• _..~se dá :re~puest.a e-n este Ol'délU 0!!1mero.-Bo e~ el procesado mer-eceaor de la aan o16a mtnSma ~rev-ista ~n el artioul.o 408 d&l. c·6cli8o Penal-. ··-~·~a~ como dice el actor•~~·~porque f'utS llamado a jui- , .. oto 1 ae le con4en6 p~ üoa delltoa de eatata y en la pr<>o videncia ae hace a.lusidn al. articulo '1 del O~o Penal..~ < "Sémtili!~ .. ~e o1ta en el l.ibel.o el art~oulo 408 del; 06digo Ponal y ca aost~e q® ·se 1il.tel.'prot6 o-r.eam.Emte 1 Qll reep44o d_e dicha ati.rme.ci6n se haQen unoo comenta rtos cíe cardcter genel."al. eob~ el. déUto da estafa, pero sin proi\mdlza.» ningunQ de estos tcSpieosf U relA01.onarlos con la pruáb$. "l.a !ncolléist-enota del careo ea evidente, porque !nvocándose la interpreta.cJ.&l oniSnea de la léy S®• tan tt-va, no e o. a13o &iqutera si pott érro» a_e o e• de~eeho
nor l$ heqho que a~ezca do mm1Sfiesto Em los e:utos. nte~ge~qoo· EA la demanda se sost~Qné qué sé Uirin gieron 1oa atti~oe 15~0203 1 255 4&1 C.da PoPo; ~1 pri mero por apl1ca~&11Daeb1da~ el segundo poP 1n'torpreta c-16n en6nea el tercero pol' infracei6n dU>eota y el tU."!!t 9 tl:mQ, ~ice, •tu4 Violsd.o -a o~o-a Viáta <.. s 1o) por el ~ llofrt~ ---- _ .. ___ ----~-- ~ bunal' ó n~ de la~ pretettdiélae infracciones de lá ley adjetiva aprece sustentada eeriamente pues el aotor se 1 11mit6 a coDSignar en su escrito consideraciones de orden. general, eiil concretar cargo alguno y tampoco les relacio-_ n6 Qoll ia ley suetantivav Ad~.; estillla violado el artt oulo 255 del. Oode PoP('9tpor no haber aceptado •.la confe s16n adirte1blet del sielldo que éste $e acusa~o; n~ca. declareS autor -delos hechos. Yt por tanto,- desde el punto de Vista probatorio, confee6 loa que se le ~ ~1íoitos atr1bu!an. ~c-uwt1 ..• Por lÜtilnot el demandante considera que se Viol6 el. articulo 26 de la Cona tit uo16n Nacional. por ~ e en l.a audiencia tmblica n.o se M.cieron presentes ni del Ministerio el defensor de
e~ ~epresentante P4blioo~ni oficio de Isabel Ptaeros y porque se Violaron disposicio• nee legales sustantivas y adjetivas. "La 1mpertineuc1a del cargo surge del mismo ell:Unóia• do•••••n• pues se trae a través del mo-tivo de caeac16n sefialado en el orainal':ts del artfoulo 56 del Decreto 528 '' ¡ de 1•964o Solicita• en consecuenctia el llinisterio PdblJ.oo, que se deseche el x-ecureo de case.oi.6tlo CONSIDERA LA CORIE: Be evidente qu~ el demandante se Um1 ta : apenas a eefta~ pr~oeptos de la ley sustantiva penal 1 de otros para aeeverar qUe fueron infringidos o e6d1g~s; err6neamente uterpretadoso; sin hacer demostrae16n alguna. De otra parte, en el escrito del ac;tor. ee ----______ __L \-- l. ,\ ¡... ,, r -~ ;~ pJ.e.ntea, auncuando am óOI!ll>robao16n alguna, yonoa en la estitlaoidn de las p%'Uebas~ pues ~e dice que fue1ron inf~~ i ' ____ ·,¿lrts. · · · 1' ,', ~2.0' del O• de Po Po 1/ 255 dé la miSma obra. ~. oa rgos qué &1 démañdant~ ~ dob1dO ~oponer oaa 1nd1eac16n precisa del . . 1Jlo1so 2,a_ dal. ozaiJ'JAl 1.2 ~el al't!oulo 56 del DQcreto 528 de
1ó964; que alude a ~ ~a1ae16%l de la 1$y,. cuanáo "proViene de $})reciao16.n on®.ea o de falta .de apreeiac16n de ae ter..- minada prueba•••"o Por dltimO~ el 3UB8ador de segUnda 1nstano1áó sl ae ilale.r la aa.;nci&l impuesta al. proceedo Eleu.terio Pranco Fe• n-eirá, tuvo ~ oons1déraoi&l la norma conteliida en el ar '1 ticulo del 06éli8o Penal Yt por consiguiente¡- no era par• t~te inUoar la pe!la o!bima de qué ~ta el articulo 468 del Céüigo Penalo• . No prospera~ por tanto,. la causal pr~~ra de caeacldn invocada~- - l?o1t lo e~to~ la Oortt> supre.zna ..SALA lBNAL·o admiuSstrando 3ustio1a en nombre de la Re»db1ica y por au. toridad de la ley~- dé acuorao oon ol ooncepto del s~or Pro curadoit 2..Q l>elega4o on lo .Penal. o DESEO& el recurso do casa"'!' o16n interpuesto oontra la sentencia del ft-ib\ulal Supariw • dé de que se hiZo m'ritOo Bogot~, COnESE._ tl'O!rii?lQ.lJB$B '1 daVU~l.vaee el expediente a l.a oficina de ori8&llo ~1 \ l, ;," i."1,
J{YUO ROIOALLO ACOS~
EVlmClO POSADAo
Sñoo \ (