🇨🇴⚖️ La Rama Judicial valida a Ariel en prueba de concepto de IA. Conoce los resultados aquí

CSJ - SP J.Carreño(08-04-1986)

Corte Suprema de Justicia

Icono de documento PDF

Descargar PDF

Disponible

Detalles

Título
CSJ - SP J.Carreño(08-04-1986)
Autor
Corte Suprema de Justicia
Categoría
Jurisprudencia
Área del derecho
Penal
Año
1986

LIBERTAD r

.' " r ~-" .., .r ) " Auto.Casación. 8 de abrii 'de 1986.- Concede libertad provisional a HUMBERTO V_§ LASQUEZ VALENCIA, condenado por el Tribunal Superior de Bogo tá, como autor de los delitos de acceso carnal violento y hurto.

Magistrado Ponente: Dr. JORGE CARREÑO LUENGAS

--=s ......_

CORTE SUPREMA DE JUSTI elA

SALA DE CASACfON PENAL

Magistrado ponente:

Dr. JORGE CARRE~O LUENGAS

Aprobado Acta No. 029 Bogotá~ ocho (8) de abrU de mil novecientos ochenta y seis .(1.986).

VISTOS

. EJ preeesadc HUMBERTO VELASQUEZ VALENCIA solicita el beneficio de libertad provisional con fundamento en ID preceptuado por el artfculo 72 del C6dlg~'~nal y Ley 32 de 1.971,pues conddera que el tiempo que lleva en deten~16h, efeaiva y 01 que la pueda corresponder como reden clót:' de pena son suficiente para obtener su exeareeteeíén. El Señor Procurador Segundo Delegado en lo Penal ha' emitido concepto desfavorable a la petlelfJn de libertad pues, si blen se halla acreditado en autos el haber descontado fas dos terceras partes de l~:pena , Impuesta, debe tenerse on cuantas los motivos que tuvieron los juzgadoees de Instancia para megar el beneflclo de libertad en 105 fallos correspoQdle.!!

tes, además que!' en esta ccastén procesal. se carece de los suficientes:et~- mentos de juicio de Indole probatorl~ que permitan IDS buena callflcac1on'Cs qua fa personalidad del procesado debe poseer para acceder al.be'neflclo ;Inv~ endo~ contándose sotamente con la notJc1a que sobre lo baja estatura moral del delincuente se pone de presente en su proceder. ". ..... ------~------------- - 2CONsrDERAClor~ESDE lA CORTE: El procesado HL'MBERTO VELA5QUEZ VALENCIA fue condenado por el Tribunal ~uPQrlo,. de Bogotásmediante sentencia que obra a follo 17y ss , del cuaderno di fa Corte, a la pena principal de cuarentfl y cl~ co t45) meses de prisión, como autor responsable de tes delitos de acceso car nal violento y hurto en concurso, en I~ modolldBd da tentatlva, Contm la sentencia de segundo grado so Interpuso el recursc extreordlnarto de casación y para eloo~ra Seda novlombre de 1.985 el pr2 ceso se haoll~ba ~n tramltacl6n del recurso, razón por la cual, con motivo de los hect\os registrados en el Palndo de Justicia, por esa época, desapareclé según constancia que obra a follo 32. En pr.ovldencla de 7 de febrero último esta Sala negó al procesado Velflsquez Valenc.la el beneficio de libertad provisional por cuanto no se htIl1aba acredltado °el'primero de los requisitos previstos por el artfculo es 72 del CÓdigo de Penal. Como quiera que fue privado do 5U Ubertad el 2 do

enero da 1.98q, a la fecha ha descontado afee tivamen te volntIsl te (27) meses Q y seis (6) dras, que sumados a cinco (U meses a que tiene derecho por tra bajo, le da un total de treinta y dos (32) meses y seis (6) drD9, superiores a las dos terceras partes de la pena Impuostaque equivalan a treinta (30) meses de prisl6n. Asr mismo élcredJta 01 procesado haber observado D Ejemplar u eonduete durante el tiempo en reéluslón y laborado constante mente en 01 mismo tapse, - 3· - Cilbc anotar Que sl bien os cierto 10$ deUtos por los cuatea se fe hall6 responsable son grove3. tamblen lo os qua (&J sanción Impuc,! ta por los Juzgadores do Instancia os drástica y on la sentencie Que se aport6 J para resolver la petlcl6n de libertad .. nada se dlco respecto do ant~cedente" penales o conducta mala antes do su slndicaclén, Los motivos que tuvmmn los rallndores de Instancia para negar el bonof1cio de excarcelación. son bien = distintos de los que ehora InvOcO) 01 memorialista Y» finalmente.. ID3aUscnc.ID de otros elementosde Juicio que permitan valerar la personalidad ~I reo. no = pueden ser criterio vfllldo para negar la excarcelncl6n, pues, IDJuat debo resolver tas petIciones con fundaroonto en 105 elementos qua tfono a su consl

derclcl6n. En el presento caso, no existe pruc.ba qua IndIque que el procesa do requiero tratamionto hasta el cumplimiento. total de la pena, sino por el ::r eontrerto que ~ cbservado conducta oJemplar y su permancncla dentrpo del estebtectmtente carcelarto ha transcur+ldc con dedicación al trobaJo. "- Result~ viable la petlcl6n de excarcelacI6n pero para r poder disfrutar de ella, deberá prestar cauclén por la suma de Diez mil ~o:,; ( $ 10.000.00 ) aqfavor del JuzglSdo 33 Penal del Circuito de Bogo~á y suscri bir la diligencia de buena. conducta de que trata el artfeulo Q60del Código dq P~edlm¡ento ~n&:ll. En m6rlto de lo expuesto. la CORTE SUPREMA. QE JUSTICIA, SALA OE CASACION PENAL, oldo 01 ccncapte del Señor Pr~c;lré)-, do,. Segundo Delegado en lo Penat y en desacuerdo cen 61, RESUELVE lo. CONCeOER al procesado HUMBERTO VELASQUEZ VALENCIAel benoflcl0 efe libertad provisIonal mediante cauclén por la sums = de Diez mil pesos ( $ 10.000.00 ) qua doposltará a favor del Juzgado 33 Penal W 1 - adel CI,.cutto de Bogotá y la sUSCI"'lpct6b de Ia dff1gencla de huena conducta do que trata el llrtrculo ~O del C6d¡go d~ Procedlmlento Penal.

20. Sntlsfechos tos anteriores requlsltos, se I1brilr6 i

la correspondiente boleta da excarcctactén él fuyor de HUMSERTOVELASQUEZ J VAlENC~ con la advertencia de que solo producirá sus efectos en el evento l· I do que el beneficiado no se halle solicitado por otr~ autorldóld en proceso dlfo 1. rente. 1·11 .1

30. Pant el cumptímleote de esta providencia se coml slona! al Sef\or Juez Penal Municipal - reparto - de Aceeras (Meta ) a qulen se le librará la COI!1Unlcación telegráfica pertlr:l!3nte.

C6piese, not.iffIquese y cúmplase,

EDCAR SAAVEDRA &OJAS' LUIS ENRIQUE ALOANA .ROZO

HéRNANDO BAQUERO BORDA JORGE CARRE~O LUENGAS

GUILLERMO DUQUE RUIZ ,

GUILLERMO DAVI LA MUAOZ

I I .~I

GUSTAVO GOMEZ VELASQUEZ lISANORO MARTTNEZ Z.

José H. Velásquez R. SeérctarlQ.

Consultar sobre este documento ...