CSJ - SP J.Carreño(19-03-1986)
Corte Suprema de Justicia
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Detalles
- Título
- CSJ - SP J.Carreño(19-03-1986)
- Autor
- Corte Suprema de Justicia
- Categoría
- Jurisprudencia
- Área del derecho
- Penal
- Año
- 1986
I • I
IREPUBLICA DE COLOMBIA
I
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA
, I 1
SALA DE CASACION PENAL I
• •
Magistrado ponente: I , i
Dr.
JORGE CARRE~O LUENGAS
, I Aprobado Acta No. 025 • 6ogotA, diecinueve (19) de marzo de mil· novecientos , I ochenta y seis (1.986).
- I
I
V 1ST O S,~
-, \... .. , . I. I ,, , • I 1 , I , El Comando de la Tercera Brigada con seda en Call me- ,
- , de condenó a , 1.985 MAURICIO QUINT '. sentencia de dlante 28, , ativa libertad seis prisión co . ri de ta de (6) años de ROSALES a la , de del Decreto de declcl6n que autor raspon ' vlolaclén IIB8 1.974, mo , fuera conñemada por el Tribunal Superior MilItar en falm de 13 de agosto mismo del año,
El Procurador Delegado para las Puertas MilitaSeñor' , , • ha emltldo concepto favorable a la excarcelación del procesado por cuanfJS , to le es aplicable, en su caso, la nueva leglslacl6n sobre estupefacientes.' , \ , decir, .el erttculo 33, Inciso de la ,Ley 30 1.986. 20. de O~ , • \ • , •
CONSJDERACIONES DE LA CORTE:
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FONDO ROTATORIO DEL MINISTERIO DE JUSTICIA
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REPUB!::J~ DE COLOMBIAar» a
Hallándose recluídc el procesado en 'la Cárcel del Distritode t. Judicial de Call para el 21 juMo de 9811, por cuanta det JU2gado 15 Pe nal Municipal de la misma ciudad,qdescontando pena de dos años pr!_ (2) de slón por el delito de hurto calificado, --le fueron ftbacontradas varias papelatas de marihuana con peso 8.5 9 , 'os cuales, no constituyen dosis per
- , sonal puesto que en su Indagatoria manifestó no haber consumido droga al- , dentro del esta carcelario, o sea, que la Incautada la tenía , para, su venta. , i
, I i \ ~ I De confo ,¡dad con lo preceptuado por el artículo 33, Inci I so 20. de la ley 30 de 1.986, la pena mlnlma que le corresponde al procesa- • do es la de doce (12) meses de prtstén, ntada en otro tanto por haber realizado $1 hecho dentro del estabt carcelario, según 10 dlspope el artfculo 38, literal b} lbldem, es ir,que Maurlcio Quintero Rosales deI be descontar en total, meses de prisión. " 4) l'· I , • ,, " \ , Como quiera que el procesado se halla detenido desde el = • , " , , t. 29 dé julio de , Impuesta por el Juzgado 15nPenal Municipal de J
, , Call la cumplió el 2 julio de 1.984. Esta fecha, podrra tenerse como el J , = " momento da descontar la sanción en este proceso. pero, etl el • ..... I : • informe de 14 de agosto de 1.980. de la Cárcel del Dl,stiro Judiclq_1 de Cali , , , , ( fl, 25) se dice que el procesado foe trasladado de la Cárcel del Circuito ,, , , , de Cartago. el 18 de julio de J. ~84, por fuga de y a dlsposicl6n del Juzgado ,18 Penal del Circuito, desconociéndose si fue o no condenado por
- , ese lllclto, la pena fmpuestasy la fecha en que la cumplió •
• • , , , , , Pero en el evento de no haber concluído el proceso por ){uga , / , I de presos y partiendo del 29 de julio de 1.9811 para abonar la sanción que corresponde en este asunto, no ha cumplido el tiempo necesario para su exc~ celacíén teniendo en cuenta que el subrogado de la libertad condicional solo. es', , apílcabíe a los procesados condenados a pena de prtstén que exceda de dos (2) " " , i , " I afios. • ,
FONDO ROTATORIO DEL MINISTERIO DE JUSTICIA
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, anterior mente expuesto es suficiente para que la CORTE Lo SUPREMADE JUSTIC¡A, SALA DE CASACION peNAl~ oido el concepto del :::: para SeRor A:'-llOuradorDelegado (os Fuerzas Militares 'yen , él. que es DECLARE no del caso ordenar la excercelaeíén 001 prccesade MAU, - elo
QUINTERO ROSALES..
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EDOAR ROJAS RaQUE ALOANA
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HERNANDO BAQUERO BORDA
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JORGe CARREFJO LUENGAS
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GUILLERMO OAVILA GUIL.LERMO DUQUE RUIZ '
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GUSTAVO COMEZ SQUEZ LtSANDRO rMRTINEZ Z.
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I , • I I • , I , , , , , H. José Vetásquoz , • , • Secretario. , , , • , \ . \ \ • 1 , • •
FONDO ROTATORIO DEL. MINISl ERIO DE JUSTICIA
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