CSJ - SP J.Carreño(20-05-1986)
Corte Suprema de Justicia
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Detalles
- Título
- CSJ - SP J.Carreño(20-05-1986)
- Autor
- Corte Suprema de Justicia
- Categoría
- Jurisprudencia
- Área del derecho
- Penal
- Año
- 1986
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AUTO INHIBITORIOl '
\ \ - Auto Segunda Instartcia.- 20 de mayo de 1986.- Confirma la providencia del Tribunal Superior de Bogota, por medio de la cual se abstuvo de iniciar investigacion penal contra el Doctor Jesus Alfonso Daza Perez - Juez 16 Civil Municipal de Bogota. -
Magistrado Ponente: Doctor JORGE CARRENO= L.UENGAS
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R~loU8LUCA DiE COLOMBIA
SEGUNDA INSTANCIA Rdo.
C.I Dr. Jesús Alfonso Daza Inhibitorio. -
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA
SALA DE CASACION PENAL
Magistrado Ponente:
DR. JORGE CARRE~O LUENGAS.
:1'1.- Aprobado Acta No. • tá ,n r""'" (....."... Bog D E 2 [::.~.o o, .• , ~ ~ .J Ji w
V I S S :
•
- ,, Pr ede la Sala a Resolver lo que legalmente corresponda respecto del recurso de apelación interpuesto por el señor --- ndez contra el auto cinco de marzo de 1.985por me Vfctor tMam.tél}.H ' de
- . dio del cual el Superior de Bogotá se abstuvo de abrir investigaI ci6n penal el Doctor JESUS ALFONSO DAZA PEREZ, Juez 16 Ci- .'eI . vii Munlci Bogotá por e I presunto delito de prevarlcato.-
- • El señor Procurador Tercero Delegado en lo Penal
luego de consignar un resumen de los hechos de las pruebas allega y das al expediente. solicita Sala impartir conflrmacl6n a la providen de lacia recurrida en cuanto se abstuvo el Tribunal Superior de Bogotá de ! , iniciar proceso en contra acusado y, se revoque la orden expe del de dir coplas con destino a los jueces penales del Circuito - repartopara promover investlgaci6n contra el denunciante por el delito de falsa denunci
HECHOS
- • Ante el Juzgado 16 Civil Municipal de Bogotá - 10.- a cargo del funcionario denunciado, Sociedad denominada PLAZA DE NA laRIRO, con dcmlclllc en esta ciudad, por lo de apoderado, promovió - juicio de lanzamiento contra Vrctor Hernández y otro respecto del
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C.I Dr. Jesús Alfonso Daza P. Inhibitorio. -
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA I j
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DR. JORGE CARRE~O LUENGAS.
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, , I , i · Pr ede la Silla a Resolver lo que legalmente co ,, , , rresponda respecto del recurso de apelación interpuesto por el señor --- Vrctor H ández contra el auto de cinco de marzo de 1.985por -me tManuél3: - . , dio del cual el T lb nal Superior de Bogotá se abstuvo de abrir investigacl6n penal cor« el Doctor JESUS ALFONSO DAZA PEREZ, Juez 16 Ci- , vii Munlci Bogotá por e I presunto delito de prcvarlcato.- , ,
- , El señor Procurador Tercero Delegado en lo Penal I ' luego de consignar un resumen de los hechos y de las pruebas allega das al expediente, solicita de In Sala Impartir confirmación a la provldenI,
, ; cla recurrida en cuanto se abstuvo el Tribunal Superior de deiniciar proceso en contra dol acusado y, se revoque la orden de expe-- , . . dir coplas con destino a los jueces penales del Circuito - repartopara \ promover investlgaci6n contra el denunciante por el delito de falsa denuncia. i , , , ,I
HECHOS •
• , . ,I •, , I 1°.-
Ante el Juzgado 16 Civil Municipal de Bogotá - ' , , , a cargo del funcionario denunciado, la Sociedad denominada PLAZA DE NA_ :! RIRO, con dOillicJllo en esta ciudad, por medio de apoderado, promovl6juicIo de lanzamiento contra Vrctor Mnauel Hernández y otro respecto del ------- - zo .- 0p1 o , J I , o ! , • o
IRE?Ul8iLOCA DIE COiLOMSOA
, -1 ubicado en la calle 12 No. 11-93 de esta ciudad.- Mediante sentencia de de julio de 1. 2° • - 25 984 ~ el Juzgado 16 Civil Municipal de Bogotá declaró no probadas las excep - , , clones perentorias propuestas por la parte demandada; declaró termina •
- I do el contrato celebrado Inicialmente por la sucesión de Antonio Sefair y ; los demandados y, consecuenclatmente, decretó el lanzamiento de los a
· , , rrendatarios. - ! , I , 3° . - En escrito presentado por el apoderado dela parte demandada el de agosto de recurrió en apela 6 1.984, se ción la sentencia citada y el 24 del mismo mes y año, tal impugnaclón fué negada en los siguientes términos : - o o •, De a lo establecido por el arto conformidad 20I I n , , num. del C. de P. Civil, en concoroancta con lo previsto por el arto ,
7° I , , , 51 de la Ley 2a. de 1.984, partlétrdo desde luego de la fecha de inicia , , · , et , , clón de este proceso que lo es 15 de febrero de 1.984, este jUlcio , , de cuantía por efl'do INSTAtlCIA, razón por la es mfníma y de UNICA I • I ,, In ,
- • terpuesto en contra de ntcncia de primer grado.- la <, del comlsorto ordenado en-la sentencia comentada. fi piese notifTquese ••••• ".- y
1I4° • - El 31 de agosto de 1.984, el apoderado de la , I parte demand~ presentó recurso de reposición contra el auto anteI • I , riormente ra .)'scrlto y, en escrito separado, presentó recusación contra í el funcionario con base en la denuncia criminal instaurada por su poder o _ o dante ante el Tribunal Superior de Bogotá. Por auto de septiembre - , o o veinte siguiente, el doctor Daza Pérez se declaró Impedido para se , , , guir actuando dentro del Juicio respectivo. con fundamento en lo precep - • i , , tuado en el ar-tlculo 142, numeral 7° del Código de Procedlmletno Civll.- - o CONSIDERACIONES DE LA CORTE : o El er tfcuto c!el C. de Procedimiento Civil, deter 15mina el contenido de la demanda en juicio civil y los requisitos forma
·, ,\ , . , les de la misma. En su numeral 8°, enseña que en ella se debe fijar ,I · t · I , cuantfa , cuando su estimación sea ne~esaria para dete.' ¡¡linar la co_!!) la , a , , , " , petencia o el trámite.- , I - , - . . '" • o o o , o • o _~ _-_ ~----------------- -~--~ .. ... ...~ ... , , 'J ¡' •(' '.1 (,;'//,J .. _~it' " "",'cuto 2 Et 14 Ib(dem, asigna aJos Jueees munle.... Q.... los procesos cont$nc:'C)sos entre.. . . . res ~ '. . ' . cuantra y el at'tk:ülo 1 en primera Jos"''' $.. \ \ Por parte,eI ." . . ' estatutol°." 414. ", '. .'. iU y 'los asuntos que deben tramltarse ~fd.'$e el ..-. En .' prcc.eso abreviado. 12 . por este espeeffleo pro qUé . .. . _ arrendatarIO ..... . deben los de '. 1"e$O'VersEl pi"OCéSO$ o • trttl'o" a watq··ulel" otro de la cosa a solicitud "'" v .' .'...'•... I ¡ ... . .. .'. 6stoa .... de .... .... 110 .. , , De las . .. . - - de o '. menor cuantía . '., esto es, ai Juez Municipal.cuya 'te !SI , .
_4_ __ mltacf6n en ambos las dlsposlclOne$ ...... al , . Solamente,. o:>clste..'.... en cuanto a r~curi.." &0$ que uno eltos, pues. '. el ' -... '"'1'" ...,...·°0,"",.' ..1uc . con.' trine su It... .'". $~.. . , o de· mff"lrna e,uan... . " nOpue. y la .' del D'cha" ,Juez, a al y sol&mente . . . , 61,determtnal'Ja a" de recM3flr con... la .' de ó con lo en los art$. y 86 del C. de preceptuado Procadlmlen '. C'vl'. to I ... I Cfv'.'" que en fos ... - de tenencia por arrendamIento, se determina por" I valor . .'. . '.' renta de aRo.... uta $1 ,, ,, , .
- . " en ancon el que despertó la del denun taSO cuantr" 46' .: la determlna,se e' valor
Ir , , , , , \ , ".' . , . " ----------~--~~ -_ ~~-- .. ... .. ..... . - ---- ~ ~ ~.. ~ ~. .'0 • l ____ o , t:'!!t , ~_'. , , ... (J - ["-J ---=. \ ~..."" - ,. _1 r ,--.> l..... ,(. '_.¡,. .__. , I .' ._" .¡, .._ J'" • ~ I ~, .' ..- ...... • rr /
, .1." pactado . atto, . . que no . ,. veinte ... \In funcIonario pesos ( lo entendl6 el al.·..· de- $20. ur, mtnltna . rE)$Olver el rec;ut'So, esto el era de Stendo JuiCio V... contra nO • . reQurso art. la ~l de '. ( 351 del C ....
P. C. y Ley 2a.. de 1.984.-
\ , \ i , , ,, No la Sata en el . ." . de! .- ,
- I Juez, violación alguna de 18$ rigen e' asunto dlspostc.lones que do su . . .•'..'..' .... por el su actuaci6n se aJust6 en uny
G 11 a las no'~I'.aa9 pert'nentes aplicables af Juieo ante su de.$pacho. De abf el· ptevarlcato . .. qUé SUPUesto en <al nlng6n ".proflrló tesoluei6n '... a la ley." •, , , , '.J lrrEJ9u'" Sata . o , • ,'0'0 Juez por el hecho que para fljar lI t. eAm»n el de $ 600.00 pesos mora un tulr . .' para al .' .• y .,..,..,. vator" . •lI\ftJr<que al . . de l- .. mlent.tas que el arrendatariota . i a cancelar, para no lneurl'tr ......m.. ora.el ..... '8$ '. •... •... acuerdo a pactado entre lo
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- • . En tales ra%6n' asIste al sefior .. 11 .. rma • en lo . .. cuando con fl
,i , ! . por el'" clón recurridO, esto 'es, que la del' provefdQ -~ , ,! '. envestl .. , 8ogod.. en. cuanto abstuvo de . $é- I gaca'n '.' cont... se a Ca~a él' .'• J_6$ P6re., I a fa , _.¡dad procesal que ·.no existe el Indicio quey I ! 4.$te. '. la dectal'npor de tramltac:16n y , , I . Corte, cal crlterte la de la revocatoria expedir copias de ·de de· pata que 'nvestlQue la ., denunciante. Entiende el Tr 1- $$ , respetarse,qu. , buna., en • . que la dentan.c:la .'. ser t.e~. I Y el. '.. del fUncionar'o ,. • .,.,18 El ..' , ¡ , . el . de tmpedlfn$rltos, en actitud que puede ,.efO$ I , Stlltar contraria a la y la lealtad procesal,,'" étl@ I ! " - ~.-..... ~- f l.. !",' "-1"'''"''' " ...... -. v ... n.,Jj~,i~.,._.·, ----_ ---~------'.,.
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- .' • anterJo" aJustada DE lo resulta derecho la-
$ dec'.$I6n " , por e' Tr'bunal y, " Por· expUEJsto, la CORTS SUPRIMA ·'•• " JUSTICIA, , or. SALA DE CASACION .•'•. el concepto del $$#\0,. Tercero DWegado !o Penal. y de acuerdo él. - ! -: et) e () , FIlA A el auto reeu',..do ....
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I S" IDI QU'S A' "A1I. A ROZO
L ',. ROJAS t • 1:!1I.1 R ,- ' - _ ..., _-'" t -, -_-----, '
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V&LASQUIZ
GUSTAVO
J0$6 H. Vet4squez R." hoAtario, ,
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